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Transcripción
00:00La segunda solicitud de extradición relacionada con Rafael Ramírez se aprobó el 29 de julio
00:13del año 2020 según sentencia número 55 de la sala penal. Esta sentencia fue redactada
00:21por el magistrado Juan Luis Ibarra Verenzuela y contó con el aval de los demás integrantes
00:27de la sala, Elsa Gómez, Janina Carabin, Francia Coelho y Michael Moreno. En esta sentencia se
00:35repiten los hechos de la primera extradición o esplanados en la primera extradición, es decir,
00:40el defalco en la contratación con Petro Saudi, con la diferencia que esta segunda
00:48petición de extradición va dirigida a la República de Italia debido a que el sujeto
00:54migró desde España hasta esa otra nación europea. Bueno, la tercera solicitud de extradición
01:03relacionada con Rafael Ramírez está reflejada en la sentencia número 328 de la sala penal del
01:12Tribunal Supremo de Justicia publicada el 10 de noviembre del año 2022. Esa sentencia refiere
01:21que los hechos por los cuales la justicia venezolana quiere juzgar a Ramírez están
01:27contenidos parcialmente en un documento del juzgado de primera instancia de Andorra fechado
01:36del 30 de noviembre del año 2012. Ese juzgado de Andorra determinó que Rafael Ramírez y su primo
01:46Diego Salazar, actualmente preso en Venezuela, organizaron un sistema de comisiones en relación
01:55a los contratos públicos de PDVSA para que las empresas que accedían a las licitaciones se viesen
02:02obligadas a contratar con su entramado empresarial y por esa vía poder conseguir las adjudicaciones
02:11tras cancelar los millones de euros y dólares en comisiones. Una estructura muy similar a la
02:22que recientemente detectó el Ministerio Público con la PDVSA dirigida por Tarek El Aysami.
02:30Bueno, esas contrataciones se celebraron, me estoy refiriendo a las de Rafael Ramírez que
02:36están descritas en el documento de Andorra. Esas contrataciones se celebraron sin cumplir
02:44con los controles y la normativa establecida en las leyes, según la investigación del Ministerio
02:53Público soportado en este documento al que he hecho referencia, el documento de Andorra.
03:02El dinero recibido producto de las comisiones por el denominado Grupo Salazar entre los años 2007
03:10y 2012 fue legitimado en la banca privada de Andorra, según investigación del Ministerio
03:19Fiscal de ese estado europeo. Bueno, en ese proceso de investigación, me estoy refiriendo
03:25al proceso de investigación de Andorra, el cual nutre la investigación del Ministerio
03:31Público venezolano. En ese proceso de investigación, Diego Salazar fue llamado
03:37por la banca privada de Andorra para que explicara el movimiento de fondos y este
03:43confesó ante las autoridades de Andorra, abre comillas, dedicarse a intermediar en la compra
03:51de petróleo y ser socio del ciudadano Rafael Ramírez Carreño, quien para la fecha ocupaba
03:59el cargo de Ministro de Energía, así dice la sentencia del juzgado de Andorra.
04:05La investigación penal iniciada en Andorra por el presunto delito mayor de blanqueo de
04:15dinero o valores, también involucra a los demás socios del grupo Ramírez,
04:21venezolanos en su mayoría. Aquí algunos nombres Luis Mariano Rodríguez Cabello,
04:27Estíbales Basoa de Rodríguez, Nervi Gerardo Villalobos Cárdenas, Javier Alvarado Ochoa,
04:36Ana Piñero Carabina, Cristina Lozano Bonec, Luis Pablo Laplana Moraes, José Luis Zavala
04:48y Omar Farias Luces. Advierto, la investigación de Andorra se nutre con informes del Departamento
04:58del Tesoro de los Estados Unidos, y las informaciones provenientes de ambas fuentes
05:06están reflejadas en la sentencia 328 de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia.
05:15Aquí voy con algunas cifras del daño causado por el grupo Salazar al Tesoro de Venezuela.
05:23El informe Andorra refiere que la suma blanqueada a través de cuentas de empresas que el grupo
05:30Salazar mantenía en la banca privada de Andorra para el periodo comprendido octubre 2011 a
05:37noviembre de 2012 alcanza la cantidad de un millardo 347 mil 339 mil 972 euros.
05:50Ahí estamos viendo la cifra en pantalla. El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos
05:56estima que la banca privada de Andorra facilitó el movimiento de aproximadamente 4 millones 200
06:07mil dólares relacionados con el blanqueo de capitales provenientes de Venezuela de las
06:14comisiones que cobraban aquí el grupo que estaba alrededor de Rafael Ramírez. Según este informe,
06:22para blanquear el dinero proveniente de la corrupción y cobro de vacunas a los contratantes
06:28de PDVSA, el grupo Salazar abrió 40 entidades instrumentales, algo así como sociedades
06:36mercantiles en Panamá, Belice y las Islas Vírgenes Británicas. Aquí voy a leer una un párrafo del
06:43informe vinculado con esto que acabo de decir o que acabo de leer. Estas entidades instrumentales
06:50fueron usadas para manejar y blanquear fondos provenientes de corrupción y fraude y ocultar la
06:56identidad de sus beneficiarios tratando de dar la apariencia de ser empresas mercantiles o
07:02sociedades de asesoría técnica y comercial. Esto dice el informe. En base a ello, a todo
07:11esto que les he comentado, el ministerio público venezolano representado en la fiscal 28,
07:18Joana Vanessa Borrego Ramírez, solicitó el 7 de septiembre del año 2022 una nueva privativa
07:26de libertad contra Rafael Ramírez con fines de extradición por los delitos de peculado
07:33doloso propio, tráfico de influencia, legitimación de capitales y asociación para delinquir. Ese
07:42mismo día, el Tribunal Secto de Control de Caracas acordó lo solicitado por el ministerio público y
07:50remitió el expediente a la sala penal del máximo tribunal de Venezuela. Los magistrados analizaron
07:58el planteamiento de extradición, verificaron que se cumplieron o que se estén cumpliendo todos los
08:06requisitos y declararon procedente la petición de extradición. La sentencia deja asentado que,
08:15abre comillas, el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del
08:20Tribunal Supremo de Justicia, en sala de casación penal, asume el firme compromiso
08:26ante la República Italiana que el mencionado ciudadano, Rafael Ramírez, será procesado con
08:33las debidas garantías. Sobre esta decisión hay una decisión a su vez de la Corte de Casación
08:42Italiana. Esta corte dictaminó que Rafael Ramírez no podía ser enviado a Venezuela
08:50vía extradición porque recibió de Italia el estatus de refugiado. Bueno, ese es el argumento.

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