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00:00Hace un instante, mi defensa ha presentado, ante la Fiscalía General del Estado, una denuncia por un presunto delito según el artículo 535 del Código Penal vigente,
00:25que dice así, la autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para el empleo.
00:45Si divulgara o revelara la información obtenida, se impondrá la pena. No vamos a entrar en eso. La unidad de seguimiento de la Guardia Civil se quedó en la puerta de mi casa haciéndome vigilancia, esperando que yo saliera, fotografiarme, tomar nota de los datos de mi vehículo, consultar en las fuentes de datos la titularidad de mi vehículo y la vigilancia cesó cuando ya me subí a mi vehículo.
01:15Ese operativo está tal cual. No hay que presumir nada, no hay que deducir nada. Está bien expuesto con rigor por parte de la propia Guardia Civil.