Para los trabajadores del sector privado, el aguinaldo debe ser por lo menos de 15 días, en el caso de los servidores públicos, el piso mínimo es de 40 días.
Para más información del tema, visita: https://www.eleconomista.com.mx/capital-humano/aguinaldo-2024-fechas-limite-calculo-y-reclamar-te-pagan-20241109-733492.html
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00:00El aguinaldo es una prestación legal a la que tienen acceso todos los trabajadores con
00:05una relación laboral subordinada. El aguinaldo se incorporó como derecho laboral en 1970
00:11en la Ley Federal del Trabajo. En el caso de los trabajadores del sector privado, la
00:15legislación contempla un aguinaldo equivalente a por lo menos 15 días de salario, el cual
00:20debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. Para los servidores públicos, esta prestación
00:24es de mínimo 40 días. A diferencia del reparto de utilidades, en esta prestación todas
00:29las personas con un patrón tienen derecho a recibir el pago. Tampoco hay un impedimento
00:33por la antigüedad. Incluso para los empleados que no tienen un año de servicio, la Ley
00:37Federal del Trabajo contempla un pago proporcional por el tiempo laborado. Las empresas que no
00:42lo pagan o que lo liquidan después del 20 de diciembre pueden recibir una multa que
00:46va de los 5,428 a los 542,850 pesos. Para reclamar este derecho, los trabajadores tienen
00:54dos vías, comunicándose a la Profedet para recibir orientación gratuita al 800-911-7877
01:02o bien a través de una denuncia anónima al correo electrónico del Área de Inspección
01:06del Trabajo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, inspecciónfederal.gov.mx.