Sigue debate sobre remoción de la Vicefiscal General: ¿Quién tiene la razón?

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00:00Prosigue el debate sobre la remoción de la vicefiscal general Peyse Pilar Loretto Tubeng,
00:15hecho materializado el pasado 2 de mayo según resolución que divulgué ese mismo día a través
00:23de mi cuenta personal arroba el espinito. Les decía en esa oportunidad que un grupo de abogados defiende
00:30esa decisión del fiscal general Tarek Williams porque es un cargo de libre nombramiento y
00:38remoción según esa primera tesis, pero otros profesionales del derecho señalan que esa
00:44remoción debió hacerla la asamblea nacional y para sustentar ese dicho refrescamos la sentencia
00:51número 470 del 14 de julio del año 2017 donde la sala constitucional del tribunal supremo de
00:59justicia dejó sin efecto la designación del vicefiscal Rafael González Aria porque tal
01:06nombramiento no fue realizado por la asamblea nacional. Recuérdese que la entonces fiscal
01:14Luisa Ortega Díaz despachó o removió a la vicefiscal general de entonces y colocó en su
01:21lugar a Rafael González Arias sin notificarlo a la asamblea nacional y cuando fue a la sala
01:30constitucional para solicitar la nulidad de un decreto emitido por el presidente Nicolás Maduro
01:36donde se establecían las bases de la asamblea nacional constituyente ella fue acompañada del
01:42vicefiscal Rafael González Aria y cuando los magistrados revisaron tal situación se dieron
01:50cuenta que dicho nombramiento no había pasado por la asamblea nacional y la sala dejó sin efecto tal
01:59designación en virtud de que la asamblea nacional de entonces había sido declarada en desacato hay
02:07que colocar ese detalle. Bueno para añadir más argumentos al debate recordemos que la
02:14vicefiscal general Beise Loreto fue designada por la asamblea nacional constituyente según se lee
02:21en la Gaceta Oficial 41508 del 23 de octubre del año 2018. Allí vemos con todas sus letras el
02:31decreto constituyente mediante el cual se designa a Beise Loreto como vicefiscal general de la
02:38república. Ese decreto constituyente lo firman los directivos de la asamblea nacional constituyente a
02:46saber Diosdado Cabello, presidente, Tania Díaz, primera vicepresidenta, Fidel Vázquez, secretario
02:52y Carolis Pérez, subsecretaria. Ya que recordamos que la designación de Beise Loreto fue acordada
02:58por la asamblea nacional constituyente esa asamblea electa el 30 de julio del año 2017
03:04también es válido y oportuno traer a colación la ley constitucional que regula la vigencia de los
03:12actos emanados de esa asamblea constituyente publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria
03:196604 difundida el viernes 18 de diciembre del año 2020. Esa ley prohíbe modificar los decretos
03:28emitidos por la constituyente a menos que se haga a través del poder legislativo. En algunos casos
03:37el mencionado artículo el artículo 4 de la ley constituyente dice textualmente así los actos
03:45emanados de la asamblea nacional constituyente bajo la figura de decreto constituyente sólo
03:51podrán ser modificados por la asamblea nacional con el voto favorable de las dos de sus integrantes
03:59conforme al procedimiento establecido en la constitución de la república bolivariana
04:04de venezuela para la formación de leyes la iguana punto tv la verdad hecha tendencia

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