• hace 3 meses
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Transcripción
00:00www.laiguana.tv
00:13¿Qué pasó allí? ¿Por qué la Fiscalía solicita la cautelar? ¿Por qué el Tribunal se la otorga?
00:20Hasta ahora no tenemos respuesta a esas preguntas, pero sí explicaremos cómo ocurrió ese procedimiento,
00:30basado en lo que dice el expediente.
00:34Para eso voy a leer un párrafo de una sentencia emitida por el Tribunal Cuarto de Control de Falcón,
00:40Extensión Santa Ana de Coro, fecha del 16 de septiembre de 2011.
00:46Expediente, aquí está la nomenclatura del expediente.
00:49El párrafo describe una de las diligencias hechas por el Ministerio Público
00:54para solicitar la medida cautelar en favor de Camacaro Hoyos,
01:01imputado por ocultamiento de armas de guerra.
01:05El párrafo dice así.
01:07Esta Fiscalía, después de dictada la orden de aprehensión,
01:11solicitó información al DAEX, Dirección de Armas y Explosivos del Ministerio de la Defensa,
01:18sobre las armas que registraba a nombre del imputado
01:23y se recibió oficio donde destaca que tiene permisada nueve armas de fuego,
01:29entre las cuales están dos de las tres que decomisaron en el allanamiento,
01:35lo que revela una variación de las circunstancias que dieron origen a la orden de aprehensión
01:41y como parte de buena fe, dice el Ministerio Público,
01:46solicita al Tribunal, se le sustituye a la medida que pesa en su contra
01:51y propone una medida menos gravosa que sea de presentación cada 30 días.
01:56Por su parte, la Defensa de Camacaro Hoyos solicitó la libertad del imputado
02:03exhibiendo a los efectos de su exculpación como prueba de su presunta inocencia
02:12a los originales de los portes de armas y a los efectos de su incorporación en el expediente.
02:21Es decir, la Defensa Privada de Camacaro Hoyos y el Ministerio Público
02:28concordaron en solicitar una medida cautelar para que el proceso penal
02:35que se le había abierto en ese año 2011, prosiguiera en libertad.
02:41Y es aquí la decisión del Tribunal. Voy a leer el párrafo principal de esa decisión.
02:49En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley,
02:53este Tribunal Cuarto de Control de la Circuncripción Judicial Penal del Estado de Azuategui
02:59con sede en la Ciudad de Coro sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad
03:07dictada en contra del ciudadano Camacaro Hoyos César Augusto
03:12por la comisión de los delitos de ocultamiento de armas de guerra y asociación ilícita para delinquir
03:21previsto en los artículos 9 y 6 de la ley contra la delincuencia organizada
03:27en concordancia con el 7 de la ley de armas y explosivos.
03:34El primer delito y en su lugar le impone una medida cautelar sustitutiva de libertad
03:42conforme al artículo 256 ordinal tercero del Código Orgánico Procesal Penal
03:52que consistirá, esa medida, en la presentación periódica cada 30 días ante este tribunal.
04:01Y aquí la firma del juez Juan Carlos Palencia Guevara. Esto fue en septiembre del año 2011.
04:09Ok, dos años después, otro tribunal de Falcón dicta un sobreseguimiento en favor de Camacaro Hoyos.
04:21Es decir, el Ministerio Público no consiguió elementos para solicitar un enjuiciamiento
04:29o que comprometieran penalmente a Camacaro Hoyos y en consecuencia solicitó un sobreseguimiento
04:37y la libertad plena. Igual como en la anterior decisión no tengo el porqué de esa decisión
04:46pero sí tengo cómo se tomó esa decisión. Procedo a leer un párrafo de la sentencia
04:54que acordó el sobreseguimiento emitido el 21 de agosto del año 2013
05:02y publicada en septiembre, creo esa sentencia, por el Tribunal Segundo de Control de Falcón
05:08a cargo de Olivia Bonarde. Dice así el párrafo.
05:14Se debe indicar de igual manera que el referido delito no logró configurarse,
05:19es decir, el delito de ocultamiento de armas, en la realidad, ya que durante la etapa de investigación penal
05:27se logró determinar que tal asociación delictiva dedicada al tráfico de armas de fuego
05:33como premisa de la investigación penal que dio origen a la presente causa
05:39no logró demostrarse ya que las armas incautadas en el procedimiento policial
05:45se encuentran debidamente acreditadas a sus titulares.
05:49Por lo cual, lo ajustado a derecho es solicitar de igual manera el sobreseguimiento del referido tipo penal
05:58y, bueno, el tribunal decreta el sobreseguimiento.
06:03Basado en el informe de la Dirección General de Armas y Explosivos del Ministerio del Poder Popular para la Defensa
06:12que hace del conocimiento al tribunal que el ciudadano Kamakaro Oyo
06:17tiene registrada las siguientes armas de fuego y aquí describen las nueve armas de fuego.
06:42LaIguana.tv, la verdad hecha tendencia.

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