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En cadena nacional, MP expone documentos sobre caso contra Nasry ‘Tito’ Asfura

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00:00Hondureño, el Ministerio Público tiene el mandato constitucional de investigar el delito
00:07y perseguir los criminales, aplicando los principios de independencia, objetividad y
00:14transparencia. La corrupción público-privada de alto impacto nos ha robado el presente
00:22y el futuro, y ha ocasionado un grave daño a nuestro país. Nos ha hundido en una espiral
00:31de pobreza, inseguridad y desesperanza. El narcotráfico y el crimen organizado son flagelos
00:39que junto a los delitos de lesa humanidad trascienden nuestras fronteras, dejando una
00:44estela de dolor y sangre. Ese dolor que sentimos como nación tiene culpables. Los delincuentes
00:54que han tejido redes de corrupción y criminalidad no tienen color, raza, bandera ni partido
01:02político. Solo buscan enriquecerse a costa del sufrimiento del pueblo hondureño. Como
01:09fiscal general, estoy comprometido en ponerle fin a la impunidad. Quienes orquestaron desfalcos
01:17y saqueos y han vivido ocultos, se equivocaron, porque la justicia los está alcanzando. El
01:25pueblo hondureño no cree en las falsas narrativas de persecución política, cuando existen
01:30pruebas contundentes de la comisión de delitos. La investigación es nuestra principal herramienta
01:39y jamás actuaremos hasta no agotar el debido proceso. El Ministerio Público no persigue
01:46personas por sus ideas, tampoco figuras políticas. Perseguimos el crimen, la corrupción y todos
01:53aquellos que han sido cubiertos con el manto de la impunidad. Al pueblo hondureño le informo,
02:01he retomado los casos que en poder del Ministerio Público dejó la misión de apoyo contra
02:07la corrupción y la impunidad en Honduras Masi. La unidad fiscal especializada contra
02:14redes de corrupción Uferco tiene esta responsabilidad. La investigación iniciada desde el año 2019
02:23contra el exalcalde Nasri Juan Asfura Zabla, quien por ocho años estuvo al frente de la
02:29municipalidad del Distrito Central, reveló la comisión de delitos que están plenamente
02:36probados. El Poder Judicial tiene la responsabilidad de aplicar la justicia.
02:43La Alcaldía Municipal del Distrito Central constituyó un fideicomiso en el Sistema
02:48Bancario Nacional para centralizar los ingresos provenientes de impuestos, tasas, multas, recargos,
02:55transferencias del gobierno central, donaciones, préstamos y cualquier otro tipo de ingresos.
03:02La asignación de los fondos se realizaba a través de cartas de pago dirigidas al banco y firmadas
03:09por el tesorero municipal y el alcalde Nasri Asfura. El alcalde, regidores, la directora del
03:15despacho municipal y otros funcionarios municipales estaban autorizados por acuerdo de la corporación
03:20municipal para manejar fondos bajo las modalidades de fondo rotatorio, fondo rotatorio especial y
03:26reembolso. Durante los años 2017 y 2018, Nasri Asfura en su calidad de alcalde y Mario Roberto
03:36Cerón Suazo como tesorero municipal, emitieron cartas de pago al banco solicitando la emisión
03:42de 32 cheques de caja en concepto de reembolso, fondo rotatorio y fondo rotatorio especial a
03:50nombre de Nasri Asfura, Nilvia Castillo y Cintia Borja. Esos fondos fueron depositados en sus cuentas
03:58personales. Investigación. El 11 de febrero del 2019 se abrió una línea de investigación en el
04:05caso 013-2018 tras obtener información financiera relacionada con el desvío de fondos municipales
04:14por medio del fideicomiso. El ministerio público tiene en su poder evidencias contundentes que
04:22sustentan de manera sólida la acusación por los delitos de lavado de activos, malversación de
04:28caudales públicos, fraude, uso de documentos falsos y violación de los deberes de los funcionarios por
04:35el desvío de 28.559.062.20 lempiras. Estas evidencias obtenidas a través del proceso de
04:46investigación exhaustivo incluyen documentos, información financiera, declaraciones de
04:52testigos y análisis periciales que demuestran que dichos fondos fueron desviados para un fin
04:58distinto para el cual estaban destinados y que fueron depositados en cuentas personales y otras
05:06cuentas aperturadas para recolectar fondos para la campaña política del señor Narri Azpura durante
05:13los años 2017 y 2018. 23 cheques fueron emitidos a favor de Narri Azpura por un monto total de
05:2217.450.023 lempiras depositados de la siguiente manera. En la cuenta número 010-10-13-35-03-27
05:36pleca 4484207 a nombre de Narri Juan Azpura Zabla, pleca candidato alcalde por la alcaldía
05:47municipal del distrito central destinada para aportes de su campaña se depositaron 11.950.023
05:56lempiras. En la cuenta número 20-00-05-86-45-33 aperturada a nombre de Narri Azpura para
06:07aportaciones de allegados políticos se depositaron 1.100.000 lempiras. En la cuenta
06:14número 20-00-06-66-13-34 aperturada para el depósito del salario de vengado por Narri Azpura
06:23se depositaron 4.400.000. Cinco cheques se emitieron a favor de Cintia Elizabeth Borjas
06:31Valenzuela, directora del despacho municipal por un monto total de 8.604.119 lempiras
06:39depositados en su cuenta personal número 20-00-04-26-88-37 con el propósito de ahorro
06:49proyectos y proyectos de inversión. Cuatro cheques se emitieron a favor de Nil Biaet
06:56del Castillo Cruz, regidora municipal por un monto total de 2.504.920 lempiras con 20 centavos
07:03en concepto de fondos rotatorios, fondos rotatorios especial y reembolso. Los fondos
07:10se depositaron en la cuenta número 20-00-06-26-17-19 y número 20-00-06-48-60-28 las que fueron
07:21aperturadas para otros fines como ser prestaciones laborales y salario de vengado. El análisis
07:27financiero realizado a los fondos municipales procedente de los 32 cheques de caja refleja
07:34que 21.485.552 lempiras con 24 centavos fueron desviados a cuentas de las empresas Decoesa,
07:45Cosenza, Invasa y CESA, empresas de las cuales Narria Fura fue socio fundador. 735.599 lempiras
07:55con 81 centavos fueron pagados por un contrato celebrado entre la empresa Amasa y Geoconstrucciones,
08:04propiedad de Octavio Pineda Medina y Octavio José Pineda Paredes por la construcción del
08:11parqueo privado de la residencia del representante legal de Amasa, empresa vinculada a Narria Fura.
08:19637.567 lempiras se pagaron a sus contratistas de Decoesa por la construcción de muros
08:29del liceo franco-hondureño. Narria Fura es el presidente del consejo de administración
08:38de Decoesa desde el 22 de marzo del 2017. Pagos a tarjeta de crédito, se pagó a la tarjeta de
08:51crédito número 4809.95, 0901.20.2557 de Narria Fura un monto de 322.608 lempiras con 48 centavos,
09:05se pagó a la tarjeta número 4220.10.80-0007.7336 de Alexandra Asfura del Cid, hija del exalcalde
09:17de Narria Fura, un monto de 1.500 dólares. Se pagó a la tarjeta número 4220.10.80-0008.30.52
09:30de Estefania Asfura del Cid, hija del exalcalde de Narria Fura, un monto de 1.500 dólares. Se pagó a la
09:37tarjeta número 4220.10.80-0008.11.89 de Mónique Asfura del Cid, hija del exalcalde de Narria
09:47Fura, un monto de 63.798 lempiras con 93 centavos. Se pagó a varias tarjetas de Narria Fura y sus
09:57empleados Óscar Rolando Uriarte Romero, Corina Martínez Elvir e Isael Antonio Torres, un monto de
10:05356.296 lempiras.39 centavos. Durante el mismo periodo, Óscar Rolando Uriarte Romero, quien
10:15tiene firma autorizada en las cuentas de Narria Fura, realizó envíos de dinero al extranjero por
10:211.841.214 lempiras con 28 centavos a Alexandra y Estefania Asfura del Cid, hija del exalcalde
10:31Narria Asfura. Parte de este dinero provenía de los fondos que se investían de la alcaldía municipal
10:37del distrito central. Para intentar justificar el uso de los fondos, los imputados presentaron
10:45liquidaciones con documentos falsos, inconsistentes con el análisis forense de los movimientos
10:53financieros. El Ministerio Público cuenta con prueba plena para acreditar esta imputación.
11:0232 cheques emitidos desde el Fedicomiso de la Alcaldía a solicitud de Narria Asfura Zabla.
11:09Cheques emitidos a favor de los 78 beneficiarios identificados de los 28.559.062 lempiras con 20 centavos,
11:20entre personas naturales y jurídicas. Declaraciones de 99 testigos, algunos vinculados directamente con
11:28Narria Asfura, además de dos testigos que rindieron su declaración con las formalidades de prueba
11:35anticipada. Informe de auditoría forense realizado por peritos del Oferco. Dictámenes del Laboratorio
11:43de Documentología de Medicina Forense que concluye que 24 personas no firmaron los documentos que
11:49respaldan las liquidaciones. En consecuencia, son falsos. Informe de vinculación criminal elaborado
11:57por la Unidad de Análisis Criminal del Oferco. Estas pruebas serán presentadas ante el juez
12:03competente para acreditar los delitos y la participación de los imputados, todas obtenidas
12:09respetando las garantías procesales y el debido proceso. El Ministerio Público tiene el deber
12:15constitucional y legal de actuar conforme al marco jurídico vigente para exigir la aplicación de
12:22justicia. No detendré los procesos de investigación ni la presentación de requerimientos fiscales y
12:28continuaré exigiendo justicia contra quienes estén involucrados en redes de corrupción,
12:34crimen organizado, narcotráfico y el saqueo alerario público, independientemente de la
12:40condición económica o de poder que ostenten los responsables.

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