Category
🗞
NoticiasTranscripción
00:00La falta de diésel oportuno en los diferentes surtidores del país ha derivado en estas
00:04protestas de parte de choferes y también en la emisión de un decreto por parte del
00:09presidente para autorizar la libre importación y comercialización de carburantes por parte
00:14de privados en territorio nacional.
00:16Para hablar del tema y conocer en detalle el contenido de este decreto ya estamos en
00:20contacto con Germán Jiménez, director de la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
00:24Muy buenos días, gracias por atendernos esta mañana, director.
00:28Este decreto, ¿cuándo entra en vigencia, hoy mismo o necesita alguna reglamentación?
00:38Buenos días Gabriela, este decreto ya tenemos que a partir del día de hoy va a estar en
00:44vigencia.
00:45Es importante mencionar que abre la posibilidad ahora de la importación y la comercialización
00:53de derivados como es lo que es la gasolina y diésel para sectores públicos que puedan
00:59generar o quieran importar el combustible y comercializar en el mercado interno.
01:03Pero habrá una reglamentación que va precisamente a delimitar las competencias de estas entidades
01:12privadas para la importación.
01:14Sí, es necesario mencionar que esta reglamentación también tiene una base jurídica dentro de
01:25lo que ha sido el decreto 28.419 que en el año 2005 se aprueba, el cual tenía obstaculizaciones
01:33muy largas en lo que son los requisitos que era imposible cumplir por diferentes empresas
01:38para la importación en su momento de consumo propio.
01:42Este decreto ha sido ya modificado con el decreto 52.18 en la gestión 2024 que establece
01:50requisitos más accesibles, acortamos los tiempos y ahora este decreto que es el 52.71
01:56establece específicamente ya estos requisitos que se deben tener en el tema de importación
02:01más un artículo que es el artículo 5 que es la comercialización en el mercado interno
02:06el cual tiene que estar reglamentado a través de lo que es la NH y el viceministerio de
02:11defensa social y sustancias controladas.
02:13A través de esto también el decreto establece que la metodología de precio tiene que estar
02:17establecido a través del ministerio de carburos para ser reglamentado también por parte de
02:22la NH.
02:23Correspondiente al tema de calidad deben cumplir también el decreto 47.18 para poder comercializar
02:29dentro del estado boliviano.
02:31Director, para que todos entiendan, vamos por partes, por favor, aquel interesado en
02:35importar y comercializar combustible en nuestro país puede apersonarse hoy para comenzar los
02:40trámites, dónde tiene que apersonarse y en cuánto tiempo ya le autorizan la importación
02:46para traer el combustible.
02:51Como le dije, es una complementación al decreto 52.18 de igual manera, el cual ha seducido
02:57bastante los tiempos de autorización, en este caso en la NH es por debajo de los cinco
03:03días en el tema del cumplimiento, acá se añade un artículo que es el artículo 5
03:08específicamente en la comercialización, el cual está reglamentado por la institución.
03:13Tenemos a partir de este momento el ministerio de carburos cinco días para lo que es la
03:17metodología y la NH cinco días para reglamentar estos aspectos importantes de este nuevo decreto.
03:23Actualmente para importar combustible se necesitan 21 documentos, director, ¿se va a simplificar
03:29el trámite, será más accesible?
03:35Este trámite ha sido, es parte de esta evaluación dentro de este decreto que permite ahora una
03:41accesibilidad más fluida para el tema de importación, imagínate que el decreto 28.4.19 del 2005
03:48tardaban hasta medio año, hasta un año en cumplir los requisitos y pocas empresas han
03:52podido cumplir con estos aspectos, el decreto 52.18 ha reducido a menos de diez días entre
03:59todas las instituciones para lo que es la importación, hoy este decreto es más flexible
04:04además que añadimos un nuevo artículo que es el artículo cinco que debe ser autorización
04:08para la comercialización, todo este decreto tiene un objeto de excepcionalidad por la
04:12comercialización e importación de un año ¿no? correspondiente en esta primera fase.
04:19Ahora el comprador ¿podrá buscar su propio proveedor o tendrá que acudir a alguna lista
04:25porque proporciona el gobierno YPFB?
04:31Si acude a esto puede buscar su proveedor, lo importante es que cumpla los requisitos
04:36en aspectos de calidad, reglamentación por parte de la institución para lo que son los
04:41precios y puedes realizar la comercialización, esto es parte de los pedidos que se han generado
04:47por diferentes sectores que hoy rápidamente a instrucción de nuestro presidente ha sido
04:52agilizado y está siendo ya aplicado ¿no?
04:57¿Cuántos son los precios para los compradores que traigan del exterior el combustible? ¿No
05:03están sujetos a la subvención? ¿Esto significa que es el final de la fijación de precios
05:08en el país?
05:10Correcto, en el artículo seis establecen las prohibiciones específicamente ¿no? y
05:17en este caso los productos importados por personas naturales no serán sujetas a subvención
05:22Gabriela.
05:24Ahora director, ¿en cuánto se prevé que va a llegar el litro al consumidor final,
05:30tanto de diésel como de gasolina? ¿Cuál será el precio?
05:34Para esto lo primero que hay que generar es una metodolía de cálculo de precio, el cual
05:40a través de este decreto le da la atuición al Ministerio de Carburos para que a través
05:44de una resolución ministerial establezca la metodología de cálculo, el cual a través
05:48de la NH tiene que establecer los precios en función a esta metodología, entonces
05:52esto se va a trabajar durante los cinco días y posterior a esto ya se publicará ¿no?
05:57para la población.
05:58¿Cómo será esa metodología? ¿Nos puede adelantar alguna propuesta que ya se esté
06:01analizando?
06:03Es que son cinco días de evaluación y aplicación para su publicación Gabriela y en función
06:11a eso nosotros vamos a emitir una resolución administrativa de cumplimiento para que se
06:15pueda tener la aplicación de este decreto correspondiente para los precios.
06:21¿Pero será una diferencia similar a la de la gasolina subvencionada especial y a la
06:26de la gasolina premium por ejemplo que se vende a precio de mercado? ¿Algo así será
06:31algo como el doble?
06:36Primero por eso mismo todas las personas que quieran comercializar están sujetos, no están
06:42sujetos a subvención, en este caso es importante conocer eso, por consiguiente los proveedores
06:46que traigan de afuera y quieran comercializar tienen que estar sujetos primeramente a la
06:50metodología que se realice dentro del Estado Boliviano por el Ministerio de Carguros y
06:53aplicado por la NH.
06:55Bien, entonces todavía no se ha definido cuánto es que va a costar la gasolina al
06:58consumidor final, el diesel tampoco, aquel que sea importado por privado, pero también
07:04entiendo del decreto emitido ayer por el presidente que los surtidores que vendan esta gasolina
07:10y este combustible en general no van a poder vender el subvencionado, ¿eso es cierto?
07:15¿Van a haber surtidores diferenciados?
07:22Como le manifesté y dentro de las provisiones, los productos importados no están sujetos
07:27a subvención, Gabriela.
07:29Sí, no, pero el punto de venta de aquellos que importen su propio combustible, ¿no van
07:35a poder también ofrecer combustible subvencionado por el gobierno?
07:40¿O no habrá problema que un surtidor venda ambos tipos de combustible?
07:45No, el producto tiene que ser para la estación de servicio que quiera comercializar o bien
07:52en función al decreto, este decreto que estamos aprobando, que es el 50 y 71, o bien en función
07:59a los decretos que están vigentes dentro del Estado Boliviano.
08:02Es necesario aclarar que estos productos que están siendo importados ahora tienen una
08:08característica importante de comercialización que tiene que ser aprobado por la NIH y el
08:12viceministerio de sustancias controladas.
08:14Ahora, ¿por qué el decreto es solamente por un año la autorización?
08:24Las autorizaciones específicamente para cualquier sector siempre se hacen para un año, el tema
08:28de importación es generalmente un año, tanto para yacimientos, para cualquier empresa,
08:32no es algo que se esté obstaculizando, siempre se genera el tema de importación anualmente,
08:38Gabriela.
08:39¿Cuál será el impacto de esta autorización de libre importación y comercialización?
08:44¿Acabarán las filas?
08:45¿En cuánto tiempo lo calculan?
08:51Lo importante de este decreto es que la sociedad y muchos sectores han solicitado que se pueda
08:56dar una opción para lo que es la importación de carburantes, así lo hemos asumido y es
09:02por eso que a instrucción de nuestro presidente inmediatamente se ha trabajado en este nuevo
09:09decreto y ya tomando las bases tanto de la constitución de la ley de hidrocarburos sin
09:13trasgredir ninguno de estos aspectos, porque también hay que ser claros, los hidrocarburos
09:18de origen boliviano se encuentran protegidos por la constitución política del Estado
09:22y es específicamente para la producción del mercado interno.
09:26En este caso las importaciones que se están generando es específicamente de productos
09:30fuera del Estado boliviano que van a entrar a Bolivia y van a ser comercializados en diferentes
09:35estaciones o diferentes lugares o subros que necesitan y es por eso que las prohibiciones
09:41se establecen, que los productos importados no están sujetos a la subvención dentro
09:45del Estado boliviano.
09:46Le agradecemos por esta entrevista, nos mantendremos atentos entonces a la reglamentación que
09:51aún queda pendiente para definir todos los otros detalles más específicos y enmarcados
09:56en el decreto.