URGENTE: TSJ anuló las primarias

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00:00la iguana punto TV. La iguana
00:07punto TV. En procedimiento
00:09recurso contencioso electoral
00:11Partes, el ciudadano José
00:13Dionisio Brito Rodríguez,
00:15titular de la cédula de
00:16identidad, en su carácter de
00:18aspirante a participar en las
00:19elecciones primarias del día
00:21veintidós de octubre de dos mil
00:23veintitrés, asistido por el
00:25abogado Orlando Javier Sarti
00:27Montiel, inscrito en el INPRE
00:29en el año dos mil cuatro mil
00:31ochenta y cinco, interpuso
00:33recurso contencioso electoral
00:35con amparo cautelar contra los
00:37actos inconstitucionales e
00:39ilegales de la Comisión
00:41Nacional de Primarias, que
00:43realizó el proceso electoral de
00:44primaria el pasado domingo
00:46veintidós de octubre de dos mil
00:48veintitrés para elegir la
00:50candidata o candidato
00:51presidencial unitario para las
00:53elecciones presidenciales de dos
00:55mil veinticuatro. Decisión. La
00:58candidata se declaró en primer
01:00lugar su competencia para
01:02conocer el presente recurso
01:04contencioso electoral ejercido
01:06con amparo cautelar contra la
01:07Comisión Nacional de Primarias
01:09y todos los actos dictados en el
01:11proceso del evento político de
01:13primarias realizado el pasado
01:15veintidós de octubre de dos mil
01:17veintitrés de cara a las
01:19venideras elecciones
01:20presidenciales de la República
01:22Bolivariana de Venezuela en el
01:24año dos mil veinticuatro. Dos,
01:27presente recurso contencioso
01:29electoral interpuesto por el
01:31ciudadano diputado a la
01:33Asamblea Nacional José Dionisio
01:35Brito Rodríguez, venezolano,
01:37mayor de edad, titular de la
01:39cédula de identidad. Tres,
01:41procedente, la solicitud de
01:43amparo cautelar y en
01:44consecuencia se suspenden todos
01:46los efectos de las distintas
01:48fases del proceso electoral
01:50conducido por la Comisión
01:52Nacional de Primarias. Cuatro,
01:55la Constitución Nacional de
01:57Primaria de conformidad con el
01:59artículo ciento ochenta y cuatro
02:00de la ley orgánica del Tribunal
02:02Supremo de Justicia, remitir a
02:04este órgano judicial los
02:06antecedentes administrativos
02:08contentivos de las veinticinco
02:10fases que deben regir al
02:12proceso electoral desde la
02:14convocatoria y su constitución
02:16como depuración incluyendo el
02:18acta de aceptación de la
02:20postulación. Asimismo, formulada
02:23de manera firme por quince años
02:26María Corina Machado, así como
02:28las renuncias del ciudadano
02:30Enrique Capriles, inhabilitado
02:32de manera firme por quince años,
02:34Freddy Superlano, inhabilitado
02:36de manera firme por siete años,
02:38y las de cualquier otro
02:40ciudadano o ciudadana que haya
02:42decidido renunciar a su
02:44candidatura. Las actas del
02:46evento celebrado el veintidós de
02:48octubre de dos mil veintitrés
02:50incluidas las actas de la
02:52constitución electorales, los
02:54cuadernos de votación, las
02:56papeletas de votación, las actas
02:58de escrutinios, así como las
03:00actas de totalización
03:01regionales, el acta de
03:03totalización definitiva, el acta
03:05de adjudicación, y la de
03:07proclamación, debiendo también
03:09remitir un informe sobre los
03:11aspectos de hecho y derecho,
03:13indicando el mecanismo empleado
03:15para el resguardo del material
03:17electoral y el lugar destinado
03:19a tal efecto. Todo ello
03:21corresponde a la demanda, según
03:23lo establecido en el artículo
03:24ciento ochenta y cuatro
03:29en un laxo de tres días de
03:31despacho contados a partir de su
03:33notificación. Cinco, se ordena
03:35la notificación al fiscal
03:36general de la república,
03:37ciudadano Tarek William Saad,
03:39con vista a las múltiples y
03:41graves denuncias relacionadas
03:43con ese evento electoral,
03:45formuladas tanto por el
03:46diputado José Dionisio Brito
03:48Rodríguez, ya antes
03:50por otros representantes de los
03:52poderes públicos del estado
03:54venezolano, y por otros actores
03:56políticos, las cuales han sido
03:58ampliamente difundidas a través
04:00de los medios de comunicación
04:02social, cuyos hechos descritos
04:04pudiesen configurar la presunta
04:06comisión de delitos contra la
04:08constitución de la república
04:10bolivariana de Venezuela, la
04:12presunta comisión de ilícitos
04:14electorales, y la presunta
04:16comisión de delitos comunes
04:20La Iguana punto TV, la verdad
04:24hecha tendencia

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