• hace 3 meses
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
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Por otra parte, informar que este vídeo como otros lo tenéis en mi blog ahora web, separado por secciones o por temas, todos lo que yo he colgado en YouTube y este canal de Dailymotion con marca: Óscar Gamarra Rodriguez que es mis canales. Por último, decirle que mi dirección web de mi blog ahora mi web no pongo el enlace web por normas de este canal ahí también está mis vídeos currículum también me puedes seguir en mí blog, dado que estoy buscando trabajo, aparte de este y otros vídeos, sobre el mundo de trabajo y ocio. Que si le gusta se puede SUSCRIBIRSE mi canal de YouTube y este canal de Dailymonton en mi web tiene más información. Muchas gracias por su atención.
Transcripción
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00:31La flexibilidad laboral o lo que es lo mismo.
00:34Que nos den la posibilidad de crear nuestro propio horario de trabajo
00:37para conseguir llevar lo mejor posible esa pareja llamada trabajo y vida personal.
00:42Y la ley ya pone de su parte, para equilibrar la balanza,
00:45el artículo 34.8, mírenlo, del Estatuto de los Trabajadores,
00:49está de nuestro lado y lo deja muy claro.
00:51Sí, los trabajadores tenemos derecho a solicitar la adaptación de la duración y distribución de nuestro horario laboral.
00:58Si vamos a solicitar y si vamos a pedir esta adaptación, hay dos cosas importantes que debemos saber.
01:04La primera es que la adaptación debe ser razonable y adecuada.
01:07A ver, no es razonable solicitar un cambio al turno de tarde si la empresa está cerrada por la tarde.
01:12Nos lo van a echar atrás, seguro.
01:14Y la segunda es que si la empresa nos la niega, podemos demandar.
01:18El proceso es el mismo que para reclamar una reducción de jornada,
01:21una excedencia o un permiso retribuido por necesidades familiares.
01:24Paso primero, una vez que hemos hecho la petición y la empresa nos ha dicho no,
01:28tenemos 20 días hábiles para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
01:32No hace falta presentar papeleta de conciliación, por lo que a partir del no, el plazo empezará a correr sin pausa ninguna.
01:39Repetimos, 20 días hábiles y ni uno más para interponer la demanda.
01:42Demanda que además podremos acompañar de una reclamación por daños y perjuicios ocasionados por la negativa de la empresa.
01:48Importantísima clave número 2. Verán, por tratarse de una demanda de conciliación, el procedimiento tendrá carácter urgente.
01:55¿Y eso qué significa? Pues que el juicio debe celebrarse en los 5 días siguientes a la admisión de la demanda.
02:00Y la sentencia tiene que dictarse en los 3 días siguientes al juicio. Vamos, que en poco más de una semana tendremos veredicto.
02:07Clave número 3.
02:08Antes del juicio e incluso en el mismo juicio se puede llegar a un acuerdo,
02:12pero si el acuerdo no llega, habrá que explicar por qué tenemos derecho a la adaptación
02:16y la empresa por qué no.
02:18Clave 4 y final. Lo que sentencia el juez irá a misa, pero a misa, misa,
02:22porque en medidas de conciliación no cabe ningún recurso, ¿de acuerdo?
02:25Pues de acuerdo. Todo sea por la flexibilidad.
02:35Aquí hay trabajo.

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