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00:00La puesta en libertad de Antonio Peter de la Rosa, o MEGA, el fuerte, como es conocido
00:09el merenguero urbano, ha generado una serie de reacciones entre diversos actores del sistema
00:15de justicia de la República Dominicana por la forma en que se hizo. En el ordenamiento
00:20jurídico dominicano se establece que a la mitad de la pena cumplida, un condenado puede
00:26solicitar su libertad condicional al juez de ejecución. Pero, ¿por qué si OMEGA cumplió
00:31la mitad de la pena, no solicitó al juez de ejecución la libertad condicional? ¿Por
00:38qué fue un habeas corpus lo que interpusieron sus abogados y no una demanda ante el juez
00:42de ejecución? La respuesta estaría en un simple cálculo matemático partiendo de la
00:47fecha en que el artista estuvo en prisión y la fecha en que salió. OMEGA no cumplió
00:55la mitad de la pena. Para poder estar en libertad debía haber tenido 30 meses de prisión,
01:02sin embargo, el 28 de diciembre cuando se dispuso su libertad, OMEGA tenía 29 meses
01:08con 19 días en la cárcel de la Victoria, algo que no observó el Ministerio Público,
01:15la Fiscalía ni la jueza a quien se le solicitó disponer la libertad por prisión irregular.
01:23La decisión de la jueza Marlene Santos senta un precedente para el sistema de justicia
01:28dominicano. El Código Procesal Penal establece que el juez de ejecución de la pena es el
01:33responsable de resolver todas las cuestiones que se susciten durante el cumplimiento de
01:39una condena. Sin embargo, la jueza acogió el pedimento de libertad de OMEGA a través
01:45de un habeas corpus. Algunos abogados consideran que si esa decepción no es revocada o se
01:50subsana, entonces se abriría la vía para que cualquier condenado por el delito que
01:56fuera, a la mitad de la pena, solicite su libertad ante un juez constitucional como
02:02lo es el del habeas corpus y no acuda ante el juez de ejecución de la pena.
02:08¿Qué pasará con el fallo emitido por la jueza Marlene Santos? ¿Qué va a pasar con
02:12OMEGA? Esa y otras interrogantes deberá o dará respuesta el juez de ejecución cuando
02:20le sea notificado el fallo emitido el 28 de diciembre del año pasado.
02:26Hasta aquí nuestra sección de preguntas y casos judiciales. Hasta una próxima edición.

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