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Estilo de vidaTranscripción
00:00En diciembre hay algunos factores adicionales sobre la pensión alimentaria que se deben considerar.
00:06Se trata de gastos típicos de la temporada navideña y propiamente del fin de año, pero que pueden influir en el monto de la pensión.
00:13Así es, Nati. Por eso, el experto en Derecho de Familia, colaborador de La Casa, de Teletica y Buendía desde hace muchos años, don Pedro Beirute,
00:25está aquí con nosotros. Como siempre es un agrado tenerlo en La Casa de Buendía para despejarle, señora, señor, todas sus dudas con respecto a la pensión alimentaria en esta época del año.
00:38Don Pedro, bienvenido. ¿Cómo le va?
00:40Muchísimas gracias, mis buenos amigos. Aquí siempre intentando colaborar, sacando dudas para todos nosotros. Hasta yo aprendo de estas reuniones tan lindas.
00:49Siempre. Y, por cierto, Dani, quienes nos quieran hacer consultas, por favor, que nos escriban en nuestro Facebook, porque siempre es muy valioso que nos realimentemos con lo que usted tiene ahí como curiosidad.
00:58Pero comencemos con una generalidad. ¿Cuáles son esos gastos propios de la pensión alimentaria en esta época?
01:03Eso es muy importante saberlo, Nati. Vamos a ver. La pensión alimentaria consiste en un monto que se paga para atender necesidades de educación, salud, medicinas, médicos, habitación o techo,
01:16lo proporcional que sea, alimentos y, desde luego, diversión también. La diversión tiene que estar incluida dentro de la pensión alimentaria.
01:25Obviamente, proporcional a las necesidades de quienes la piden y a las posibilidades económicas de quien paga esa pensión.
01:33Pero abarca todos esos rubros. Pueden pagarse en dinero efectivo o, muchas veces, haciéndose cargo personalmente el doctor alimentario de esos pagos.
01:42Por ejemplo, educación. ¿Para qué le vamos a dar el dinero a la mamá si yo, papá, puedo ir a la escuela o en la misma escuela pagar el rubro correspondiente?
01:49Don Pedro, ¿qué rubros adicionales incluye? Bueno, la pregunta es si se incluyen rubros adicionales dentro de lo que normalmente se paga mes a mes en esta época del año.
01:59Hay gastos extraordinarios que se llaman. Por ejemplo, los gastos de entrada a clases que, por lo general, se pagan en enero.
02:06Abarca algunos rubros como, por ejemplo, pidieron unos textos académicos que no estaban dentro del ordinario. Hay que pagarlos.
02:16También, por ejemplo, una computadora, una tablet, cuestiones tecnológicas que requiere el estudiante para seguir adelante. Gastos extraordinarios.
02:27También, en esta época de diciembre y antes del 20 de diciembre, se debe pagar lo que se conoce como el aguinaldo, que es un monto similar al que se viene pagando por mes.
02:38Si vos estás pagando una pensión de 500 mil mensuales, vas a pagar de aguinaldo 500 mil adicionales. Reciba aguinaldo o no reciba el deutor.
02:46¿Hasta qué día tiene plazo para pagar ese aguinaldo?
02:51Hasta el 20 de diciembre. Se corrió un día. Se corrió un día. El aguinaldo se pagaba antes de la reforma de ley que hubo ahora el primero de octubre hasta el 21.
03:01Ahora se paga el 20 como fecha máxima para poder pagar el aguinaldo.
03:06¿Cómo calcularlo, don Pedro?
03:08El aguinaldo, te dije, es similar al monto que vos venís pagando por mes. Si hay un deutor alimentario que paga 200 mil al mes, pagará 200 extra en diciembre.
03:17¿Por niño, en el caso de que sean? ¿Estamos hablando de menores de edad?
03:20La pensión total. Y estamos hablando de menores de edad. Si son mayores, el mayor ha demandado al papá, por ejemplo, también va a recibir un aguinaldo.
03:29Pero para entendernos, un deutor alimentario paga 500 mil colones para tres beneficiarios, para tres hijos.
03:35O se puede incluir a la esposa, si el juez así lo determinó.
03:38El aguinaldo va a ser el mismo monto para todos ellos.
03:41No lo dividen, creo que también lo pueden dividir.
03:44Si son 600 mil, le pagan 200 mil a cada hijo, pues cada hijo tendrá derecho a recibir 200 de esos 600.
03:51Yo supongo que hay casos de casos, don Pedro, en que habrá alguna persona que diga, yo le compré una tablet para navidad, entonces no voy a pagar 500 mil de aguinaldo por pensión para mí.
04:04Qué buena esa pregunta, porque hay que tener mucho cuidado.
04:08El aguinaldo se debe pagar en efectivo, no se puede pagar en especie, salvo que papá y mamá se pongan de acuerdo.
04:16Me mandé un escrito que le hacen al juez y le dicen, señor juez, mire, yo voy a exonerar al papá de mis hijos de que me pague los 500 mil colones, porque él se va a hacer cargo de comprarle ABC, pero firmado los dos.
04:27Si no se le ocurre hacer eso, se mete un broncón, porque le van a decir, mire, muchas gracias por la tablet, es adicional, pero usted tiene que pagar el aguinaldo en efectivo.
04:36Don Pedro, hay muchas consultas, muchas consultas.
04:39Bueno, vamos con la primera. Vamos a reservarnos, aunque son públicos, están en Facebook, pero vamos a reservarnos los nombres, pero están en el Facebook de Buendía.
04:50Primero dice, este sí lo va a decir, doña Ana Virginia, excelente abogado y muy elegante, don Pedro, como siempre aquí en la Casa de Buendía.
04:57Es que trato de imitarlos a ustedes.
05:00Bueno, una consulta, don Pedro, después de que cumpla 25 años de edad, todavía me falta un año de carrera universitaria, ¿es válido que reciba pensión hasta entonces?
05:09Sí, porque la ley establece el pago de la pensión como máximo hasta los 25 años de un alimentario.
05:16Si, por A o por B, el alimentario, el hijo, no ha cumplido los 25 y no ha sacado una profesión o un oficio, a pesar de estar estudiando correctamente, el pago de la pensión continúa.
05:27Es decir, hay que pagarlo hasta 25 máximo. Cuando hay incapacidad de alguna forma, en un porcentaje X, creo que lo hablábamos ahora también afuera de cámaras, la pensión continúa pagándose.
05:40Ok.
05:41Digamos cuando un chiquito o una persona ya mayor de edad tiene alguna discapacidad, hay que seguir pagando la pensión.
05:47Pero en caso de estudios, tienen que poner atención, y esto va para los jóvenes.
05:51Ustedes son los que tienen que demostrar que están estudiando y que obtienen buenos rendimientos en los estudios.
05:56Buenos rendimientos es pasar, porque hay algunos papás que exigían 10 corridos y si no pagaban la pensión.
06:02Entonces el juez le dice, no, no, no, él está cursando esta profesión o este oficio, va pasando, va pasando, síguele pagando la pensión.
06:10Sí, sí, sí, o sea, si pueden sacar 10 corridos, mejor, pero yo…
06:13Exactamente.
06:14Pasaba ahí, me pasaba, pasaba.
06:16Yo en matemáticas, creo que me lo regalaron quizás, ¿no?
06:19Yo también.
06:20Pero no entremos en detalles, dice Don Pedro.
06:22Si no, porque volver a lo pasado con mi profesora en matemáticas, no.
06:26Don Pedro, queremos también atender una consulta de Ale Umaña.
06:30Ella nos dice, si el papá del niño se lo lleva de vacaciones este mes, ¿tiene que pagar la pensión o se libera de pagar la pensión?
06:38Y aclara que es una pensión voluntaria.
06:41Si es voluntaria, él puede eximirse de pagarla porque se lo va a llevar con él el mes completo.
06:46Si es judicial, aunque se lo lleve, debe pagar el monto porque si no, se lo van a cobrar a través de la premio corporal.
06:52Entonces, mejor, si es voluntaria, siempre convenga, hablando se entiende la gente.
06:57En alguna oportunidad aquí, en el canal, pusimos esa frase, ese slogan, hablando se entiende la gente.
07:02Lo que pasa es que no queremos hablar y así no nos entendemos.
07:05Entonces, hablando se entiende la gente.
07:07Si es voluntaria la ayuda económica, se lo va a llevar y simple y sencillamente le dice,
07:11mira, es como me lo voy a llevar este mes y no voy a darte la ayuda económica para el menor.
07:16Entonces, no lo apaga.
07:18Si es judicial, no se le ocurra si no está de acuerdo con él, la otra persona, porque se pone en la premio.
07:24Tenemos otra consulta.
07:25El padre debe pagar pensión siempre cuando un niño tiene autismo, me refiero a un cumpliendo los 18 años.
07:32Es correcto.
07:34Ese autismo refleja, de alguna manera, alguna discapacidad y entonces debe seguir pagándose la pensión.
07:42Lo mismo si hay algún otro tipo de enfermedad que pueda tener el menor atendible o ya mayor de edad atendible,
07:50pero que no pueda valerse por sí mismo.
07:53Hay enfermedades de enfermedades, ¿verdad?
07:55A veces hay un cierto tipo de enfermedad que no provoca el no trabajar o el no tener ingresos económicos.
08:03Todo eso tiene que bastantearlo el juez.
08:05Pero en principio, por autismo y por algún otro tipo de enfermedades,
08:09el doctor alimentario debe seguir pagando esa ayuda económica a los hijos.
08:12Aquí una mamá nos pregunta qué sucede si no dan el aguinaldo.
08:16Don Pedro, ¿por qué nos cuenta el caso de ella?
08:18Y es que la mamá de su hijo o sus hijos se pasa cambiando de domicilio para que no le notifiquen.
08:24Para que no le notifiquen al demandado deudor alimentario.
08:27Sí, es lo que ella nos pone. Entonces dice, si no paga el aguinaldo, ¿qué hago?
08:32Bueno, cuando uno no paga una deuda alimentaria, hay apremio corporal.
08:36Apremio, sí.
08:37Entonces, ahora se modificó la ley en el sentido de que antes era por seis meses parejo desde el inicio.
08:41Ahora es un mes, si es una primera vez que se falla, etc.
08:44Pero para eso hay que notificarlo.
08:46Si no lo podemos notificar, el apremio corporal no va a prosperar.
08:51Ahora, atención. Muchas veces, esos deudores alimentarios tienen un ingreso económico, ya sea por salario, por pensión del Estado, por algún negocio.
09:01Entonces, sí pueden pedir que le embarguen esa parte proporcional de la pensión de lo que él recibe económicamente por mes.
09:07Ojo a esta, Don Pedro, está listo.
09:09Buen día. Si la madre le cambió los apellidos a su hija sin consentimiento del padre biológico
09:16y ella le exige la pensión o la ayuda al padre biológico, ¿está obligado?
09:20Si el padre biológico no está registrado como padre en el registro civil, no le podría pedir pensión alimentaria.
09:27Porque uno de los requisitos para poder pedir la pensión alimentaria es el parentesco.
09:31Y ahí no hay parentesco.
09:33Ahora, le cambió los apellidos, me imagino que por adopción.
09:36Porque es la única forma de que puedan cambiarse los apellidos de nuestros hijos menores de edad.
09:41Don Pedro, esta está muy buena.
09:43Nuestra amiga nos pide no decir su nombre.
09:47Nos cuenta que sus hijas ya tienen 18 años.
09:50Han recibido la pensión, pero nunca recibieron el aumento.
09:55Su papá no pagó ni el aumento de las pensiones.
09:58No pagó gastos extraordinarios por entrada a clases.
10:01Y resulta que ahora que tienen 18 años, él apareció pidiéndoles rendimiento académico
10:06y amenazó con quitarles la pensión si no dan buenos resultados.
10:09Lo que quiere saber es si eso es de recibo.
10:12¿Qué pasa?
10:13No crean, mi querida señora, en esas amenazas porque no sirven para nada.
10:17No vengan jugando de papá.
10:19Después, estamos pensando que eso que dice ahí es cierto.
10:22Las abandona, no paga y ahora viene jugando.
10:24Quiero que me den cuenta.
10:27No, no, no.
10:28Y tampoco vale la amenaza de que le voy a quitar la pensión.
10:31Simplemente sus hijas mayores de edad, usted no las va a representar porque ellas son mayores.
10:36Ellas por sí van al juzgado y solicitan que se tengan como parte actora de ese expediente
10:42y le van a seguir cobrando a ese papá que ahora quiere lucirse, ya que son mayores de edad,
10:48pidiéndole cuentas.
10:49Pero no tiene ningún problema.
10:50Este yo creo que es una pregunta recurrente en algunos casos.
10:56La he visto varias veces.
10:58Buenos días.
10:59Si la mamá de mis hijos utiliza el aguinaldo para pagar sus deudas, ¿es válido?
11:03Porque después me toca a mí comprarles todo lo de Navidad.
11:06¿Qué opina? Saludos a Don Pedro, súper abogado.
11:08Muchísimas gracias, mi amigo.
11:10Ahí usted tiene perfectamente la posibilidad de incluso poder pedir un cambio en la administración de ese dinero.
11:16Vamos a ver, una mamá que recibe 500 mil, 600 mil o un colón y lo invierte en ella y no en los hijos,
11:22está mal administrando ese dinero de pensión alimentaria.
11:25En esos casos excepcionales sí podría pedir una rendición de cuentas.
11:30Pero debemos demostrar precisamente que ese dinero se fue donde la mamá y no donde los hijos.
11:36Los mismos hijos le van a contar, mire, no me compraron ni zapatos, ni ropa, ni nada por el estilo.
11:41No se invirtió un cinco en nosotras o nosotros, hijos de esta pareja.
11:45De tal manera que ahí hay que tener mucho cuidado porque hay que llegar con buena prueba para demostrar
11:50que la mamá agarró el aguinaldo, por ejemplo, y se fue a pasear.
11:53Es más sencillo demostrarlo.
11:55Salió del país y las hijas o los hijos no recibieron el pago de la pensión del aguinaldo.
12:01Y entonces él pagó el aguinaldo y además tenía que ir luego a comprarle ropita y zapatos y demás.
12:06Siempre hay que tratar de que las cosas sean justas y equitativas.
12:10Aquí hay una consulta, dice que el padre de su hija lleva sin pagar la pensión todo el año,
12:15escudado en decir que no ha tenido el chance y de todo modo va a ver a la niña.
12:20Se la lleva sin ningún problema, salen y no paga la pensión.
12:23Lo que no nos deja claro esta amiga televidente es si es una pensión voluntaria o es obligatoria,
12:29don Pedro, porque nos dice qué hacer en ese caso.
12:31Él llega, se la lleva, sale, tiene relación, pero no paga.
12:34En todo caso, mi buena amiga, usted tiene que ejecutar eso.
12:37Sea voluntaria, sea judicial.
12:39¿A quién le corresponde solicitarle a un juez que pague la pensión?
12:43A usted.
12:44Si él no paga y usted no lo obliga, pues se hará el desentendido y no va a pagar la pensión.
12:51Es a usted a quien le corresponde decir, mire, pague, me vengo para acá.
12:54Y no tiene que ver si va a la chiquita o no, porque muchos cambian una cosa por otra.
12:57Pero no, pagar o no pagar la pensión no tiene que ver nada con el derecho de visitas.
13:03Pero a usted le corresponde a usted, mamá, decirle en una última oportunidad, págame la pensión.
13:09No me la paga, voy al juzgado a solicitar que lo obligue a pagarla.
13:12Porque si ya tiene un año, la responsabilidad es suya.
13:15Sí, otra consulta.
13:17Si mi hijo tiene 17 años y ahora por esta temporada entra a trabajar,
13:21¿el papá está sujeto a no pagar pensión?
13:24De ninguna manera. Vamos a ver.
13:25La pensión sigue vigente mientras sea menor de edad.
13:28Si ese menor de edad trabaja en diciembre, como muchos de nosotros en alguna oportunidad trabajamos en diciembre,
13:34eso le va a ayudar para complementar el pagarse gastos, que tal vez son en mayor cantidad.
13:40Y precisamente por eso no le pidió un aumento al papá.
13:43Pero si se le ocurre quitarle la pensión porque está trabajando, no me suena, no me parece y no creo que un juez,
13:48siendo menor de edad, le vaya a declarar con lugar la gestión suya porque esté trabajando.
13:53Esta pregunta de Susi tiene un elemento particular y es un deceso de por medio en esta relación.
13:58Dice, mi esposo falleció y estoy haciendo trámites de pensión y aguinaldo.
14:03Aquí no sé si aplica esto como pensión alimentaria, pues era esposo, nos cuenta ella.
14:08Entonces está haciendo los trámites de pensión y aguinaldo, ya que dependíamos 100% de él.
14:12Me dicen que duran menos tres meses para que den la pensión y el aguinaldo.
14:16Me dan cita a finales de febrero y quiere saber si es normal que se dure tanto tiempo.
14:20Él falleció el pasado primero de noviembre.
14:22Lo lamentamos mucho, primero que todo, mi querida señora.
14:25Es muy lamentable la pérdida de cualquier ser humano.
14:27Me imagino que ella lo que está tramitando es la pensión del Estado.
14:30Correcto.
14:31Y entonces la pensión del Estado sí tiene que dirigirse a ella y al hijo o a la hija
14:35porque dependían económicamente de quien falleció.
14:38Ahora, que duren dos, tres meses, cuatro meses, sí, a veces lamentablemente la burocracia de este país es muy grande
14:45y usted lo que tiene que hacer es estar insistiendo para que le paguen esa pensión del Estado
14:49que le corresponde con todo derecho a usted y a su hija.
14:52Aquí muchas personas también están consultando, don Pedro, sobre el bono escolar.
14:59¿El bono escolar?
15:01¿Eso está sujeto a la pensión alimentaria también?
15:04Claro, y qué bueno, quítale el almohadón porque casi me voy cayendo el sillón.
15:08Ahora sí me siento ya en mi charco.
15:11Entonces, vamos a ver.
15:13El salario escolar se debe pagar antes del 21 de enero.
15:16Ok.
15:18De cada año.
15:19El salario escolar lo pagan todas aquellas personas que deben una pensión y reciben salario escolar.
15:25Pero aunque no reciba escalar, el salario escolar debe pagar también.
15:29Esto es para los gastos de entrada a clases.
15:31Ok.
15:32Uniformes, libros, tablets, cuestiones que pida el centro educativo.
15:37Durante el año se van presentando otros gastos como, por ejemplo, se le acabaron los zapatos, etc.
15:42Esos son gastos extraordinarios, por ejemplo, en julio, junio, agosto, etc.
15:47Pero el salario escolar es un monto adicional que se paga también en enero.
15:51Entonces, salario aguinaldo en diciembre y salario escolar en enero.
15:56Son dos pagos extras más del pago ordinario.
15:59¿Y cómo se calcula el salario?
16:01El salario escolar venía por jurisprudencia dándose la misma o fijándose la misma suma de la pensión.
16:08Pero, por ejemplo, una pensión de dos millones de colones mesuales no se justifica que el salario escolar sea de dos millones.
16:14Nadie gasta dos millones entrando a clases.
16:16El promedio es 500 mil colones, para abajo, para... Por ahí anda, de acuerdo a las estadísticas.
16:21Entonces, el juez fija el salario escolar.
16:24Entonces dice, mire, usted recibe una pensión de dos millones mesuales, pero el salario escolar le voy a fijar 500 mil.
16:29Entonces ya la suma la fijó el juez.
16:31Y eso es lo que tiene que pagar antes del 21 de enero.
16:34Don Pedro, nos preguntan aquí si es válido que un hijo renuncie a la pensión.
16:40No sabemos el contexto, pero hoy en día ha cambiado mucho esto y muchos adolescentes, en acto de rebeldía también,
16:47amenazan a uno de los padres porque quieren lograr un objetivo y dicen, yo renuncio a la pensión.
16:52Yo me salgo del colegio.
16:53Las renuncias de pensión alimentaria en tratándose de menores de edad no proceden.
16:58Si es mayor de edad, renuncia si le da la gana.
17:00Si es menor, la madre puede seguir cobrando esa pensión porque ese hijo rebelde que está en una casa come
17:06y la comida la compra la mamá con la planta del que paga la pensión.
17:10Lo que tienen que hacer es ver cómo lo enfrentan psicológicamente para que se ubique.
17:15Porque hoy en día hay mucho adolescente totalmente desubicado por drogas, por cigarros o porque me da la gana.
17:21Porque respondo al divorcio de mis papás.
17:24Entonces tenemos que ubicarlos con límites, con disciplina.
17:27La única forma.
17:28Vive en la casa conmigo pero llega a las 6 de la mañana.
17:30¿Cómo es eso?
17:31Yo le pago la pensión, lo alimento y va a llegar a las 6 de la mañana.
17:34Ah, porque yo quiero llegar a las 6 de la mañana.
17:36No.
17:37Y le presto el cuarto para que haga el amor con la novia a los 15 años.
17:39Estamos fregados con eso.
17:43Don Pedro, muchas gracias por venir.
17:45La gente agradece mucho la forma en la que usted explica, don Pedro, y se refiere a los televidentes.
17:51Muchísimas gracias, don Pedro.
17:53Beirute, si desea seguirlo en redes sociales.
17:56Pedro José Beirute.
17:58Pedro José Beirute Rodríguez.
18:00Es más, yo ni sé cómo sale en redes sociales.
18:02Pedro Beirute, creo. No sé cómo.
18:04Pedro José Beirute.
18:06Exacto. Y los números que aparecen en pantalla me van a siempre disculpar.
18:09Sobre todo con programas como este se llena.
18:11Entonces hay otro numerillo que podemos usar que es el 886-3661 que es un WhatsApp.
18:19Es un presente ese.
18:21Bueno, estamos vigentes aunque estamos viejos, pero no tan viejos.