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Transcripción
00:00¡Feliz Domingo para todas y todos! Bienvenidos a este espacio que nos ofrece LaIguana.tv,
00:19dedicado exclusivamente a los sucesos y al quehacer del sistema de justicia en Venezuela.
00:27En noviembre del año 2017 ocurrió un crimen dantesco, todos los crímenes son dantescos,
00:35valga la redundancia, en Barcelona, Estado Anzuategui, perpetrado contra el comerciante
00:42Jusein Ali Ojey. Las investigaciones concluyeron que este crimen fue organizado por la hija
00:53de este comerciante, quien contrató a un grupo de sicarios para que asesinaran a su padre,
01:00porque presuntamente este se oponía a una relación que mantenía, que esta muchacha
01:08mantenía con otra mujer. Ambas mujeres fueron condenadas, después de 5 años, la hija del
01:17comerciante a pena máxima y su compañera, su amiga, a 27 años. Traigo el caso porque
01:24recientemente el Tribunal Supremo de Justicia confirmó estas condenas. Ese es el tema de
01:32nuestro programa de hoy. Pero antes tenemos algunos comentarios iniciales y voy a empezar
01:41con algo, como dicen por allí, calientico. El ataque a las sedes policiales ubicadas en el
01:49municipio Santos, Michelena, Las Tejerías, allá en el estado Aragua. Este es un pueblo que ha
02:00sufrido, el año pasado sufrió las consecuencias de un fenómeno atmosférico, unas prolongadas
02:06lluvias. Pero antes de eso, esta es una población que ha venido sufriendo los rigores de una
02:14organización delincuencial que opera desde allí, fundada por Carlos Enrique Gómez Rodríguez,
02:22alias El Conejo. Ok, fíjense, ya los pormenores de este ataque perpetrado contra las sedes
02:29policiales ha sido ampliamente difundido en redes y en medios de comunicación. Pero este
02:36miércoles ese tema, ese hecho de violencia, llegó a la Asamblea Nacional y fue debatido
02:44parcialmente en la Comisión Permanente de Política Interior, presidida por el diputado Pedro
02:53Carreño. Carreño dijo que esta acción criminal de estos bandoleros es un desafío al Estado,
03:01un claro desafío al Estado. Durante la sesión de la Comisión Permanente de Política Interior,
03:10el diputado Carreño, quien por cierto fue ministro del Interior entre los años 2007 y 2008, planteó
03:18la necesidad de invitar a esa instancia, a la Comisión de Política Interior, al actual ministro
03:24de Interiores, Justicia y Paz, Remigio Ceballos Hichasso, para que explique lo ocurrido en las
03:34tejerías. El planteamiento del diputado Carreño versa o descansa sobre el siguiente argumento.
03:42Si el Estado venezolano ejecutó en febrero del año pasado una operación a gran escala para desalojar
03:53a la organización delincuencial fundada por Carlos Enrique Rodríguez Gómez Rodríguez, alias El Conejo,
04:01y de hecho ese grupo fue disperso en esa ocasión, ellos huyeron de allí y cayó abatido una pieza
04:09clave de la Cota 905, como lo fue Carlos Revete, alias El Coquiel. El diputado Carreño decía que
04:16si el Estado realizó ese gran esfuerzo, ese gran despliegue, ¿cómo es que a un año de esa operación,
04:23la Gran Cacique Huaycaipuro, se producen estos hechos de violencia? Carreño le pidió al diputado
04:31Juan Carlos Alvarado, quien es presidente de la Subcomisión Sectorial de Derechos Humanos,
04:37Garantías Constitucionales, Seguridad Ciudadana y Régimen Penitenciario, que presente un informe
04:45en la próxima sesión sobre la situación de las tejerías. Por cierto, el diputado Carreño reveló
04:54que la organización delincuencial que atacó los puestos policiales, este dato yo creo que los
05:00periodistas de sucesos no lo conocíamos, creo, me atrevo a hacer esa aseveración. El diputado
05:09Carreño dice que estos integrantes, este grupo delictivo que atacó a los puestos policiales,
05:16había emitido, publicó un comunicado y leyó extractos de ese comunicado. Un párrafo dice
05:26nos vemos en la obligación de emitir este comunicado para dejar claro que estamos en
05:31contra de los funcionarios policiales. Y al leer ese párrafo, el diputado Carreño dice,
05:37¿acaso hay un estado dentro del estado? Él lee otro extracto del comunicado de este
05:45grupo delictivo que dice no queremos comedores abiertos, ninguno. Y suponemos que esos comedores
05:56abiertos son los instalados desde octubre del año pasado en la población de las tejerías,
06:04con ocasión de las lluvias prolongadas que devastaron parte de esa población aragüeña.
06:12Para cerrar su intervención, el diputado Carreño lanzó el siguiente verso, me refiero al siguiente
06:24comentario, a la siguiente acusación, cito. Recuerden que detrás de las organizaciones
06:32criminales cohabitan instituciones del sistema de justicia que se dejan sobornar, comprar o los
06:40extorsionan. No sé cómo es esa relación. Esto es un contubernio insectuoso. Bueno,
06:49aquí desde este programa hemos informado y la información, las informaciones que hemos traído
06:59al respecto tienen un contenido de denuncia. Hemos informado sobre medidas cautelares que
07:09le han otorgado, por ejemplo, a integrantes del Tren del Llano, una organización delictiva tan
07:17poderosa como el Tren de Aragua, tan poderosa como la Banda del Conejo, entre otras. Y que
07:25está dispersa, diseminada en varios municipios del estado huarico. Aquí hemos señalado que
07:32durante el despliegue de la operación Trueno, ejecutada por funcionarios policiales y militares
07:39para contrarrestar la acción del Tren del Llano, resultaron capturados algunos de sus integrantes
07:48y hubo tres que fueron liberados por decisión del Tribunal Segundo, del Tribunal Segundo de
07:57Huarico Circuncripción Valle de la Pascua. Estos liberados después, haciendo un acto que pensaban
08:05era heroico, se presentaron a los dos días en el CICPC, denunciando que habían sido maltratados
08:13cuando los detuvieron la primera vez y allí los dejaron detenidos porque se activaron las alarmas
08:23y el estado los recapturó en ese momento. Aquí cabe revelar, estoy digamos haciendo un
08:32amplio comentario sobre los señalamientos del diputado Carreño, quien asegura que detrás
08:41de las organizaciones criminales cohabitan instituciones del sistema de justicia que se
08:47dejan sobornar. Bueno, aquí vale la pena recordar un dato nuevo que he recabado en el sistema de
08:56justicia respecto a la medida cautelar otorgada a Osvaldo José Cheremos Carrasquel, procesado por
09:06su presunta vinculación con la organización Tren del Llano, según lo publicado, ojo, en su
09:14cuenta Twitter, por el general Domingo Hernández Lárez, jefe del Comando Estratégico Operacional
09:22de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Aquí voy, Cheremos Carrasquel fue liberado el 9 de
09:30enero pasado. Pregunté a un operador del sistema de justicia si era válido juzgar en libertad a una
09:38persona acusada de encubrimiento en el delito de terrorismo, tráfico ilegal de armas y municiones
09:45y asociación. Mi pregunta era si esos delitos calificaban para otorgarle a Cheremos Carrasquel
09:53una medida cautelar que lo coloca en las calles nuevamente y que le, digamos, da la posibilidad
10:01de tener un juicio en libertad. Este operador de justicia, sin revelar mayores datos, me respondió
10:10así. Allí intervino la Asamblea Nacional. Ok, dejo esto en remojo y voy con otro comentario. A raíz
10:22del programa difundido el domingo pasado, domingo 5 de febrero, donde escudriñamos el expediente
10:30vinculado a la detención de tres altos funcionarios de la gobernación de Apure, a quienes se les acusa
10:37de corrupción, a quienes el Ministerio Público les acusa de corrupción, me llamó un representante
10:45de Transporte Pérez Morgado. Recuérdese que estos tres funcionarios están presuntamente implicados
10:55en el cobro de comisiones a empresas que prestan servicio en la gobernación de Apure. Y allí,
11:02en el expediente, sale mencionada la empresa Transporte Pérez Morgado como una de las
11:11presuntamente afectadas por esa acción de estos tres altos funcionarios. Y precisamente, la acusación
11:20del Ministerio Público dice que la investigación se inicia a raíz de una llamada telefónica que
11:26hicieron desde Transporte Pérez Morgado. Bueno, he aquí que el señor Eduardo Pérez, representante
11:35de esa empresa, se comunicó conmigo para hacer una aclaratoria general. En primer lugar, el señor
11:43Eduardo Pérez, representante de Transporte Pérez Morgado, me dice que no tiene absolutamente nada
11:52que ver con esa investigación que abrió el Ministerio Público. Que a él nadie, y especialmente
12:02los tres altos funcionarios procesados de la gobernación de Apure, ninguno de ellos le llamó
12:07para exigirle alguna comisión por los servicios que prestó. Que dicho sea de paso, el señor Eduardo
12:15Pérez me mostró un documento que certifica la cesación de sus servicios a la gobernación de
12:23Apure. Me mostró también otro documento donde él hace entrega del sello que le habían entregado
12:31cuando tenía contrato con la gobernación de Apure. Entonces, hago esta aclaratoria porque mencioné en
12:40ese programa, basado en la información del Ministerio Público, que precisamente esa investigación se
12:49abrió a raíz de una llamada que realizó Transporte Pérez Morgado a la gobernación de Apure para
12:56trámites relacionados con el pago de su factura. Pero que presuntamente en esa llamada, el
13:03representante de Transporte Pérez Morgado había denunciado el cobro de comisiones. Repito, el
13:13señor Eduardo Pérez, representante de Transporte Pérez Morgado, negó esa especie que está incluida
13:22en el expediente elaborado a raíz de la detención de estos tres altos funcionarios. Hecha esta
13:30aclaratoria, ahora sí vamos con el tema central que les anuncié al principio de este programa.
13:3830 años por mandar a matar a su papá, pudiera llamarse este segmento del programa. Vamos a
13:56recordar cómo sucedieron los hechos que les estoy anunciando. La víctima fatal está identificada
14:03como Joséín Alí Cheiato. Este asesinato ocurrió, el asesinato de Joséín Alí, ocurrió el 30 de
14:12noviembre del año 2017 en la avenida Fuerzas Armadas de Barcelona, capital de Anzuategui.
14:20Joséín se desplazaba en su camioneta de uso particular ese día 30 de noviembre del 2017,
14:26una Ford Explorer, y en ese momento cuando está esperando que cambie la luz del semáforo en el
14:34puente Monagas de Barcelona, fue sorprendido por dos sujetos en una moto. Se trata de Elías
14:43Salgado Rodríguez, de 32 años, quien iba de copiloto o de parrillero, y Edgar Joel Ávila
14:50Rivero, de 31 años, quien iba manejando la moto. El parrillero sacó un arma de fuego y le dispara
14:58varias veces a Joséín Alí, causándole la muerte en el sitio. Los motorizados huyen y el cadáver de
15:06Joséín Alí quedó allí dentro de su camioneta. Ok, ¿cómo se planificó esta muerte? Al parecer,
15:17la hija de Joséín Alí, que se llama Fátima Ojei Cheiato, actualmente de 33 años,
15:26mantenía una relación con otra mujer identificada como Yesbeli Belén Musé. El señor Joséín Alí
15:36no aprobaba esta relación y esa negativa es lo que motiva a la hija del señor Joséín Alí
15:46planear el asesinato de su padre. En esa planificación participó su amiga Yesbeli Belén
15:55Musé. Esta muchacha, esta última, Yesbeli, contactó a un hombre identificado como Luis
16:06Arquímedes Antón Almérida para que les ayudara a conseguir los sicarios. Fátima conocía a Luis
16:16Antón porque éste prestaba mantenimiento en los aires acondicionados de sus negocios. Ambas
16:24acudieron a la residencia de Luis y Fátima le dijo que quería matar a su padre al precio que fuese,
16:32según la investigación del Ministerio Público. Esta investigación del Ministerio Público,
16:39hago este inciso, está contenida en la sentencia de la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia
16:49que ratifica la pena máxima contra Fátima y los 27 años para su amiga. Es una sentencia
16:59emitida en diciembre del año 2022. Cuando la amiga de Fátima contacta a Luis para que le
17:10ayude a conseguir los sicarios, Luis entró en contacto con un sujeto apodado El Mono,
17:17quien es el cabecilla de la banda Los Monster para que proveyera los sicarios. Bueno,
17:26una vez ocurrido el homicidio, Fátima y su amiga Yesbeli fueron capturadas por agentes del 6CPC el
17:34día 4 de enero del año 2018 en la isla de Margarita, cuando pretendían huir de Venezuela.
17:43Es decir, esta detención se produce dos meses después del hecho sangriento. El hecho sangriento
17:49ocurre el 30 de noviembre y ellas son detenidas el 4 de enero. Cinco días después de esa detención,
17:58es decir, el 9 de enero del año 2018, Fátima y Yesbel fueron presentadas e imputadas en el
18:06Tribunal Segundo de Control de Anzuategui, que decretó la privativa de libertad. Vamos con los
18:14delitos que le imputaron a cada una. Por ejemplo, a Fátima Jorgei le imputaron homicidio intencional
18:22calificado con alevosía entre paréntesis parricidio por haberlo cometido por motivos
18:31fútiles e innobles en grado de autor intelectual y determinador. Mientras que para su amiga
18:40Yesbelis Belén Musé Castillo, el Ministerio Público le imputó el delito de homicidio
18:47intencional calificado con alevosía por haberlo cometido por motivos fútiles e innobles en grado
18:55de complicidad necesaria. Ahora, ¿por qué complicidad necesaria? Y allí hace una explicación
19:04la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia y dice así, porque tuvo una participación relevante,
19:13una participación sin cuyos aportes no se hubiera producido el homicidio calificado de la víctima.
19:20Bueno, en los días sucesivos también fueron imputados los autores materiales del crimen,
19:27del asesinato del señor Hussein Ali. Por ejemplo, a Luis Arquímedes Antón Almerida le imputaron el
19:38delito de homicidio intencional calificado con alevosía por haberlo cometido por motivos fútiles
19:45e innobles en grado de cooperador inmediato. Un delito similar al que le imputaron a las dos
19:54mujeres, pero con esa variable. A Elías José Salgado Rodríguez, quien es el autor material del
20:02homicidio, este sujeto fue capturado en Sucre, también pretendía huir de Venezuela, pero fue
20:09presentado en los tribunales penales del estado Anzuategui. Prosigo con la cronología del proceso
20:17penal emprendido contra estas dos mujeres y el que les ayudó a conseguir los secarios.
20:25El día 23 de marzo del año 2018, los apoderados judiciales del ciudadano Ali Ojei Cheiato, en su
20:35condición de víctima indirecta, este es un hijo del fallecido, del asesinado, hermano de la muchacha
20:44condenada, presentaron acusación particular propia en contra de los imputados Fátima Ojei Cheiato,
20:53o sea su hermana, Yusbelis Belén Musé Castillo y Luis Arquímedes Antón Almérida. Además de la
21:01acusación del Ministerio Público, hay una acusación privada que interpuso uno de los hijos del
21:10asesinado. Luego, el 10 de julio del año 2018, ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia
21:19Estadal y Municipal, en funciones de control de Anzuategui, se dio inicio a la audiencia preliminar,
21:28la cual culminó el día siguiente del mes y año referido. En esa audiencia preliminar, siempre lo
21:36digo, el Tribunal debate si ordena o no un juicio contra los acusados. Al final de las exposiciones
21:44de la Fiscalía y de los defensores, el Tribunal acogió la petición del Ministerio Público y la
21:55petición del hijo del fallecido, que igualmente, digamos, tenían un mismo propósito, solicitar
22:06un juicio contra los tres acusados, los cuatro acusados. Entonces, el Tribunal acogió tales
22:13peticiones, decidió, ordenó abrir un juicio para las dos mujeres y Luis Antón. ¿Por qué digo para
22:20las dos mujeres y Luis Antón? Porque en esa audiencia preliminar, Elías José Salgado, quien fue la
22:29persona que accionó el arma de fuego contra la humanidad del señor Hussein Ali, admitió su
22:37participación en el hecho y, en consecuencia, el Tribunal le impuso una pena de 14 años y seis
22:45meses de prisión. Recuérdese, aquí también lo hemos comentado, la admisión de los hechos es una
22:52figura contemplada en el Código Orgánico Procesal Penal y que conlleva un beneficio para quien
22:59admite los hechos, que es la rebaja de la pena hasta un tercio. En este caso, creo que la pena
23:07original que le salía a este sujeto, a Elías José Salgado, eran alrededor de 20-25 años.
23:1820-25 años, allí la sala penal hace la distinción y finalmente le quedó en 14 años y seis meses de
23:29prisión. En esa audiencia preliminar, el Tribunal ordenó abrir un juicio contra Fátima, Yesbel y
23:39Luis. Ahora el expediente pasó a un tribunal de juicio, en este caso el Tribunal Cuarto de Juicio
23:46del Estado Ansuati. Prosigo. El juicio contra los tres acusados, eran cuatro originalmente,
23:55uno admitió los hechos, fue condenado y bueno, está purgando condena. El juicio contra los tres
24:01acusados transcurrió entre el 22 de abril del año 2019 y 9 de marzo del año 2021, casi dos años.
24:13Fíjense las sentencias o las condenas que emitió, que acordó ese tribunal. Por ejemplo,
24:20a Fátima Ojey le impuso una pena de 30 años de prisión, la pena máxima que se impone en Venezuela.
24:28Y vean este detalle, el tribunal le impuso esa pena, abro comillas, en virtud de la conmoción
24:37causada de que una hija planificara la muerte de su padre. Claro, este es un comentario que
24:46hace el tribunal, un comentario secundario, pudiéramos decirlo, porque la condena deviene
24:57de la imputación de los delitos que le hace el Ministerio Público. El homicidio, entre otros,
25:06es el delito mayor. Por cierto, que el tribunal saca una cuenta de cuánto sería la pena si en
25:15Venezuela no existiera el límite de los 30 años. Aquí la constitución dice que nadie puede ser
25:22condenado más allá de 30 años. En este caso, el tribunal dice que con el cúmulo de delitos que le
25:30imputaron a Fátima, la hija del señor Hussein Ali, la pena llegaría a 37 años y 6 meses de
25:40prisión. Eso en caso de que aquí las penas se prolongaran más allá de los 30 años.
25:48Esa decisión, las condenas emitidas por el tribunal, fue apelada el 17 de mayo de 2021
25:57por los abogados Carlos Andrés Bolívar y Andrés Arevalo Seveño Vergara, defensores privados de
26:06Fátima Ojey y Yusbeliz Belén Musek. Ese recurso fue declarado sin lugar el día 18 de noviembre
26:16del año 2021. Es decir, la Corte de Apelaciones de Anzuategui, que desechó ese planteamiento,
26:25esa apelación, ratificó la condena emitida por el tribunal de juicio contra las dos mujeres.
26:35Y por esa razón es que el 22 de julio del año pasado, la defensa de las dos mujeres tocó las
26:45puertas de la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia para tratar de revertir las condenas
26:52mediante un recurso de casación. Digamos que ellos van por instancia. Las abogadas de las
27:01de estas dos mujeres primero apelaron y eso llegó a una Corte de Apelaciones de Anzuategui que
27:08ratificó la condena. Y luego se fueron y presentaron un recurso de casación con el mismo propósito.
27:17¿Cuál es el propósito? Bueno, revertir la condena impuesta. Recurso de casación interpuesto en la
27:26sala penal del Tribunal Supremo de Justicia. Normalmente en los recursos de casación y en
27:35el recurso de apelación se presentan denuncias, denuncias de presuntas irregularidades ocurridas
27:45en el juicio o en cualquier juicio. En este caso, la principal denuncia del recurso de casación es
27:52que las dos mujeres, dicen los abogados defensores de ellas, no tuvieron participación directa en la
28:00perpetración del homicidio. Es decir, no jalaron el gatillo, dicen los abogados defensores. En razón
28:09de ello solicitaron la anulación del juicio y que el TCJ celebre, ordene la celebración de un nuevo
28:19juicio contra ellas. Como les decía, la principal, la nuez de ese recurso de casación interpuesto por
28:29las defensoras de Fátima y la otra muchacha, la otra mujer, es que ellas no participaron
28:39directamente en el asesinato. Eso es cierto, pero ellas fueron imputadas como, por ejemplo,
28:48Fátima, la hija del señor, como autora intelectual, la que planificó el crimen,
28:56y la otra como cooperadora en esa planificación. Precisamente, la otra acudió a un sujeto para
29:10que le ayudara a ubicar a los sicarios. Bueno, tales planteamientos fueron respondidos el 8
29:17de diciembre del año 2022, es decir, del año pasado, cuando la sala penal desestimó,
29:26voy a decir la frase que ellos colocan allí, por manifiestamente infundado el recurso de
29:32casación. Confirmando así las condenas impuestas a Fátima, 30 años, y a su amiga Yesbel, 27 años.
29:43Cinco años después del asesinato de Hussein Ali, el Tribunal Supremo de Justicia ratifica
29:53la condena impuesta contra su hija, Fátima, de 30 años de prisión, y contra la amiga de esta,
30:04Yesbel, de 27 años de prisión. Esta sentencia que les estoy comentando fue redactada por la
30:14magistrada Carmen Marisela Castro. La magistrada Carmen Marisela Castro fue defensora pública
30:24general. Hasta aquí llegamos con la emisión de este programa dominical. Si fue de su agrado,
30:31denle me gusta, suscríbase y active la campanita para que les llegue la notificación de este
30:38espacio y los demás que se transmiten en LaIguana.tv. Que Dios me los bendiga.
31:01LaIguana.tv, la verdad.

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