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NoticiasTranscripción
00:00El número de causa es la 18-000-104-1219-PE, dictada por el Tribunal Penal Especializado
00:11en Delincuencia Organizada, Primer Circuito Judicial de San José, al ser las 10 horas
00:16del 21 de noviembre del año 2024. La parte dispositiva queda de la siguiente manera,
00:23por tanto, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 39 y 41 de la Constitución
00:28Política, 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 1, 30, 45, 50, 71 y 110
00:37del Código Penal, 58, 77, inciso F, 69, 83, 84, 85, 87, 93 y 94 de la Ley sobre Estupefacientes,
00:53psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades con exas, legitimación de capitales
00:59y financiamiento al terrorismo, así como también los artículos 1, 6, 7, 142, 238,
01:08239, 239 bis, inciso D, 240, 243, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 366 y 367 del Código
01:28Procesal Penal. También numerales 2, 10 de la Reforma de la Ley Orgánica del Poder
01:34Judicial y la creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada,
01:39Ley número 10.369. Por unanimidad de los votos se resuelve. 1. Se declaran sin lugar los incidentes
01:50de actividad procesal defectuosa planteados por licenciados José Francisco Mena Ayales y el
01:57licenciado Luis Antonio Cubillo Pacheco en el ejercicio de la defensa técnica del imputado
02:02Cabrera Espinosa. 2. Se declara a Denis Cabrera Espinosa, Juan Carlos Murillo Rodríguez, Luis
02:10Carlos Rosales Obregón, Yonder Gómez Latino, Brian Rosales Obregón, Natalia Andrea Aguilar
02:17Hernández, José Javier Mayorga Quiroz, Leandro Mayorga Quiroz, Daniela Alejandra Quiroz Umaña,
02:25Marco Antonio Vartas Cartín, Karen Patricia Calderón Cartín y Jorge Eduardo Flores Blandón,
02:32cuatro autores responsables del delito de tráfico de droga en su modalidad agravada,
02:38cometido en perjuicio de la salud pública y en tal carácter se les imponen las siguientes penas.
02:45A Cabrera Espinosa la pena de 20 años de prisión, a Murillo Rodríguez la pena de 15 años de prisión,
02:53a Rosales Obregón Luis Carlos la pena de 12 años de prisión, a Mayorga Quiroz Josué, Mayorga Quiroz
03:07Leandro, Quiroz Umaña, Calderón Cartín, Aguilar Hernández, Rosales Obregón Brian, Vargas Cartín,
03:16Gómez Latino y Flores Blandón la pena de 10 años de prisión.
03:223. Se declara a Dennis Cabrera Espinosa, Juan Carlos Murillo Rodríguez, Luis Carlos Rosales
03:31Obregón, Nathalie Aguilar Hernández, José Javier Mayorga Quiroz, Leandro Mayorga Quiroz,
03:38Daniela Alejandra Quiroz Umaña, Karen Patricia Calderón Cartín y Jorge Eduardo Flores Blandón,
03:46coautores responsables del delito de legitimación de capitales en su modalidad agravada cometido en
03:53perjuicio del orden socioeconómico y en tal carácter se les imponen las siguientes penas.
03:58A Cabrera Espinosa la pena de 20 años de prisión, a Murillo Rodríguez la pena de 15 años de prisión,
04:07a Rosales Obregón Luis Carlos la pena de 12 años de prisión, a Mayorga Quiroz Josué,
04:14Mayorga Quiroz Leandro, Quiroz Umaña, Calderón Cartín y Flores Blandón la pena de 10 años de prisión.
04:214. Se declara a Yonder Gómez Latino autor responsable de un delito de homicidio simple,
04:30así recalificado y en tal carácter se le impone la pena de 18 años de prisión.
04:375. Al existir relación de concurso material entre los delitos de tráfico de drogas en su
04:44modalidad agravada, legitimación de capitales en su modalidad agravada y homicidio simple,
04:50las penas totales que se imponen a los sentenciados según corresponda es la siguiente.
04:56A Denis Cabrera Espinosa la pena total de 40 años de prisión, a Juan Carlos Murillo Rodríguez la pena
05:05total de 30 años de prisión, a Luis Carlos Rosales Obregón la pena total de 24 años de prisión,
05:13a Josué Mayorga Quiroz, Leandro Mayorga Quiroz, Daniela Quiroz Umaña, Nathalie Aguilar Hernández,
05:21Karen Calderón Cartín y Jorge Eduardo Flores Blandón para ellos la pena total de 20 años de prisión.
05:29En el caso de Jónder Gómez Latino la pena total será de 28 años de prisión.
05:38En el caso de Brian Rosales Obregón y Marco Vargas Cantín mantienen la pena impuesta sólo
05:45por el delito de tráfico de drogas ya indicada de 10 años de prisión.
05:51Las penas impuestas las deberán descontar en el web y forma que
05:55terminen el reglamento del sistema penitenciario previo a bono de la preventiva cumplida.
06:01Se ordena la prisión preventiva por el plazo de 12 meses a partir del día de hoy 21 de noviembre
06:08del 2024 y hasta el 21 de noviembre del año 2025 de Denis Cabrera Espinosa, Juan Carlos
06:16Murillo Rodríguez, Luis Carlos Rosales Obregón, Jónder Gómez Latino, Brian Rosales Obregón,
06:22Natalia Aguilar Hernández, José Javier Mayor Gaquirós, Leandro Mayor Gaquirós, Daniela Quiroz
06:29Umaña, Marco Antonio Vargas Cantín, Karen Patricia Calderón Cantín y Jorge Eduardo Flores Blandón.
06:366. Se absorbe de toda pena y responsabilidad a María del Milagro Valverde Duarte de un delito
06:44de tráfico de drogas en su modalidad agravada en perjuicio de la salud pública y un delito
06:49de legitimación de capitales en perjuicio del orden socioeconómico.
06:527. Se absorbe a Marco Antonio Vargas Cantín de un delito de legitimación de capitales en
06:58perjuicio del orden socioeconómico. En el caso de María del Milagro Valverde Duarte,
07:04se ordena el cese de cualquier medida cautelar de carácter personal o real que se haya dictado
07:11en su contra con ocasión de la presente causa.