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El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco (IEPC) declaró extinto el Partido de la Revolución Democrática (PRD) que a sus 35 años de vida política no obtuvo más del 3 por ciento de la votación que requería, el pasado 2 de junio.
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco (IEPC) declaró extinto el Partido de la Revolución Democrática (PRD) que a sus 35 años de vida política no obtuvo más del 3 por ciento de la votación que requería, el pasado 2 de junio.
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NoticiasTranscripción
00:00El Instituto Electoral y de
00:04Participación Ciudadana y
00:05Popular paga la gobernanza del
00:06estado de Jalisco y EPC declaró
00:09extinto al partido de la
00:10Revolución Democrática PRD que
00:12a sus treinta y cinco años de
00:14vida política no obtuvo más del
00:16tres por ciento en la votación
00:18que requería el pasado dos de
00:20junio. En la misma sesión se
00:21aprobó la desintegración de la
00:23comisión temporal de debates,
00:25la creación de la comisión
00:26temporal de mejora
00:27y además se fijó cómo quedaran
00:29las nuevas comisiones con las y
00:31los consejeros recién
00:33integrados. Justo el pleno votó
00:35de manera unánime la pérdida de
00:37acreditación del partido de la
00:39Revolución Democrática que fue
00:41creado en el año de mil
00:42novecientos ochenta y nueve y
00:44de paso se guardó un minuto de
00:46silencio por el fallecimiento
00:48de una de sus fundadoras, la
00:50legisladora Ifigenia Martínez y
00:53Hernández. Escuchemos la voz del
00:56secretario del YPC, Cristian
00:59Flores Garza. Consuelo General
01:02del Instituto Nacional Electoral
01:03emitió el acuerdo INE CG dos
01:06dos mil doscientos treinta y
01:07cinco diagonal dos mil
01:08veinticuatro mediante el cual
01:10aprobó el dictamen de la Junta
01:12General Ejecutiva por el cual
01:14se determinó declarar la pérdida
01:16de registro como partido
01:17político nacional al partido de
01:19la Revolución Democrática en
01:20virtud de no haber obtenido el
01:21tres por ciento de la votación
01:23válida emitida en la elección
01:24legislativa de la semana pasada
01:26el dos de junio del año en
01:28curso conforme lo dispuesto en
01:30el artículo noventa y cuatro
01:31párrafo uno inciso B de la ley
01:34general de partidos políticos
01:36dicho. Al no alcanzar el tres
01:38por ciento de la votación, el
01:40partido perdió a nivel nacional
01:41la representación y también las
01:43prerrogativas, y lo mismo
01:45ocurrió en todos los estados de
01:47la república, incluyendo, por
01:50supuesto, a Jalisco. UDG TV
01:52Víctor Manuel Chávez Sogazón.