• hace 2 meses
Estuvo en nuestros estudios la abogada Mariela Pisano, hablando con Carlos Stroker sobre el universo de las empleadas de casas particulares, contestando como siempre las preguntas de la gente.
Una empleada que se dedica al cuidado de persona con retiro, cobra la hora $2.826 y el mes $357.350. Pero si vive en zona patagónica, cobrará 30% más, valiendo la hora $3674 y el mes $464.555.
Hay que recordar que estos son los valores mínimos, luego el empleador puede otorgar sueldos más altos pero nunca más bajos.

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Transcripción
00:00Atención, empleadas domésticas, ¿habrá aumento de sueldo en octubre?
00:09¿Se termina la indemnización?
00:15Bien, ya está con nosotros la doctora Pizano, gracias doctora por estar
00:17muy amable y muy gentil de su parte.
00:19Hola Carlitos, ¿qué tal? Buenas tardes a todos y todas.
00:21¿Viene el aumento o no viene el aumento?
00:25A todas esas preguntas tengo algo negativo para decir porque es un no.
00:29Por el momento no hay ninguna novedad de aumento y justamente por eso
00:33no alcanza para el transporte como estábamos viendo antes,
00:36o sea, hay que tener con qué para pagar las cosas y los salarios son bajos,
00:42ese es el tema.
00:43O sea, ¿desde cuándo no tiene aumento la empleada doméstica?
00:46Desde agosto con un 4%, encima retroactivo porque recordemos
00:50que en agosto se efectivizó el aumento de julio, o sea que desde julio
00:58ya con el arrastre desde marzo que no se aumentaba.
01:01Entonces tenemos el sueldo mínimo acá de las trabajadoras, como siempre,
01:04público para cuidado de personas, 2.826 es el valor de la hora mínimo,
01:09357.350 el sueldo mínimo para cuidadoras y como siempre digo, el 30% más
01:16para la zona patagónica desde Carmen de Patagones hasta Ushuaia,
01:19es un 30% más y no cumplen tampoco, pero lo decimos acá, lo informamos.
01:24Tiene que ver, cuidado de personas con retiro, esto es, la hora con retiro
01:28quiere decir que no se queda dormida en la casa.
01:30Correcto, yo digo la que más cantidad de trabajadoras hay, hay sin retiro
01:33que es un poquito más.
01:34¿Y trabaja 8 horas?
01:35Tiene que trabajar 8 horas diarias como máximo para tener este mínimo.
01:40Bien, o sea, si trabaja 8 horas diarias tiene que cobrar como mínimo la hora
01:452.826.
01:46No, porque si trabajara por 8 horas diarias tiene que cobrar el sueldo por mes.
01:50Esto, 357.000.
01:53Tiene que trabajar 8 horas 5 días por semana.
01:56Exacto.
01:57Si no cumple con eso, ¿cuánto tiene que cobrar?
01:59Bueno, ahí hay que cobrar por hora, pero depende porque eso es un sector
02:02especial, tiene tanto de especial que en algunas cosas de la ley base
02:06tampoco entró, en este caso por suerte, porque la ley base tampoco es buena
02:11en las modificaciones, pero cuando trabajan menos de 24 horas semanales
02:14tienen que cobrar por hora, o sea que una niñera que trabaja 20 horas
02:18semanales, tendría que cobrar por hora, sumando las horas que haga,
02:22hasta 24 si es por semana, entonces ahí cobra por hora.
02:26Bien, ahora, este sueldo es el de agosto.
02:29Este sueldo es el de agosto que es con un último 4% de aumento
02:32y ahora el lunes supuestamente, porque a veces lo suspenden
02:36en el momento, se vuelve a juntar la comisión que es esta comisión
02:40que depende del gobierno, que es la que genera los aumentos
02:43como una especie de paritaria, no es una paritaria como normalmente
02:47se conoce, y aumenta los salarios, parece que el 30, o sea que el lunes,
02:51mañana, se juntan porque siguen discutiendo el último aumento.
02:54O sea que a partir de septiembre a lo mejor tiene un incremento.
02:57A lo mejor a partir de octubre, el último trimestre del año,
02:59haya un aumento, pero por el momento no está confirmado.
03:02Bien, empiezan a llegar mensajes, ahí tenemos el teléfono,
03:05cuál será el futuro del trabajador, esto es lo que muchos están preguntando.
03:08Exactamente, y nos pueden escribir al 1124-618737,
03:15y nos pueden enviar mensajes como por ejemplo el mensaje
03:19que nos acabaron de enviar, como diciendo, hola, trabajo 3 veces
03:22por semana alrededor de 12 horas semanales, plancho, cocino,
03:27¿cuánto debería cobrar?
03:29Bueno, ahí si trabajás 12 horas semanales, tenés que cobrar
03:32por hora, pero en ese caso, como no sos una cuidadora,
03:34es 2.620, ese es el sueldo de tareas generales como en tu caso,
03:38así que cocinadas, limpiadas y demás, es el sueldo de trabajadoras
03:41de tareas generales que es 2.600 la hora mínima.
03:45¿Y cuál es la diferencia entre un trabajador general
03:47y una cuidadora o un cuidador?
03:49Es otra categoría, hay varias categorías,
03:51pero las más importantes son cuidadora de personas
03:53que son niñeras, personas que cuidan personas enfermas,
03:56o gente adulta, personas mayores.
03:58Bien, ahora, acá estamos hablando del tema de la indemnización,
04:01otro punto tiene que ver con las indemnizaciones,
04:03¿hoy cómo es si por ejemplo una trabajadora o un trabajador
04:06está en una casa de acompañante o, como decía recién usted,
04:09esa persona que cobra 2.700 pesos la hora, la echan?
04:13¿Qué tiene que cobrar esa persona?
04:15Hoy si viene trabajando y estaba vigente el contrato
04:19desde antes de la ley base, no cambia nada,
04:22tiene que cobrar la indemnización.
04:23Recordamos que los cambios ahora tienen que ver un poco
04:25con la decisión que haya desde los sindicatos,
04:28así que en principio debería seguir todo igual,
04:32salvo que los sindicatos accedan a este fondo de SES y demás,
04:34pero no va a pasar con las trabajadoras de casas particulares,
04:37seguramente.
04:38Bien, la trabajadora de casa particular,
04:39trabajó 10 años en una casa y la dueña le dice,
04:43bueno, listo, no te necesito más, me mudo, me voy del país,
04:47¿cuánto le tiene que pagar de indemnización?
04:49Perfecto, eso sería lo ideal, que esté en blanco y la despidan,
04:52si la despiden con carta de documento y está en blanco,
04:54tiene que cobrar la indemnización que existía desde antes
04:57y ahora también es la misma, que es la antigüedad,
05:00que generalmente es un sueldo por año de antigüedad,
05:02más el preaviso, más los últimos días que trabaja,
05:04más las modificaciones de Hinaldo, eso es lo mínimo
05:07y eso no va a cambiar en principio para las trabajadoras de casas
05:09particulares porque tendría que haber una modificación
05:12a través del sindicato y no es un régimen especial
05:15y no va a pasar con ellas en este caso,
05:17en otro caso puede ser que cambie.
05:18Bien, Mati, sigue llegando preguntas.
05:20En este caso nos escribe Adriana y nos dice que cuida una señora
05:23de lunes a viernes de 18 a 0 horas, le pagan 3.000 pesos la hora,
05:29quiere saber si está bien lo que cobra.
05:31Bueno, si te pagan por hora está bien, ahí recordamos
05:34que hace unas jornadas nocturnas, pero en este caso no hay tampoco
05:36modificación para el sector, o sea que siempre que cobre
05:40menos del mínimo estaría bien.
05:42Yo siempre recuerdo que pueden negociar siempre para arriba,
05:45ya que hay libertad de negociación, negocian su propio sueldo para arriba,
05:49no para abajo, obviamente, desde el mínimo para arriba.
05:52Bien, ahora, acá dice si te registran no perdés los planes sociales,
05:56ANSES, aguache, pensión alimentar, etcétera.
05:59Esto es una persona que está registrada trabajando en una casa
06:02y tiene un plan, ¿lo pierde?
06:04Si es trabajadora de casa particular, no, estos son los recordatorios
06:07que siempre se repiten, entonces lo ponemos acá en la plaquita.
06:10Recuerdo que toda trabajadora de casa particular que está sin registro
06:14y la quieren registrar y tiene miedo que por el registro pierda
06:18los planes sociales como el aguache, la tarjeta alimentar,
06:20las pensiones madre de 7 hijos, que muchas trabajadoras
06:23tienen esa pensión, no la pierden porque es un régimen especial
06:26que si las registran no pierden estos beneficios de ANSES
06:29y a unos empleadores a veces tampoco la registran por ese motivo,
06:33así que ninguno de los dos tenga miedo porque no pasa nada con el registro,
06:36la idea es que estén registradas, obviamente.
06:38Bien, Mati, en este caso también nos escriben y nos dicen
06:40hola, soy empleada doméstica, trabajo viernes, sábado y domingo,
06:45me pagan 300.000 pesos al mes, ¿está bien?
06:49Viernes, sábado y domingo.
06:51Sí, si es así está bien porque, bueno, depende, porque si trabajás
06:54todo el fin de semana y excedés las 48 horas semanales,
06:58que por ejemplo estés durmiendo en las horas de descanso, digamos,
07:02estás a disposición del empleador, entonces si trabajás 48 horas
07:07semanales que justamente es viernes, sábado y domingo,
07:09o a veces sábado y domingo y te retiran el lunes,
07:12tienen que cobrar el sueldo mínimo, ahí es 357.000, cuidado de personas,
07:18y 321.000 es tareas generales.
07:21Bien, recordemos que las tareas generales con retiro,
07:23la hora se está pagando 2.620 y la mensualidad 321.000 con 361.000.
07:29Ahora, qué pasa con el tema de la jubilación, qué pasa por ejemplo
07:32con una persona que trabajó 10 años en una casa y se quiere jubilar,
07:37porque empezó a trabajar a los 45 y trabajó 15 años, llega a los 60
07:42y se quiere jubilar, qué pasa.
07:43Bueno, tendría que tener los 30 años de aporte, muchas de las trabajadoras
07:46de casas particulares, recordamos que un 80% casi está sin registro,
07:50no lo tienen, entonces recomiendo para las trabajadoras que tienen
07:5350 años ahora que accedan, que todavía hay tiempo porque hasta marzo del 2025
07:57existe la moratoria, accedan a un plan de pago porque obviamente
08:01es difícil pagarlo, pero que empiecen a pagar por lo menos, o a la moratoria
08:05o que empiecen a pagar un monotributo porque si no, no van a acceder
08:09a poder jubilarse, muchas trabajadoras van a tener que esperar en el caso
08:12de trabajadoras domésticas hasta los 65 años para tener la JUA.
08:16Bien, Mati, la última pregunta para decirle a la doctora Pizano
08:19que haya venido hoy hasta acá, dale.
08:21Trabajo de lunes a sábado cuidando a una señora 9 horas, con cama adentro,
08:28cuánto tendría que estar cobrando.
08:30Bueno, ahí con cama es casi 400.000 pesos y es cuidado de persona,
08:34así que es un sueldo que excede casi los 400.000 pesos y ese es el mínimo
08:39que tendrás que cobrar, de ahí para arriba podés pedir más, obviamente.
08:43Bien, doctora Pizano, un placer tenerla, es muy gentil de su parte,
08:46muy generosa, hay una información de último momento, dale, vamos.

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