Laura Estevez estuvo en nuestros estudios y contestó todas las preguntas que nos llegaron a nuestro whatsapp y que fueron leidas por Sol Martín. Toda la información sobre jubilados y pensionados de ANSES la encontrás acá.
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00:00Consultorio en vivo, envíanos tu consulta al 11-3239-1000,
00:06está Sol para poder responder, no para responder,
00:10para recibir todas las preguntas.
00:11Ya es jubilada ya.
00:13Y está la doctora Laura Esteves con nosotros.
00:16Hola doctora, ¿cómo le va? Muy buenas tardes.
00:18Gracias por haber venido, hay muchas consultas,
00:20sobre todo por lo que dejó por supuesto el día de ayer
00:24tan violento y tan triste con esta marcha que terminó
00:27en incidentes.
00:29Sol, ¿tenés consultas de nuestros televidentes?
00:32Tenemos consultas, sí, por supuesto.
00:57...seguro por desempleo o licencia formaternidad
01:10para poder llegar a completar los 30 años de aportes.
01:13Es un caso particular, hay que analizarlo,
01:15te recomendaría que consultes y analizaremos tu caso
01:20para ver cómo podemos resolverlo.
01:22Bien, Sol, hay muchas preguntas, muchas inquietudes,
01:26aprovechen que está la doctora Laura Esteves con nosotros,
01:30está en el piso, responde todo lo que ustedes necesitan saber
01:33ahora en vivo, sabemos que están todos muy sensibilizados
01:36con lo que pasó ayer, así que las preguntas
01:38empiezan a aparecer cada vez más.
01:40Solcito.
01:41Sí, mirá, nos pregunta Juan Carlos,
01:42trabajé 10 años en la construcción
01:44y después de 22 años en una fábrica,
01:47tengo 62 años, ¿puedo jubilarme o tengo que esperar
01:50a cumplir los 65?
01:53Seguramente vas a poder jubilarte,
01:56estoy leyendo que trabajaste 10 años en la construcción,
02:00lo que hace que te puedas jubilar unos años antes
02:03de cumplir los 65 años de edad.
02:06Las personas que han trabajado en servicios diferenciales
02:09como por ejemplo la ley de construcción
02:12o tareas insalubres, pueden jubilarse antes de cumplir
02:16los 65 años de edad los hombres
02:19y los 60 años de edad las mujeres.
02:21Es una cuestión que hay que analizar,
02:23ya que hay que hacer un prorrateo entre los aportes diferenciales
02:27y los aportes comunes para ver si realmente
02:29llegás a la edad jubilatoria.
02:32Consultanos y te lo analizamos para ver si realmente
02:36podés jubilarte o no todavía.
02:38Muy bien, 11, 32, 30, 9 mil es el teléfono de la doctora,
02:42en enero voy a cumplir 60 años de edad
02:45y tengo solamente 5 años de aporte,
02:47¿voy a poder jubilarme?
02:49Tenés que apurarte para consultar.
02:51Fundamental a todas las personas que van a cumplir los años
02:55y van a necesitar moratoria,
02:57que van a cumplir la edad jubilatoria
02:59antes del 23 de marzo del año próximo,
03:01consulten previamente.
03:04Vos tenés 5 años de aportes, necesitas llegar a 30.
03:08Hay una serie de requisitos que hay que cumplimentar
03:11seguramente previamente a cumplir la edad jubilatoria.
03:14Así que bueno, tiene que ver también si tenés hijos o no,
03:19con los años de aportes, en qué momento fueron efectuados,
03:24todo es analizable.
03:26Si es extranjero, ¿puede comprar años de aportes igual?
03:29Sí, mientras que haya estado viviendo en Argentina,
03:33mientras que los compra, por supuesto que sí.
03:35Si aportó acá, ¿le importa que sea extranjero?
03:39No, el extranjero tiene derecho a jubilarse igual que un nacional.
03:43Mira, justamente tenemos una consulta acá de Francisco,
03:47tengo 66 años, soy extranjero y hace 50 años que vivo en Argentina,
03:51tengo todos los aportes y en ANSES me dicen que no puedo jubilarme
03:55porque no tengo certificado de migraciones.
03:57Eso es una cuestión que se da muy seguido.
04:00En general los extranjeros no cuentan con el certificado
04:02que emite la Dirección Nacional de Migraciones
04:06cuando ingresan al país porque tuvieron que entregarlo
04:09para tramitar el DNI argentino.
04:11Nosotros tratamos de gestionar la documentación que ANSES requiere
04:16para poder tramitar la jubilación.
04:19Muy bien, mira, nos escribe Elena de Rosario.
04:23Mi esposo falleció hace dos meses, él era jubilado y vivíamos en Rosario,
04:27pero en su DNI figuraba el domicilio de nuestra casa en Córdoba,
04:31¿puedo tramitar la pensión?
04:32Sí, por supuesto, cuando no coinciden los domicilios
04:35hay que presentar el certificado de matrimonio actualizado
04:40al momento del fallecimiento del causante,
04:43hay que demostrar que vivían juntos y hay que explicar por qué
04:47no coinciden los domicilios.
04:49Si uno demuestra que no estaban divorciados y que convivían,
04:52tiene todo el derecho a la pensión, Elena.
04:54Muy bien, a ver, vamos a recibir más consultas.
04:57Al 11, 32, 39.000.
05:02A ver, cambian la pregunta si seguimos.
05:04Ahí está, Rosa.
05:05Gracias.
05:06Rosa Deca de Capital Federal.
05:08Tengo 62 años y soy comerciante, hace 16 años que pago el monotributo
05:12y como tengo deuda no me jubilé, ¿cómo puedo resolverlo?
05:15Rosa, lo primero que tenés que hacer es esa deuda del monotributo
05:22ponerla al día, ¿sí?
05:24El monotributo, la deuda que genera suele ser barata,
05:30es accesible, entonces te conviene saldar esa deuda
05:33para completar los años que necesites,
05:37si es que necesitas más años de monotributo,
05:39vas a tener que recurrir a una moratoria.
05:43Hay dos moratorias y hay que ver cuál de ellas te facilita
05:48llegar a tu jubilación, al derecho.
05:52Siempre es más rentable pagar el monotributo y jubilarse.
05:55Siempre, porque el monotributo genera una deuda que no es muy cara
06:01y que es accesible para la gente.
06:03Muy bien.
06:05Miguel nos escribe, mi esposa trabajaba en una empresa
06:09hace 10 años, falleció hace dos meses,
06:12teníamos dos hijos menores, ¿a nombre de quién sale la pensión?
06:16En ese caso la pensión es compartida entre Miguel y sus hijos.
06:21Miguel, vos vas a tener que tramitar la pensión directa
06:25por el fallimiento de tu esposa que estaba en actividad
06:28y la pensión va a salir a nombre tuyo y de tus hijos.
06:32A medida que tus hijos cumplan la mayoría de edad,
06:35se va a generar lo que se llama en derecho
06:37un acrecimiento de la pensión del viudo.
06:4011, 32, 39 mil, la doctora les va a responder todas las consultas
06:44que dejen que no llegamos a tiempo.
06:46Trabajo hace 5 años en una empresa de remolques,
06:49me operaron hace 6 meses del corazón y no puedo manejar más.
06:53¿Puedo jubilarme por incapacidad? Nos pregunta Armando.
06:56Bueno, en este caso, Armando, vas a tener que tramitar
07:00el beneficio que se llama RTI,
07:03es un retiro transitorio por invalidez.
07:06¿Eso lo resuelve una junta médica, doctora?
07:09¿No importa la edad? Porque yo no le puse la edad.
07:11¿No importa la edad?
07:12No, lo importante es la actividad, la regularidad.
07:15En este caso, leo que él está trabajando.
07:18Entonces, lo que él tiene que hacer es,
07:20Ancés lo va a citar cuando inicie el trámite de la RTI,
07:24va a tener que presentarse en la Superintendencia de Riesgo
07:28de Trabajo, se realiza una junta médica,
07:31la cual va a determinar qué porcentaje de incapacidad sufre.
07:36Si es 66% o más de incapacidad laboral,
07:40él va a tener derecho, se le va a otorgar la RTI.
07:44Para el caso de que así no fuese,
07:46lo que nosotros hacemos desde el estudio siempre es apelar,
07:51primero en vía administrativa y luego en vía judicial,
07:54ese dictamen de Ancés.
07:56Doctora, le queremos agradecer muchísimo este tiempo con nosotros.
08:00Bienvenida a la pantalla de Crónica.
08:01Ahí pusimos un ratito al aire su teléfono,
08:04seguramente hay muchos más llamados y muchas más inquietudes,
08:07así que me imagino estará a disposición de responderlos.
08:10Gracias, muy amable.
08:12Último momento.
08:16Último momento.
08:24Exclusivo.
08:29Primicia.