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00:00No hay ninguna razón para que no haya voto en el exterior.
00:04La única razón pudo haber sido
00:07la objeción por parte de las autoridades del país receptor.
00:11En este caso Estados Unidos que es donde básicamente estamos hablando.
00:15Y no ha habido tal objeción por parte de las autoridades norteamericanas
00:19ni por parte del gobierno federal lo hay en estos momentos
00:23ni lo hay tampoco por la gobernación del estado de Nueva York
00:27ni por la gobernación del estado de Nueva York ni por ninguno
00:30ni tampoco por las alcaldías.
00:32De tal manera pues que no habiendo objeción
00:36por parte
00:37de esas autoridades para que se efectúen los comicios
00:40en territorio norteamericano no debe la objeción surgir desde la República
00:45Dominicana
00:46y mucho menos desde el ámbito de las autoridades electorales.
00:49Yo pienso que ese es un derecho efectivamente consagrado
00:52constitucionalmente
00:53consagrado por nuestras leyes
00:55de que esos ciudadanos nuestros en el extranjero
00:59tienen el legítimo derecho al sufragio como aquellos que viven en el territorio
01:03de la República Dominicana.
01:04De manera que no crear obstáculos desde aquí
01:07y garantizar que esos compatriotas también puedan ejercer su derecho
01:11a la escogencia de las legítimas autoridades
01:14que han de regir los destinos de la República Dominicana
01:16a partir del 16 de agosto.
01:18Y no vemos
01:20ningún impedimento
01:21para que
01:22se pueda llevar a cabo el voto en el exterior.
01:24Se podrían ejercer acciones legales
01:26sin duda alguna porque se ha impedido el ejercicio de un derecho fundamental
01:31como es el derecho a elegir y ser elegido, en este caso a elegir las nuevas autoridades.
01:36O sea, se le ha conculcado el ejercicio de un derecho fundamental
01:39lo que da origen
01:41a impugnaciones y ejercicios de acciones legales.
01:43No cabe duda de que así es.