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NoticiasTranscripción
00:00por favor, acompáñenme, por
00:03favor, porque por la importancia
00:04de la información, vamos a
00:06irnos en este momento en vivo
00:07hasta la ciudad de La Paz, hasta
00:08el Tribunal Supremo Electoral,
00:10los vocales en este momento
00:11están haciendo la convocatoria
00:12para las elecciones generales
00:13veinte, veinticinco, escuchemos
00:15por favor, se encuentra Víctor
00:16Mendizábar en el lugar, adelante
00:22en este momento vemos a los
00:24vocales del Tribunal Supremo
00:25Electoral, el presidente que en
00:26este momento tiene el micrófono
00:29reiteramos la convocatoria a
00:31las elecciones generales
00:32veinte, veinticinco, y con esto
00:34se da oficialmente inicio al
00:36proceso de inscripción de los
00:38diferentes candidatos,
00:39escuchemos. El tribunal dará
00:41lectura a la resolución
00:44respectiva Gracias presidente,
00:48voy a hacer lectura de la parte
00:50pertinente de la resolución,
00:52resolución TCRSP ADM doscientos
00:58quiebrado dos mil veinticinco,
01:00la paz, tres de abril de dos
01:02mil veinticinco, convocatoria a
01:04elección de autoridades y
01:06representantes del estado
01:08plurinacional dos mil veinticinco.
01:11Vistos, la constitución
01:13política del estado, la ley
01:15cero dieciocho de dieciséis de
01:16junio de dos mil diez del órgano
01:18electoral plurinacional, la ley
01:20cero veintiséis de treinta de
01:21junio de dos mil diez del régimen
01:23electoral, la ley quinientos
01:25veintidós de veintiocho de
01:27dieciocho, la ley de elección
01:29directa y representante ante
01:31organismos parlamentarios
01:33supraestatales y disposiciones
01:35conexas y considerando el
01:38artículo siete de la
01:39constitución política del estado
01:40dispone que la soberanía reside
01:43en el pueblo boliviano, se
01:44ejerce de forma directa y
01:46delegada, de ella emana por
01:48delegación las funciones y
01:50atribuciones de los órganos del
01:52poder público, es inalienable e
01:56el parágrafo uno del artículo
01:58once de la constitución
01:59política del estado establece
02:01que Bolivia adopta para su
02:02gobierno la forma democrática
02:04participativa representativa y
02:07comunitaria con equivalencia de
02:09condiciones entre hombres y
02:11mujeres el parágrafo dos
02:14numeral dos de esta misma norma
02:16constitucional establece que la
02:18democracia representativa se
02:20ejerce por medio de la elección
02:21de representantes por voto
02:24directo y secreto conforme a
02:26ley los artículos ciento cuarenta
02:28y cinco ciento cuarenta y seis
02:30ciento cuarenta y siete ciento
02:32cuarenta y ocho ciento sesenta
02:34y cinco y ciento sesenta y seis
02:36de la constitución política del
02:38estado establecen el sistema
02:40electoral de elección de
02:41diputados, senadores,
02:43presidenta, presidente,
02:45vicepresidenta, vicepresidente
02:47del estado plurinacional de
02:49Bolivia. La ley quinientos
02:51veintidós de veintiocho de
02:53dos mil dieciocho ley de elección
02:55directa de representante ante
02:56organismos parlamentarios
02:57suprestatales regula las bases,
02:59condiciones, y procedimientos
03:01para la elección de
03:03representante del estado
03:04plurinacional ante organismos
03:06parlamentarios suprestatales.
03:08La citada ley dispone que la
03:10elección de los representantes
03:12ante organismos parlamentarios
03:14suprestatales sea por voto
03:16universal, directo, individual,
03:18secreto, libre, y obligatorio de
03:20manera concurrente con la elección
03:22de representante, vicepresidenta,
03:24o el vicepresidente y los
03:26asambleístas del estado
03:28plurinacional de Bolivia.
03:30Considerando dos,
03:32la constitución política del
03:34estado de sus artículos doscientos
03:36seis y doscientos ocho establece
03:38que el Tribunal Supremo Electoral
03:40es el máximo nivel del
03:42órgano electoral plurinacional.
03:44Tiene jurisdicción nacional
03:46y es responsable de organizar,
03:48administrar, y ejecutar los
03:50votos electorales y proclamar
03:52sus resultados.
03:54La ley cero dieciocho del órgano
03:56electoral en su artículo cinco
03:58señala que la función electoral se
04:00ejerce de manera exclusiva por el
04:02órgano electoral plurinacional
04:04en todo territorio nacional y en
04:06los asientos electorales ubicados
04:08en el exterior a fin de garantizar
04:10el ejercicio pleno y
04:12complementario de la democracia
04:14directa y participativa,
04:16representativa y la comunitaria.
04:18Según la presentada ley,
04:20dispone como competencia electoral
04:22del órgano electoral plurinacional
04:24la organización, dirección,
04:26supervisión, administración,
04:28ejecución y proclamación
04:30de los resultados
04:32de los procesos electorales,
04:34referéndum, revocatoria
04:36de mandato que se realicen
04:38en el territorio del estado plurinacional
04:40y en los asientos ubicados
04:42en el exterior.
04:44De acuerdo al artículo nueve de la ley cero veintiséis
04:46la democracia
04:48representativa se ejerce mediante la elección
04:50de autoridades
04:52y representantes en los diferentes niveles
04:54del estado plurinacional
04:56según los principios del Sutraje Universal.
04:58El artículo
05:00veinticuatro, numeral siete de la ley
05:02del órgano electoral plurinacional
05:04faculta al Tribunal Supremo
05:06Electoral a convocar a procesos
05:08electorales de periodo fijo, establecidos
05:10en la constitución política del estado
05:12estableciendo la fecha
05:14de realización de los comicios
05:16y aprobando el calendario electoral
05:18correspondiente. La convocatoria
05:20a proceso electoral es
05:22el acto jurídico
05:24mediante el cual el Tribunal Supremo Electoral
05:26anuncia la realización
05:28de elecciones para elegir
05:30a representantes ante órganos
05:32del estado y para que
05:34los ciudadanos concurran a ejercitar
05:36sus derechos de elegir y ser elegido
05:38dándose inicio
05:40con la misma al proceso electoral.
05:42En este
05:44marco normativo, en ejercicio
05:46de las facultades y competencias
05:48legales, corresponde al Tribunal
05:50Supremo Electoral como máxima instancia
05:52del órgano electoral
05:54emitir la convocatoria
05:56a elecciones nacionales
05:58dos mil veinticinco. Por lo tanto
06:00la sala plena del Tribunal Supremo
06:02Electoral, en virtud
06:04de la jurisdicción y competencia
06:06que por ley ejerce
06:08resuelve, primero
06:10convocar a la elección
06:12de autoridades y representantes
06:14del estado plurinacional
06:16para elegir presidenta o
06:18presidente, vicepresidente
06:20o vicepresidenta,
06:22senadoras, senadores
06:24diputadas o diputados
06:26y representantes
06:28ante organismos suprastatales
06:30del estado plurinacional
06:32de Bolivia, señalando
06:34como día de la votación
06:36el domingo diecisiete
06:38de agosto de dos mil veinticinco
06:40Segundo
06:42disponer que la elección de autoridades
06:44y representantes del estado plurinacional
06:46para elegir presidenta o
06:48presidente, vicepresidenta o vicepresidente
06:50senadoras, senadores
06:52diputadas o diputados y representantes
06:54ante organismos suprastatales
06:56se realicen
06:58las siguientes circuncripciones
07:00A. En circuncripción
07:02nacional incluyen los asientos
07:04electorales
07:06ubicados en el exterior para
07:08presidenta o presidente y vicepresidenta
07:10o vicepresidente del estado pluvinacional
07:12B. En nueve circuncripciones
07:14departamentas para los representantes
07:16organismos suprastatal
07:18A. En nueve circuncripciones
07:20departamentales para senadoras y senadores
07:22C. En nueve circuncricciones departamentales
07:24para diputadas
07:26y diputados plurinominales
07:28D. En sesenta y tres
07:30circuncripciones uninominales para
07:32diputadas y diputados uninominales
07:34en siete circunstancias especiales para diputadas y diputados indígenas
07:39originarios campesinos. Tercero, declarar que la presidenta o presidente, vicepresidenta
07:46o vicepresidente, senadores, senadores, diputadas, diputados y representantes
07:50ante organismos suprestatales que resulten electas o electos en este
07:55proceso, tendrán un periodo de mandato de cinco años conforme a la constitución
08:00política del estado. Cuarto, delegar a los tribunales electorales departamentales
08:05de Chuquisaca, La Paz, Cochabamba, Oruro, Potosí, Tarija, Santa Cruz, Ben y Pando, la
08:11administración y ejecución del proceso electoral en la elección de presidenta o
08:17presidente, vicepresidenta, vicepresidente, senadores, senadoras, diputados, diputados
08:22y representantes ante organismos suprestatales en el marco de las normas,
08:27resoluciones, reglamentos y directivas del Tribunal Supremo Electoral. Intruir a
08:33Secretaría de Cámara a emitir la presente resolución a conocimiento de
08:37los órganos ejecutivo, legislativo, judicial y demás instituciones que
08:42correspondan. Intruir al CIRDE la publicación de la presente convocatoria
08:47en la página web institucional.
08:52Muchas gracias. Si tienen una pregunta en relación con este tema, tienen la palabra
09:00por favor.