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Transcripción
00:00No existe ninguna necesidad ahora ni urgencia por regular la acusación popular.
00:06Todos sabemos cuál es la urgencia, la disposición transitoria única nos dice dónde está la urgencia en la tramitación.
00:12Pero miren, es que el día 3 de enero se publicó la Ley Orgánica 1-2025 de medidas de eficiencia en servicio público de justicia,
00:21donde se reforma también la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
00:24Hombre, pudieran ustedes haber aprovechado esa oportunidad.
00:27En este anteproyecto que se aprobó el 21 de enero se reforma, se podría llevar también esta reforma,
00:33pero es que además sabemos que ahora se está tramitando o que se va a presentar, no tardando,
00:38el anteproyecto para dar la instrucción al Ministerio Fiscal.
00:43Por tanto, lleven ustedes esta regulación de la acusación popular a ese momento.
00:49Porque una de las cosas que dice la exposición de motivos es que, bueno, en realidad no supone tal limitación
00:56y que no es preciso ese control, digamos, de la labor del fiscal.
00:59Y lo estoy resumiendo hoy, diciéndole en fácil, porque esto lo dice como más alargado,
01:02pero hay que leer un poquito entre líneas y saber quién tienes de frente.
01:05Y voy a decir, bueno, como total el fiscal tiene unas amplias facultades de instrucción,
01:10pues no pasa nada porque, aunque ya el juez, perdón, el juez tiene facultades,
01:15pues ya se encargará el juez de investigar hasta el final.
01:18Mire, y cuando dentro de un año nos encontremos con la reforma de Ley de Enjuiciamiento Criminal
01:23y con que sea el fiscal el que instruye, ¿alguien tiene alguna duda de cuáles son los asuntos
01:27que se van a instruir en este país y los que no se van a instruir?
01:30¿Y alguien tiene alguna duda de en qué procedimientos va a existir una acusación popular y en cuáles no?
01:35Porque esto no va a preocupar al que nos quita la cartera en solo cuando nos pegamos un golpe con uno que ha bebido, no.
01:42Esto va a tener consecuencias en la vida política.
01:46Y me refiero porque se puede utilizar como un instrumento político y todos lo sabemos.
01:51Se dice que es necesario reformarlo, la acusación popular, para evitar filtraciones.
01:56¿De verdad? ¿De verdad? ¿Creemos que solo la acusación popular filtra?
02:02¿Nunca filtra el fiscal, por ejemplo? Se me ocurre, ¿eh?, por poner un ejemplo.
02:08La acusación particular o cualquiera, incluso el propio acusado, en muchas ocasiones se filtra como un instrumento,
02:16como un arma de presión para sacarlo en los medios. Eso es evidente.
02:20Que yo no digo que haya que filtrar porque creo que las filtraciones deben perseguirse, pero que esta no sea la excusa.
02:25No pensemos que solo la acusación popular es la que filtra porque no nos hemos caído de ningún guindo.
02:31Se dice que es necesario regular y restringir la acusación popular porque hay que proteger también el derecho al honor y los derechos fundamentales.
02:39Cuando se publica una noticia que es falsa, tenemos el derecho de rectificación.
02:44Y cuando se atenta contra nuestro honor, tenemos la querella por injurias y calundas. Por tanto, mecanismos legales hay.
02:51La finalidad de este texto, como ustedes ya lo saben y son todos muy inteligentes, por eso están aquí legislando,
02:56pues como la conocen todos yo no se la tengo que decir y por lo mismo esta proposición de ley no tendría que salir.
03:02No se pueden hacer leyes a medida de nadie, ni para beneficiar ni para perjudicar.
03:08Las leyes no pueden tener nombres y apellidos porque entonces no buscan el interés general.
03:12Y aquí debe buscarse el interés general de toda la sociedad, de todos y cada uno de los ciudadanos que la integramos.
03:18Si no, no somos una democracia, somos otra cosa muy fea y yo me niego a ir en chándal por la calle.

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