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LD publica la declaración de los tres altos cargos de Hacienda ante la juez que investiga al hermano del presidente del Gobierno David Sánchez.

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00:00A ver, María Encarnación, sabe usted por lo que está aquí hoy, ¿verdad?, un informe
00:05que se presentó, está unido al procedimiento como acontecimiento número 605. Dígame,
00:12en primer lugar, María Encarnación, usted es inspectora regional de Extremadura, ¿verdad?
00:17Sí, sí. ¿Desde qué fecha lo es? Pues desde el 5
00:21de septiembre del año 2023. ¿Cómo ha cedido usted a su cargo, María Encarnación? Quiero
00:28decir, ¿es un cargo al que se ha cedido por oposición, de libre designación o de quién
00:32depende usted? Pues, mire, yo dependo de la delegada especial
00:36de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Extremadura y tenemos una doble
00:40dependencia orgánica, que dependo del Departamento de Inspección Financiera de la Agencia Estatal
00:46de Administración Tributaria. Este departamento tiene su sede en Madrid. Yo, antes de este
00:51cargo, que es un cargo de libre designación, ya ocupaba otro cargo. Desde el año 2014
00:57era inspectora coordinadora también en la dependencia regional de la Agencia Tributaria
01:01en Extremadura. Muy bien. Entonces, el cargo es de libre designación,
01:05¿verdad? Sí, es de libre designación, si bien los
01:07criterios de acceso son de mérito y capacidad. Muy bien.
01:11María Encarnación, este informe que me presentaron ustedes, por petición mía expresa, ¿quién
01:19lo realizó materialmente? Pues materialmente lo realizamos las tres
01:23personas que, posteriormente, nos identificamos como autoras del mismo, que son la delegada
01:27especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Badajoz, que es Clara Isabel
01:33Santos Dieguez, Emilio Hurtado Baliño, que es el jefe de la dependencia regional de gestión
01:38tributaria y yo misma, que soy la titular de la dependencia regional de inspección.
01:43Dos preguntas para empezar, María Encarnación. ¿Por qué presentaron ustedes este informe
01:48sin membrete de la Agencia Tributaria, ni firma, ni fecha, ni nombre?
01:53Pues, mire, la razón de que no fuera firmado es porque se solicita a través del punto
01:59neutro judicial, que es lo habitual, o sea, es lo que se debe hacer. Todos los informes
02:04que la Agencia Estatal en Extremadura remite a través del punto neutro judicial van sin
02:10firmar y nunca nos han reclamado que los firmáramos. El hecho de que fuera sin membrete es porque
02:15estos informes realmente no suelen ser tan complejos, suele ser la remisión de información
02:20–no lo llevo yo, no es de mi competencia, es la competencia de esa oficina, depende
02:24de la delegada especial–, pero, por lo que sé de la materia, esos informes se mandan
02:31sin firmar y nunca nos han reclamado por parte de los juzgados y tribunales que fueran firmados.
02:37Al ser una materia más compleja se hizo en un word, sino esto es como una generación
02:42automática de los informes, a través de una aplicación que nosotros tenemos que se
02:46llama Genio, un informe Genio. Y esos informes, el membrete o el logotipo de la Agencia Tributaria
02:52ya viene incorporado, el sistema lo incorpora, y nosotros lo hicimos en un documento word.
02:58Y, bueno, nosotros lo hicimos, la persona que es responsable de esta oficina, que se
03:03encarga de la remisión física a través del punto neutro judicial, pues tampoco lo
03:08puso. O sea, que es un olvido, ¿no? Eso trae la razón por la que no se hizo…
03:12SEÑORA PRESIDENTA. ¿Qué se lo pregunto, señora Encarnación?
03:13Porque en todos mis años de carrera jamás he visto un informe de la Agencia Tributaria
03:17que no tenga membrete ni fecha ni firma ni… Porque ustedes saben, además, perfectamente,
03:24que cuando se les pide que hagan un informe por sus conocimientos técnicos, eso es un
03:27informe pericial. No tiene otra denominación que no sea informe pericial. Cuando se están
03:32haciendo valoraciones no es un traspaso de información que les estoy pidiendo a ustedes.
03:36Entonces, claro, si yo un informe pericial lo primero que necesito saber es quién lo
03:39hace porque necesito que luego venga aquí una persona a ratificarlo. Usted eso lo entiende,
03:44¿verdad? SEÑORA ENCARNACIÓN.
03:45Sí, sí, lo entendemos. Que eso es así, que este informe debía ser objeto de ratificación,
03:50pero la autenticidad del mismo, el origen del mismo era indiscutible porque procede
03:58de la oficina de la delgada especial. O sea, no procede de otro sitio. Viene en España…
04:03SEÑORA PRESIDENTA. En ningún momento se ha puesto en duda el
04:04origen. SEÑORA ENCARNACIÓN.
04:05Sí, sí, sí. SEÑORA PRESIDENTA.
04:06Y se ponen dudas de por qué no se firma ni se pone membreta ni se pone fecha, en este
04:10caso en concreto, cuando en todos los demás sí. Eso es lo que se cuestionan.
04:12SEÑORA ENCARNACIÓN. Pues la razón, la razón, se la estoy explicando,
04:15es así, absurda, es absurda porque no tiene otro nombre, pero es por esa razón, porque
04:19nunca se firman ese tipo de informes que proceden de esa oficina, pero en ningún momento hemos
04:24tratado ni de ocultar nuestra identidad ni de no hacernos responsables del contenido
04:28del mismo. Porque… SEÑORA PRESIDENTA.
04:29Bueno, y hablando ustedes de que son responsables, ¿usted normalmente, como inspectora regional
04:33de Extremadura, hace informes? ¿Está dentro de su labor hacer informes?
04:39SEÑORA ENCARNACIÓN. O sea, mi labor consiste en hacer muchas
04:42cosas y emitir informes, también los emito. Nada me impide hacer inspecciones, o sea,
04:47yo puedo actuar como inspector que hace inspecciones, puedo emitir informes, efectivamente, así
04:54es. De todas maneras, no era un informe que fuera a mi oficina, era un informe que iba
04:58a la oficina de comunicación con los tribunales y, por eso, la responsable de ello es la
05:03delegada especial, es ella a quien correspondía la emisión de este informe. Como ya dijimos
05:10en el escrito en el que comunicamos quiénes éramos los firmantes, los informes a los
05:17que nosotros, en inspección, la dependencia de inspección suele emitir son o bien informes
05:23de delito en los que nosotros iniciamos un procedimiento de comprobación y, como consecuencia
05:27de ello, vemos indicio de delito y presentamos la correspondiente…, damos traslado a la
05:33inspección competente o presentamos ante el Ministerio Fiscal. En esos casos, esos
05:37informes se firman por el actuario que ha llevado a cabo la actuación, que suele ser
05:41un jefe de equipo, un inspector de Hacienda. En el segundo caso, un auxilio judicial, que
05:46es cuando ustedes nos piden un informe… SEÑORA PRESIDENTA Si, eso yo lo entiendo
05:49perfectamente, María Encarnación, es lo que quiero. Usted, como se va a ratificar
05:53en el contenido del informe, solamente le voy a preguntar por unas cosas muy concretas
05:56que es para lo que le he hecho que vengan ustedes aquí hoy. Yo no dudo que usted tenga
06:00competencia para hacer el informe. Lo que quiero saber es si usted normalmente hace
06:03informes de este tipo. ¿Usted en su trabajo normal diario se dedica a hacer informes que
06:08piden los juzgados? SEÑORA MARTÍN ANDRADA Pues, mire, en el año
06:10que llevo efectivamente solo he hecho este, pero con anterioridad he hecho muchos y tengo
06:14experiencia en este campo. SEÑORA PRESIDENTA ¿Y por qué este sí
06:18que lo hizo, siendo el único del año, María Encarnación?
06:20SEÑORA MARTÍN ANDRADA Pues, este lo hice porque mi delegada especial
06:23me pidió colaboración en el análisis de los datos. Le correspondía…, entendíamos
06:27que le correspondía hacerlo a su oficina y ella puede servirse de la colaboración
06:32de sus subordinados, que somos nosotros, ¿no? SEÑORA PRESIDENTA Vale, Encarnación, ¿ustedes
06:38se ratifican todo el contenido del informe? SEÑORA MARTÍN ANDRADA Sí.
06:42SEÑORA PRESIDENTA ¿Es cierto todos los extremos que se contienen
06:44en el mismo, verdad? ¿Son ciertos? SEÑORA MARTÍN ANDRADA Sí.
06:47SEÑORA PRESIDENTA Una pregunta muy concreta. ¿Por qué hacen
06:49ustedes de referencia en varias ocasiones en este informe a que atienden exclusivamente
06:55información que consta en sus datos, pero que no han realizado ningún tipo de averiguación?
07:01Eso lo ponen ustedes varias veces. SEÑORA MARTÍN ANDRADA Sí, porque por la
07:03naturaleza de la actuación no estamos habilitados para hacerlo, no hemos iniciado un procedimiento
07:09de comprobación, porque lo que se nos pide son unas cosas concretas que nosotros hemos
07:14analizado. Lo que queríamos decir es que, a priori, la situación es así. Si de un
07:20procedimiento de comprobación resultaran otros hechos, las consecuencias podrían ser
07:26distintas. SEÑORA PRESIDENTA Claro. ¿Y con esto no le
07:29dan ustedes pie para iniciar ese propio procedimiento de comprobación? Quiero decir, porque ustedes
07:36normalmente, cuando detectan que hay una infracción tributaria, ya sea administrativa o penal…
07:40SEÑORA MARTÍN ANDRADA Sí, actuamos de oficio, efectivamente.
07:42SEÑORA PRESIDENTA No, pero, aparte de que actúan de oficio,
07:46no solamente tienen en cuenta los datos que a ustedes les costan como agencia tributaria,
07:50porque si no, el mayor porcentaje de delitos contra la agencia tributaria no sabrían nunca,
07:55si es por lo que la gente les comunica oficialmente. Entonces, yo por eso le pregunto, ¿de aquí,
08:00de esta petición que yo les hice, en ningún momento ustedes creyeron conveniente que hubiera
08:04que realizar comprobaciones? SEÑORA MARTÍN ANDRADA Pues, le voy a decir
08:09que habrá que analizar la situación, si procede… Hicimos un análisis de la situación,
08:17si el contribuyente… O sea, los datos económicos son los que son, arrojan las cifras que son.
08:22No hay cuotas de delito fiscal, no hay cuotas por importes superiores a 120.000 euros. Las
08:28cuotas del impuesto sobre la renta de las personas físicas, si fuera residente, están
08:33fijadas en el informe, llegan en un caso a 12.000 euros, que, teniendo en cuenta que
08:37este contribuyente ya ha realizado ingresos por el impuesto sobre la renta de no residentes,
08:42habría que devolverlo. Con lo cual, en ningún caso hay cuotas por importe de delito, no
08:47lo hay con la información. O sea, a este señor le podríamos requerir que nos aportara
08:52otra documentación, pero no iba a ser otra de las que ya…, de los datos económicos
08:58me refiero, no iban a ser otros de los que ya disponemos. O sí, pero, bueno, a priori
09:03no hay indicios de delito y no daría lugar a una actuación de comprobación con esos
09:07datos, más allá de hacer una reordenación de los rendimientos en función de que, finalmente,
09:14los elementos de prueba que se aportaran determinaran qué es residente en España o qué es residente
09:18en Portugal. Con las reglas de desempate, porque residente en ambos Estados sí que
09:22lo es. SEÑORA PRESIDENTA.
09:23Espere un segundo, que le voy a preguntar yo sobre eso expresamente. En el primer punto,
09:27que sí que se hace referencia a la residencia fiscal, ustedes dicen, en resumen, que se
09:32puede considerar que tuviera doble residencia, ¿verdad?, en España, por tener el centro
09:36de intereses económicos, en Portugal, porque tiene un certificado de residencia en Portugal.
09:40La regla de desempate, como ustedes dicen, que es la que está contenida en el convenio
09:44de doble imposición, ¿verdad?, es que, si en algún sitio tiene una vivienda permanente,
09:49se considera que es residente allí. Ustedes consideran que es residente en Portugal porque,
09:54según ustedes, hay unas facturas de hospedaje y en febrero de 2023 adquirió allí una vivienda.
10:02Entonces, ustedes consideran que es residente… SEÑORA PRESIDENTA.
10:03Que dispone de una vivienda permanente en Portugal, a priori. Esos son los elementos
10:08que hay. SEÑORA RODRÍGUEZ LUCERO.
10:09Solamente una aclaración sobre eso. El hecho de adquirir una vivienda… Quiero decir,
10:13ustedes, cuando tienen en cuenta la vivienda permanente, ¿comprueban o entran en el caso
10:19de que sea habitable o no tiene por qué? SEÑORA PRESIDENTA.
10:21Sí, sí, efectivamente, debe ser… O sea, el supremo se ha pronunciado en el sentido
10:26de que debe estar amueblada y a su disposición todos los años, pero nosotros, a priori,
10:32no conocemos si esa vivienda está habitada o no, más allá de lo que se ha publicado
10:36en los medios de comunicación, que, sinceramente, no los consulto.
10:39SEÑORA RODRÍGUEZ LUCERO. Claro. Entonces, quiero decirle, si se hubiera
10:42adquirido una vivienda, pero esa vivienda no fuera habitable, entonces no dispondría
10:47de vivienda permanente, según sus criterios. SEÑORA PRESIDENTA.
10:50Efectivamente, si no fuera habitable no dispondría de vivienda permanente, pero no hay ningún
10:53indicio de que esa vivienda no sea habitable. SEÑORA RODRÍGUEZ LUCERO.
10:57¿Usted ratifica el contenido del informe? SEÑOR PRESIDENTE.
10:59Sí, lo ratifico. SEÑORA PRESIDENTA.
11:01He hecho varias preguntas a su compañera. ¿Por qué razón presentaron este informe
11:08sin que costara la firma de su autor ni el membrete de la agencia tributaria?
11:12SEÑOR PRESIDENTE. Bueno, se trató como una petición de información.
11:18Habitualmente estas peticiones de información se trabajan en la oficina de relaciones con
11:23los tribunales, que depende de la delegada especial, y normalmente se mandan las contestaciones
11:31sin firmar, porque se manda la documentación al punto neutro y está garantizada la trazabilidad
11:37y la autenticidad, y que no ha sido modificado ese documento.
11:40SEÑORA RODRÍGUEZ LUCERO. Claro, si le he explicado a su compañera
11:43que el problema no es que no haya sido modificado, sino que ustedes saben perfectamente que,
11:48cuando se les pide por un juzgado que hagan ustedes una valoración por los conocimientos
11:51técnicos que ustedes tienen, eso es un informe pericial, y lo fundamental de un informe pericial
11:56es que tenga el nombre del autor para poder ser ratificado. Es más, si ustedes lo hubieran
12:00firmado desde el principio, a lo mejor no haría falta ninguna aclaración, porque se
12:06lo hubiera podido pedir por escrito. ¿Por qué razón que yo, en todos los años que
12:10llevo de carrera de magistrada, no he visto nunca un informe de la agencia tributaria
12:16que no tenga nombre ni membrete? Y este sí, porque esto no es un traslado de información,
12:21esto no me dan ustedes un traslado de información, esto me están haciendo unas valoraciones
12:24de un informe pericial. ¿Por qué en este caso sí se ha hecho así?
12:27SEÑOR MACÍAS RODRÍGUEZ LUCERO. Bueno, la decisión fue tomada por la Oficina
12:33de Relaciones de los Tribunales y fue tratada como otras peticiones de información. A lo
12:38mejor no tuvieron claro que lo que se estaba pidiendo era un peritaje.
12:42SEÑORA PRESIDENTA. ¿Y ustedes no contemplaron en ningún momento
12:45pedir una aclaración al juzgado, como hacen muchas veces, o decir exactamente qué es
12:49lo que se quería, o si se han faltado actuaciones de comprobación? ¿Eso no lo hablaron entre
12:54ustedes en ningún momento? SEÑOR MACÍAS RODRÍGUEZ LUCERO.
12:56No, yo no lo hablé. No sé si la delegada lo ha tratado con la
13:02inspectora regional o no, no lo sé. Conmigo no lo hemos tratado.
13:06SEÑORA PRESIDENTA. ¿Emilio, usted normalmente realiza informes
13:08cuando los solicitan los juzgados? SEÑOR MACÍAS RODRÍGUEZ LUCERO.
13:10Sí. SEÑORA PRESIDENTA.
13:11¿Y por qué en este caso sí? SEÑOR MACÍAS RODRÍGUEZ LUCERO.
13:14Porque para tratar temas de… Lo que sí hacemos habitualmente es aplicar
13:19el convenio para evitar la doble imposición entre España y Portugal, y entonces se me
13:22pidió consejo e interpretación sobre el convenio. De ahí mi participación.
13:28SEÑORA PRESIDENTA. Claro, pero es que lo que me llama la atención,
13:30que es lo que quería que me explicara, y por eso se lo he preguntado también, es por qué
13:33en un informe que inicialmente no está firmado luego se hacen responsables tres altos cargos
13:38del libro de designación, además, que son ustedes, ¿no? María Encarnación, usted
13:41y Clara Isabel. Esto no es normal. No me dirá usted lo contrario, que presenten ustedes
13:47un informe, no tenga nombre, y luego me digan que son ustedes tres los que lo han realizado.
13:52¿O le ha pasado en otra ocasión? SEÑOR MACÍAS RODRÍGUEZ LUCERO.
13:55No, no ha pasado en otra ocasión. Yo no he participado en contestaciones a tribunales,
13:59porque no depende de mí. SEÑORA PRESIDENTA.
14:01Por eso le pregunto, que es que me ha llamado mucho la atención que fueran ustedes tres
14:04cuando normalmente no lo han hecho nunca. Usted me ha dicho, Emilio, que se ratifica
14:09en el contenido íntegro, ¿verdad? Como conclusión, si este señor, bueno, ustedes consideran
14:15que es residente fiscal en Portugal, por el criterio del desempate de la residencia allí,
14:20pero aunque se comprobara que no tiene residencia allí, sino que la tiene aquí, ¿no constituiría
14:26un delito contra la hacienda pública? Eso es lo que me interesa. Ni eso, ni su patrimonio,
14:31ni el incremento del patrimonio, ni siquiera las acciones, que ya sí que ha aclarado el
14:35BBVA, que no es tal, no tiene un incremento en el patrimonio de más de un millón de
14:40euros. Eso es así, ¿verdad? SEÑOR MACÍAS RODRÍGUEZ LUCERO.
14:42No, es así, no llega a las cuantías de un delito contra la hacienda pública.
14:46SEÑORA PRESIDENTA. Muy bien, la señora fiscal, ¿alguna pregunta?
14:49A ver, está usted aquí hoy, aparte de para ratificar el informe, porque quiero que me
14:54conteste una pregunta que ya le he hecho también a sus compañeros. ¿Por qué razón presentaron
14:59este informe sin membrete de la agencia tributaria y sin estar firmado por una persona en concreto?
15:03SEÑORA MARTÍN ANDRADA. Vamos a ver. El requerimiento de información
15:06que recibimos en la Oficina de Comunicaciones con Juzgados y Tribunales, desde que se firmó
15:11el convenio entre la agencia tributaria, el Ministerio de Justicia y el Consejo General
15:14del Poder Judicial, se envían de manera telemática a través del punto dentro judicial. Y, desde
15:21entonces, en la delegación de Badajoz estos informes o estas contestaciones se mandan
15:25siempre de la misma manera y sin firmar, porque, bueno, como se mandan, bueno, insisto, de
15:31manera telemática, con una huella electrónica que garantiza la inalterabilidad de los documentos,
15:37lo venimos haciendo así y, bueno, nunca hemos tenido ningún tipo de conflicto con este
15:41tipo de remisiones. Es que aquí el problema no es que no sea
15:46verdadero el documento, el problema es que usted sabe perfectamente que cuando se le
15:50pide una valoración sobre unos datos que ustedes tienen, por los conocimientos técnicos
15:55que ustedes tienen y por los datos que ustedes…, no es solamente un traslado de información,
15:59es un informe pericial. Y si ustedes me mandan un informe que no tiene nombre ni tiene fecha,
16:04yo necesito saber quién lo ha hecho para que ustedes lo ratifiquen o para que les requiera
16:07de algún tipo de aclaración. Por eso, se lo pregunto a usted y a sus compañeros,
16:12yo nunca jamás he visto un informe de la Agencia Tributaria, cuando le he pedido algún
16:15tipo de información o valoración, que no estuviera firmado por nadie. Por eso le pregunto
16:19que por qué razón en este caso no se firmó, por alguna razón en concreto…
16:24A ver, esto nosotros no lo tratamos como una pericial, porque no se nos solicitó que
16:28fuéramos peritos en un procedimiento, se nos mandó a través, insisto, del punto neutro
16:32judicial, como en los demás requerimientos de información que se reciben de juzgados
16:36y tribunales, en la Oficina de Comunicaciones, con juzgados y tribunales, y se le dio ese
16:39mismo tratamiento. En cuanto nos pidieron que aclaráramos quién lo había realizado,
16:43les contestamos inmediatamente diciendo quién lo había hecho. O sea, no responde a ninguna…
16:49¿Usted normalmente, como delegada especial, hace informes, o considera que no es un informe,
16:57un traslado de información al juzgado? Lo hace la Oficina de Comunicaciones, que
17:02está escrita a la dirección de la delegación especial. La Oficina de Comunicaciones, con
17:09juzgados y tribunales, depende directamente de mí.
17:12¿Y materialmente quién lo ha hecho? Nosotros.
17:15¿Ustedes tres? Nosotros tres.
17:18¿Y en el tiempo que ustedes llevan el cargo, cuántos informes de esta clase ha hecho?
17:22¿Confeccionar un informe así tan largo de contestación a un juzgado? Pues ninguno,
17:28porque nunca hemos tenido tampoco una petición similar a esta.
17:32Entonces, ¿este es el único que usted ha suscrito como autora material?
17:35Es que es el único que me han pedido que identifique, pero vamos, en las contestaciones
17:40reales…, colaborar en la contestación de otras peticiones sí he colaborado. Porque,
17:45insisto, depende directamente de mí.
17:48A ver, ¿usted ratifica el contenido íntegro del informe? En definitiva, ¿ustedes no ven
17:57ningún indicio de que se haya cometido ningún delito contra la Agencia Tributaria?
18:00No.
18:01¿Consideran que, aunque este hombre tuviera residencia fiscal en España en vez de en
18:07Portugal, tampoco se alcanzarían las cuotas de delito?
18:10Con los datos que tenemos, no.
18:12¿No han considerado en ningún momento que haga falta iniciar un procedimiento de comprobación?
18:16Vamos a ver. El inicio de procedimientos de comprobación se hace en base a perfiles de
18:22riesgo. Y creo que también –lo decimos al final del informe– los años 21 y 22
18:28son los primeros años en los que declaro como no residente. Pues las cuantías que,
18:33en su caso, corresponderían con el impuesto sobre las rentas para personas físicas eran
18:36incluso a devolver. Por tanto, no existía un riesgo fiscal relevante en ese punto.
18:42Y, bueno, ya el año 2023, cuando recibimos la petición de información, todavía estábamos
18:47en el periodo de declaración de renta 2023.
18:50¿Después de esto han iniciado ustedes algún tipo de actuación de comprobación?
18:55No, estando el expediente judicializado, no.

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