Category
📺
TVTranscripción
00:00Siguemos en vivo aquí en su lado positivo, son las 10 y 40 minutos de la mañana.
00:05Como le decíamos antes de la pausa, o si usted recién nos sintoniza,
00:08a partir del primero de octubre entra en vigencia el Código Procesal de Familia.
00:14¿Qué quiere decir esto?
00:15Existen algunos cambios que van a entrar en vigencia a partir del primero de octubre,
00:20y nosotros queríamos tratar el tema, pero por supuesto con una experta que
00:23siempre nos acompaña aquí en el set. Le doy la bienvenida a Rocío Córdoba,
00:27ella es abogada. Primero te saludo, Rocío, ¿cómo estás?
00:29Muy bien, gracias a Dios, súper contenta, iniciando semana y con ese tema tan interesante,
00:35porque efectivamente este código trae cambios radicales y muchos retos para los
00:40que nos dedicamos al derecho de familia.
00:41Expliquemos un poquito, ¿este código no existía antes o sí existía?
00:46No, no. Entonces, ¿qué es lo que ellos están buscando?
00:49Lo que está buscando el juzgador es unir en un solo código toda la tramitación,
00:55para decirlo de alguna manera, de estos temas de familia. El tema de pensiones,
00:59violencia doméstica, cuando hay niñas. Ahora, el manual que tenemos que aplicar
01:05los abogados y los jueces va a ser ese código.
01:08El Código Procesal de Familia a partir del primero de octubre.
01:12¿Hay algunos cambios en la legislación que se venía teniendo hasta ahora?
01:15Hay cambios muy importantes. Por ejemplo, la ley de pensiones,
01:19como la conocemos hasta hoy, va a quedar completamente derrogada.
01:22Ahora va a ser a través del Código de Familia, que va a estar entre el artículo 257 y 288,
01:30los apartados que van a hablar sobre el tema de pensiones.
01:33Van a haber algunos trámites que ahora se pueden hacer directamente ante el registro civil
01:39y no precisamente hay que ir al juez. Entonces, sí, trae bastantes cambios.
01:43Si usted tiene alguna duda sobre este tema, nos puede llamar al 22 20 75 50.
01:49Es nuestro número de estudio para que usted se comunique con Rocío Córdova.
01:52Ella es abogada y hoy estamos hablando precisamente de este Código Procesal de Familia
01:56que el primero de octubre va a entrar en vigencia.
01:59Yo estuve leyendo un poquito, Rocío, y dentro de algunos cambios que me llamaron la atención específicos,
02:05hay uno que habla de que, por ejemplo, los mayores de 12 años van a poder presentar procesos
02:09e incluso elegir quién los represente. Eso no estaba anteriormente.
02:13No, no estaba. Bueno, en todo lo que es familia, cuando los muchachos ya los chicos tienen 12 años,
02:19pues ellos sí son escuchados y su opinión se tomaba en consideración.
02:23Pero ahora ellos mismos van a poder ir y plantear los procesos.
02:27Verdad? Entonces sí, eso es mucho, muy importante porque les dan esa esa voz que no tenían hasta ahora.
02:32Ahora también se habla dentro de las novedades que se obliga al uso de lenguaje sencillo y comprensible
02:40en todos esos procesos, precisamente porque se incorporan años de 12 años.
02:44Así es, y lo que busca es que sea más rápido y más sencilla la tramitación
02:49para que no estén ahí los procesos que usted está un año esperando que salga una sentencia de una pensión.
02:55Pues eso no, ahora todo busca a que sea más ágil, que sea de forma oral.
02:59Incluso, Diana, en los procesos como los divorcios, ahora usted va a tener que contestar de forma oral en la audiencia.
03:07Entonces ahí es donde te digo que a los litigantes eso va a ser un gran reto, ¿verdad?
03:12Porque a los que les cuesta tal vez, o lo que nos cuesta hablar un poquito en público y todo,
03:16pues vamos a tener que entrenarnos muchísimo más porque ahora tiene que ser más expedito y estar ahí.
03:21En los procesos de divorcio, algo que también me llamó mucho la atención es que, por ejemplo,
03:26no se va a tramitar en los juzgados lo que son matrimonios, reconocimiento de hijo o hija de mujer casada,
03:36adopción de mayor de edad sin discapacidad y divorcios por mutuo acuerdo sin hijos o hijas menores ni bienes gananciales.
03:44¿Esto qué va a implicar?
03:45Bueno, eso lo que va a venir es que va a desatorar, como digo yo, los juzgados que están llenos de este tipo de procesos.
03:53Ahora, estos procesos se van a tramitar directamente con el registro civil, siempre y cuando no haya controversia entre las partes, ¿verdad?
04:00Por ejemplo, el divorcio, los dos están de acuerdo en divorciarse, como dijiste antes, no tenían hijos, no tienen bienes,
04:06entonces solo van a sacar una cita en el Tribunal Supremo de Elecciones y ellos van a divorciarlos sin mayor problema, ¿verdad?
04:14Igual con los otros procesos, siempre y cuando no haya discusión.
04:18Por ejemplo, el reconocimiento de hijo de mujer casada, bueno, tiene que ir el padre biológico, el padre verdadero y la mamá.
04:25Tienen que ir todos juntos y decir, estamos de acuerdo, efectivamente, el niño tiene mi apellido, pero no es mi hijo y el hijo es de él y estamos de acuerdo.
04:33Entonces, tiene que estar todo el mundo de acuerdo para que se pueda hacer en esa sede.
04:37De lo contrario, sí van a tener que ir directamente a los jueces.
04:40Recuerde que, si gusta, nos puede llamar al 22 27 5 50, si usted tiene alguna duda, aquí está Rocío Córdoba con nosotros para aclarar todas las dudas
04:49que usted tenga al respecto de este Código Procesal de Familia que entra a regir a partir del primero de octubre, o sea, ya casi, ¿verdad?
04:57Falta muy poquito, si no me equivoco, dentro de una semana más o menos, entra a regir, así que para que esté enterado y si tiene duda, mejor las evacúe aquí en vivo con Rocío Córdoba.
05:09Usted mencionaba algo que me parece que es vital, va a venir a destapar un poquito esos procesos que estaban ahí pegados y que no avanzaban.
05:17Por lo menos esa es la intención.
05:18Esa es la intención, un poquito de eso, con eso es que se plantea este Código Procesal de Familia.
05:23Sí, que sea más agilidad, que tenga más acceso a la justicia pronta y cumplida, que es tanta la queja, ¿verdad?
05:29Que no tiene nada ni de pronta porque duramos más de un año a veces con los procesos, entonces esos son los cambios que buscan.
05:36Por ejemplo, en el tema de pensiones, Diana, ahora va a ser una sentencia anticipada.
05:41Yo presento el proceso y el juez va a dictar una sentencia anticipada.
05:45Si Diana, que es la obligada a pagar la pensión, no se opone dentro de cinco días o la persona que es la beneficiada no se opone, ya eso queda en firme.
05:54Ya no va a haber más audiencias, no va a haber nada, quedó completamente en firme.
05:58Entonces eso es lo que va a buscar, que sea más ágil el proceso.
06:01Sí, claro, que sea mucho más ágil.
06:03Hablando de esta parte de pensiones alimentarias y deudores alimentarios,
06:08dentro de lo que se puede solicitar también que la cuota alimentaria sea rebajada del salario o de la fuente de ingresos de la persona, que eso no está pasando,
06:17que se pueda pagar la cuota alimentaria en tractos cuando no tenga las condiciones económicas
06:22y también buscar trabajo por un plazo de un mes máximo cuando la persona haya sido despedida.
06:28Claro, y en términos de traer grandes cambios con lo que es el apremio corporal, ¿verdad?
06:33Las personas que no pagaron y están detenidas, están presas por eso.
06:38Bueno, estas personas van a poder cumplir de noche o de día.
06:43¿Para qué? Para ir a buscar trabajo.
06:45Por ejemplo, si yo estoy acostumbrada a trabajar como guarda de seguridad solo de noche,
06:49entonces voy a ir a cumplir de día y en la noche me van a dejar ir a buscar trabajo.
06:54Entonces van a darle esa oportunidad que, según lo que dice el Ministerio de Justicia,
06:58pues las cárceles también están llenas de personas, también hay muchas situaciones.
07:03Que no pagan la pensión.
07:04Exacto, y esos son personas que al final y al cabo el Estado es el que tiene que estar cubriendo para que estén ahí.
07:10Entonces la idea es, bueno, vaya, busque trabajo, pague su pensión, sea responsable con sus hijos y de paso, pues, alivianen o la carga a todos.
07:18Lo de los tractos también está muy interesante.
07:20Ya ahorita vamos a hablar de eso, pero tenemos una llamada.
07:22Vamos a recibir a Doña Elena.
07:24Muy buenos días.
07:25Adelante con su consulta.
07:26La escuchamos.
07:27Muy buenos días para las 12.
07:30Dios me las bendiga en este hermoso día.
07:33Amén, igualmente.
07:34La consulta que quiero hacerle a licenciada es que yo estoy separada hace cuatro años de mi esposa.
07:44No fue por abandono de hogar, sino que fue porque él me echó de la casa.
07:51Yo tengo pruebas porque yo lo grabé cuando él me echó de la casa.
07:56Y resulta que ahora me estoy dando cuenta que el hijo de él está vendiendo los cargos que mi esposo y yo tuvimos en nuestro matrimonio.
08:06¿Qué puedo hacer yo con eso?
08:09Él es un señor mayor.
08:10Él tiene 78 años.
08:12Él es mayor que yo.
08:13Pero los hijos están haciendo lo que, bueno, por la edad de él, no sé, a pesar de que veo que están vendiendo los cargos.
08:22Perfecto.
08:23Doña Elena, muchísimas gracias por la consulta.
08:25Ya puede colgar la llamada.
08:26Nos escucha por el televisor.
08:27Bueno, Diana, este es el ejemplo del caso que no va a ser tramitado por medio del Tribunal Supremo de Elecciones.
08:34Ella va a tener que ir, y que lo haga rapidito.
08:36Tiene que ir directamente al juez y solicitar una liquidación anticipada de bienes.
08:41Porque esos bienes que fueron adquiridos dentro del matrimonio son gananciales, son de los dos.
08:46O plantear de una vez la demanda de divorcio para que ella le reconozca en su derecho sobre el 50% de todo lo que se adquirió en forma onerosa durante la unión matrimonial.
08:56¿La liquidación anticipada de bienes es la división?
09:00Es cuando, no me quiero divorciar todavía, para decirlo sencillo.
09:03Todavía no estoy segura si me voy a divorciar, pero como a ella me preocupa porque están empezando a hacer fiesta con los bienes, están vendiendo el carro.
09:11El señor está sacando la plata del banco, fue y hipotecó la casa.
09:15Entonces voy y le digo al juez, señor juez, todavía no sé si me voy a divorciar, pero necesito que por favor de una vez reparta los bienes y me dé a mí mi 50%.
09:23Eso se puede hacer.
09:24Eso se puede hacer.
09:25Antes de divorciarse.
09:26Correcto.
09:27Qué interesante.
09:28Bueno, doña Elena, entonces lo más rápido posible, como dice Rocío, se acerque al juez para que haga esta petición.
09:35Antes de que nos llamara doña Elena, pero yo quiero recordarle la línea telefónica 22 20 7 5 50 es nuestro número de estudio.
09:41Estamos en vivo, son las 10 y 50 de la mañana.
09:43Aquí está Rocío respondiendo todas nuestras dudas.
09:46Me incluyo porque yo también tengo muchas dudas.
09:48Antes de la llamada de doña Elena Rocío hablábamos de este tema de los tractos que también le va a facilitar un poco a las personas que a veces les cuesta por diferentes situaciones cancelar la pensión.
10:01Cómo va a funcionar eso?
10:02Bueno, igual.
10:03Eso sí, verdad?
10:04Tienes que tramitarlo ante el juez y poner en la incidencia respectiva.
10:08Solicitar un pago a tracto, solicitar un incidente de rebajo, un cidente de aumento.
10:12Qué es lo que va a pasar?
10:13Que ahora todo va a ser más expedito y lo que van a hacer es que busquemos la oralidad.
10:17Todas las leyes que han venido cambiando desde.
10:21Qué te digo?
10:22El nuevo código procesal civil, la ley de cobro y todos estos cambios que han venido.
10:26Lo que se busca es eso, es que sea más ágil y que los temas sean más orales, que ojalá en una audiencia se pueda resolver todo.
10:33Usted y presente sus apelaciones.
10:34El juez pueda resolver y demás para para llegar, como te decía, a ese tema de la justicia pronta y cumplida.
10:41Aquí también se explica, explica un poquito el poder judicial sobre las fases de los procesos resolutivos familiares.
10:48Como decía Rocío, el objetivo es que todo sea muchísimo más expedito, verdad?
10:53Muchísimo más rápido.
10:54Por ejemplo, la fase uno, que va a ser el trámite inicial, es la presentación de la demanda.
10:59La fase dos va a ser una audiencia inicial.
11:03Esto qué quiere decir?
11:04Un intento conciliatorio.
11:06Y en la fase tres, que son esas tres nada más, va a haber una audiencia de prueba y esta audiencia sería la decisoria para tomar una decisión.
11:15O sea, va a ser sea corta, verdad?
11:16El proceso.
11:17Sí. Y otra cosa es que muchos de estos procesos no va a necesitar la parte del patrocinio de un abogado.
11:22Usted puede ir solito ya y yo personalmente no lo aconsejo porque hay una parte que siempre va a tener una defensa pública que lo apoye.
11:31Y si usted va solo, pues puede ser que tenga problemas.
11:33Pero si la ley queda establecido que no necesariamente necesita el acompañado de un abogado.
11:38Eso está muy interesante también para las personas que siempre les preocupa esos temas, verdad?
11:42Porque tal vez no tienen los medios para para pagar un abogado.
11:46Entonces eso también está muy interesante.
11:47Cambia también.
11:48Hay un nuevo trámite para solicitar la pensión alimentaria.
11:52Rocío, con este código procesal, primero es la presentación de la demanda de forma oral o escrita o escrita en el juzgado.
12:01Después la citación de las partes a la audiencia inicial.
12:03Un intento de acuerdo conciliatorio, que eso siempre va a estar ahí.
12:07Y si las partes están de acuerdo con la sentencia, se continúa en ejecución.
12:11Y después la citación a la audiencia oral para conocer si hay oposición.
12:15Igual, eso va a hacer que el proceso sea más corto.
12:19Lo que busca es que sea más corto, verdad?
12:21Lo que se va a dar, como te digo, vamos a presentar la demanda, sea oral o sea en forma escrita, con toda la prueba.
12:29Que eso me parece súper importante.
12:31Ahora usted lleve toda la prueba desde el inicio, porque no va a tener tanta oportunidad de venir después a presentar prueba.
12:37Entonces búsquese, señor, señora, toda su prueba y va y la presenta desde el inicio.
12:41El juez va a dictar una resolución.
12:43De una vez va a determinar un monto, que si ese monto, Diana, no es apelable, ya va a quedar en firme y ahí terminó el proceso.
12:50Si nadie se opone al monto, queda ahí.
12:54Sea tanto el deudor, la persona que va a pagar como el beneficiario.
12:58Cualquiera de los dos se puede oponer, pero si no se opone, ya eso quedó en firme.
13:02Nos dice nuestro productor que nos llegó una pregunta en las redes sociales.
13:07Están consultando que si va a haber una nueva fórmula para calcular pensiones, por ejemplo, a padres de familia que tienen más de una pensión.
13:17Diana, qué bonita pregunta esa, y es que no existe una fórmula.
13:20La gente piensa eso y no existe una fórmula.
13:23Cada caso es diferente.
13:30Cada caso es diferente, Diana.
13:31Entonces, ¿qué es lo que pasa?
13:33No es lo mismo las posibilidades económicas de un padre o de una madre con otro y el estilo de vida que esté ese chico.
13:40Entonces, por ejemplo, que usted tenga tres pensiones, eso no es ninguna excusa.
13:45Ok, recordemos que tenemos la ley de paternidad responsable que le dice tenga los hijos que usted puede mantener y mantener bien.
13:51Entonces, no hay una tabla que diga que si el chiquito tiene seis años le tocan cinco mil colones, que si tiene doce le tocan diez mil.
13:58No, eso depende a las necesidades de la persona que va a requerir esa asistencia y las posibilidades de aquel obligado.
14:05Sí.
14:06Eso sigue igual.
14:07Prácticamente al salario que venga, ¿verdad?
14:10Así es como se hace el cálculo.
14:11Entonces, eso varía.
14:12No tiene que ser específico.
14:14No es que es un monto específico y se dice a todos los chiquitos les toca este mismo monto.
14:18No, no, porque no es lo mismo que el chiquito vaya a una escuela pública como que el papá o la mamá lo tenía obligado a ir, no sé, a una escuela privada de esas de alta gama que pagaba un millón por mes.
14:29Entonces, no puede cambiarlo.
14:30El papá no puede decir, no, ahora adelante vaya a la escuela pública.
14:33No, eso no funciona así.
14:34Usted tiene que seguir dándole la misma calidad de vida.
14:38A no ser de a la que venga una situación diferente que ya no se lo permita.
14:43Para eso la ley también le da recursos a usted para solicitar rebajos.
14:46Pero solamente si hay cambio de circunstancias, no solamente porque ya no quiero.
14:50Nos están preguntando aquí si las solicitudes de modificaciones de cuotas y de cobro de gastos extraordinarios se mantienen igual.
14:59Sí, esas hay que presentarlas igual, solo que va a ser más rápido, como te digo.
15:03O sea, el proceso lo que busca es que no haya tanta apelación, tanto tiempo de que bueno, cada vez que presentamos un documento se tarda mínimo seis meses.
15:11Eso es lo que busca que ya no exista.
15:13Pero igual usted sigue teniendo derecho a pedir aumentos, a pedir rebajos, a liquidar gastos extraordinarios.
15:19Todo eso usted sigue manteniendo ese derecho.
15:21Sí, porque la gente tal vez cuando escucha, Rocío, que van a haber cambios o que se viene un nuevo código procesal de familia, la gente dice, ay no, va a cambiar todo.
15:31Pero hay derechos y deberes que se mantienen y van a estar ahí siempre, ¿verdad?
15:36Que es el obligado a pagar la pensión y también el yo poder ir a solicitarle.
15:41Eso siempre va a estar ahí y modificaciones y demás.
15:43Así siempre va a estar.
15:44Eso es lo lindo, como digo yo, la belleza del tema del derecho de familia.
15:47Que aquí nada está escrito sobre piedra.
15:49Conforme va avanzando el tiempo, conforme los chicos van creciendo, las situaciones van cambiando.
15:54Igual, recordate que puede tener hasta 25 años un niño, bueno, ya un muchacho, un muchachote, digo yo, y puede estar recibiendo ese apoyo.
16:03Los papás pueden poner un proceso de pensión contra sus hijos, ¿verdad?
16:07Cuando fueron papás económicamente responsables.
16:10Entonces, en estos temas no hay nada escrito sobre piedra.
16:13Y va avanzando, conforme va avanzando, la situación familiar, digo yo.
16:18Tenemos otra llamada telefónica.
16:19Vamos a recibir a Doña Leila desde Cervantes de Cartago.
16:22Muy buenos días, Doña Leila.
16:23Adelante, la escuchamos.
16:24Muy buenos días, mi amor.
16:27La consulta que yo le hice al muchacho.
16:30Yo soy la bisabuela de la chiquita.
16:34La chiquita se llama Cicel Cordero Granado.
16:38La mamá se llama Debbie Granado Naurigal.
16:42Pero a ella le puso la atención al papá.
16:47El papá se acaso le dio año y medio.
16:50Ella va a firmar y todo, pero a ella nunca le dio más atención.
16:54Por más que ella firme, nunca le han cogido crédito, nunca le han dado nada.
17:00Esa es mi pregunta.
17:04¿Qué se puede hacer en ese caso?
17:06Claro, Doña Leila.
17:07Muchísimas gracias por su consulta.
17:09Y ya Rocío nos va a ayudar, también de acuerdo al nuevo Código Procesal de Familia.
17:13Bueno, eso se da mucho, Diana.
17:15Eso se da mucho.
17:16Y hay muchas muchachas que llegan al momento en que se aburren, ¿verdad?
17:19Están firmando y firmando y que no logran nada.
17:22Pero tienen que saber que hay otras opciones.
17:24Por ejemplo, si el muchacho se está escondiendo para no pagar.
17:27Si la familia lo está cagoteando y cada vez que llega la policía le dice que no está,
17:31usted puede pedir que se haga un allanamiento, que entre la policía y lo saque de ahí.
17:36Después, después de seis meses que usted no le paga la pensión,
17:39puede solicitar que se convierta, por medio del mismo juez,
17:42esa deuda alimentaria en un título ejecutivo.
17:45¿Qué significa?
17:46Que puedes ir y embargarle bienes, embargarle el carro, embargarle la moto, embargarle la casa.
17:51Entonces sí hay opciones.
17:52Lo que tienen que saber es y aprender sus derechos,
17:55que sí tienen muchas cosas de dónde agarrar mano.
17:58Ok, perfecto.
17:59Repítame la preguntita, compañero Marco.
18:02Y se la hacemos aquí en vivo.
18:03Estamos en vivo.
18:04Para eso estamos, para ayudarle.
18:05Cuéntenme, cuéntenme.
18:06Dígame, don Marco.
18:07Es que me están haciendo una consultita aquí.
18:09Ok.
18:11Que si una persona le mete pensión al papá.
18:15Ajá.
18:16Ajá.
18:18Ok.
18:20Y la esposa...
18:23Como no entendí, Marquitos.
18:25Me estás haciendo un enredo aquí en vivo.
18:27O sea, por el mismo niño le meten dos pensiones.
18:32Ajá.
18:34Vamos a ver.
18:35Ok, vamos a aclararnos.
18:37Que si...
18:38O sea, tiene dos hijos.
18:40Uno por fuera y con la esposa actualmente.
18:43Y que si las dos le meten pensión, eso se puede dar.
18:46Sí.
18:47Si está casado con la esposa y tiene otro hijo con otra persona,
18:50las dos pueden poner pensión.
18:51Claro que sí.
18:52Porque tiene dos hijos y tiene que ser responsable con los dos hijos, ¿verdad?
18:55Ok.
18:56Así sí.
18:57Si él fue medio torterillo y fuera del matrimonio tuvo un hijo, igual.
19:00Recordemos, la ley de paternidad responsable.
19:02Usted tiene que ser responsable por todos sus hijos.
19:05La ley nos dice, tenga los hijos que usted pueda mantener.
19:09Entonces sí, si usted tiene tres en matrimonio y cuatro fuera del matrimonio,
19:13todos son su obligación.
19:15Y no hay ningún tipo de discriminación.
19:17No es que el de matrimonio le toca más porque usted es de matrimonio.
19:20Como le decían antes a uno que es hijo extramatrimonial o hasta ilegal.
19:25Y entonces se le toca menos.
19:26No, no, no.
19:27Nada de eso.
19:28O sea, de acuerdo a las necesidades de cada uno, usted tiene que ser responsable.
19:31Por igual, para todos.
19:33Rocío, se nos fue el tiempo, pero te agradecemos un montón de haber estado con nosotros.
19:36Recordá tus contactos y tus redes sociales.
19:38Ay, muchísimas gracias a ustedes.
19:40Vean, me pueden localizar en TikTok, que por ahí hemos estado medio fuertes este fin de semana.
19:45Servicio Legal SR.
19:47También nos pueden escribir al WhatsApp, 85263636, que siempre estamos ahí para ayudarles.
19:53Ahí están apareciendo en pantalla los contactos de Rocío.
19:56TikTok, que se mantiene muy activa.
19:58Y por supuesto, los números de teléfono.
20:00Si usted tiene más consultas, ahí está.
20:02Perfectamente.
20:03Esos son los contactos donde usted puede ubicar a Rocío y le va a ayudar con estos temas y mucho más.
20:09Porque ve de todo, ¿verdad, Rocío?
20:10De todo.
20:11No solo familia.
20:12Familia y cobro judicial es como nuestros fuertes.
20:15Esos son los fuertes de Rocío, si tienen algún problemita.
20:17Gracias, Rocío.
20:18Buen día.
20:19Gracias a ustedes.
20:20Y nosotros continuamos con muchísimo más aquí en su lado positivo.