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00:00Hemos procedido a depositar en el día de hoy un recurso de amparo por
00:06ante el Tribunal Superior Electoral en contra de la resolución 53-2020 a los
00:13fines de obligar a la Junta Central Electoral a que acoja las propuestas que
00:20tienen que ver con garantizarle la salud en el próximo torneo electoral fechado
00:26para el próximo 5 de julio. Nosotros han parado en el artículo 214 y 72 de
00:33nuestra constitución y sobre todo entendiendo que la Junta Central
00:38Electoral pone en peligro y vulnera y ha conculcado con la omisión de las
00:45medidas que tienen que ver con salvaguardar la salud, garantizar la
00:49salud de los ciudadanos, la violación del derecho a la salud consagrada en el
00:53artículo 61 de nuestra constitución, así también la violación al artículo
01:0323.1.b de la Convención Americana de los Derechos Humanos, 22.1 y 208 de la
01:11constitución, ya que está tipificada la violación del
01:16derecho al sufragio activo consagrado en los artículos
01:21precedentemente establecidos, así también
01:28el derecho a la educación electoral
01:32y la vulneración del derecho a la información consagrada en el artículo 49
01:37numeral 1 de nuestra carta magna durante el proceso de creación de la mencionada
01:44resolución 53-2020. Nosotros en ese sentido estamos
01:50planteándole al Tribunal Superior Electoral la declaratoria de extrema
01:57urgencia de este recurso de amparo, ya que estamos apenas a 30 días del proceso
02:02electoral y la Junta Central Electoral no termina de definir ni de discutir lo
02:10relativo a la petición realizada por los partidos abajo firmantes que
02:15garantizan que están orientadas a garantizar la salud de cada uno de los
02:19ciudadanos que vamos a acudir el próximo 5 de julio a elegir al presidente y a los
02:25congresistas de la República Dominicana.