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00:00¡Suscríbete y activa la campanita para no perderte nuestros próximos videos!
00:30Muy buenas noches, bienvenidos a un nuevo programa del Abogado en su Casa.
00:39Para mí, Denis Solano, es un completo honor y un placer llegar hasta sus hogares y ya
00:43usted puede avisarle al vecino, a la vecina, al amigo y a todas las personas que comiencen
00:48a sintonizar Canal 13 que ya estamos totalmente en vivo al celular 7 con 4 minutos.
00:53Y hoy tenemos tema libre, pero previo al tema y analizar varios tópicos, don Belisario,
00:59siempre es un honor estar en compañía suya.
01:01Gracias Denis, un gusto de poder saludarlo a usted y a todos los que nos acompañan
01:06en los hogares de Costa Rica.
01:08Saludo muy especial a don Pedro Beirute y Rodríguez, quien está hoy de chineador, de
01:15enfermero, de esposa de abogado, de cuidador.
01:18Saludo especial a Doña Iris, una pronta recuperación en esa intervención quirúrgica, el abrazo
01:23a la distancia.
01:25También a Carlitos, un saludo.
01:26Que está descansando.
01:27Que todavía está en casa descansando, recuperándose también y los esperamos en los próximos
01:32programas aquí del Abogado en su Casa.
01:34Hoy vamos a tener tema libre, Denis, hoy vamos a compartir con ustedes, hoy queremos visitar
01:38todo Costa Rica, hoy quiero que las siete provincias nos llamen, nos den sus preguntas
01:44o inquietudes.
01:45Lo que podamos contestar, con mucho gusto lo vamos a hacer.
01:48Si tenemos alguna falencia, algún detalle que no sepamos, igual se los vamos a decir,
01:54llevamos de tarea el tema y hoy en ocho, con mucho gusto, estaremos respondiendo.
01:59También tenemos algunos problemitas aquí nada más con el tema del Whatsapp, pero vamos
02:04a evitar línea de teléfono sin ningún problema.
02:07Pero inclusive, si usted quiere participar con nosotros, de momento puede irse a la transmisión
02:11en vivo del Abogado en su Casa en el Facebook, y ahí nos puede dejar las preguntas o los
02:14comentarios.
02:15También a las páginas del SINAR.
02:17Y a las páginas de SINAR.
02:18SINARdigital.com.cr.
02:19SINARdigital.com.cr.
02:20Creo que es.
02:21Ok, para que usted pueda ir a la página del SINAR, nos manda las preguntitas, las inquietudes,
02:27yo voy a ver el SINAR y usted va a ver el Abogado en su Casa.
02:30De hecho.
02:31Para ver las preguntas.
02:32De hecho, si ya tenemos diecinueve personas conectadas a través de la página de Facebook,
02:35o también al Instagram, si usted es un poco más moderno, don Belisario, o a TikTok, también
02:39tenemos TikTok.
02:40También tenemos TikTok.
02:41Entonces, por aquello, si usted gusta compartir algún tipo de consulta o inquietud con nosotros.
02:45Don Belisario, para ir iniciando un poco en el tema, y no solo naciendo del tema que es
02:50completamente libre, me gustaría empezar a hablar acerca de lo que va a suceder el
02:55primero de octubre y los cambios o modificaciones que trae el Código Procesal de Familia, y
03:01ya vamos a ir analizando varias consultas que tiene la gente en relación a este tópico
03:05y a muchísimas otras preguntas.
03:07Bueno, sí, efectivamente este código que tenemos acá, que es el Código Procesal de
03:12Familia, entra a regir el primero de octubre, no hay vuelta para atrás, excepto de que
03:18hay un proyecto de reformas en la Asamblea Legislativa que ya recibió un dictamen afirmativo
03:23y estaría para ingresar a la corriente legislativa en los próximos días, y posiblemente se le
03:29puede dar un primer debate en los primeros días del mes de octubre, un segundo debate
03:33en la segunda semana, y podría haber un periodo de transición, una zona gris, que eventualmente
03:40podría significar un pequeño atraso en todo lo que es la implementación del Código Procesal
03:45de Familia.
03:46Hoy estaba leyendo acá un tema que para los abogados es muy importante y las abogadas
03:50muy importante, es el tema de la cuestión recursiva, Enes, está el recurso de revocatoria,
03:57está el recurso de apelación, está la apelación con efecto diferido, está el recurso de apelación
04:05por inadmisión, y finalmente está el recurso de casación, son los requisitos, los recursos
04:14que van a existir, y finalmente una demanda de revisión, que sería como un recurso extraordinario
04:20de revisión.
04:21Ok, atendamos desde Heredia la llamadita, y ya ahora sí volvemos a los temas de doña
04:26Carolina, sobre los temas recursivos, doña Carolina, muy buenas noches, bienvenida al
04:30abogado en su casa.
04:32Doña Carolina, ¿me escucha?
04:35Sí.
04:36Ok, ahora sí, adelante con su pregunta o su consulta, ¿en qué podemos ayudarle?
04:40Yo quería hacerle una consulta al abogado, es que yo tengo pensión, y mi hijo tiene
04:4920 años, ya él estudió, sacó una carrera como de idioma, pero no sé si me voy a hacer
05:00lo de la exoneración, él tiene derecho a meterse a estudiar rápidamente otra vez,
05:06porque se da cuenta que yo se la quito, o si procede.
05:11Ok, muchas gracias, doña Carolina.
05:14Doña Carolina, sí.
05:15Doña Carolina, mire, allá en la hermosa Ciudad de las Flores, vaya preparándose limón,
05:19puntarenas, guanacaste, todas las provincias queremos hoy que participen y que tengan oportunidad
05:24de participar.
05:25Efectivamente, si ya él trabaja, si tiene un oficio, tiene una profesión, no está
05:29estudiando más, pues puede usted perfectamente solicitar el proceso de exoneración de pensión
05:38o inclusive el trabajo, porque puede ser que él esté trabajando, no le alcance el dinero
05:42y por eso requiere la ayuda de los padres para terminar de estudiar.
05:46Pero si ya tiene un oficio, tiene una profesión, y eso fue lo que se pactó con respecto a
05:52lo que iba a hacer siendo mayor de edad, pues podría perfectamente un juez exonerarle
05:57del pago de la pensión.
05:59Si él quisiera meter algún otro estudio, alguna otra carrera, pues tendrá que justificarlo
06:05y el juez valorará la pertinencia o no de esos nuevos estudios que va a realizar su hijo.
06:11De hecho, don Belisario, tenemos ya varias preguntas y varias inquietudes en relación
06:16no sólo al tema de pensiones, inclusive hay una consulta en relación a las últimas
06:21horas que ha sucedido, a las noticias recientes que ya vamos a ir analizando poco a poco,
06:25pero me gustaría terminar de que usted la idea acerca de los recursos que venía detallando.
06:29Bueno, es que esto también lo vamos a ir viendo durante todo el programa, Enes, porque
06:33me parece que es bastante amplio el tema de la subsección segunda del código con referencia
06:41a la parte recursiva.
06:42Hay una serie de resoluciones que son, para las cuales procede el recurso de revocatoria
06:52y hay un plazo, ¿verdad?
06:54El recurso o los autos que va a emitir el juez, ya sea de pensiones, el juez de familia
07:00o el tribunal, son revocables de oficio, dice el artículo 99, o a petición de parte.
07:06Y eso es muy importante que lo tengamos claro en cuanto al plazo.
07:10Pero si estamos en una audiencia oral, la revocatoria de los autos que se den, tienen
07:17necesariamente que formularse en el mismo momento de manera oral y debidamente fundamentada.
07:22Don Belisario, vámonos hasta Grecia, perdón, con don Jorge.
07:27Grecia a la juela es.
07:29A la juela, a la juela Heredia, ya casi vamos con Cartago, San José, Limón, etc.
07:34Muy buenas noches, don Jorge, bienvenido al Ahogado en su casa.
07:40Gracias.
07:41A usted, adelante con su consulta.
07:44Gracias, mire, es que yo soy un adulto mayor y tengo 74 años, tengo pensión alimenticia,
07:53pero ya mis hijos son mayores de edad, todos trabajan, todos se casaron, y sigo pagando
08:00esa pensión, no sé si quitarla o no quitarla, esa es la pregunta mía, porque parece que
08:05ahora la nueva ley, ya nosotros los ancianos no pagamos pensión, o no sé si tenemos que
08:12depositar la pensión.
08:14¿A quién?
08:15Yo a la mujer mía le dejé todas las propiedades, le dejé la casa, y le firmé, ¿cómo se
08:22llama?
08:23Divorcio.
08:24No, estoy divorciado, le dejé todo y le dejé la casa, ¿cómo se llama eso que cuando
08:31uno tiene derecho a la casa?
08:33No.
08:34¿Los garanciales?
08:35No.
08:36¿Renunció al garancial?
08:37No.
08:38¿O a los sufructos?
08:39Yo renuncié a los sufructos, todo se lo di a ella, y yo me vine a vivir solo, y estoy
08:45pagando todavía pensión, la pregunta mía es que si tengo que seguir pagando esa pensión.
08:50¿Pero a quién le pagas pensión?
08:52¿A tu ex?
08:53A ella.
08:54¿Ok?
08:55Sí.
08:56Perfecto.
08:57¿Y ella trabaja?
08:58Ella no trabaja, pero ella tiene más plata que mí, la verdad.
09:01¿Tiene más recursos?
09:03Ok, perfecto.
09:04Gracias, muy amable, don Jorge, muy amable.
09:07Efectivamente, bueno, aquí hay que considerar, recordemos que la pensión alimentaria tiene
09:12que darse en función de las necesidades que tenga el acreedor alimentario versus las
09:18posibilidades del deudor alimentario.
09:21También hay cambios de circunstancias que pueden ser valorados por parte de un juez.
09:26Si usted en el convenio de divorcio se comprometió al pago de una pensión alimentaria a favor
09:31de su ex esposa y han cambiado las circunstancias y hoy día las condiciones de su ex esposa
09:38es mejor que las suyas, pues obviamente usted puede interponer un incidente de exoneración
09:44y subsidiario de rebajo para que usted pueda tratar de no pagar la pensión o bien pagar
09:50una cuota menor a la que viene pagando en este momento.
09:53A partir del primero de octubre ya no será o no se llamará como incidente, sino que
10:00será un proceso especial de o proceso de extinción o modificación de la cuota alimentaria.
10:06Así es como se técnicamente se va a llamar, pero es lo que hoy día conocemos como incidente
10:11de exoneración o rebaja.
10:13Así es que anímese, don Jorge, proceda de inmediato a interponer esa acción para que
10:19intente la exoneración.
10:21Ok, nada más una cosita.
10:23Ya voy con doña Anabel desde la juelita, pero es que esta televidente de hace rato
10:27nos está consultando.
10:28Si tengo nueve años de separada y mi esposo solicita el divorcio, ¿se le puede dar sin
10:32que yo firme?
10:33Así es.
10:34Ok.
10:35No necesitamos la firma suya, mi querida amiga, para que el divorcio proceda.
10:38Él podría demostrar la separación de hecho con dos o tres testigos, prueba documental,
10:43etcétera.
10:44Si a usted le notifican y no va a la audiencia, si ya la da por el juez, el proceso continuará,
10:49se evacúa la prueba, se dicta sentencia y se puede declarar el divorcio entre ustedes.
10:55Ahora sí, doña Anabel desde La Juelita, muy buenas noches, bienvenida a La Juelita
10:59en su casa.
11:00A la Juela de Arellas en San José.
11:01Falta Cartago.
11:02Ya casi.
11:03Buenas noches, doña Anabel.
11:05Buenas noches.
11:07Adelante con su consulta o su inquietud.
11:09Mi consulta es que mi hijo tiene una niña.
11:14Bueno, el juez dictó que la tienen que tener cada quince días.
11:20La mamá tiene la custodia.
11:23Ella tiene que ver cada quince días, pero cuando a ella le da la gana, deja que la vea
11:29y cuando no, no.
11:31¿Qué se puede hacer en ese caso?
11:33Al menos este fin de semana solo se la dio que la tuviera el domingo y a las cinco de
11:39la tarde, seis de la tarde se la entregara y no cumple lo que el juez dictó.
11:44¿Qué puede hacer él?
11:46¿Qué puede hacer él?
11:47Porque mi hijo dice que no, no, no puede hacer nada porque ella no cumple.
11:53Entonces, ¿qué se puede hacer en ese caso?
11:55Por favor.
11:56Gracias, mi querida amiga.
11:58Desde a La Juelita.
12:00Es muy fácil, mi estimada amiga.
12:02Lo que tiene que hacer su hijo es tratar de que se cumpla el régimen de acuerdo como
12:06está señalado en la sentencia en donde el juez ordenó esa interrelación familiar.
12:11Si la chica tiene que ser entregada, la niña tiene que ser entregada, un sábado a las
12:15ocho de la mañana y si no la entregan a esa hora, con la fuerza pública se hace un
12:20acta de que se está incumpliendo el régimen de interrelación.
12:23Si tiene que devolverla a las cinco de la tarde del día domingo y a las tres de la
12:28tarde la señora está insistiendo en la devolución, entonces igualmente se puede hacer un acta,
12:34se puede dejar prueba, se puede dejar mensajes y solicitarle al juez de familia el testimonio
12:42correspondiente de piezas por desobediencia a la autoridad o bien su hijo que acuda con
12:48asesoría legal, ojalá, a presentar una denuncia por desobediencia a la autoridad.
12:54Eso tiene pena privativa de libertad y en virtud de eso ella tendrá que cumplir y respetar
13:00la orden del juez.
13:02De tal manera que su hijo sí tiene forma de exigir el cumplimiento exacto del régimen
13:07de visita.
13:08De hecho, justamente don Belisario, hay muchísimas preguntas, un saludo muy especial para Lalo
13:12de Más Que Música, que está viendo y está reportando Sintonía, inclusive está viendo
13:16fotografías, pero una de las inquietudes dice, ¿obligatoriamente necesito el consentimiento
13:22del padre para yo poder ir con la persona menor de edad fuera del país o yo puedo sacarlo
13:27siendo la madre?
13:29Ok, es una muy buena inquietud ahora que se avecina ya las actividades de fin de año
13:34Creo que ese es un muy buen momento para ese tipo de preguntas.
13:37¿Por qué razón?
13:39Porque si usted prepara las vacaciones de Navidad o de Enero y uno de los progenitores
13:45no está de acuerdo en que su hijo salga o su hija salga, estás a tiempo de presentar
13:50en este momento unas diligencias ante el juzgado de familia, de lugares donde resida el niño
13:58o la niña, para que sea un juez el que obligue al padre no custodio a dar la firma para que
14:05pueda autorizarse la salida del país.
14:09Si ese padre no custodio o ese padre que se niega a otorgar la salida del país no demuestra
14:16de manera fiaciente que existe realmente un peligro evidente, que existe un descuido,
14:21que podría darse una negligencia, que el viaje no es procedente ni oportuno, pues entonces
14:27el juez puede perfectamente suplir la voluntad y emitir la orden a la Dirección General
14:33de Migración y Extranjería para que ese niño o esa niña pueda salir.
14:36En el escrito inicial que usted haga o que el abogado o la abogada haga, siempre es importante
14:41solicitar como medida cautelar que se ordene por lo menos iniciar los trámites de pasaporte
14:46para ir ganando tiempo con eso y no esperarse hasta Noviembre o Diciembre para poder iniciar
14:51estas gestiones porque si no su hijo se va a quedar sin vacaciones.
14:55De hecho, tengo otra pregunta que es... Ah, bueno, sí, perdón. Tenemos a don William
15:02de Golfito. Muy buenas noches, don William. Adelante con sus puntarenas.
15:06Sí, buenas noches. Buenas noches, licenciado. La pregunta mía es la siguiente.
15:13Yo soy jubilado, pensionado, pues.
15:18¿Adelante?
15:19Adelante, sí.
15:20Ajá, soy pensionado. La pregunta es la siguiente, que yo, digamos, si tengo una deuda por ahí,
15:28¿me pueden rebajar de la pensión o me pueden embargar la pensión por la deuda que tengo?
15:37Ok. Embargo de pensiones. Ok, por pensión alimentaria, definitivamente que sí. Ok.
15:44Y dependiendo de cuánto sea el monto que usted eventualmente pueda estar recibiendo
15:49y si está recibiendo la pensión cita en el Banco Popular, ahí no se le embarguen.
15:56El tema que sucede aquí muchas veces es que a veces el monto de la pensión se deposita
16:01en una cuenta donde ya no se sabe si es pensión o no es pensión.
16:06Y entonces, automáticamente, el banco sí tiene que embargar.
16:10Y ahí es donde hay que tener cuidado, de tal manera que usted tiene que buscar una institución
16:16en el cual sean inembargables esos recursos provenientes de las pensiones.
16:21Ok. De hecho, justamente tengo otra de las preguntas, don Melisario, que nos llega por acá.
16:26Mi expareja me fue infiel y ahora pretende sacarme de la casa.
16:30¿Es cierto que el abandono del hogar se pierde algún tipo de derechos y cuáles son?
16:34No. Vamos a ver. Existe un mito, en realidad, con respecto al abandono del hogar, ¿verdad?
16:41Antes se decía, es que no puedo salir de la casa porque si no pierdo la pensión o pierdo los gananciales.
16:48Hoy en día eso no es así. Ok. Usted puede perfectamente tomar un acuerdo con su pareja
16:55y firmar un documentito nada más que diga que está totalmente de acuerdo en salir
16:58para evitar mayores problemas, mayores dificultades.
17:01Cuando ya hay este tipo de conflictos, siempre es necesario, mejor, buscar la distancia,
17:06buscar el distanciamiento. Si usted puede hablar con su abogado o su abogada para que formule el divorcio,
17:12puede solicitarle al juez la autorización de salida del domicilio conyugal.
17:17Si no, eventualmente usted podría, a través de un mensaje de texto, a través de una carta firmada,
17:22ponerse de acuerdo con ella para que no se hieran más, no se afecten más
17:27y puedan establecer domicilios diferentes mientras se resuelve el tema de la titularidad de la casa.
17:33El hecho de que ella ha cometido infidelidad o él haya cometido infidelidad
17:37no conlleva a la pérdida de sus derechos gananciales.
17:40Lo más que podría darse, eventualmente, es una demanda por daños y perjuicios derivados de esa acción de adulterio,
17:47pero que los tribunales y juzgados no han estado dando sumas millonarias ahí como para decir
17:53que valga la pena desgastarse en una situación de este tipo de demanda, Denis.
17:58De hecho, justamente, don Belisario, al ser las siete con veintiún minutos,
18:01nos llegan bastantes preguntas y recordarles que usted puede participar con nosotros
18:06a través de la central telefónica al veintidós, nada más me confirman el número muchachos,
18:12veintidós veinticinco, siete cinco cincuenta era, ahí, veintidós veinte, siete cinco cincuenta,
18:19para que usted pueda realizar sus consultas y sus inquietudes.
18:23Vamos a un pequeño corte comercial y ya casi volvemos con más del Ahogados Casa.
18:36Desde Sarchí, la cuna de la artesanía nacional, fabricamos nuestros muebles.
18:42Cada mueble fabricado comienza con la esencia misma de la madera.
18:47Nuestros cebanistas eligen las piezas con detalle y precisión, asegurando la calidad desde el principio.
18:57Cada corte, cada lijada, es un paso en nuestro compromiso con la excelencia artesanal.
19:04Utilizamos sólo los mejores acabados para resaltar la belleza única de nuestros muebles.
19:09Porque en Mueblería Pérez Luna, no sólo creamos muebles, creamos experiencias para su hogar.
19:17En Mueblería Pérez Luna, hacemos arte con la madera, garantizando muebles con excelente calidad.
19:23Visítenos hoy y descubra cómo podemos transformar su espacio con la magia de nuestros muebles.
19:39Si a usted le gusta el buen ambiente, las actividades y también tomarse un fresquito de vez en cuando, no se puede perder este viernes su lado positivo porque hay un festival que se va a realizar que usted tiene que ir y no se lo puede perder.
20:04Y también vamos a hablar del estreno en nuestro país y en el mundo de la segunda parte de Joker.
20:11Esta película de Joaquin Phoenix y Lady Gaga que viene a sorprender a los seguidores de la saga.
20:17Vamos a conocer más a partir de las 10 y 30 y hasta las 12 y medio día.
20:20Del escritor nacional Carlos Luis Fallas, el clásico de la literatura costarricense.
20:37Marcos Ramírez, las aventuras de un joven en la Costa Rica de inicios del siglo XX.
20:44Vívalo, del 23 de septiembre al 1 de octubre a las 9 de la noche.
20:51Si has pasado por el Parque España, seguro hayas visto este edificio.
20:55Es uno de los más antiguos y hermosos de San José, llamado Apartamentos Jiménez.
21:00Fue diseñado por el arquitecto Teodórico Quirós allá por los años 40.
21:05Quirós se inspiró en estilos arquitectónicos como el barroco, el gótico y el neoclásico, creando una obra única y ecléctica.
21:13El edificio tiene 16 apartamentos distribuidos en tres pisos y está hecho de concreto y ladrillo.
21:21Llama mucho la atención el uso del concreto expuesto, ya que era algo novedoso para la época.
21:26Esta hermosa obra arquitectónica es un patrimonio arquitectónico de San José.
21:31A vos, ¿qué te parece? Te leemos.
21:37Gabriela Rojas, ¿cómo estás Gaby?
21:38Bueno, yo soy entrenadora personal del adulto y al adulto mayor con condiciones crónicas, no transmisibles.
21:46Y eso, digamos, es como cuando alguien llega a una diabetes que ya hay que tratarla más a fondo.
21:51Pues sí, la mayoría del tiempo las condiciones crónicas son enfermedades que se adquieren por diferentes hábitos no tan convenientes.
22:00Pero bueno, que entre todo y todo siempre tenemos varias cosas por hacer.
22:08¡Vamos!
22:29Regresamos con más del Ahogado en su casa.
22:31Al ser las 7 con 25 minutos estamos totalmente en vivo.
22:33Estamos totalmente en vivo este servidor Denis Solano y el licenciado Belisario Solano,
22:37ayudándoles a aclarar una serie de consultas e inquietudes,
22:40recordándoles que usted puede participar el día de hoy con nosotros a través del Facebook como Ahogado en su casa,
22:45o bien a través del Instagram o TikTok, o también las páginas de destinar digital o Canal 13.
22:52Una, bueno, don Belisario, una de las preguntas o una de las inquietudes es ¿qué sucede si un perro,
22:57si mi perro mata a otro perro y si existe algún tipo de responsabilidad?
23:00Para mí sí hay una responsabilidad de parte del dueño que causa ese daño, sin duda,
23:06del dueño del animal que causa ese daño, ¿ok?
23:10Hay una responsabilidad con respecto al cuido, a la tenencia propiamente de los animales,
23:18y sin duda alguna si el perro mío por un descuido, por una negligencia llega y agrede a su perrito,
23:27pues yo tengo la responsabilidad de atender principalmente los daños y prejuicios generados
23:34por esa acción cometido por mi animalito.
23:36Ok, y eventualmente le habría que pagar básicamente.
23:39Sí, habría que ver desde el punto de vista penal, pero creo que no, es más civil.
23:44De hecho, don Belisario, bueno, tenemos muchísimas preguntas por acá,
23:48inclusive una de ellas es en relación a los temas de la liquidación,
23:52si eventualmente cuando me liquidan, o sea me despiden,
23:54¿pueden tocarme ese dinero para efectos de pagar o saldar otra deuda?
23:59No, los beneficios y las prestaciones laborales son inembargables, ¿verdad?
24:04Entonces, en ese sentido, cuando ya se está finalizando la relación,
24:07lo que se tiene que hacer es que le entreguen a usted la suma que le corresponde y punto.
24:11Usted sabrá si va y abona, o usted sabrá si va y cancela eventualmente la deuda que tenía ahí,
24:17solo que después el acreedor sí le va a volver a embargar el salario en el otro sitio donde vaya a trabajar.
24:21Ok, y en esa liquidación, ¿qué implica? ¿Qué conceptos habría y qué se paga en cada escenario?
24:27Bueno, ahí le tocaría si es con responsabilidad o sin responsabilidad patronal, ¿verdad?
24:32Si hay responsabilidad patronal, le tocará el preaviso, el auxilio de desantía, vacaciones, aguinaldo.
24:38Aquí esas son las responsabilidades que le asisten.
24:42Si es sin responsabilidad patronal, le tocará eventualmente las vacaciones y el aguinaldo,
24:49que son derechos indisponibles, ¿verdad?
24:52Y que indistintamente de la causa del rompimiento de la relación laboral,
24:56usted puede perfectamente cobrar ese dinero.
25:00Recordemos también que indistintamente de que haya responsabilidad o no,
25:04mes a mes un porcentaje está pasando al Fondo de Capitalización Laboral
25:10y al ROP, al Régimen Obligatorio de Pensiones,
25:14con el cual usted puede ir con la cartita que el patrón no le brinda
25:17a donde está Superadora de Pensiones para que le devuelvan el FCL,
25:22que es una de las razones por las cuales se puede retirar cuando se termina una relación laboral.
25:28Don Belisario dice por acá, podrían hablar, bueno, es que dice,
25:34tengo una hija que tiene una discapacidad y una enfermedad difícil,
25:37¿hasta qué edad debe ayudar el padre con la pensión?
25:40Si tiene una discapacidad y tiene una situación compleja en ese sentido,
25:46toda la vida, toda la vida tiene la responsabilidad del padre
25:50que atender a una persona con discapacidad.
25:53Hay la ley 7800, está la convención de los derechos humanos
26:00de las personas con discapacidad, tenemos la ley de salvaguarda
26:04que permite iniciar todo un proceso para poder tener un garante
26:07que venga a representar los intereses de las personas con discapacidad
26:13y máxima si son personas mayores con discapacidad.
26:18De tal manera que sí, si uno tiene un hijo o una hija
26:21que está en una condición de discapacidad severa,
26:24que le impide estudiar, que le impide trabajar,
26:27pues usted tiene la responsabilidad durante toda la vida
26:30de atender a esa hija o a ese hijo.
26:33Ok, vea que interesante esa pregunta.
26:34¿Qué pasa con una madre que no le permite ver a su hijo al papá
26:39desde el inicio o antes de nacer? O sea, en estado de gestación.
26:43¿Y qué se puede hacer? ¿Se puede hacer algo?
26:46Muchísimo se puede hacer, muchísimo se puede hacer perfectamente.
26:50Ahorita, la semana pasada, precisamente salió un tema de una ley
26:56Pregestacional.
26:58De prenatal, de acogimiento prenatal.
27:02En donde incluso se puede hasta solicitar el examen del ADN.
27:10Entonces, puede perfectamente a partir del momento en que se sabe
27:16que hay un ser en gestación, no solamente surge la responsabilidad
27:21para ese futuro padre o para ese padre ya de ese ser en gestación,
27:25hasta de ser el custodio definitivo en caso de que la madre
27:28esté presentando algún rechazo, esté presentando alguna situación
27:32en donde no quiera atender a ese hijo por nacer.
27:35Entonces, con muchísimo más razón, mi querida amiga,
27:37ustedes pueden perfectamente solicitar interponer una demanda
27:43para el establecimiento de un régimen de interrelación familiar
27:48de tal manera de que no es el capricho o la voluntad de la madre
27:52lo que va a imperar.
27:54Aquí hay un derecho del niño o de la niña de relacionarse
27:56con papá y con la familia paterna.
27:59Eso tenemos que irlo clarificando de una manera que quede
28:03absolutamente clara en la mente de todos nuestros queridos televidentes.
28:08El papá no es el que tiene el derecho de ver al niño.
28:11La mamá no es la que tiene el derecho de decir
28:14si papá lo ve o no lo ve.
28:16No, qué pena.
28:18Es el niño o la niña el que tiene derecho a compartir
28:22con su padre y con su familia paterna.
28:24Y eso ya los tribunales lo han entendido muy bien.
28:27El tribunal de familia ha hecho una gama de sentencias
28:31y de resoluciones muy importantes que garantizan ese derecho humano
28:36del niño o de la niña, Dennis, a relacionarse con papá y con mamá.
28:42Ley 10.506, justamente del pasado viernes.
28:48Esa es la ley de acogidimiento prenatal.
28:51De hecho, justamente lo que estoy leyendo
28:52que va a ser todo un tópico que tendremos que analizar casi en una hora.
28:55Así es.
28:57Porque en realidad sí se las trae y hay muchísimo que entablar.
29:00Don Belisario, tengo más preguntas por acá.
29:02Pero aunque esa ley nos va a llevar tarde o temprano
29:05al tema de la maternidad subrogada.
29:07Al tema de contratación de vientres de alquiler.
29:10Es un tema de una discusión que vamos a tener
29:12ya muy pronto en Costa Rica.
29:14Está pronto a llegar.
29:16Yo tengo, si Dios lo permite.
29:18Pero es un negocio que en realidad siempre es dado, don Belisario.
29:20En alguna medida, sí.
29:22En muchos países del mundo está permitido.
29:24En otros está regulado.
29:26Y en otros está totalmente prohibido.
29:28Sí, prohibido.
29:30Pero hay formas en las cuales se realiza esa subrogación del vientre
29:34y eventualmente se puede llegar por la vía de adopción acá
29:39a tener ya una paternidad declarada, una paternidad legítima.
29:43Sobre este tema me va a tocar el 18 de octubre, Dennis,
29:46estar frente a un tribunal examinador en la Universidad de la UNIREN en La Rioja, España,
29:51precisamente para ya defender el grado de maestría en Derecho de Familia.
29:56Y opté por este tema tan interesante que se las trae
30:00y que poco a poco les voy a ir conociendo.
30:02Una vez que me aprueben la tesis, ¿verdad?
30:04Antes no.
30:06Voy a ir dándoles a conocer los alcances de la investigación
30:08que realizamos Pamela Marín y este servidor
30:10en el tema de la maternidad subrogada.
30:12En efecto, don Belisario, recordarles que también pueden participar
30:14con nosotros y es un tema completamente libre
30:17a los números en estudio al 22 20 7 5 50,
30:21al Facebook o al Instagram, son las 7 con 33
30:24y estamos totalmente en vivo.
30:26Tengo más preguntas por acá, don Belisario.
30:28Cuando uno gana una demanda, ¿cuánto tiene la empresa para pagar?
30:33En temas laborales, ¿verdad?
30:35Sí, sí, mira, se supone que la empresa, una vez que la sentencia está firme,
30:39debería presupuestarlo en el pago del mes siguiente.
30:41Si eso no se hace, ya hay toda una organización
30:45en la sede de la Defensoría Laboral que está,
30:49y también del juzgado, perdón, de la jurisdicción laboral,
30:52en donde se han establecido juzgados de ejecución
30:54de las sentencias laborales.
30:56Firme la sentencia, perfectamente la parte actora,
30:59si no le han pagado, puede perfectamente solicitar
31:03la ejecución de la sentencia en los juzgados de ejecución
31:07de sentencias en materia laboral,
31:08que son muy eficientes, ahí buscan los bienes, embargan,
31:11e inmediatamente avanzan con el tema.
31:14Ok, don Belisario, ya casi vamos con una llamadita telefónica,
31:18nada más me la confirma doña Abielca, ¿sí?
31:21Ok, listo, me dice, me llamaron para un examen de ADN
31:24y no pude llegar por el trabajo,
31:26no sabía que tenía tiempo para justificar y el proceso siguió,
31:30¿cómo puedo hacer para pedir otro examen de ADN?
31:33Tendría que justificarle al juzgado cuáles fueron las razones
31:36y si todavía el proceso no está para la audiencia del artículo 98 bis.
31:41Aunque esté fuera del plazo.
31:43Es que, digamos, no es que esté fuera del plazo,
31:46es que le fijaron una audiencia para que fuera a hacerse la prueba de ADN
31:51y se le fue.
31:53Entonces él podría perfectamente justificar las razones de trabajo
31:57o las circunstancias.
31:59¿Y si a la segunda falta de nuevo?
32:01Ya ahí hay un estilo de maledicencia y no querer ir.
32:04Pero ahí sí se le cargan el tema de los apellidos al padre, ¿no?
32:08A ver, si hay una intención clara de evadir el someterse a la prueba
32:14de marcadores genéticos,
32:16se presume que esa prueba va a comprobar el dicho
32:21de la parte que lo está legando.
32:23Entonces, si usted de una manera maledicente,
32:26de una manera incurriendo en un fraude procesal,
32:30trata de evadir el hacerse la prueba de marcadores genéticos,
32:32pues entonces el juez lo va a tener prácticamente como un resultado positivo
32:37a lo que la parte ha venido alegando.
32:39De hecho, don Belisario, tenemos a don Alexis desde Palmares.
32:43Muy buenas noches, bienvenido al abogado en su casa, don Alexis.
32:46Adelante con su consulta.
32:48Muy buenas noches.
32:50Es que mi consulta es esta.
32:52Si estoy seguro que el Poder Judicial en un expediente,
32:57un expediente, un expediente laboral,
32:59creo y estoy muy seguro que ellos me causaron un prevaricato.
33:05¿Qué debo hacer?
33:07¿Si debo contratar a un abogado penalista para que me lo lleven?
33:12Porque es algo de pensión,
33:14donde la inyección de la invalidez de la Caja Constitucional de Seguridad Social
33:18para suspender una audiencia el 6 de marzo del 2018,
33:22ellos creo que alteraron un documento, falsificaron un documento,
33:26una incapacidad.
33:28Ahí entonces, si eso lo puedo llevar a lo penal.
33:32O me quedo así porque sí,
33:35el grado de invalidez sí está muy profundo y ellos han mentido.
33:40¿Qué hago en ese caso?
33:42Si hay que judicializarlo penalmente o lo dejo laboral ahí.
33:47Porque yo meto los papeles a donde digo que hay mal praxis y todas esas cosas
33:52y ellos lo que dicen es que,
33:53ah no, se los juntamos a los documentos y punto.
33:56Nunca hubo un juicio,
33:58nunca el día que yo se pidieron el juicio para mandarme a valoración,
34:02nunca lo volvieron a posponer.
34:04Entonces estoy seguro que hay prevaricato.
34:07¿Qué voy a hacer en ese caso?
34:09Mi querido amigo,
34:11lo más importante aquí es ver cómo está la situación del expediente
34:16que usted eventualmente ha tramitado en la sede de la jurisdicción laboral.
34:19Siempre es importante que se haga acompañar de un abogado,
34:23una abogada, especialista ojalá en la materia.
34:25En este caso es muy importante que usted acuda a los servicios
34:29de un colega o una colega que atienda este tipo de asuntos
34:33para que usted pueda tener realmente el criterio técnico adecuado
34:38y pueda realmente defender sus derechos.
34:41Hay que ver si Defensoría Social lleva o no lleva a este tipo de asuntos,
34:46Defensoría Laboral, pero no.
34:47Lleva a este tipo de asuntos, creo que no.
34:50Por ser el tema de incapacidad que determinan un 66, ¿no?
34:53Para poder ser declarado incapacitado, verdad,
34:57ya con un nivel de invalidez, se requiere un 67%.
35:0067.
35:02¿Qué es la mayoría?
35:04Obviamente lo que pasa, mi querido amigo,
35:07es que la Junta Calificadora o la Comisión Calificadora de la Caja,
35:12la gran mayoría niega.
35:13Y entonces, de ahí lo pasamos a los tribunales
35:17y se le tiene que pedir al juez la remisión suya
35:21para que vaya a Medicatura Forense.
35:24Medicatura Forense lo va a valorar a usted para decir
35:27si lo que dice la Comisión Evaluadora de la Caja es lo correcto o no.
35:32De lo que resuelva Medicatura Forense,
35:35todavía tiene apelación ante el Consejo Médico Forense,
35:39pero tienes que hacerlo ahí mismo en el juzgado.
35:41Es el juzgado el que le da el trámite a esas apelaciones.
35:45Y ya lo que diga Medicatura Forense,
35:47ahí sí ya no hay nada que hacer.
35:49Sería santa palabra y le corresponderá al juez
35:54dictar la sentencia definitiva y declarar
35:57si efectivamente se cumplen o no los requisitos
36:00para declarar la invalidez que eventualmente está alegando.
36:04Que de hecho creo que es donde la mayor parte de las personas se quedan, ¿verdad?
36:06No tener en ese 67% y entonces bueno,
36:10la caja o eventualmente inclusive Medicatura Forense
36:13dice usted tiene un 50%, entonces aún no es suficiente.
36:17Don Belisario dice, ¿una condena por choque tiene plazo de caducidad?
36:21¿De prescripción de 10 años, no?
36:24Por choque. Son 10 días que usted tiene que,
36:27para poder declarar ante el juzgado.
36:30De ahí dicta la sentencia.
36:32Ajá, pero me parece que...
36:33Y son dos años para efectos de que se levante la anotación, el embargo.
36:38Sí, pero más bien me parece que va en el sentido de la condena.
36:41La prescripción, si es para cobro de los daños y prejuicios,
36:44sería normal los cuatro años, pero la anotación de la demanda,
36:49del proceso de tránsito, en dos años se levanta.
36:53Dice, si la empresa realiza una reestructuración,
36:57¿puede despedir a personas con alguna enfermedad
36:59o con personas pendientes con discapacidad?
37:03Si no están incapacitados por la Caja de Seguro Social,
37:07pueden perfectamente reducirse.
37:09Ok, pero tienen que estar incapacitados.
37:11No puede, al estar incapacitado la empresa,
37:14cortar esas plazas y eliminarlos.
37:17En ese sentido, no hay esa forma...
37:20A ver, sería un abuso de parte de la empresa
37:23recortar plazas de personal que está en este momento
37:27en una situación de incapacidad declarada
37:29por la Caja de Justa Licencia del Seguro Social.
37:31¿Si el trabajador está enfermo?
37:34Si está enfermo, tiene que estar incapacitado.
37:36Si no está incapacitado, es que no está enfermo.
37:39¿Con alguna enfermedad, como cardíaca, etcétera?
37:43Es que, por eso, tiene que estar incapacitado.
37:46Si esa enfermedad que tenga, o esa dolencia que manifieste,
37:49no es incapacitante para trabajar y está trabajando,
37:52ahí puede perfectamente prescindirse del colaborador.
37:58Nos falta Limón, que no ha participado.
38:01Cartago.
38:03Cartago, que no ha participado, y Guanacaste, que no ha participado.
38:06Ya tenemos las otras provincias que han participado esta noche.
38:09Queremos ir a Cartago, queremos ir a Limón,
38:11y queremos ir a Guanacaste con las preguntas de esta noche
38:14aquí en El Abogado en su Casa.
38:16Don Belisario, es que interesante esta pregunta.
38:18Yo pago pensión hace años.
38:20Mi hijo recién cumplió 23.
38:22No estudia.
38:24He presentado tres veces el incidente de exoneración alimentaria.
38:27Y me lo han archivado porque, según el juzgado,
38:30no se puede notificar.
38:32Es una buena pregunta.
38:34Ahora, si no se puede notificar, hay que ver por qué.
38:38Si usted sabe dónde está su hijo, pues es muy simple.
38:41Si el juzgado no lo puede notificar,
38:43páguese un notario público para que vaya,
38:46o una notaria pública para que vaya a la casa donde vive el muchacho
38:49y pueda ser notificado.
38:51Miren qué eficientes son los notarios y las notarias notificando.
38:53Nada más, pero hay algunos juzgados que permiten en el medio señalado, ¿cierto?
38:59Sí, pero en este tipo de exoneraciones no estoy viendo los jueces animándose a eso.
39:04A mí me obligaron en eso mismo que te pasó a vos,
39:07me obligó a mí en un caso en San Carlos
39:09que tener que buscar una notaria para que pudiera ir a notificar
39:13porque el chico este que andábamos buscando se escondía por todo lado
39:17y cuando llegaban a notificar a la casa de la mamá,
39:20nunca había nadie, no había nadie, no existían.
39:23Y de un momento a otro empezaron a negar y que ya no vivía aquí
39:26hasta que se hizo la notificación por vía notarial.
39:29Ok, en esos casos entonces, nada más como para recapitular,
39:32cuando existen correos, o sea que se han notificado por el correo que se ha ido a la casa,
39:37lo mejor es contrate a notario.
39:39Es más fácil, es más práctico hablar con el notificador,
39:42enseñarle muy bien la casa, el color, el sitio, la dirección
39:45para que ellos practiquen esa notificación.
39:48O hay casos en los que en el momento en que se hace el régimen de visita,
39:53su interacción, padre e hijo llegan y le notifican, ¿verdad?
39:56Entonces, de tal manera que ahí podría ser.
39:59Aquí lo que me refleja posiblemente es que no hay una buena relación suya con su hijo
40:04y eso nos está impidiendo llevar a cabo el proceso de notificación.
40:09Y lo otro es ver si su hijo está presentando o no está presentando las notas.
40:13Entonces, lo que eventualmente usted podría pedirle al juez de pensiones alimentarias
40:18es que se congelen los montos hasta tanto su hijo muestre que está estudiando
40:24y que cumple con los parámetros para poder ser acreedor a la pensión alimentaria.
40:29En eso varios juzgados ya lo están aceptando, Denis,
40:32y entonces es muy importante porque obligan al deudor alimentario
40:35a llegar a poner la orden de premio, a llegar a establecer esa solicitud
40:41y ahí mismo lo notifican.
40:44Don Belisario, tenemos la llamada de doña Adela de Puriscal,
40:48vamos a escuchar la pregunta y posterior al corte comercial respondemos la misma.
40:52Doña Adela, muy buenas noches, bienvenida al abogado en su casa.
40:55Buenas noches, muchas gracias.
40:58Mi pregunta quizá no tiene que ver nada con lo que están hablando.
41:01Hoy me llaman de la municipalidad diciéndome que tengo que pagar
41:06de colección de basura de un terreno que tengo que no tiene casa.
41:09¿Es correcto que me puedan cobrar basura que yo no produzco en ese lote?
41:16Muy importante la pregunta, la veremos después del corte.
41:21Después del corte.
41:23Don Belisario, vamos a un pequeño corte comercial, son las 7 con 44 minutos.
41:26Usted puede participar con nosotros al Facebook, al Instagram, al TikTok
41:29del abogado en su casa y las páginas de Cinar Digital.
41:32Ya casi volvemos con más.
41:40Desde Sarchí, la cuna de la artesanía nacional, fabricamos nuestros muebles.
41:47Cada mueble fabricado comienza con la esencia misma de la madera.
41:53Nuestros rebanistas eligen las piezas con detalle y precisión,
41:58asegurando la calidad desde el principio.
42:01Cada corte, cada lijada es un paso en nuestro compromiso con la excelencia artesanal.
42:10Utilizamos solo los mejores acabados para resaltar la belleza única de nuestros muebles.
42:18Porque en Mueblería Pérez Luna no solo creamos muebles, creamos experiencias para su hogar.
42:26En Mueblería Pérez Luna hacemos arte con la madera, garantizando muebles con excelente calidad.
42:32Visítenos hoy y descubra cómo podemos transformar su espacio con la magia de nuestros muebles.
42:39Un espectáculo que combina danza, música y teatro. En cine, en cortos.
42:57Este sábado 28 de septiembre a las 3 de la tarde y domingo 29 a las 9 y 30 de la noche.
43:05En conmemoración al fusilamiento de nuestro expresidente Juan Rafael Mora Porras,
43:11se transmitirá el Consejo de Gobierno desde Punta Arenas.
43:15Lunes 30 de septiembre a las 9 de la mañana.
43:35Además resta ahí las canciones y mucho humor.
43:39Y muchos temas, todo por el rescate de las tradiciones y costumbres ticas.
43:44Ya lo sabe, todos los sábados a las 5 y 30 por final Canal 13, su programa La Tertulia Tica.
44:047 con 48 minutos. Estamos totalmente en vivo, analizando tema libre, pero hay muchísimas preguntas e inquietudes.
44:32Y para eso doña Adela nos dejó la última pregunta, previo a irnos al corte comercial,
44:39que decía el cobro de impuestos en relación a basura, creo que era así, de un locte que no le correspondía.
44:45Ok, habría que ver qué municipalidad es y habría que ver cuál es la reglamentación interna que esa municipalidad tiene.
44:53Si en esa reglamentación interna se contempla de manera específica ese cobro para el propietario del inmueble,
45:00ahí entonces estarían los ciudadanos de ese cantón obligados al pago de la recolección de basura.
45:09Si ese reglamento no lo dice expresamente, no podría la municipalidad cobrarle a usted la recolección de basura.
45:17Hay algunas municipalidades que lo que tienen es cuando dan la patente municipal en locales comerciales,
45:26que ahí sí le contemplan al arrendatario el cobro del servicio de recolección de basura,
45:33porque va ligado a la patente, al agua, a la recolección de basura, pero dentro de una patente comercial,
45:40y no se la relacionan al propietario.
45:44Pero ahí todo va a depender, mi querida amiga, lástima que no le preguntamos quién era la municipalidad.
45:50Creo que dijo de Puriscal ella.
45:51De Puriscal, sí.
45:53Entonces, donde usted podría hacer la consulta, preguntar por la reglamentación interna propia de esa municipalidad
46:01para que le den el fundamento jurídico por el cual está cobrando usted el rubro de recolección de basura, mi querida amiga.
46:10Y ahí entonces, si no le dan el fundamento jurídico, usted puede perfectamente reclamar
46:14y puede tratar de eliminarse ese cobro que sería un cobro indebido porque no estaría debidamente autorizado
46:21por la ley.
46:23Don Belisario, pero usted sabía que en Modelería Pérez Luna usted puede obtener su mueble personalizado
46:27y usted puede inclusive generar el mueble a su gusto al 8951-8625.
46:368951-8625, se encuentran en el Cantón de Sarchí, Modelería Pérez Luna,
46:44el patrocinador oficial del abogado en su casa.
46:46Don Belisario, tenemos muchísimas preguntas e inquietudes aquí a través del WhatsApp
46:51y a través de nuestras diferentes redes sociales.
46:53Dice, si en un hueco en la calle se me destroza una llanta, ¿qué institución pública puedo reclamar?
46:58Depende, aquí tendríamos que ir a los dos, ¿no?
47:02Sí, ¿por qué?
47:04Podría ser, si es cantonal o si es nacional.
47:06Si es nacional, vamos directamente a demandar al estado, que es el que tendría la responsabilidad.
47:11Si es una ruta cantonal, la municipalidad del Cantón debería ser responsable de ese tipo de daños cometidos a su vehículo.
47:20Don Belisario, tenemos una llamada telefónica de doña Emilce de Upala.
47:24Muy buenas noches. Adelante con su pregunta o su consulta.
47:27Upala es a la juela.
47:29Buenas noches. Mira, la preguntita es la siguiente.
47:33Mi esposo me pagaba pensión alimenticia a mí, pero él ya falleció.
47:40Y resulta que en la corte quedó a fondo un saldo de que los rebajos que me iban haciendo, que la caja depositaba un poquillo más después de lo que me tenían que pagar a mí.
47:52Pero eso quedó a nombre mío en la corte.
47:55Entonces, ahora ya él falleció.
47:58Y yo ahí un día llamé y me dijeron, bueno, me hacen una pregunta, ¿qué pasaba con ese dinero?
48:04Ya que él no estaba y que ese dinero, bueno, quedó en la cuenta a nombre mío en la corte, ¿verdad?
48:09Y me dicen que tengo que pagar a un abogado y no sé qué para ver a quién le devuelven ese dinero.
48:15Y yo dinero no tengo. Entonces, si está en nombre mío, ¿qué puedo hacer yo de ese dinero?
48:21A ver, si me lo devuelven o qué sucede.
48:25Pero ese dinero es un pago que hacía su ex marido.
48:33Se lo rebajaban de la pensión de él, la caja del Seguro Social le hacía el rebajo a él.
48:39Y a mí me lo depositaban a mi cuenta.
48:42Sí, pero le rebajaban más de la cuenta a él.
48:45Sí, le rebajaban un poco más, pero lo depositaban en la cuenta mía en la corte.
48:51¿Y está congelado?
48:53Está congelado ahí, que son 625 mil colones.
48:57Sí, muchas gracias.
48:59Yo ahorita ya acabo de hacer el cerquillo de él, tiene apenas 17 días que falleció y todo eso.
49:05Entonces, ya ahí.
49:07¿Usted estaba casada con él?
49:11Sí.
49:13¿Al momento de fallecer?
49:15Sí, nunca me divorcié.
49:17Ok, entonces usted tendría que eventualmente. Gracias, muy amable.
49:20Efectivamente, tendrías que buscar un abogado o una abogada para que le hagan unas diligencias en el juzgado.
49:26Ahí tendríamos que ver si es el juzgado civil o el juzgado laboral para ver si es un tema de salarios
49:32que tiene derecho el causante, la persona fallecida, y la ley le va a indicar a nombre de quién se le va a entregar ese dinero.
49:43Si es a nombre suyo, a nombre de los hijos.
49:46No, el propio no es.
49:48No, entonces son prestaciones o dineros derivados de su salario.
49:52Y si no, tendría que irse a la vía civil a un proceso sucesorio de menor cuantía
49:57para que se determine que usted es la heredera de ese dinero, que no hay más herederos,
50:03y un juez pueda ordenar entonces la entrega de ese dinero a su nombre.
50:07El hecho de que esté a su nombre no significa que sea suyo, ok.
50:11Es porque es una suma pagada de más por parte del señor y era el único que podría retirarlo
50:19o bien autorizarle a usted a retirarlo como un pago extraordinario de pensión alimentaria.
50:24De momento, ese dinerito le va a quedar congelado ahí hasta que usted no haga las acciones legales
50:30y hay que estudiarlo bien, si por la vía laboral o por la vía del derecho civil con un sucesorio de menor cuantía.
50:37Dice uno de los comentarios por acá, encantada de su programa.
50:40¿Cuántos embargos puede tener una persona y cómo se calculan los embargos?
50:44Bueno, eso tiene toda una dinámica y tiene unos cálculos y una aritmética del carajo, verdad.
50:49Hay una parte que es totalmente inembargable, que no se puede tocar bajo ninguna circunstancia
50:55porque es lo que garantiza a la persona las necesidades mínimas de sobrevivencia.
51:00A partir de ahí, hay que ver si es una quinta parte o una octava parte del salario que queda,
51:07si hay pensión alimentaria, si no hay pensión alimentaria, hay que ver si es el embargo número uno,
51:12número dos, número tres o número cuatro.
51:13Dependiendo de eso, hay una serie de características que ya vendremos en su momento con José Hernández.
51:21Que creo que inclusive el salario aguanta cuantos embargos hayan, solo que tiene que ir en un orden.
51:27Así es, exacto lo que les estaba diciendo.
51:29Y vendremos con José Hernández para que nos explique bien con detalle ya la fórmula matemática en la que se aplican estos embargos.
51:37Quedan tres minutos de programa, don Belisario.
51:39¿Principales cambios que se dan a partir de octubre en el Código Procesal de Familia?
51:42Pero antes de, reiteramos el saludo a don Pedro que nos está mirando, doña Iris que está ahí bien chineada en casita,
51:49doña Carla también, saludos a Mercedes Trena allá en San Diego, California, que nos está reportando Sintonía,
51:55a Teresita, la esposa de don Víctor Julio.
51:57De don Víctor Julio, fiel seguidora.
51:59Almacén de materiales.
52:01Ubicados en Taras.
52:03Ojo, me gusta verlos, juventud versus experiencia.
52:07Muy bien, Canas, ahí.
52:09Canas, doña Teresita, muchas gracias.
52:11Tenemos que reunirnos, de veras, Teresita, hay que conversar y poder compartir un ratito,
52:16que así ya no tenemos la oportunidad de hacerlo.
52:19Allá en Cartago, almacén de materiales, que siempre tiene una atención extraordinaria para todos los clientes.
52:25Un saludo muy, pero muy especial.
52:27Y yo entré sin entradas y ya estoy en el programa con entradas, entonces no sé a quién le dicen.
52:31La experiencia.
52:33La juventud.
52:34La juventud soy yo, ¿verdad?
52:36La juventud es usted, sí.
52:38De esta manera que muchas gracias.
52:40Muchas gracias también a San Diego, California.
52:42Y las principales reformas, sin duda alguna, es todo el cambio, el viraje en las familias de los diferentes procesos.
52:48Cinco tipos de procesos que se van, cinco familias de procesos que surgen a partir de este código
52:55y que es vital que los tengamos claros.
52:58Proceso resolutivo familiar.
53:00Procesos de protección cautelar.
53:02Procesos de petición unilateral.
53:04Procesos especiales.
53:06Y procesos de ejecución de resoluciones.
53:08Esto no lo voy a hablar mucho en los próximos programas, esperando los primeros días de octubre,
53:14porque estoy casi seguro que todo esto va a variar por parte de los señores diputados,
53:18porque realmente.
53:20Y que básicamente volvemos a lo anterior.
53:22Básicamente vamos a hacer una mezcla de lo que teníamos más esto.
53:26Y entonces ahí veremos cómo sale este gallo gallina jurídico,
53:30este gallo gallina jurídico que están haciendo ahí en la Asamblea Legislativa.
53:34Mil gracias a la orden.
53:36Y a todas las personas que nos sintonizaron,
53:38muchísimas gracias por acompañarnos en un nuevo programa de La Hogado en su Casa.
53:41Para mí, Denis Solano, fue un completo honor llevarles una misión más.
53:45Recordarles que usted puede observar esta emisión el día de mañana en horas de la tarde
53:49y nos vemos el próximo jueves totalmente en vivo a partir de las 7 de la noche
53:54por la pantalla de Canal 13.
53:56Continúe con la programación regular del Sistema Nacional de Radio y Televisión.
54:04¡Nos vemos!

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