• hace 2 meses

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Transcripción
00:00El tema del decreto reglamentario del 608 es así, el decreto reglamentario es general, reglamenta una ley, la 27.743, el decreto 608 lo reglamenta.
00:16Da la casualidad que el fallo cae en una causa determinada donde se hizo la aplicación de esa ley y de ese decreto reglamentario.
00:27Yo no pido la inconstitucionalidad ni del blanqueo ni del decreto, simplemente la parte del decreto que tiene que ver con la asociación ilícita tributaria.
00:40A ver, si uno lo mira, si uno lo lee, el decreto reglamentario viene diciendo y enumerando ciertas y determinadas conductas y dice delitos comunes.
00:55Y dice artículo 8, artículo 9, artículo 10 y artículo 11, porque la ley penal tributaria tiene delitos tributarios como la evasión simple y la evasión agravada
01:06y la apropiación indebida de los recursos de la seguridad social simple y agravado y después los delitos comunes son insolvencia fiscal fraudulenta, alteración de registro, etc.
01:20Y la asociación ilícita está en el título cuarto, en otro lugar, no está dentro de los delitos comunes.
01:27Por esa razón yo planteo la inconstitucionalidad porque yo entiendo de que cuando el Ejecutivo reglamenta la ley,
01:35se exceden las facultades e introduce en ese decreto reglamentario una norma penal de la cual ni siquiera fue discutida en el marco del tratamiento parlamentario que tuvo la ley.
01:50Y yo no sé, no estoy en la cabeza del señor Presidente, no estoy en la cabeza de quien hizo el decreto, entiendo que sí que se equivocaron,
01:59porque ninguno de los blanqueos anteriores, y este país tuvo muchos, en ningún caso se incluyó la asociación ilícita tributaria así como en este.
02:15Así que bueno, veremos lo que dicen los tribunales superiores, entiendo que nosotros tenemos, o sea la Fiscalía, el Ministerio Público Fiscal,
02:24entiendo que tiene una posición sólida respecto a esto, a la interpretación de la ley, y bueno, hoy en día el Tribunal Oral entendió que no,
02:34el Tribunal Oral, creo que el de Córdoba, el número 2 en el caso de Grido también entendió así, por 2 a 1, pero bueno, veremos lo que dice Casación,
02:46y en definitiva la Corte, porque sí o sí lo que resuelva Casación, si es para un lado o es para el otro, va a terminar en la Corte.
02:53Sí, es así, eso es lo que me dice todo el mundo por la calle, es lo que me dice mi hermano, mi mamá, mi señora, mis amigos, y sí hay una sensación,
03:06hay una sensación digamos de impotencia, hay una sensación, es como un cúmulo de cosas, sensación de impotencia, de impunidad, a nadie le importa nada,
03:18esa es la sensación que hay, eso lo digo como ciudadano y como fiscal, y yo tengo sentimientos encontrados, básicamente tengo sentimientos encontrados porque
03:29por un lado está la ley, una ley que para mí, que en realidad la ley, yo contra la ley no tengo nada, pasó por el Congreso, pasó los filtros que tenían que pasar,
03:38mi problema es, son el I artículo 15 inciso C del decreto ley 608 que es la asociación ilícita tributaria, ese es mi único problema,
03:50y sí tengo sensaciones encontradas, como tengo 36 años de justicia y la primera vez que veo una cosa así, y sí, me da un poco de pena que después del trabajo que hemos hecho,
04:02tanto la AFIP como nosotros, como todo el grupo de trabajo que yo dirijo, se termine con eso, como vos decís, pago y se termina todo, y sí hay una cierta frustración atrás de todo esto.
04:17Siempre digo que todo caso penal que llega a conocimiento de un juez o un fiscal o está bajo investigación, nosotros tenemos el deber de informar a la gente, a la sociedad,
04:30qué es lo que está pasando, este es un caso que se hizo muy conocido porque también en su momento tuvo ribetes políticos importantes, de hecho que había implicado personas
04:42que tienen o tenían altos rangos en la administración pública municipal y en la administración pública descentralizada como Lusal y algún otro organismo,
04:56y ahí es donde después se estableció que, por ejemplo, había una persona que se desempeñaba en un alto cargo económico, en un gabinete económico de la municipalidad,
05:09donde aparecía firmando los cheques, aparecía endosando los cheques, aparecía cobrando los cheques para una firma que a su vez era de las que también se investigaban en la causa tributaria,
05:27y bueno, después eso terminó en la provincia por disposición de la corte, yo dije, yo ahí tengo, obviamente soy un hombre del derecho, de la justicia, me guste o no me guste, tengo que acatar el fallo.
05:42Lo que sí como ciudadano exijo y quisiera ver el estado de esas investigaciones, nosotros cuando nos desprendimos de la causa le dimos absolutamente todo a los señores fiscales y a los señores jueces de la provincia,
06:01toda la documentación y toda la actuación que han tenido estas personas, y yo no he leído por ningún lado que haya ni nadie imputado, ni nadie haya sido llamado a dar explicaciones,
06:16y ahí hay material de sobra como para que varios den explicaciones, porque es una causa compleja y bueno, pero qué sé yo, eso corre por cuenta y orden de ellos y de quienes los controlan, que tampoco evidentemente hacen nada.
06:34Yo por ejemplo no te podría definir desde ese punto de vista porque sigo teniendo un caso, y mañana quizá puedan decir está prejuzgando, yo no juzgo, en realidad el único deber que yo tengo es el de objetividad, siendo objetivo yo creo que el señor Huergo es mucho más que eso, que un enlace, creo que es mucho más.
06:58En la causa penal el rol de él está perfectamente determinado, así que bueno, la idea y la hipótesis de nuestro trabajo era ir a debate y probar lo que nosotros pudimos probar a lo largo y a lo ancho de la instrucción, que fue larga, fue tediosa, dilatada y demás, pero bueno, creo que sí que es un poco más que eso.
07:21Nunca nadie me dijo nada, yo realmente pude hacer mi trabajo, en este caso pude hacer mi trabajo tranquilamente, sin presiones, nunca nadie me dijo ni para acá ni para allá, por ahí hay alguno que te pregunta pero de curioso digamos, uno le cuenta y chau, pero nunca, no.
07:45El término para que nos corría a todos por igual vencía el día 15, vence el día 15, a partir de ahí el tribunal va a ver, obviamente, si suponiendo que las FIP y las partes ya han recurrido, y obviamente yo también he recurrido y ellos ven que nadie más va a recurrir, ¿qué es lo que hacen?
08:11Se concede el recurso, se va a tener que conceder el recurso primero porque es una sentencia definitiva, sentencia definitiva en puntos procesales o en palabras procesales o técnicas significa que pone fin al proceso, entonces como no queda firme y como pone fin por un lado y es una sentencia que puede causar estado, se va a tener que conceder un recurso de casación y se lo va a tener que elevar a la Cámara Federal de Casación Peral.
08:41Después de lo que resuelva casación, no sé, hay que ver si va a ir a la corte, qué va a hacer el fiscal de la casación, porque por ahí el fiscal de la casación no me sostiene el recurso, como me ha pasado muchas veces, por ahí hay algunas cuestiones, a mí y a otros fiscales obviamente, pero este es un caso que me parece que van a sostener y vamos a ver, ojalá que este caso y el de Córdoba caigan en salas diferentes,
09:11entonces ya tenemos dos salas, sabemos que por ahora hay solamente dos casos, veremos.
09:18Mencionó que la Defensa de Seguridad también apeló, ¿quién lo que apeló?
09:23Ellos apelaron a que no se levanten los embargos, el tribunal previendo obviamente que yo iba a estar disconforme por mi contestación, obviamente sabe que yo voy a interponer un recurso de casación, así lo hice y a partir de ahí obviamente ellos se tienen que asegurar de que esos bienes que están cautelados,
09:52queden de ese modo hasta tanto se resuelva la cuestión en definitiva, porque si no podría haber un perjuicio irreparable, suponete que haya una casa embargada con la anotación del ITI, le devolvés la casa, venden la casa, transfieren la casa,
10:14y después cómo haces vos para volver a secuestrarle algo o para incautarle algo o embargarle algo cuando en realidad ya es un insolvente, entonces me parece que el tribunal con buen tino no levantó los embargos y espero hasta que la sentencia quede firme.
10:35Ahí no hay ningún perejil, cada uno cumplió su rol, cada uno hizo lo que tenía que hacer y trabajó dentro de la asociación ilícita A y B del modo en que la investigación lo determinó, es decir, ahí no hay ningún convidado de piedra.
10:53Básicamente el funcionamiento es el mismo, era generar facturas truchas para concederle a otras empresas o a prestanombres o a alguien esa facturación, esa facturación trucha genera créditos fiscales, débitos fiscales, favores fiscales,
11:17entonces, por ejemplo, vos cobras 100.000 pesos, vas y haces una compra por 50.000 pesos y te dan una boleta, pero dijiste no, voy a hacer una compra trucha, pediste una boleta de 50.000 pesos y esa boleta te la generó una asociación ilícita tributaria o una usina de facturas truchas,
11:40obviamente que la factura de 50.000 pesos tiene componentes impositivos, tiene IVA, tiene un montón de cosas, el IVA precisamente es el perjuicio que le está generando al Estado, el IVA y otras cosas más y la conducta.
11:56Entonces todo el mundo, la causa tiene llamadas telefónicas grabadas donde la instrucción determinó de que fulano le decía llamarlo a Mengano porque Mengano tal cosa, el otro lo llamaba de vuelta al otro diciéndole che mira que ahí va ahí Mengano, dale una boleta, fijate, ponete de acuerdo, es decir, todo esto era un plan perfectamente orquestado.
12:23Bueno, terminamos donde terminamos.
12:27Lo que pasa es que todo lo que se sacó de la municipalidad después que nosotros lo analizamos y vino, todos vinieron las audiencias de la competencia, de la incompetencia, después yo descubrí más cosas y demás que tenían relación con el señor Gaufin precisamente, vuelvo a plantear una cuestión de competencia,
12:49porque yo entendía de que el señor Gaufin tenía que ver con la triangulación de dinero que salía y entraba producto de esas facturas truchas.
13:02Bueno, entendieron en su momento que esto no era así y lo mandaron a la provincia, pero ahí está la prueba, la prueba completa de todo lo que se encontró en la municipalidad y en algún otro lado está todo a disposición de los jueces y los fiscales provinciales.