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Tras la aprobación de la reforma al Poder Judicial en el Senado de la República y su posterior validación en al menos 17 congresos estatales, este es el proceso legislativo que le depara.

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Transcripción
00:00Vamos a repasar un poco qué viene luego de la aprobación en los poderes legislativos de los congresos locales.
00:05La reforma al Poder Judicial se tiene que publicar en el Diario Oficial de la Federación.
00:10Va a entrar en vigor al día siguiente, inmediatamente.
00:14A partir de esa fecha, corre el plazo de siete días para que el Instituto Nacional Electoral celebre la primera sesión
00:22y analice cómo va a preparar la elección de los jueces, magistrados y ministros
00:28ya tan pronto como en el 2025.
00:31Eso va a suceder en los siguientes días a la publicación.
00:35Un mes después, el Senado de la República va a publicar una convocatoria
00:41con las etapas complementarias de los procedimientos.
00:44Las fechas, los plazos que son improrrogables y los cargos que se van a estar eligiendo.
00:52Ya para el 12 de febrero del 2025, va a ser la fecha límite para que el Senado envíe la lista final al Instituto Nacional Electoral.
01:01Algunos de los cambios importantes que plantea esta reforma al Poder Judicial
01:05es la conformación de la Corte, que va a ser de nueve ministros, ya no de once, como actualmente tiene.
01:11Va a correr bajo un periodo de 15 años, que va a pasar a 12 años.
01:16Hoy están a 15, va a irse a 12 años.
01:21El ministro de la Suprema Corte, magistrado o magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial,
01:26así como de la Sala Superior y las salas regionales del Tribunal Electoral,
01:30no van a poder estar dentro de los siguientes dos años a la fecha de su retiro.
01:36Van a actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso judicial.
01:43Por último, los jueces de distrito y magistrados en circuito que sean electos van a durar en su encargo nueve años.
01:52Sin embargo, van a ser electos de forma consecutiva cada que concluya su periodo.

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