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NoticiasTranscripción
00:00Fíjense que el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 13 dice que el proceso,
00:13el debido proceso, debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas. No habla
00:20de otras vías, por la vía del terror, de la coacción o de la cancelación de determinada
00:28suma en dólares, por ejemplo. No, habla de las vías judiciales. Es por donde se debe establecer
00:36la verdad de los hechos. Revisemos primero lo que dice la Constitución respecto a la detención de
00:43una persona y cómo debe procederse. El artículo 44, por ejemplo, dice así,
00:51la libertad personal es inviolable. En consecuencia, 2.1. Ninguna persona puede ser
00:57arrestada o detenida si no en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida
01:04y infragante. Ok, aquí tenemos entonces la existencia de dos condiciones para que una
01:10persona pueda ser detenida. Que tenga una orden de aprehensión expedida por un tribunal de la
01:16República o que sea conseguido, conseguida cometiendo un delito infragante, lo que dice
01:25la Constitución. Ahora, ¿quién solicita una orden de aprehensión? ¿Quién solicita,
01:32quién tramita una orden para que se aprece a un presunto delincuente? Lo solicita el
01:39Ministerio Público, basado en una denuncia que le formularon contra determinada persona,
01:46basado en una investigación sobre un hecho presuntamente delictivo. La Constitución dice
01:52que el Ministerio Público ejerce el monopolio de la acción penal, que ejerce, dirige la
02:01investigación penal en este país. La Constitución define cuál es el papel de cada uno de esos
02:08organismos, de esos entes integrantes del sistema de justicia. Fíjense, aquí hay una solicitud que
02:15formula el Ministerio Público para que un tribunal acuerde una orden de aprehensión.
02:23Esta solicitud que consigna el Ministerio Público tiene 79 páginas donde se condensan los hechos en
02:31los cuales presuntamente está implicada la persona sobre la cual la Fiscalía solicita que se detenga.
02:41La Fiscalía solicita la detención ante un tribunal y es el tribunal el que acuerda o no esa solicitud
02:49formulada por el Ministerio Público. No vamos a leer las 79 páginas, pero la primera página
02:58contiene las siguientes características. Este es un oficio con el membrete, por ejemplo,
03:04de la Fiscalía 69ª Nacional con competencia plena. Tiene fecha del 12 de junio del año 2023 con
03:15carácter de urgente y esta solicitud va dirigida al juez segundo de primera instancia en funciones
03:23de control con jurisdicción nacional con competencia para conocer y decidir en delitos
03:29vinculados al terrorismo, corrupción y delincuencia organizada con sede en el circuito judicial penal
03:35del área metropolitana de Caracas. Todos esos datos tienen que estar en la precisión que exige
03:43la norma. Bien especificado porque es ese tribunal y no otro el que debe decidir si
03:52accede o no a la petición del Ministerio Público. Y el cuerpo de la petición dice así abre comillas
04:02me dirijo a usted respetuosamente en la oportunidad de remitirle anexo al oficio
04:06presente constante de 79 folios útiles escrito de solicitud orden de aprehensión en contra de
04:14la ciudadana Beatriz Adriana Gabriela Alfaro Herrera titular de la cédula de identidad tal
04:21y cual por la presunta comisión de los delitos de extorsión agravada, asociación para delinquir
04:28agravada, tráfico de armas y municiones, obstrucción de la libertad de comercio y terrorismo. Y al final
04:36de esa comunicación esa primera página de la 79 está la firma de la fiscal solicitante en
04:43este caso Miriam Lima Bernal. Ese mismo 12 de junio, voy a continuar con este ejemplo, del
04:51presente año el tribunal segundo acordó la orden de aprehensión contra Beatriz Alfaro. Este caso
05:03lo hemos tratado y lo he traído de ejemplo para que veamos cómo es una orden de aprehensión o la
05:09solicitud y cómo es la respuesta del tribunal. Y aquí está la orden de aprehensión. Ahí la estamos
05:17viendo en pantalla. Normalmente tiene un número, el membrete del tribunal, y va dirigido a un cuerpo
05:24de seguridad en particular para que ejecute la aprehensión de la persona o las personas sospechosas
05:32o investigadas. En este caso esta orden va dirigida al jefe de la división de búsqueda y captura de
05:38organizaciones criminales del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, el CICPC.
05:46Y dice que este tribunal por decisión de esta misma fecha ordenó emitir la presente orden de
05:53aprehensión, pero igual pudieran dirigírsele a la Policía Nacional Bolivariana, a la Dirección
06:00General de Contrainteligencia Militar, al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, entre otros
06:08organismos. A cualquier organismo que el tribunal designe como el cuerpo aprensor.
06:17laiguana.tv, la verdad hecha tendencia.