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Noticias
Transcripción
00:00Leonardo Andrés Alcántara Martínez. Este es uno de los capturados en el Tigre, Anzuategui,
00:16y desaparecidos en Puerto Ordaz, Estado Bolívar, cerca de la Laguna de Oxidación. Bueno,
00:25el padre de este desaparecido, de esta persona desaparecido, se llama Luis Arnaldo Alcántara.
00:34Esta persona le solicitó a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante un
00:42amparo, que se mantenga la privativa de libertad contra Vargas Reina, porque es la única garantía
00:49para que se haga justicia en la desaparición de su hijo. Recuérdese que Vargas Reina fue
00:58condenado a 18 años de prisión. Esa condena fue anulada por una corte de apelaciones accidental
01:05del Estado de Anzuategui, que ordenó celebrar un nuevo juicio, el cual no se ha iniciado. La
01:15orden de esa corte de apelaciones fue en marzo del 2017, y ya vamos por abril del año 2023,
01:23y este juicio contra Vargas Reina aún no se ha iniciado. Y es por eso que Luis Arnaldo Alcántara,
01:35el papá de uno de los cinco desaparecidos, le solicitó a la Sala Constitucional mantener
01:45viva esa privativa de libertad contra el agente del 6CPC, aunque ya dijimos que por fuentes
01:53judiciales conocimos que este sujeto no está detenido y nunca lo ha estado. El señor Luis
02:05Arnaldo denunció en ese recurso de amparo que el 12 de abril del 2019 la corte de apelaciones
02:13de Anzuategui tomó una decisión que le abrió las puertas a este funcionario del 6CPC, Vargas
02:22Reina, para que fuera procesado en libertad. El denunciante considera que esa decisión de la
02:33corte de apelaciones de Anzuategui, abro comillas, lejos de hacer justicia en el proceso que se
02:40ventila en el expediente, conlleva a un estado de impunidad en la búsqueda de la misma, ya que
02:48violentan los principios de aseguramiento del acusado a los fines de su procesamiento, ya que
02:56como riela en los autos de la causa, el mismo ha violado constantemente la medida de coerción
03:04personal impuesta, determinándose ello mediante inspecciones fiscales realizadas en el lugar de
03:12reclusión y su permanencia a un organismo policial es un factor de amedrentamiento hacia quienes han
03:22venido sosteniendo su participación en el delito de desaparición forzada de persona y quebrantamiento
03:30de pactos internacionales, violatorios de derechos humanos cuya pena excede los 20 años de presidio,
03:38lo cual constituye un elemento a considerar al momento de la imposición de dicha medida de
03:46coerción personal. Por lo que dice el denunciante, en su recurso interpuesto ante la sala constitucional,
03:54el mismo Ministerio Público ha constatado a través de inspecciones que este funcionario
04:01del 6 CPC nunca ha estado detenido.

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