• hace 21 horas

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00:00a la gente.
00:07Mire como mire como yo veo, yo
00:11creo que es un gran paso de
00:13avance en el sistema electoral
00:16dominicano, en el ejercicio de
00:18los derechos políticos, en que
00:21definitivamente ya en veintiséis
00:24provincias, es decir, que la
00:26escogencia de veintiséis
00:28provincias, digamos esta
00:31conformidad con el artículo
00:33noventa y dos de la ley quince
00:36diecinueve que establece que
00:39habrá cuatro boletas como tal
00:41cuatro niveles de elección pero
00:44realmente lo que lo que también
00:47esté en la ley es que en el
00:50título décimo que corresponde a
00:53las circunscripciones electorales
00:57bárrafo cuarto manda una
01:01sumatoria en aquellas provincias
01:04o demarcaciones que tienen
01:07circunscripciones electorales
01:09justamente para la escogencia de
01:12diputados por circunscripción
01:15territorial entonces esta
01:18denominación específica para
01:22aquellas provincias y el
01:24instituto nacional que tienen
01:27circunscripciones electorales y
01:30son a su vez diputados por
01:33circunscripción territorial
01:35determina como tal que todos los
01:38votos del partido de la
01:40provincia se resumen al
01:42candidato a senador eso no lo
01:44dice la junta central electoral
01:46caprichosamente sino que esto
01:48está literalmente en la ley
01:51entonces esas provincias y el
01:53instituto nacional que tienen
01:55circunscripciones electorales
01:57son 26 las que tienen esa
01:59condición y que técnicamente son
02:01las que califican las únicas que
02:04califican para que el párrafo
02:07cuarto del 104 título décimo de
02:10las circunscripciones electorales
02:12le sea aplicada esa disposición
02:14en cuanto a las demás provincias
02:17que son 26 esas no tienen
02:21y lo que tienen es pura y
02:23simplemente la provincia como tal
02:25y por lo tanto a esas no le es
02:28aplicable la condición de donde
02:30hay circunscripciones electorales
02:32para diputados por circunscripción
02:34territorial este es un asunto
02:37vamos a decir
02:40casi casi tenue que cualquiera de
02:44alguna manera en la lectura de la
02:46ley no cae en la cuenta de que
02:48eso es así más que nadie lo había
02:51advertido todavía tampoco sin
02:54embargo el pleno no porque quiere
02:57estar bien con unos y con otros
03:00sino quedándole una aplicación
03:02combinada del artículo 92 y del
03:06104
03:09párrafo 4 lo ha dispuesto de esta
03:12manera y los derechos fundamentales
03:17son progresivos no habrá vuelta atrás
03:22se presenta una posibilidad
03:25interesante para el congreso para que
03:29definitivamente elimine de la ley 15
03:3319 esta sumatoria que está en el párrafo
03:384 del artículo 104 y que todavía aún
03:42he escuchado algunos que dicen que van
03:44a recurrir en inconstitucionalidad la
03:48decisión de la institución de la junta
03:51oiga y quizás se le presenta al mismo
03:55tribunal constitucional y nosotros no
03:57tenemos ningún problema con eso con que
04:00esa sumatoria que tenga el párrafo 4 la
04:03declaran inconstitucional y no hay
04:05problema de hecho la posición
04:09generalizada del pleno de la junta
04:11central electoral es justamente estar de
04:14acuerdo con el ejercicio pleno de los
04:17derechos políticos de los dominicanos
04:19si aquí no hay ningún problema ni hay
04:22tampoco ninguna
04:25ninguna aprehensión o ningún capricho a
04:29que eso sea modificado eventualmente
04:31porque técnicamente nosotros podemos
04:34hacerlo como está o de cualquier forma
04:36que disponga el congreso que se haga lo
04:40que sea dictado no hay palabra de dios
04:43es la decisión por la aplicación
04:46combinada de la ley de un órgano
04:49electoral que tiene que organizar la
04:51elección y tiene que organizarla de
04:53acuerdo con la ley
04:56no no tiene ninguna la provincia es la
05:00circunstancia
05:04escuchar
05:16ahora bueno por los asuntos de densidad
05:18poblacional entonces que quedó quedó el
05:22distrito nacional
05:27quedó puerto plata
05:30quedó san cristóbal quedó la provincia
05:33santo domingo
05:35la vega
05:38y santiago
05:41entonces hay una cosa que yo les invito
05:43a ustedes porque está en nuestra página
05:46que es la resolución que dispone de eso
05:49que está mencionada en la nota y ahí está
05:51justamente los diputados que quedaron en
05:56la provincia que no tiene circunstancias
05:58electorales porque las que tienen
06:01circunstancias electorales que es una
06:03división particular dentro de la
06:05provincia
06:06el párrafo cuarto del 104 manda a sumar
06:10en las otras no porque no tiene
06:13circunstancia
06:15no le preocupa que se retrase el
06:18calendario electoral
06:23cuando son las elecciones para escoger
06:26diputados y cerradores cuando son
06:30cuando
06:33cuando que son
06:36dentro de un año
06:38no pasa nada
06:42bueno la declararon y técnicamente
06:45tampoco pasa nada

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