Pablo Escalante, consejero independiente de AMDEN, nos aclara dudas sobre qué es la cobranza delegada y cómo puede o no afectar a los trabajadores mexicanos.
Categoría
🗞
NoticiasTranscripción
00:00está con nosotros Pablo Escalante, consejero independiente de la Asociación Mexicana de
00:05Empresas de Nómina y ex vicepresidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
00:09Gracias por tomarnos esta comunicación y acudimos Jorge, digo Pablo, con usted Pablo,
00:17para ver si realmente esta legislación pues es tan mala como han dicho los legisladores de
00:25oposición. ¿Qué se sabe? ¿Con qué fundamentos se llevó a cabo la redacción de esta ley?
00:34Hola Carlos, mucho gusto y muchas gracias por el espacio. Un saludo a ti y a todo tu auditorio.
00:40Al final déjame darte un poco de antecedentes. La cobranza delegada se hace en México desde
00:47hace muchísimos años. Las mejores prácticas internacionales la regulan, mientras que en
00:55México no está regulada. El hecho de tener una regulación en cualquier materia y especialmente
01:02en la financiera, pues es darle seguridad especialmente a los cuentarientes, en este
01:07caso a los trabajadores, sobre ciertas posiciones, ciertos plazos y sobre todo ciertas tasas de
01:14interés. Al no estar regulada, pues hoy un trabajador puede contratar créditos a tasas
01:21de mercado, pero también a tasas súper altas. Esta regulación, esta iniciativa, lo que trae
01:29inmerso desde mi punto de vista, en primer lugar dándole seguimiento a la regulación internacional
01:35que lo hace en esa línea, te pone un tope al endeudamiento de los trabajadores. Quiere decir
01:42que hoy los trabajadores pueden pedir una tarjeta de crédito o un crédito a un comercio o a un
01:50externo que no esté formalmente registrado y pudiera endeudarse por muchas más veces de su
01:57salario. Esta ley lo que lo que pone en la mesa es que únicamente pueden endeudarse hasta por el
02:0440% de su salario, dándoles la posibilidad a cada uno de los trabajadores voluntariamente
02:12de tomar o no esta figura. Esta figura en sí no es una imposición ni tampoco es algo en donde el
02:19trabajador esté obligado a hacerlo. El trabajador por cuenta propia decide tomar la cobranza delgada
02:26o no y seguir siendo, desde el punto de vista mercantil, contratar sus créditos en cualquier
02:33otra condición, lo cual se ve que por la libre te sale más caro y con la cobranza delegada primero
02:39te limitan tu endeudamiento, con lo cual puedas no dejar de pagar y sobre todo poder pagar tus
02:48necesidades básicas. Y la segunda condición que tiene esta ley es que tiene una una tasa de
02:55referencia que tiene que ser igual o menor al promedio de las tasas de este mercado. ¿Qué hace
03:03cuando tú te refieres a una tasa promedio? Pues que las tasas más altas no van a subsistir y
03:08empiezan a bajar. El trabajador va a tener más opciones a un mejor precio. Ahora, pero Pablo,
03:16se ha vendido y por eso es que acudimos con ustedes, se ha dicho en muchas ocasiones que es
03:22pues cobrarse lo chin o pagar porque pagar los los adeudos y de esta forma ha trascendido que
03:30pues se tocaría el salario, que se estaría violando la constitución porque no se puede tomar el salario,
03:36dando a entender que se tomaría completo en caso de que así fuera aprobada. ¿Qué hay de esto? ¿Si se
03:42tomaría así ya que el trabajador firmó un contrato, un convenio? Bueno, como me te mencionaba,
03:50nunca va a poder ser completo porque la propia disposición dice no puede ser por arriba el
03:55cuarenta por ciento. Ok. Entonces, de entrada ya hay un tope de que no puede ser completo. Segundo,
04:00es una decisión del trabajador. En realidad, esto es un mecanismo adicional de pago para el
04:06trabajador que le facilita, le facilita la vida. No tiene que estar viendo si está en tiempo,
04:13si va a pagar su crédito cuando lo tiene que pagar y esto le evita muchos de los intereses
04:18moratorios que en realidad es una de las principales cargas que tienen los que tienen
04:23una deuda, no tanto la tasa de interés, sino que cuando dejan de pagar por olvido o por una
04:28necesidad, la tasa se les convierte en una tasa altísima, ¿no? Por estas condiciones. Al final,
04:36también se estaba hablando e incorporo esto a tu pregunta, que si esto es un embargo, ¿no? A las
04:42cuentas de los trabajadores, creo que va más por ahí la la la línea que se ha estado discutiendo.
04:49Pues en realidad un embargo es cuando llega un juez, te ve a ti, debes, falla y si falla en tu
04:55contra. Claro. Pues ejecuta un embargo, que vayan contigo y te embarguen una propiedad, un activo,
05:02algo para que puedas pagar. Esto de ninguna manera es así, ¿no? Al final de cuentas el
05:08trabajador hace un acto de voluntad y le dice, pido este crédito y le dice a su a su patrón que
05:15no trabaja como patrón, no trabaja el amparo de la ley federal del trabajo, trabaja la ley del
05:21amparo de la ley mercantil. Lo que sucede es que la nómina se realiza completita y se termina el
05:28pago de la nómina y justo cuando el patrón va a depositarle los recursos, el trabajador le dice,
05:36antes de depositarme, paga mi crédito o paga mi seguro. Porque también las aseguradoras han
05:42utilizado este mecanismo y qué mejor para el trabajador que siempre tenga pagado su seguro,
05:46porque tú sabes que cuando dejas de pagar un seguro, pues se vence la la póliza y pierdes
05:52la preexistencia, ¿no? Sí. Entonces, tiene muchísimas ventajas para el trabajador. Bueno,
05:56pues muchas gracias por explicarnos, Pablo, lo que contiene esta iniciativa y por ahora
06:02queda congelada, vamos a ver qué ocurre más adelante. Muchas gracias, Pablo. Estoy a tus
06:06órdenes. Que estés bien.