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TVTranscripción
00:00Si bien en fecha 26 de agosto del año en curso se ejecutó el mandamiento de detención
00:08preventiva con fines de extradición de Maximiliano Dávila, sin embargo de ello en fecha 17 de
00:17septiembre, vale decir la pasada semana, el Tribunal Supremo de Justicia a través del
00:23magistrado tramitador del proceso que nos ocupa dispuso la comunicación al Estado
00:31requirente, a Estados Unidos, para que conozca formalmente de esta detención preventiva
00:39y a partir de que se produzca esa notificación al Estado requirente pues continúe con el
00:47trámite que corresponde, es decir, la presentación formal de la solicitud de extradición.
00:53Esa notificación entendemos que se encuentra en curso actualmente en la Cancillería del
01:00Estado Plurinacional de Bolivia y consiguientemente el plazo de los 60 días que establece el
01:08artículo 8 del tratado de extradición vigente entre Estados Unidos y Bolivia aún no está
01:16corriendo porque este plazo se computa a partir de que se produce la notificación al Estado
01:23requirente con la comunicación oficial de haberse ejecutado la detención preventiva
01:33del extraditable en el proceso correspondiente.