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00:00¿Puedes crear un alojamiento de alquiler turístico en tu piso? ¿La comunidad te lo puede prohibir?
00:06Actualmente, los propietarios tienen la facultad, por mayoría de tres quintos, de prohibir la creación de alojamientos turísticos.
00:12Ahora bien, si no existe ningún acuerdo al respecto entre los vecinos, tendrás la libertad para hacerlo.
00:17Si ya tenías un alojamiento turístico y, posteriormente, la comunidad acuerda prohibirlos,
00:22este acuerdo no te afectará, ya que la norma no se aplica con efecto retroactivo.