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NoticiasTranscripción
00:00En este caso se trata de una venezolana menor de edad adolescente y tres hombres de origen
00:18asiático acusados de integrar una red de explotación sexual que funciona en el centro
00:27del país, según la investigación del Ministerio Público. La mujer de 17 años de edad fue
00:35imputada originalmente por el delito de trata de adolescentes con fines de explotación
00:42sexual. Pero, ojo, aquí hay un tribunal que realizó un cambio de calificación. Me refiero
00:53al tribunal primero de primera instancia en funciones de control, audiencias y medidas
00:58del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la mujer del estado Aragua.
01:06Este tribunal le cambió esa calificación delictiva a corrupción de menores en grado
01:13de continuidad. El delito de trata de adolescentes lo cambió a corrupción de menores. Y los
01:24tres ciudadanos chinos procesados también en este caso fueron imputados originalmente
01:31por acto carnal con víctima especialmente vulnerable. Y el mencionado tribunal aragüeño
01:39cambió esa calificación a corrupción de menores en grado de continuidad. Tanto el adolescente
01:48como los tres hombres de origen asiático fueron nivelados a ese delito según el criterio del
01:57tribunal aragüeño. Bajo esa calificación o bajo esa nueva calificación todos fueron condenados a
02:05cuatro años de prisión. Suponemos que en la audiencia donde les impusieron esa condena quedaron
02:13en libertad porque delitos a menores a ocho años se pagan con la figura, vamos a decirlo así, de
02:22arresto domiciliario. No es lo lo que cabe aquí, pero se pagan fuera de las rejas. Lo cierto es
02:30que el Ministerio Público se opuso a ese cambio de calificación y en consecuencia denunció el hecho
02:38a través de un recurso interpuesto por Ronny Alexander Osorio Hernández, fiscal provisorio
02:46adscrito a la Fiscalía nonagésima secta del Ministerio Público con competencia nacional en
02:54materia de delitos de trata de niños, niñas y adolescentes. Y Delvis Maribel Romero Osorio,
03:03fiscal provisoria adscrita a la Fiscalía séptima con competencia en el sistema de responsabilidad
03:12penal del adolescente de la circunscripción judicial del Estado Aragua. Siempre es bueno
03:18decir la identidad de los operadores de justicia. Los magistrados desestimaron ese recurso por
03:27carecer el recurso interpuesto por estos dos fiscales por carecer de técnica. Lo redactaron
03:33erróneamente en criterio de los magistrados de la sala penal y eso por supuesto tiene su método y
03:41en la sentencia aparece explicado cómo debieron redactar ese recurso. Pero los magistrados se
03:49dieron cuenta de la confusión que hay en algunos operadores del sistema de justicia al procesar a
04:00personas por estos delitos, por trata de personas por ejemplo, y por eso lanzan una aclaratoria,
04:09la lanzan de oficio sin que nadie se las estuviera solicitando pero motivados por
04:17la confusión que observan. Al leer los escritos los magistrados se dan cuenta que hay alguna
04:25confusión o algunos operadores confunden el delito trata de personas con corrupción de menores o
04:33acto carnal con víctimas especialmente vulnerables.