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00:00Y si le corresponde trabajar este domingo 15 de septiembre, tome en cuenta esta
00:05información. Según el Ministerio de Trabajo, este domingo es un feriado de
00:10pago obligatorio. De acuerdo con la entidad, el artículo 148 del Código de
00:14Trabajo establece a los empleados que trabajen feriados como este que se les
00:19debe cancelar el día doble. Sumado a ello, si elaboran horas extras, se les
00:23debe remunerar tiempo y medio, o sea, un pago triple.
00:29En el caso de las personas que reciben su salario de manera semanal y no es
00:33comercio, estas personas solamente reciben salario de los días
00:37efectivamente elaborados. Por lo que, si no elaboran el día domingo, no se les
00:41debe pagar. Y si lo elaboraran, se les debe pagar de manera ordinaria. Igual pasa
00:46con las horas extras, se deben de pagar a tiempo y medio de forma ordinaria. Y es
00:51importante mencionar que este feriado no traslada su disfrute para un día
00:55distinto, por lo cual se debe mantener en el mismo domingo 15 de septiembre.

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