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Job Daniel Wong Ibarra acusa a medios de comunicación, incluido Milenio, de discriminarlo al relacionar su postulación a magistrado con la Iglesia Luz del Mundo.

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00:00de uno de los candidatos a la elección judicial, en particular busca el cargo de magistrado,
00:05Job Daniel Wong, integrante de la Iglesia de la Luz del Mundo, que busca ser magistrado
00:09en la elección judicial de junio. Aunque buscamos su punto de vista desde antes de
00:13esa publicación, el viernes por la tarde lo buscamos, no respondió hasta el fin de
00:17semana hasta que dimos la nota. Hoy nos hizo llegar un documento en uso de su derecho de
00:23réplica, el cual leo íntegro. Dice, en algunos medios de comunicación circula información
00:29falsa sobre mi perfil, donde señalan que soy una persona que tiene un cargo religioso,
00:33lo cual niego categóricamente. Estas acusaciones no solo carecen de fundamento, sino que representan
00:39un acto de discriminación y un intento de poner en duda mi integridad, desviando la
00:44atención de mi labor y mis logros. Respecto a las imágenes utilizadas para respaldar
00:48estas afirmaciones, quiero recordar a la ciudadanía que, en un estado laico como el nuestro,
00:53toda persona tiene derecho a ejercer su libertad de conciencia y a participar en actividades
00:57religiosas si así lo desea. Sin embargo, esto no implica en ningún caso que se le
01:02otorgue el carácter de ministro de culto. Rechazo categóricamente cualquier forma
01:07de discurso de odio o discriminación y reitero mi compromiso inquebrantable con la defensa
01:12de los derechos de todas las personas, sin distinción alguna. Mi carrera como abogado,
01:17iniciada en 2016 y como servidor público desde 2021, tras vencer en distintos exámenes
01:23y procesos de selección, ha estado marcada por un profundo respeto a la justicia, integridad
01:28y transparencia. Gracias a mi sólida formación académica, mi experiencia en la partición
01:33de justicia y, sobre todo, a mi integridad personal, los tres comités de evaluación
01:37me calificaron como idóneo entre más de 50.000 aspirantes, resultando insaculado
01:42en dos de ellos. Este proceso fue público y transparente. Hoy me enorgullece tener la
01:47oportunidad de participar en la elección para servir a la ciudadanía con sensibilidad,
01:52imparcialidad y un firme compromiso con la transformación de nuestro sistema judicial.
01:57Respeto profundamente la libertad de expresión, un derecho fundamental consagrado en nuestra
02:02Constitución y en los tratados internacionales. Sin embargo, este derecho no puede ser utilizado
02:07como un instrumento para difamar, discriminar o, en general, discursos de odio. Finalmente
02:13agradece que mostremos de manera fiel e inalterada su postura y firma atentamente Job Daniel
02:20Wong Ibarra. Después de que recibimos esto, le envié algunas preguntas al respecto de
02:25su candidatura. Estas dudas tienen que ver con su trabajo religioso y su postura jurídica
02:30ante el caso de Nazón Joaquín García. Aunque él argumenta que no es ministro de culto
02:35y efectivamente no aparece en la lista de ministros de culto que se registran en la
02:40Secretaría de Gobernación, eso no implica que no haya desempeñado el cargo que tuvo
02:44de evangélico dentro de la Iglesia. De hecho, ni los líderes Nazón Joaquín García ni
02:50su padre, Samuel Joaquín, aparecían inscritos en ese registro de la Secretaría de Gobernación.
02:55La pregunta surge porque contamos con esta evidencia de que le dio, por ejemplo, retuit
03:00artículos que defienden la inocencia de Nazón Joaquín García. Eso sobre el tema jurídico
03:05de Nazón. También hay publicaciones que acreditan que Job Daniel fungió como evangélico,
03:10encabezando eventos religiosos. Lo hizo en el año 2019 y los que más llaman la atención
03:15son los de 2021 y 2022. ¿Por qué? Porque estas fechas son importantes, porque según
03:20la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, los ministros de culto no pueden
03:24ser votados a menos que se separen del cargo cinco años antes de la elección. Era evangélico
03:30dentro de la luz del mundo. Esa misma ley define que se consideran ministros de culto
03:35quienes las agrupaciones religiosas les confieren ese carácter, también que se debe notificar
03:40a la Secretaría de Gobernación, pero como vemos, no siempre lo hacen. Y en caso de no
03:43hacerlo, se les considerará así a quienes se ejercen en las iglesias como principal
03:48ocupación funciones de dirección, representación u organización. Esta ley también establece
03:54que deben informar la comisión de delitos cometidos en sus instalaciones, especialmente
03:59tratándose de menores de edad. Estarían en este supuesto los delitos que cometió
04:03Nazón Joaquín García en caso de que esta persona tuviera conocimiento de ellos. Sabemos
04:07que no tiene conocimiento de ellos, pero sí vimos ese retuit que dio a una nota sobre
04:13que sería liberado. Es decir, ¿cuál es la postura jurídica de derecho en torno al
04:18caso de Nazón Joaquín García? Eso no nos ha respondido, le enviamos las preguntas
04:24y esperemos tener su respuesta.

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