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00:00de que supuestamente se han apropiado y se ha construido en este terreno que no sería público.
00:05Tenemos información en vivo con José Elio Alba que nos tiene más detalles. José Elio, adelante, lo escuchamos.
00:13Correcto, buenos días. Estamos con Blanca Alicia, que es la directora de regulación urbana,
00:19la arquitecta Blanca Alicia Rojas. ¿Cómo está? Muy buenos días.
00:21Para hablar en detalle acerca de este predio. Finalmente, ¿es privado, es público
00:26y qué acciones van a tomar por esta construcción que se ha dado en este lugar?
00:30Muy buenos días. Agradecer la visita de este prestigioso medio y explicar claramente y
00:37tácitamente a la ciudadanía para que no existan mayores confusiones. Esta área del barrio 3 de
00:44mayo, donde hay una casa que tiene un proceso de obra clandestina, son predios privados que aún
00:52no han pasado por el proceso de expropiación para consolidar el derecho propietario municipal
00:58y poder proceder a la apertura de la vía, los análisis técnicos que deben haber para una
01:05posterior pavimentación. ¿Esta construcción tiene sanciones? Tiene sanciones, claro que sí. Se abrió
01:11un proceso el año 2022 en una situación en que los inspectores del departamento de control de
01:18proyectos hacen una verificación en el lugar. Pueden constatar que la edificación está en
01:26ejecución, no cuenta con los documentos y se abre un proceso de obra clandestina en el cual se cita
01:34al ciudadano a que presente sus descargos, como cualquier ciudadano que tiene todo el derecho
01:39de presentar descargos, no lo hace y se inicia un proceso administrativo sancionador que son
01:46las competencias que tiene la dirección de regulación urbana a través de la secretaría de
01:50planificación y a través de la ley 049-2006 la cual se transporta o se traslada al Código de
01:59Urbanismo y Obras y se siguen todos estos procesos administrativos sancionadores. Arquitecta, si va
02:04esta conducción desde el 2022, si se dan las sanciones y si el predio es privado, ¿en qué
02:10momento incurre en ilegalidad el supuesto propietario de este predio y por qué la
02:14alcaldía no lo detectó? Ha sido detectado, le estoy diciendo de que el ciudadano tiene un
02:20proceso administrativo sancionador, el inmueble se encuentra bloqueado, es hasta dónde podemos
02:25llegar nosotros con estas instancias y el ciudadano una vez él necesita hacer algún trámite no podrá
02:33hacerlo porque está bloqueado. ¿Qué se va a hacer con el inmueble? ¿Lo va a demoler? El inmueble como
02:39es una obra clandestina no tiene sanción de demolición, la sanción que tiene es de bloqueo
02:44administrativo. Lo que tenemos que aclarar es que cuando se terminen los procesos de expropiación
02:51en el lugar y se toque el momento en que haya que hacer una apertura de vía, los inmuebles que
02:59estén afectando esta planificación deberán ser demolidos por el subalcalde porque ya serían
03:05predios públicos. Hay que hacer notar que tenemos el decreto 9 a 36 2020 el cual se encuentra vigente
03:14y que le delega toda la potestad al subalcalde de hacer demoliciones totales dentro de las áreas de
03:20uso.

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