El abogado Carlos Salcedo nos aclara, desde el punto de vista legal, los próximos pasos en el caso Jet Set: ¿quiénes pueden demandar? ¿Qué tipo de demanda aplica? ¿Y qué deben saber los familiares de las víctimas de esta trágica situación?
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00:00Y volviendo al patio, esta noche, esta madrugada, ya después de las 12 de la noche, se cumplirán
00:17dos semanas de la tragedia de Jet Set que cobró la vida de 232 personas y que mantiene
00:23todavía toda la población sumida en la tristeza y en el duelo. Pero la parte legal ya es un
00:32tema que desde antes de Semana Santa empezamos a tocar, a hablar de las responsabilidades
00:37y por eso quisimos en el día de hoy invitar a Carlos Salcedo, un gran abogado nuestro
00:43que va a asumir uno de los casos, para empezar, uno de los casos de los más dolorosos, donde
00:50un padre perdió tres de sus hijos, para que nos hablara y a mí sí, me gustaría que
00:56hiciéramos la diferencia entre la parte penal y la parte civil, porque hemos escuchado todo
01:04tipo de cosas en estos días de azueto. Buenas noches, bienvenido.
01:11Gracias del alma por la invitación, hace tiempo que no las veía.
01:14Así es.
01:14Y lamento que sea en esta circunstancia, pero bueno, el país está conmovido, pero tenemos
01:18que darle solución legal a este tema.
01:21Así es. Bueno, hablando de esto, la parte penal, vamos a empezar por ahí. Esto, Jet Set,
01:30estaba dentro de una empresa. Mucha gente ha hablado de la responsabilidad de la persona
01:37jurídica, pero que tiene propietarios y que tienen nombre y apellido. Uno de ellos
01:42es Antonio Espaillat y su madre, son dos, tenemos entendido.
01:46¿Qué corresponde en cuanto a lo penal? Cuando vemos las penas, lo que estábamos viendo
01:52era prácticamente irrisorio. Eso es lo que concierne al Ministerio Público, ¿verdad?
01:59Claro. El Ministerio Público es la parte civil que se constituye y que también se acuse.
02:04Por la parte penal. Hablemos de lo penal primero.
02:07Claro. Mira, el Código Penal establece en los artículos 319 y 20, precisamente el caso
02:15del homicidio involuntario y las lesiones que se han procurado en este caso a todas
02:19las víctimas de lesiones muy conocidas. Y ese artículo 319 establece exactamente lo
02:26que es el homicidio involuntario. ¿Por qué involuntario? Porque en principio no hay un
02:30dolo, no hay una intención de matar a nadie.
02:32No.
02:33Sino que si hay una torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia e inobservancia
02:39de reglamentos, entonces se califica eso como homicidio involuntario.
02:45Involuntario significa que no intervino la voluntad deliberada, un acto, una decisión
02:50de la persona para poder producir la muerte de alguien.
02:53Igualmente, las lesiones corporales que se hayan producido en las personas que gracias
02:58a Dios están vivas, sean lesiones de antes de 10 días, después de 10 días o permanentes,
03:04pues evidente también tienen consecuencias penales. En el primer caso, en el caso de
03:08las muertes involuntarias, del homicidio involuntario, son sanciones de 3 meses a 2 años
03:13y multas de hasta 100 pesos. Imagínense ustedes, multas establecidas en los códigos napoleónicos
03:21de 1810, traducidos en 1884 en la República Dominicana.
03:26Pero para demostrar homicidio involuntario, ¿qué tiene que demostrarse?
03:32Mira, en este caso particular, tiene que demostrarse que hubo una negligencia de parte,
03:40en este caso de los propietarios, que esa negligencia se manifestó una falta de previsión
03:45y una producción de peligro en la edificación y esa previsión de peligro era posible
03:52en toda persona humana medianamente formada, profesionalmente formada y en este caso
03:57no me cabe la menor duda de que los dueños de esta empresa, pues lógicamente tenían
04:02el nivel de conocimiento para poder prever un daño que fue, en este caso, el producido.
04:08Por lo tanto, la consecuencia de ese daño, si era previsible, genera una negligencia,
04:13pero aparte de eso hay que ver si durante el proceso de construcción, remodelación, actualización,
04:20edificaciones, puesta de algunos aditamentos sobre el techo de esta edificación,
04:26si todo eso contó con la autorización de la autoridad pública o si contó con la supervisión
04:31debida a tiempo por parte de la autoridad pública.
04:35Entonces, ahí ya se desglosan dos niveles de responsabilidad.
04:38Un nivel de responsabilidad para los propietarios que no previeron el daño y debieron preverlo,
04:44que no actuaron a tiempo, que fueron negligentes y que inobservaron reglamentos,
04:48sea para la permisología de actualización de esa edificación y en el caso particular
04:53de las entidades públicas, ayuntamiento del Distrito Nacional, obras públicas,
04:57que son las entidades más concernidas en este caso, si hicieron lo debido.
05:02Si realizaron la inspección correspondiente, la supervisión,
05:05para que la obra cumpliera con los reglamentos, que en este caso son para la ejecución de un negocio como ese.
05:12Pero aparte de eso, hay que ver si obras públicas y el ayuntamiento verificaron
05:18que finalmente esa obra se correspondía a lo que fue aprobado inicialmente para que se ejecutara.
05:25Porque si esa obra no era para un centro nocturno, evidentemente que cambió su naturaleza
05:32y si no tenía la permisología, era obligación de las autoridades públicas de supervisar
05:38que esa entidad estuviera funcionando conforme a lo que fue el objeto inicial de ella.
05:43Si cambió, si se adecuó efectivamente a la obra que era necesaria para proteger a una multitud de personas
05:50que acudían a ese centro.
05:52Por lo tanto, hay una derivación de doble responsabilidad penal.
05:56Una responsabilidad penal por parte de propietarios y eventualmente también por parte,
06:02en este caso, de la sociedad de comercio, que tendrá niveles de responsabilidad
06:05como personas civilmente responsables.
06:07Hay cuestionamientos, a veces se dice, bueno, pero lo que establece el artículo 319 es
06:13el que causa por una negligencia o por una inadvertencia un homicidio involuntario
06:20se hace reo de homicidio involuntario y se verá a ser castigado a las penas que ya dijimos antes.
06:26Pero el problema está que ahí se dice el qué.
06:30¿A quién se refiere? ¿A la persona física o la persona moral?
06:33Ya ahí entran las discusiones en las cuales evidentemente la defensa
06:37de este señor y los señores propietarios deberá de alguna manera emplearse a fondo
06:43porque evidentemente que la falta está caracterizada
06:46y lógicamente las personas responsables de la persona moral deberán responder por ese daño.
06:52Y en el caso particular de las entidades públicas, el artículo 148 de la Constitución
06:57establece la responsabilidad mancomunada y solidaria, conjunta y solidaria,
07:02junto con la institución pública, en este caso obras públicas o el ayuntamiento,
07:07en caso de que se vive en una actuación negligente por parte de ellas,
07:11tanto en actuación u omisión, si omitieron hacer la supervisión a tiempo,
07:17debida, como fue en el caso particular, aparentemente o no sin aparentemente.
07:22A ojos vista, se sabe que hay una negligencia, esa omisión conlleva la responsabilidad compartida
07:28tanto de la entidad pública como de los funcionarios y agentes que obren representación de esa entidad.
07:35Y eso lo establece la Constitución de la República en el artículo 148.
07:39Pero además, el hecho mismo de que hayan gerentes, representantes de la entidad,
07:48habría que ver el nivel de responsabilidad delegada que había en ellos.
07:51Si habían responsables del mantenimiento de la permisología y demás,
07:55evidentemente que se extiende.
07:57Empleados, gerentes, administradores, que hay que ver el nivel de responsabilidad
08:01conforme al contrato individual que en cada...
08:03Por ejemplo, de los vaciados del techo, de la colocación de equipos de aire acondicionado, etc.
08:10Porque no necesariamente el dueño sabe de estas cosas.
08:14Lo primero es que el dueño tiene que saber.
08:16Es decir, la ley establece claramente que él tiene que prever que no se produzca un riesgo,
08:21un peligro para la vida humana.
08:23Ahora bien, conforme al contrato de trabajo, si hay un encargado de mantenimiento,
08:28supervisión de obras y todo eso que no lo sé, pero sí lo hay,
08:33si hay un administrador general cuyo perfil y su definición entraña un nivel de responsabilidad individual
08:39respecto de ese tipo de actuaciones, evidentemente que también podría derivarse
08:44un nivel de responsabilidad compartida, de corresponsabilidad en materia penal también.
08:49Carlos, actualmente en la Fiscalía del Distrito hay de cinco y una sexta,
08:54que me están por confirmar, demandas interpuestas hasta este momento.
08:58La gente se pregunta, los familiares, de tanto de tipo civil como penal,
09:04cursan en ambas partes, deslozar la parte civil, cómo se establece lo que se solicita por la parte civil,
09:10que es importante, pero además hay una incertidumbre.
09:14Los familiares tienen la inquietud, ¿debo proceder de manera individual o es mejor una demanda colectiva?
09:21¿Qué procede mejor en este tipo de casos?
09:23Mira, lo primero es que en materia civil, todo este tipo de hechos u omisiones que hayan producido un daño
09:32es responsabilidad de aquel que lo causó resarcir a las personas que han sido perjudicadas.
09:39Eso lo establece el artículo 1382 de manera general.
09:43Pero son responsables todos aquellos que están bajo el cuidado,
09:48o están bajo su cuidado cualquier cosa.
09:51En este caso una edificación es una cosa.
09:53Es decir, yo soy responsable no solamente por todos los dependientes míos,
09:57por los hechos que hayan ocasionado algún daño, algún perjuicio,
10:01pero también soy responsable además por las cosas que están bajo mi cuidado.
10:05En este caso una edificación, un negocio que está bajo mi cuidado.
10:09Y por lo tanto yo soy responsable también de la negligencia o de la inobservancia
10:13de cualquier reglamento en virtud del Código Civil.
10:15En eso se parece mucho al aspecto penal que ya veníamos diciendo.
10:19Por lo tanto se puede, uno, querellar ante, en este caso, el Ministerio Público,
10:25ante la autoridad competente, que en este caso es el Ministerio Público,
10:29o posteriormente luego de la acusación, luego de la investigación culminada,
10:34entonces se procede a una acusación pública.
10:37Pueden acusar también, acusar, no solamente querellarse con constitución y actor civil
10:43ante los tribunales, en este caso ante la Fiscalía del Distrito Nacional,
10:47y posteriormente acusar ante el juez de la instrucción o la jueza de instrucción que sea apoderada.
10:52Por lo tanto puede pedir pena de prisión, puede pedir multa,
10:56puede pedir entonces la indemnización correspondiente a la responsabilidad civil.
11:01Y esa responsabilidad civil, pues evidentemente tendrá que ser marcada
11:05conforme a lo que cada uno ha recibido en el daño.
11:08No es lo mismo un lesionado, con lesiones de menos de 10 días, a uno de más de 10 días.
11:13No es lo mismo una lesión permanente que la muerte.
11:16Es decir, cada una de estas cuestiones son valoradas de manera individual.
11:19Nada opta para que haya una demanda colectiva.
11:23Es decir, una querella colectiva donde cada individuo pide una indemnización de manera individual
11:29y pide también sanciones.
11:30Pero lo ideal es que para mayor fortaleza muchos se unan, ¿verdad?
11:34Claro.
11:34Para que finalmente también sea mucho más potente la actuación,
11:38sea mucho más fácil todo esto en términos de la eficiencia del sistema,
11:43porque a final de cuentas de seguro que se va a declarar complejo el caso
11:47por las tantas víctimas que hay, por los tantos deudos que hay representando a las personas fallecidas.
11:53Y lo ideal es que mucha gente se agrupe para que finalmente pueda actuarse de manera mucho más eficaz.
12:00El hecho de que sea conjunta no quiere decir que cada uno de ellos vaya a recibir la misma indemnización.
12:06¿Cuánto es lo más que se ha pagado en indemnización por una demanda civil algo similar en República Dominicana?
12:16Porque se han hablado, incluso se han, ahora mismo el mismo gobierno,
12:22que ya ese es otro tema que habría que preguntar, de pagar 3 millones o no sé cuánto.
12:27¿De cuánto es que se está hablando? ¿De qué tipo de montos?
12:31Mira, hay que ver...
12:33Si es muerte, si es luego una discapacidad de por vida.
12:38Mira, los tribunales son muy díscolos y hay mucha diferencia entre un tribunal y otro.
12:44Yo que he litigado a nivel de todo el país y durante tantos años,
12:48puedo exhibir incluso las diferencias que hay, por ejemplo, en Santiago con respecto a la capital,
12:54y Güey con respecto a Moca, Moca con respecto a La Vega.
12:58Cada tribunal tiene un librito y eso no está estandarizado.
13:03Donde parte de la estandarización es del seguro que finalmente pueda tener la empresa.
13:07¿Por qué? Porque el seguro te paga por tantos lesionados hasta tanto,
13:12por tantos muertos hasta tanto, por tantos tipos de lesiones tanto.
13:17Pero eso lo marca el seguro para fines de establecer un límite de la responsabilidad civil contratada
13:22y de la responsabilidad civil reasegurada también.
13:26Pero en este caso yo no sé, todavía no tengo conocimiento del seguro que pueda tener esta empresa.
13:32Ahora bien, cuando tú tienes el seguro y luego tienes una indemnización fallada por un tribunal
13:40por encima de lo que establece la póliza, la responsabilidad recae de manera directa
13:46por parte de, en este caso, los propietarios o quienes tengan la gerencia.
13:51Los bienes de los propietarios.
13:53Carlos, Carlos, yendo justamente ahí a ese punto que tú estás tratando,
13:57este fin de semana el Ministerio Público, la Procuraduría informó
14:01que había paralizado bienes o que había inmovilizado bienes de estas empresas y de Antonio Espaillat
14:08para evitar que se transfirieran bienes que pudieran ser susceptibles luego a ser parte de la indemnización,
14:15de resarcir a las víctimas.
14:17Y ya se ha incluso iniciado un debate jurídico de si ese movimiento que hizo el Ministerio Público es legal,
14:24si no es legal, que si se trata de lavado, que si eso aplica en casos de homicidio involuntario.
14:31Me gustaría saber tu opinión sobre este movimiento que hizo el Ministerio Público
14:36y si bien es que no necesariamente están relacionados al Jet Set,
14:41pero sí a otras empresas pudieran ser parte de lo que los jueces consideren para indemnización
14:50en caso de que fallen a favor de las víctimas.
14:54Mira, todo el que me conoce sabe que yo soy bastante claro con estas cosas,
15:01aunque tenga mi estrategia como abogado.
15:05Yo voy a comenzar por lo último.
15:07La responsabilidad penal es personal.
15:10Nadie puede ser responsable por el hecho de otro.
15:14En la República Dominicana como en el mundo existe la figura de la sociedad de comercio.
15:19En una sociedad de comercio es una persona totalmente diferente a las personas de su socio.
15:25Y por lo tanto, cuando tiene que responder a un nivel de responsabilidad civil como este,
15:31va a responder hasta el monto que en este caso le pertenezca a esa empresa,
15:35con los bienes y activos que correspondan a esa empresa.
15:37Si está quebrada...
15:39Si la empresa está quebrada, no hay de dónde cobrar.
15:43Evidentemente que los niveles de responsabilidad individual, en este caso, van a ser analizados.
15:48En función de la participación directa que haya tenido o la omisión,
15:51un acto omisivo es una actuación no realizada.
15:56Y lo no realizado, cuando hay un deber y una obligación de hacer,
16:00evidentemente se traduce en un nivel de responsabilidad personal.
16:04Y eso hay que analizarlo.
16:05Entonces, primero, la empresa responde con los bienes que tiene.
16:09Eso no es malo ni bueno.
16:10Simplemente que es una ficción del derecho
16:12para poder proteger a las personas físicas que son socias de una entidad de comercio.
16:17Entonces, eso hay que decirlo francamente.
16:19Estalgante, lo que sea.
16:20Lo que sea.
16:21Ahora bien, si hay un nivel de responsabilidad individual
16:24derivado de las actuaciones personales de cada uno de los socios,
16:28eso hay que demostrarlo en los tribunales.
16:31Y si va a responder con sus bienes, claro que sí que va a responder con sus bienes.
16:34Y ahí vuelvo a lo que ya...
16:35Eso es importante.
16:36Y ahí viene lo que Diana decía.
16:39El Ministerio Público se ha adelantado a establecer medidas de coerción
16:44sin autorización, diríamos, sin haber llegado a una medida de coerción propiamente dicha,
16:50sino como una medida preventiva que de seguro tuvo la autorización de los jueces.
16:54Hay una discusión, como decía Diana, en relación con esto.
16:58Yo tengo mis criterios.
17:00La ley de lavado de activos, en este caso, es muy difícil su aplicación
17:03porque el delito precedente tiene una sanción de apenas dos años.
17:07Y para que sea el delito precedente grave, establecido en la ley 155-17,
17:13tiene que tener tres años o más de prisión.
17:16Y no la tiene.
17:16Entonces, tengo que ver con el Ministerio Público sobre qué base se fundó
17:20para poder incautar, en este caso, bienes que también están,
17:24en este caso particularmente muy cuestionadas,
17:27la actuación del Ministerio Público tradicionalmente en este orden.
17:31Lo ha hecho para preservar, en este caso...
17:33Para garantizar...
17:34Y garantizar, en alguna medida, a las víctimas.
17:37Exacto.
17:37Y también, al fin de cuentas, para garantizar las multas que finalmente sean fijadas.
17:43Pero yo no sé por cuánto andan esos bienes.
17:45Si las multas son de 100 pesos.
17:47O sea, todo eso se valorará por parte de la defensa y los tribunales que conozcan de este asunto.
17:52Las demandas civiles, volvemos.
17:54Estamos hablando de millones de pesos.
17:56Muchos millones de pesos.
17:57Muchos millones de pesos.
17:59Una pregunta.
18:00En casos de que una persona muere, ¿cuántas personas?
18:05¿Hay límite para las personas que pueden querellarse por una persona fallecida?
18:09Es decir, yo conozco un caso, y lo voy a decir rapidito, de un accidente.
18:13Se querelló el papá, se querelló la mamá que la crió, se querelló la que supuestamente era la madre.
18:21O sea, todas las personas que tenían una relación cercana con esta persona.
18:26¿Cuántas personas pueden querellarse hasta cuándo?
18:28¿O a quiénes corresponde querellarse?
18:31No necesariamente una persona, ¿no?
18:33Claro.
18:33Aparte de los heridos y de los familiares de los heridos.
18:37Mira, no hay en cuanto a la familiaridad y el vínculo, tiene que ser demostrado.
18:41Por ejemplo, claramente los padres, respecto de sus hijos, son las personas directamente afectadas.
18:47Los hijos, respecto de sus padres.
18:49Los hermanos, que son los colaterales.
18:51Pero si un padre es mantenido por su hijo, ¿también puede querellar?
18:54Claro que sí.
18:54Siempre que haya un nivel de vinculación y afectación directa, tanto económica como sentimental o de tipo psicológico,
19:01la persona tiene la calidad en principio para querellarse.
19:04Ahora, cuando hay la persona directamente afectada, el hijo, respecto del padre, el padre, respecto del hijo.
19:11El hermano, respecto del hermano.
19:13Y no hay en este caso otras personas que puedan querellarse, evidentemente que son privilegiados para poder proceder en este caso.
19:19Que pueden hacerlo de manera accesoria a la acción penal, querellándose con constitución en actor civil
19:24para derivar no solamente la sanción penal, sino también la indemnización de naturaleza civil.
19:30Bueno, ¿tú crees que este caso va a llegar a buen puerto?
19:32Tiene que llegar a buen puerto, porque tiene que ser un decisivo, un ejemplo para toda la sociedad
19:37y sobre todo para la autoridad pública para que tenga los resguardos necesarios
19:42y cumpla los deberes de fiscalización y supervisión adecuados para que una tragedia tan terrible como esta no vuelva a ocurrir.
19:49¿Y de cuántos años estamos hablando? ¿Procesos?
19:51El proceso puede durar, en este caso, si es declarado complejo, cuatro años.
19:55Y por la cantidad de víctimas, por eso digo que si se agrupan puede ser mucho más eficiente
20:00y en pedidos los años ese proceso pudiera estar concluyendo.
20:03Muchísimas gracias, Carlos, por responder todas nuestras preguntas.
20:06Espero que hayan respondido a las preguntas de quizás muchas de los familiares de las víctimas
20:11y de los que están heridos también.
20:12Gracias por haber estado con nosotros.
20:14Hacemos una pausa y cuando regresemos hablamos de la responsabilidad estatal.
20:18El hombre aquí estaba diciendo que también son objeto de demanda.
20:24Vamos a ver hasta dónde es la responsabilidad en casos como estos.
20:29Ya volvemos.