Trabajo familiar y comunitario

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00:00Un paso muy importante, vamos avanzando en nuestra reforma, hoy salió el bloque de los colectivos, solamente nos faltó un artículo que es el 67 y que será el que encabece el próximo bloque, que es el que tiene que ver con la convocación sindical.
00:13Y aquí la posición nuestra es una, acoger lo que está planteando la OGRE y los compromisos que el gobierno había adquirido con estas instrucciones, y es que los contratos sindicales desaparecen como figura.
00:28Y si los sindicatos quieren transformar en empresas, pues nosotros vamos a apoyar que se transformen en empresas como tal.
00:33Pero del día de hoy vale la pena destacar uno, que aprobamos todos los procesos de procedimiento laboral que son con el artículo 7, destacamos también todo lo que tiene que ver con el reconocimiento del trabajo familiar, comunitario y campesino,
00:49que es muy importante porque allí hay unas medidas de protección, por ejemplo, como quitándole barreras al acceso a la seguridad social.
00:58Otro artículo para destacar tiene que ver con la protección del trabajo rural femenino-campesino, es decir, donde ya la compañera, la mujer pasa de ser la esposa a hacer un rol de coequipera y socia de un trabajo, por ejemplo, como es la alimentación de trabajadores,
01:18que ya no es la alimentación solo de su familia, sino de un grupo de trabajadores que presta un contrato, digamos, laboral en ese caso respectivo.
01:28Y quiero también resaltar el proceso de los pactos colectivos, que ha sido un tema muy criticado, tanto por la OIT como por la OVD, y los compromisos que adquirió este país alrededor de los TLC,
01:43y es que donde hayan organizaciones sindicales no hayan pactos colectivos.
01:48Aquí el artículo quedó morigerado en el sentido de cuando en una organización o en una empresa la tercera parte de sus atividades está en el sindicato, no podrá celebrarse un pacto colectivo.
02:02Esto tiene el objetivo de avanzar y de apoyar lo que es la asociación sindical y la negociación colectiva.
02:11Y también el día de hoy destacamos que también se aprobó el derecho a la asociación sindical como un eje no solamente de los convenios de la OIT, sino como parte de la constitucionalidad del país.

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