Para no perderte nada de información y estar al día de la actualidad, puedes visitar nuestra web y seguirnos en redes sociales.
Categoría
🗞
NoticiasTranscripción
00:00El Gobierno de España, como en toda democracia consolidada como es la nuestra,
00:05obedece y funciona y ejerce sus competencias en base a la Constitución Española.
00:11Hay dos artículos de la Constitución Española, en concreto el artículo 97 y el artículo 134,
00:26donde se establecen con claridad cuáles son las decisiones que corresponden al ámbito ejecutivo y al ámbito legislativo de nuestro país.
00:35También hay un capítulo cuarto de la Ley General Presupuestaria que establece con nitidez
00:41qué puede y no puede hacer el Gobierno a la hora de reasignar y ejecutar partidas de gasto
00:48y este plan, por tanto, no requiere la aprobación de las Cortes Generales.
00:53Yo me, por supuesto, compareceré ante las Cortes Generales, como ya lo he hecho previamente,
00:58pero no requiere de la aprobación de las Cortes Generales. ¿Por qué?
01:01Porque no implica un mayor esfuerzo presupuestario y, por tanto, vía ingresos a través de los impuestos
01:10ni de los ciudadanos ni de las empresas de nuestro país.
01:13Las fuentes de financiación derivan del buen desempeño de la economía española,
01:17también de la reorientación de partidas presupuestarias, de los presupuestos generales del Estado
01:23y de los fondos europeos.
01:26Por lo tanto, el Gobierno lo que está haciendo es su trabajo.