¿Se puede retirar el Afore de una persona fallecida si nunca lo usó?

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ℹ️ Patricia Jiménez, especialista en pensiones y retiros, quien nos comparte información importante en la sección 'Asegura tu Futuro'.

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Transcripción
00:00Patricia cómo estás? muy buenos días, muy bien, muchas gracias, ya mejor, que
00:04bueno, que bueno y pues te esperamos aquí en el estudio a la próxima, la
00:08próxima semana ya se los prometo, perfecto, muy bien, muy bien, primero la salud,
00:12recuperarse, que estés muy bien, gracias a dios, y luego que estés aquí, eso pasa a
00:18segundo término, pero mira aquí estás vía telefónica, hoy con este tema, que
00:22siempre siempre te lo preguntan, no pati? claro que sí, mira, si la persona
00:28falleció, y me encanta cuando me hacen preguntas del público, yo con todo
00:31gusto lo contesto, cuando la persona de, si por ejemplo, mi familiar falleció, no
00:37se alcanzó a pensionar, esa FORE ahí quedó, o se pensionó y siguió trabajando,
00:44cuando después de seis meses podemos volver a trabajar, podemos volver a
00:47cotizar, no me van a quitar mi pensión después de seis meses, y seguimos
00:52aportando la FORE, al INFONAVI también seguimos aportando, no voy a tener otra
00:57pensión, pero vamos acumulando un recurso en la FORE, bueno, entonces si
01:01falleció, si falleció mi familiar y no se alcanzó a pensionar,
01:06primeramente debemos de ver que qué es la conservación de derechos, si tiene
01:12conservación de derechos, entonces la viuda, la viuda, la esposa o la concubina
01:19tiene derecho a una pensión, si tiene la conservación de derechos, que es la
01:25conservación de derechos, si yo me muero y tengo mil semanas cotizadas, la cuarta
01:30parte que son 250 semanas, es como mi tiempo de garantía, entonces yo me morí
01:36y no alcanzé a pensionarme, mi esposo o mi concubino, tanto hombre como mujer,
01:42mujer como hombre, tienen derecho a una pensión por viudez, y el FORE, el
01:48dinero de la FORE se lo van a dar al viudo o al concubino, o a la concubina o
01:52a la esposa, si? No pasa nada, y me van a dar la pensión por viudez, la pensión por
01:57viudez es el 90% del salario que tenía mi marido los últimos cinco años, o mi
02:03esposa, si? No pasa nada, pero si no hay esposa, ¿quién puede recibir ese
02:10dinero o no concubina? Bueno, primeramente son los hijos mayores de edad, se llama un
02:16juicio de, perdón se me fue la palabra, beneficiario o sustituto, ¿qué quiere
02:22decir? Que va a sustituir al beneficiario, ¿quiénes son? Pues los hijos, si mi papá, mi
02:28mamá se murió, ya no estaba casado, no era viudo, pero ya él no se alcanzó a
02:32pensionar de un fondo ahí en la FORE, entonces nosotros como hijos, aunque
02:36seamos mayores de edad, tenemos derecho a recibir ese recurso de la FORE,
02:43si? Muy bien. No pasa nada, vamos a hacer un juicio de beneficio sustituto, se hace una
02:48profedez, es completamente gratis, tienen que asistir todos los hijos, van, le van a
02:54dar una carta a poder a uno, a un representante legal de los hijos, ese
02:59representante legal va a hacer el juicio por todos, si? El juicio es completamente
03:06gratis, nosotros les ayudamos, es completamente gratis, no pasa nada y con
03:11esa resolución de beneficio sustituto, va a ir a la FORE y la FORE tiene la
03:16obligación en cinco días de darles el fondo de pensiones, no va a tener una pensión.
03:20¿Y ante quién se hace Patti nos dijiste? Ante la profedez, se hace el juicio de
03:24beneficio sustituto. ¿La Procuraduría Federal? De consumidores. Entonces la profeco.
03:31Profedez, profedez. No, no, no, no es la del consumidor. No, no es del consumidor, perdón. Es la de trabajadores.
03:39De defensa de los trabajadores, ¿no es? De los trabajadores, exactamente, si? Está ahí por la
03:45Zahuaripa y Colosio, si? Entonces ahí se hace un juicio, se llama beneficio sustituto,
03:51cuando no hay un beneficiario, no hay esposa o concubina, entonces los hijos de
03:55mayor edad van a recibir, van a poder retirar este fondo de la FORE, pero si ya
04:01me pensioné y seguí cotizando igualmente, si? Si no hay esposa ni concubina. Ahora, si
04:08el joven tenía ciento, tenía un solo día, por ejemplo, yo te contesto a ti como
04:14trabajador y te digo, ¿sabes qué, Marcelo? Mañana ya te presento a trabajar. Hay un
04:19contrato oral, entonces tu riesgo de trabajo te abarca de tu casa al lugar
04:26de trabajo. Si en ese lapso sufriste, sufriste un accidente de trabajo y te
04:31moriste, Dios no quiera, tu vida tiene derecho a una, a una, a una pensión. ¿Por qué?
04:38Porque la ley federal del trabajo te protege a ti de la casa a tu trabajo, a
04:44tu trayecto de trabajo y del trayecto de tu casa al trabajo. Pero es que no había
04:49empezado a trabajar, pero ya tienes un contrato, aunque no sea formal, tenía, era
04:54oral, si? Si yo me morí en un accidente de trabajo, tengo 150 semanas
05:00cotizadas, tengo 20 años, ¿cuántos jóvenes hay? Que Dios no quiera, ¿no? Que ninguno
05:06falte, pero tienen 150 semanas cotizadas, están en conservación de derechos, están
05:14casados, sí, pero es que no tenían 60 años, no importa, la ley federal del
05:18trabajo te protege, la ley del seguro social, con 150 semanas cotizadas y lo
05:23principal, la conservación de derechos. Tuviste un accidente, te moriste, es un
05:29X cosa, tu viuda tiene derecho a una pensión por viudez y si no estás casado,
05:37tus padres tienen derecho a una pensión por ascendencia, se llama, que es la
05:41pensión que menos se cobra, ¿por qué? Porque pues no sabemos, ¿sí? Nuestros
05:45padres no saben que tenemos derecho a una pensión por ascendencia cuando
05:49desafortunadamente nos falta un hijo y tenía 150 semanas cotizadas y estaba en
05:55conservación de derechos. Entonces todo eso, todo esto hay que recibir una
06:00asesoría, hay que ver todo esto, cómo estamos, pero si hace mucho, mucho, mucho
06:05que pues no trabajó ya y se murió y no estaba en conservación de
06:10derechos, también les ayudamos con todo ese proceso para recibir ese dinero, ponle
06:15que sean 10 mil, 15 mil pesos, pero pues son de la familia, no son de nadie. No son
06:20ni de la FORE, ni del gobierno. Eran del trabajador. Entonces la familia
06:26tiene derecho, además cuando estamos en conservación de derechos, el Seguro
06:31Social nos da una compensación, una ayuda por gastos funerarios. ¿Quién
06:37lo va a cobrar? Pues el primero que se presenta con la factura del
06:41velorio, ¿sí? Claro, va a ser un salario mínimo mensual elegido en distrito
06:47federal, donde tenemos derecho como familiar a una ayuda por
06:53gastos funerarios, ¿sí? No tarda nada, no tarda nada, es rápido, eso se hace en el
07:00sistema del Seguro Social, ¿sí? ¿Y quién la va a hacer? Pues el beneficiario o el
07:04primero que se presenta con la factura. Entonces todo esto, hay procesos que no
07:09sabemos y decir, bueno, pues es que no cobran la pensión. Para empezar, la
07:14conservación de derechos. La conservación de derechos es mi tiempo de
07:18garantía donde yo tengo derecho a algo. Por ejemplo, si yo tengo mil semanas
07:23cotizadas y reconocidas ante el Seguro Social, la cuarta parte son 250. A partir
07:29de hoy, me di de baja, yo tengo 56 días para servicios médicos, que es la
07:36vigencia de derechos. La vigencia de derechos me abarca, si hoy no tengo
07:39trabajo pero la semana pasada renuncié, yo puedo ir y me enfermé, yo tengo
07:43derecho a ir a que me atiendan a recibir una pensión médica. Como un periodo de gracia, pues.
07:47Un periodo de gracia, exactamente. Entonces, me morí hoy y tengo mil semanas
07:52cotizadas. Durante 250 semanas yo tengo derecho a dejar una pensión por
07:59ascendencia, por ojalá, no de aquí para adelante, de aquí para atrás. La cuarta
08:03parte de semanas que yo tenía cotizadas es mi conservación de derechos. Por eso
08:07les digo, cuando vayan a hacer un proceso, vayan ambos, el esposo y la familia.
08:17Porque un familiar no importa si no es la esposa o un hijo, porque yo se muere mi
08:23marido y a veces no sabemos ni en qué afuera estaba, ni si tenía derecho a una pensión,
08:27ni cómo estaban, o qué era lo que estaba haciendo. A veces, ah sí, pues pagó, me
08:34no sabía. Y dejamos ir ahí las oportunidades de tener una pensión, a
08:39veces por hostandad. Ahora, pero es que estábamos separados y no este... pues ya
08:46teníamos años separados, pero no existe un divorcio, no existe un divorcio, no nos separamos.
08:49Pero murió él y ya tenía otra. No, es la esposa, la ley es muy clara. Es la que cuenta, no?
08:55Exactamente. Recordemos que... Paramos casos, no? Para hombre o para mujer? Para
09:01hombre o para mujer? El acta de matrimonio no tiene una vigencia. O sea, si se muere el esposo, pues la esposa es la beneficiaria, si se muere la esposa,
09:08porque el esposo es el beneficiario. Exactamente, o a falta del esposo la concubina.
09:13Dice, pero es que estamos, tenemos ya... a mí me han tocado pensiones con 30 años de
09:18separados, nada más, sin haber hecho un divorcio. Pero pues la esposa es la esposa,
09:23el acta de matrimonio no tiene una vigencia. No dice, estás casada, tal fecha, tal fecha, no.
09:27Entonces, todo esto debemos, debemos de saber, de saber un familiar. Sí, entonces,
09:34así como el mes pasado octubre, es octubre también es el testamento. Vamos haciendo un
09:40testamento, dejemos todo muy claro, aunque no tengamos más que una, una cosa, pero eso
09:46dejamos muy claro, rato dejamos pleitos y todo, no? Igual nuestra pensión, debemos de saber de
09:52que mi esposo o mi esposo sepan cómo va a ser mi futura pensión o cómo estoy ante la pobre,
09:57o cómo estoy ante el seguro social. La razón más grave y cómo estaba o qué tendría o dejar de
10:03cobrar pensión. Muchas pensiones se dejan de cobrar porque me dicen no, pues es que el viejo
10:09tenía tres años sin trabajar. O sea, señora, pero tenía 1200 semanas cotizadas, está en
10:13conservación de derechos. Usted dejó cuatro años sin, sin, sin cobrar una pensión. De veras si es
10:20retroactivo o ya no. Antes, a partir del 2017, si tardaba 10 años en cobrar una pensión, te daba
10:26lo retroactivo de 10 años. Ahora no, ahora no, a partir del 2017 ya es solo un año, un año
10:33retroactivo. Pero la puedes reactivar? No, por ejemplo, si tú fuiste, si se murió tu esposa,
10:41si Dios lo quiera, y dices pues es que mi esposa murió hace cinco años y no le cobró su pensión,
10:48no, entonces nada más tiene derecho a un año retroactivo, a un año de pago, ya no se van a
10:54pagar cinco años. Y ahí, ya está ahí. Hasta ahí, y luego ya sigues cobrando tu pensión mensualmente,
11:01pero el retroactivo es nada más una. Por eso, pero se reactiva pues la pensión, los pagos esos
11:06mensuales se reactiva, no te pagan todo, ya no es retroactivo los cuatro años que dejaste de cobrar,
11:12pero ya se reactiva y ya te empiezan a pagar la pensión. Exactamente, mira que bien, excelente.
11:18Bueno Pati, muchas gracias, seguimos conversando sobre este tema, asegura tu futuro, el próximo
11:25el próximo lunes te esperamos. Claro que sí, con todo gusto. Cómo te buscan, tu teléfono en whatsapp,
11:31pásanos tu teléfono de whatsapp. 6 6 28 47 53 47. Es su teléfono que te manda un mensaje vía
11:39whatsapp, ahí lo respondes tú a la brevedad. Cualquier tema, cualquier consulta más personalizada,
11:48ahí tiene la mano usted a Patricia Jiménez. Gracias. Vamos a un breve corte comercial,
11:52ya regresamos, esto es expreso 24 7.
11:59Manténgase informado y en sintonía, regresamos en un momento. Cuánto cuesta estar realmente informado,
12:06conoce todo el entorno político, social y económico de tu ciudad y el mundo, donde se
12:11incluye el arte, deportes, espectáculos y sociedad. Todo esto con el soporte de un grupo de profesionales
12:17de la información, quienes tienen un compromiso histórico con la verdad y con nuestra comunidad.
12:22Periódico Expreso, tan solo 10 pesos el ejemplar, se parte de la vinculación multiplataforma del
12:29líder de información del noroeste de México. Expreso somos todos. Cuánto cuesta estar realmente
12:35informado, conoce todo el entorno político, social y económico de tu ciudad y el mundo,
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