¿Qué dice la defensa del exjuez Márquez García?

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Transcript
00:00La Fiscalía no actuó de forma alguna como representante del Estado, sino que utilizó
00:12ese poder para humillar, vejar y pisotear la reputación y dignidad de un ciudadano
00:18que durante más de ocho años dio su vida por sacar adelante el buen nombre del poder
00:24judicial. En criterio de la defensa de Márquez García, la investigación que presentó
00:31el Ministerio Público ante el tribunal correspondiente genera la nulidad absoluta de la misma.
00:40En ese mismo punto, o para complementar ese punto, la defensa de Márquez García dice
00:46que el Ministerio Público no le tomó entrevista o declaración a Osvaldo José Cheremos Carrasquel,
00:55esto con el propósito de verificar si ese sujeto le entregó algún dinero a Márquez
01:01García a fin de obtener su libertad. Y lo dicen de la siguiente manera, el Ministerio
01:08Público no se tomó la mínima molestia de proceder a tomar acta de entrevista a Osvaldo
01:13José Cheremos Carrasquel para de esta manera verificar los detalles de la negociación
01:20entre comillas en esta frase, suponemos que es extraída de la acusación de la Fiscalía
01:25y obviamente determinar la persona o personas que solicitaron cantidades de dinero para
01:30poder obtener un beneficio en el proceso penal. Pero mejor aún, para saber los montos y si
01:38un juez honesto como lo era el Dr. Márquez le requirió sumas en efectivos. Recuérdese
01:48que Márquez García fue imputado por la presunta comisión de los delitos de retraso u omisión
01:56intencional de funciones previsto en la ley contra la corrupción y asociación para delinquir.
02:03Al respecto leo la defensa que hace su abogado en relación a esa acusación o a esa imputación.
02:12Abre comillas Estima quien suscribe que hasta este momento
02:16procesal no se ha logrado ni podrá lograrse determinar, explicar, narrar e individualizar
02:22cómo el hoy imputado cometió el delito de corrupción o cómo retrasó u omitió intencionalmente
02:30su actuación como juez tal como ocurrió el día 28 de marzo de 2023 en la audiencia
02:37de imputación durante la audiencia oral para escuchar al imputado, en la cual el Ministerio
02:43Público no consiguió comprobar la existencia del tipo penal señalado, pues en ese momento
02:49no expresó cómo, por razón de su cargo, participación, actuación, omisión o dentro
02:55de sus obligaciones, José Maximino Márquez García realizó algún acto contrario al
03:00deber que se le imponía en atención a su cargo de juez cuarto de primera instancia
03:06en funciones de control en materia de terrorismo o que además recibía o se hacía prometer
03:13dinero u otra utilidad, bien por sí mismo o mediante otra persona, lo cual da como
03:19resultado que no es suficiente el sólo narrar algo sino que además debe demostrarse que
03:27la conducta desplegada por el imputado está subsumida en estos acontecimientos, cierre comillas.

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