CUANDO COBRAMOS DEMÁS EN PARO O SUBSIDEO ¿QUE PASA Y QUE HACER O NO EN ESPAÑA?

  • la semana pasada
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
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Transcript
00:00¡Suscríbete y activa notificaciones!
00:31Santa Rita, Rita, Rita, lo que se da no se quita.
00:34Es lo que pensó un trabajador que recibió casi 11.700 euros
00:38por prestaciones de desempleo que no le correspondían.
00:41El SEPE se lo pagó por error y después le exigió que se lo devolviera.
00:45Sí, pero atención, porque no lo ha recuperado el SEPE, digo.
00:48Un juzgado de lo social de Palencia le ha dado la razón al trabajador.
00:52Dice que el error fue de la administración y no de quien lo cobró.
00:55Ojo, que en casos parecidos el Tribunal Supremo,
00:57hemos estado viendo que ha estado de acuerdo con este juzgado de Palencia.
01:00El desempleado no tiene que devolver las prestaciones
01:03que le ha pagado la administración por error.
01:06Bueno, pero si el error no es de la administración, sino nuestro,
01:09¿cómo nos pillen? Tenemos que devolver hasta el último céntimo.
01:12Hoy vamos a recordar esos motivos por los que podemos quedarnos
01:15sin cobrar por nuestra culpa. Empezamos por el paro.
01:18Les pueden quitar una parte si cometen una falta leve.
01:21Faltas leves como, por ejemplo, no renovar la demanda de empleo
01:24o no ir a la oficina del SEPE cuando nos quitan.
01:26La cosa se complica si cometen faltas graves, por ejemplo,
01:29si rechazan tres ofertas de empleo adecuadas para su perfil
01:32o si falsifican datos para cobrarlo.
01:35En este caso, Santa Rita no nos va a proteger
01:38y nos tocará devolverlo todo.
01:40Esto con el paro. Pero ojo, porque también se puede suspender
01:43el pago del subsidio de mayores de 52 años si no presentamos
01:46la declaración anual de rentas.
01:48Si lo que cobran es la pensión de incapacidad permanente total,
01:51no se despisten, pueden perderla si no acuden a una citación
01:54en el Tribunal Médico o si vuelven a trabajar en la misma actividad
01:57por la que nos han dado la pensión.
02:00Si cobran el ingreso mínimo vital, pues tienen que presentar
02:03la declaración de la renta, ganen lo que ganen.
02:06Y ojo con viajarle extranjero, porque si está más de 90 días
02:09y no lo han comunicado a la Seguridad Social,
02:11les quitan la prestación.
02:13Ya lo ven, hay que estar atentos a las condiciones y a los plazos
02:16que nos la jugamos.
02:24Buen trabajo.

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