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Si bien la Ley Federal del Trabajo actualmente contempla como obligación patronal contar con el número suficiente de sillas en los centros de trabajo, la disposición no está ligada con el descanso de las personas trabajadoras.

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Transcripción
00:00La ley silla, entre otros aspectos, obliga a los empleadores a proporcionar el número
00:05de asientos adecuados para el descanso de los trabajadores y les prohíbe obligar a
00:09sus empleados a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral. De cara
00:14a la próxima discusión que tendrá el Senado sobre este tema, estas son las claves de la
00:18ley silla.
00:19Asunto de salud. Trabajar de pie por tiempos extensos se asocia con problemas físicos.
00:24Las personas que elaboran todo el tiempo de pie son mayormente susceptibles a un infarto
00:28cardíaco o a sufrir un derrame cerebral, los cuales tienen que ver con el retorno
00:32venoso.
00:33No es para todos. La ley silla está dirigida a empresas vinculadas con el comercio, servicios
00:38y centros de trabajo análogos. En el caso de establecimientos industriales, las disposiciones
00:43solo se aplicarán cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
00:46Regulación por reglamento. El uso de las sillas y los periodos de descanso deben ser
00:50regulados a través del Reglamento Interno de Trabajo de las empresas.
00:54Plazos de implementación. La ley silla no contempla una entrada en vigor inmediata.
00:58Tendrá plazos tanto para la emisión de normas como para la adaptación de los centros
01:01de trabajo.
01:02Para los empleadores, la reforma a la Ley Federal del Trabajo contempla un periodo de
01:06180 días a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación para cumplir
01:10con las nuevas disposiciones.
01:12Los beneficios para los empleadores. Es una oportunidad para mejorar la satisfacción
01:16laboral en las empresas y se puede reflejar de manera positiva en la reducción del ausentismo.

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