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Transcripción
00:00Saludos a todos, feliz domingo. Bienvenidos a este espacio que nos ofrece LaIguana.tv
00:16dedicado exclusivamente a los sucesos y al quehacer del sistema de justicia en Venezuela.
00:23Aquí les traigo el expediente de un grupo de militares y civiles acusados de participar
00:28en una intentona ocurrida el 21 de enero del año 2019, es decir, dos días antes de que
00:36el entonces diputado de voluntad popular Juan Guaidó se autofuramentara como presidente
00:43de Venezuela. Bueno, a raíz de esa intentona, vamos a llamarlo así, o la toma de la Guardia
00:48Nacional Bolivariana en cotiza, fueron imputados 25 militares y 4 civiles. Algunos resultaron
00:57condenados y otros acueltos. Pero es aquí que recientemente ha surgido un conflicto entre dos
01:04salas del Tribunal Supremo de Justicia en torno a este expediente, en torno a este caso que les
01:11estoy comentando. Se los resumo así, la sala penal del máximo tribunal de Venezuela cree que hay
01:16razones jurídicas para dejar las cosas así, es decir, para que se cierre ese expediente con las
01:23condenas ya impuestas, pero la sala constitucional considera que ese expediente no se puede cerrar
01:32porque en su criterio al grupo de militares procesados se les violentaron garantías
01:40establecidas en la carta magna a los militares y a los civiles. Bueno, aquí vamos a echar el
01:45cuento de ese conflicto entre las dos salas del máximo tribunal de Venezuela, pero además vamos a
01:52relatar cómo ocurrieron esos hechos del 21 de enero del año 2019 que tanto alboroto causaron
02:02aquí en Caracas. Empecemos precisamente con los hechos denominados por el Ministerio Público como
02:08Movimiento Conspirativo, originalmente nosotros le llamamos Intentona. El líder de ese movimiento
02:16conspirativo era el sargento mayor de tercera de la Guardia Nacional Bolivariana, Luis Alexander
02:23Bandres Figueroa. Esta persona grabó un vídeo junto a una veintena de militares manifestando
02:29su desconocimiento al gobierno del presidente Nicolás Maduro. En el material fílmico anunciaron
02:36la toma de ese establecimiento militar ubicado en Cotiza, municipio libertador Caracas. Allí
02:43funcionó en un tiempo la extinta policía metropolitana. Este grupo de militares irrumpió
02:50en el parque de armas y sustrajo 60 fusiles AK-103, de los cuales se han recuperado hasta la fecha
02:5843 según las investigaciones. Las operaciones derivadas de ese movimiento conspirativo fueron
03:06planificadas y financiadas por el coronel retirado Osvaldo Valentín García Palomo,
03:14quien actualmente se encuentra en Colombia. García Palomo tiene orden de aprehensión porque
03:20igualmente se le vincula a la denominada operación Armagedón, destinada a impedir
03:27las elecciones presidenciales del 20 de mayo del año 2018, y a su vez atentar ese mismo
03:35movimiento contra la vida del primer mandatario nacional Nicolás Maduro. Pero además García
03:43Palomo también es ligado al atentado con drones del 4 de agosto del año 2018 ocurrido en la
03:49avenida Bolívar de acá de Caracas. Hay un video donde García Palomo dice que, abre comillas,
03:58se agotaron todos los recursos electorales para cambiar de forma pacífica el régimen imperante,
04:07cierre comillas. Esta es la prédica de estos militares y civiles que han venido de movimiento
04:14en movimiento tratando por las vías violentas de desplazar al presidente Nicolás Maduro. Bueno,
04:21sigo con la cronología del movimiento de cotiza, el movimiento conspirativo como le denomina el
04:27Ministerio Público. García Palomo, estoy leyendo parte del informe que está inserto en varias
04:33sentencias del Tribunal Supremo de Justicia. García Palomo le encomendó al sargento primero
04:38Gilmer Alexander Romero Subero, alias El Pollo, actualmente radicado en Ecuador, que reclutara
04:48a varios militares para llevar adelante esta toma de la Guardia Nacional en cotiza. En consecuencia,
04:56alias El Pollo, reclutó al sargento mayor de tercera Luis Alexander Pandres. Ha escrito al
05:04Destacamento de Seguridad Urbana Tiuna, Parroquia Caricuao, para que liderara y conformara un
05:11movimiento insurreccional. En el de Sur Tiuna, el Destacamento de Seguridad Urbana Tiuna, con el fin
05:21de captar personal militar, tropas profesionales y sustraer el armamento de guerra depositado en
05:27el Parque de Armas y Vehículos Blindados 4x4 BN4 del Sur Petare, y entregar una fracción del
05:38armamento sustraído a elementos de la Resistencia, e ir a atacar al Palacio de Miraflores en coordinación
05:46con el civil Gilberto Rafael Martínez Daza, alias Máximo. Atacar el Palacio de Miraflores y las
05:54manifestaciones de la oposición venezolana que estaban convocadas para el día 23 de enero del
06:01año 2019. Bueno, allí vemos las dimensiones de este movimiento conspirativo. Sustraer armas de
06:09determinados establecimientos, atacar el Palacio de Miraflores y atacar las manifestaciones que
06:16estaban convocadas para el 23 de enero por la oposición. 23 de enero del año 2019, día en que
06:23el entonces diputado Juan Guaidó se autofuramentó como presidente de Venezuela. El sargento mayor de
06:32tercera, Luis Alexander Vandré Figueroa, hemos dicho que este es el que está catalogado como
06:37el cabecilla de este movimiento, sostuvo reuniones previas con el personal militar adscrito a los
06:43comandos parroquiales del de Sur Tiuna, Caricuao y Macarao, logrando en esta última, allá en Macarao,
06:52alistar al personal que utilizó para iniciar la ejecución de la operación, según dice el informe
06:59de inteligencia. Bueno, el día de las operaciones, es decir, el 21 de enero del año 2019, a las 2 de
07:07la madrugada, el sargento mayor de tercera, Luis Alexander Vandré Figueroa, se encontraba de
07:13guardia como oficial de inspección en el puesto de comando del de Sur de la parroquia Caricuao.
07:21Destacamiento de seguridad urbana de la Guardia Nacional Bolivariana ubicado en Caricuao. Ahí
07:28estaba en compañía del sargento mayor de tercera, Harry José Solano Vargas. Ambos hurtaron de esa
07:37unidad el vehículo militar de transporte marca Yak 4x2, sigla Guardia Nacional Bolivariana 00384,
07:47y obligan, bajo amenaza de muerte, al sargento segundo Alberto o Albert Agnel Duarte Ramírez a
07:56conducir la unidad hasta el puesto de comando del de Sur de la parroquia Macarao, donde habían
08:06hecho las coordinaciones con los sargentos primeros, ojo, Alberto José Piñango Salas y Jorge Enrique
08:13Rico Arrieta, para que tomaran esa unidad, amordazando y encerrando en los calabozos al
08:20comandante de la misma, Capitán Jerzy Leonardo Soto Martínez. Ese era el plan. Al llegar al
08:29puesto del comando del de Sur de la parroquia Macarao, en el vehículo Yak, abordan 10 guardias
08:38nacionales, quienes se especifican a continuación. Aquí en este informe están todos los participantes
08:46de esta operación. Se trata de los sargentos Alberto José Piñango Salas, Jordani Jalirio
08:53Camacaro González, Edgar Jesús Díaz Vivenes, Jayser Moisés Montero Mujica, Helber David Glock
09:02Vásquez, Gerardo Oviedo Piña, Catalino Romero Pérez, Wolfgang Arquímedes González Carrasco y
09:11Gile Tubal Hernández Palma. Todos resultaron aprendidos posteriormente. El sargento segundo,
09:20Hendry José Arenas Palmar, se evadió en la ejecución de la operación. Estaba comprometido
09:28en la misma. Pero ya con los 10 militares captados, montados en el camión, salen desde allí hacia
09:36Petare. Recuérdese que ellos tenían como propósito tomar varios establecimientos de la Guardia
09:43Nacional Bolivariana para sustraer armas y concentrarse en Cotiza, donde era digamos la
09:50operación principal. Concretamente este vehículo iba a la toma del destacamento de seguridad urbana
09:57de la Guardia Nacional Bolivariana, lo que les estoy comentando, ubicado en la redoma de Petare,
10:03final de la avenida Francisco de Miranda, cruce con la principal de la urbina, municipio Sucre,
10:10del estado Miranda. El resto del personal adscrito a la parroquia Macarao, quienes se
10:17encontraban también comprometidos con el movimiento subversivo, salen a las 3 de la mañana en dos
10:23vehículos. Primero sale este vehículo con los 10 efectivos hacia la toma del de sur Petare y luego
10:31salen otros dos vehículos militares de esa unidad al puesto de comando del de sur Caricuau.
10:40También pretendían hacer un asalto allí, con el fin de intentar sumar personal militar al movimiento,
10:50lo cual resulta infructuoso, porque resultaron detenidos. Si bien había una planificación de
10:58este grupo de militares, también los organismos de inteligencia habían diseñado un plan para
11:06contrarrestar este movimiento subversivo. Bueno, ¿quiénes fueron allí a Caricuau y que quedaron
11:13detenidos? Primero el conductor del vehículo militar Luis Alfredo Lobo Medina, así como los
11:19argentos Jorge Enrique Rico Arrieta, Luis Alfredo Milanés Chirino, Azdrúbal Gabriel Chirino López,
11:30Luis Alberto Peña Arteaga, Kelvin Manuel Charles Ramírez, José Daniel González Hospedales,
11:38Andrés Alfonso Paredes Soler y Ronald Eduardo Salcedo Méndez. Esos eran nueve que iban en un
11:49vehículo, resultaron aprendidos y entregados a la Fiscalía Militar. Había otro vehículo que
11:56llegó desde Macarao a Caricuau y cuyos ocupantes también resultaron detenidos. Ellos son el
12:04sargento mayor de tercera, Goherme Narciso Martínez Natera, Adonis Alonso Duque Matute,
12:12Luis Gustavo Medina Salas y Jesús Aguinalde Romero Ronaldo. Trece detenidos en total,
12:22nueve del primer vehículo y cuatro del segundo vehículo militar. Ajá, ¿y qué pasó con el
12:30vehículo que iba hacia la toma del destacamento de seguridad urbana allá en Petare y que había
12:39salido también de allí de Macarao? Porque salieron tres, dos para Caricuau donde resultaron detenidos
12:45sus trece ocupantes y el que salió para asaltar el DESUR o el destacamento de seguridad urbana de
12:53la Guardia Nacional Bolivariana ubicado en la redoma de Petare. Bueno, ese vehículo se detuvo
13:01en una gasolinera ubicada en la avenida Francisco de Miranda a pocos metros de la redoma de Petare.
13:08Recuérdese que esa unidad iba capitaneada por el sargento mayor de tercera Luis Alexander Bander
13:16Figueroa, el cabecilla del movimiento DS21 de enero del año 2019. En esa gasolinera se incorporan
13:25tres civiles, aquí no se mencionan los nombres, para continuar la ruta hasta el DESUR Petare donde
13:33se produce una balacera. Para que se den una idea del poder de fuego que lograron sustraer este
13:42grupo de civiles y militares, he aquí el material que posteriormente les fue incautado. 51 fusiles
13:53AK-103, 4 pistolas Pietro Beretta modelo 92FS calibre 9 milímetros, 166 cargadores para fusiles
14:05AK-103 con su respectiva carga de 20 cartuchos cada uno sin percutir, 17 cargadoras de pistola
14:14Pietro Beretta calibre 9 milímetros, 250 cartuchos calibre 12 milímetros, 75 cartuchos calibre 12
14:26milímetros, 5060 cartuchos calibre 7,62 estos son para fusiles, 2085 cartuchos calibre 9 milímetros.
14:38He allí el material que ellos lograron sustraer de allí del DESUR Petare a fuerza de balacera
14:48como se dice aquí en el informe. Cabe destacar, añade este informe, que en la toma y asalto del
14:55DESUR Petare, de donde sustrajeron ese material que les acabo de desglosar, el movimiento
15:03conspirativo contó con el apoyo del sargento mayor de tercera Jofre Javier Castro Alviares,
15:09quien resultó posteriormente aprendido oficial parquero de la unidad, quien no opuso resistencia
15:17para abrir la puerta de la misma y posteriormente solicitó, vean esto, que lo dejaran amarrado para
15:26fingir haber sido sometido y obligado, bueno a veces teatro, sometido el DESUR Petare por este
15:35grupo que salió de Macarao, los militares sublevados abordan el vehículo ya llevándose en calidad de
15:43rehenes al personal que lograron retener en esa unidad militar. Del DESUR Petare, de allí de la
15:51redoma de Petare, salen con destino a la plaza Oleari, centro de Caracas. Esa unidad llegó a la
15:59plaza Oleari donde entregan 10 fusiles a personas que llegan en dos camionetas, presumimos que son
16:07civiles. Posteriormente prosiguen hacia Cotiza, que es el centro de este movimiento. Asaltan DESUR
16:18Petare para sustraer armas, asaltan el de Caricuau y el de Macarao para llevarse personal y todos
16:28iban a confluir allí en Cotiza. Una vez en la unidad de la Guardia Nacional Bolivariana, allí
16:36ubicada en Cotiza, el sargento mayor de tercera Luis Alexander Vandré Figueroa empieza a grabar
16:41un conjunto de vídeos donde desconoce al presidente de Venezuela y comandante en jefe de la Fuerza
16:50Armada Nacional Bolivariana Nicolás Maduro Moro y además llaman al pueblo venezolano a que saliera
16:59a las calles y realizar protestas violentas. Estos vídeos los transmiten a través del número
17:07telefónico perteneciente a la civil Heidi Carolina Fernández Soto alias Roxana, quien era la
17:16responsable de difundir los vídeos a través de las redes sociales y articular con las células de
17:23la resistencia de la oposición. Esta es una de las civiles que participó de las cuatro civiles
17:31que participó en ese movimiento. Se sabe, dice el informe además, que el líder de los sublevados
17:38estaba enviando los vídeos grabados durante el lanzamiento en la unidad especial de seguridad
17:43cotiza a un corresponsal de RCN en Venezuela. Este es un medio de comunicación colombiano.
17:52Se tuvo conocimiento que el sargento primero Anderson Jesús Subero Avarellano, quien se
17:59desempeñaba como auxiliar parquero del Desur Petare, desertor desde el 28 de diciembre del
18:07año 2018, y el sargento segundo Jean Jesús Mora Palma, privado de libertad en esa unidad,
18:14estarían implicados directamente en la planificación y ejecución de estas acciones,
18:20suministrando información estratégica del Desur Petare, especialmente del parque de armas y de
18:28los vehículos que poseía ese establecimiento militar. Prosigo con la cronología. Otro de
18:36los objetivos que el movimiento conspirativo tenía previsto era asaltar el parque de armas
18:42del destacamento número 434, ubicado en Ciudad Caribe, en la autopista Caracas La Guaira.
18:51Ok, hasta aquí los hechos investigados en el terreno de lo que sucedió en Caricuao,
18:58en Macaragua, en Petare y en Cotiza. Los hechos narrados por el Ministerio Público
19:04basados en investigaciones de la Dirección General de Contrainteligencia Militar.
19:10Ahora paso a narrarles cómo fueron procesados penalmente estos militares y civiles. En el
19:19expediente aparecen 24 militares y 4 civiles. Estas personas fueron imputadas por los siguientes
19:27delitos, motín, intigación a la rebelión, sustracción de efectos pertenecientes a la
19:32Fuerza Armada Nacional Bolivariana, desobediencia en tiempos de paz,
19:36ultraje a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, entre otros. Unos fueron procesados en calidad
19:42de autores y otros en calidad de cómplice. El 23 de abril de ese año, 2019, ordenan abrir
19:51juicio contra 21 militares y 3 civiles. ¿Por qué digo 21 y no 24 como originalmente anuncié?
19:59Porque 3 de ellos ya habían sido procesados con anterioridad.
20:06Ahí están los nombres en pantalla de los 21 militares y 3 civiles.
20:11Esos 21 militares y 3 civiles, un cuarto recibió un indulto presidencial el 31 de agosto de 2020.
20:27Se trata de Carlos Andrés Villa Torres. Los restantes fueron llevados ante el Tribunal
20:34Tercero en funciones de control del Circuito Judicial Penal con sede en Caracas para la
20:40celebración de la audiencia preliminar, donde se decidiría si ordenaban o no el pase a
20:47juicio de este grupo. De ese conjunto de militares y civiles sabemos, por notoriedad judicial,
20:57por revisión en las cuentas y en las sentencias del Tribunal Supremo en su página web, sobre la
21:05condena impuesta a 3 militares, entre ellos el cabecilla del movimiento conspirativo Sargento
21:11Mayor de Tercera, Luis Alexander Vandre Figueroa. Esta persona fue condenada a 15 años y 9 meses de
21:20prisión por ser autor o fue, digamos, responsabilizado por el Tribunal de los delitos de
21:29instigación a la rebelión, motín, desobediencia en tiempos de paz, sustracción de efectos
21:34pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y ultraje a la FAN. Y como cómplices de
21:41esos delitos fueron condenados los sargentos primeros Jordani Jalirio, Camacaro González y Alberto
21:50José Piñan-González a 7 años y 9 meses de prisión. Esas condenas fueron dictadas el 23 de junio del
21:58año 2022 y publicadas el 26 de septiembre del año de ese mismo año 2022 por el Tribunal
22:06Primero de Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con sede en Caracas. Bueno, tal
22:13condena fue apelada por los abogados Miguel Ángel Forero Terán y Rachel Alejandra González Morales,
22:22representantes de los sargentos Bandres Piñango y Camacaro. Estos abogados interpusieron un recurso
22:30de casación ante la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia. En virtud de ello, la Corte
22:39Marcial, que fue la que recibió este recurso, envió el expediente a la Sala Penal del máximo
22:47tribunal de Venezuela para que determinaran o bien la ratificación de las condenas o bien la
22:55celebración de un nuevo juicio, porque consideraban que los abogados tenían razón respecto a las
23:03irregularidades o a las presuntas irregularidades que estaban denunciando mediante el recurso de
23:09casación. Bueno, esas eran las opciones que tenía la Sala Penal. Es aquí que los magistrados de la
23:15Sala Penal desestimaron el recurso interpuesto por los sargentos Bandres Piñango y Camacaro,
23:21porque sus abogados no supieron explicar con claridad las presuntas irregularidades observadas
23:31en el juicio a estos tres militares. Esto quedó expresado en la sentencia número 96,
23:38publicada el 14 de marzo pasado por la Sala Penal. Esa sentencia fue redactada por la magistrada
23:47Elsa Gómez, presidenta de la Sala Penal y convalidada por sus colegas Michael Moreno
23:53y Carmen Marisela Castro. A los seis días de haberse emitido esa sentencia, la misma fue
24:01suspendida por la Sala Constitucional. Hasta tanto, decidían si la anulaban o la confirmaban. Esto
24:11era lo que les decía originalmente, el conflicto entre estas dos salas del máximo tribunal de
24:16Venezuela por ese expediente de los militares. Ya a los 10 días, la Sala Constitucional tenía tomada
24:24decisión. Finalmente, anularon la sentencia 96 de la Sala Penal. Les recuerdo que esa sentencia 96,
24:35anulada por la Sala Constitucional, cerraba las puertas a los sargentos Bandres Piñango y Camacaro
24:43de revertir la condena que le impusieron por haber ejecutado un movimiento conspirativo que implicó
24:50el ataque de dos establecimientos de la Guardia Nacional Bolivariana, el de Petare y el de Cotiza,
24:57porque el de Caricuado fue frustrado con la detención de los 13 militares que llegaron a esa
25:04unidad. Bueno, esa sentencia, la 96 de la Sala Penal, fue anulada porque en criterio de los
25:16magistrados de la Sala Constitucional se apartó esa sentencia 96 de los valores, principios, normas,
25:24derechos y garantías constitucionales. Estoy leyendo lo que dicen los magistrados. Al debido
25:30proceso, a la tutela judicial efectiva y a la debida responsabilidad penal que tiene cada
25:37ciudadano frente al Estado venezolano por los hechos punibles cometidos a la seguridad jurídica
25:44y a la justicia. Y dado que ello contribuirá, o sea, la anulación de esa sentencia, dicen los
25:51magistrados, contribuirá con la uniformidad jurisprudencial. Esta Sala Constitucional declara
26:00a lugar la revisión constitucional y por consiguiente anula la sentencia 96 dictada
26:08por la Sala Penal el 14 de marzo del año 2024. Yo favorito este conflicto. Eso por una parte.
26:16Bueno, en esa misma sentencia de la Sala Constitucional, sus magistrados manifestaron su
26:23desacuerdo a cómo fue presentado el recurso de casación, mediante el cual los sargentos
26:30Bandres, Piñango y Camacaro consignaron las denuncias como argumento para tratar de revertir
26:38la condena que le impusieron. Por una parte, la Sala Penal considera que los sargentos Bandres,
26:45Piñango y Camacaro no explicaron con claridad las denuncias relacionadas con supuestas
26:51irregularidades en el juicio que le abrieron a ellos. Pero otra cosa piensan los magistrados
26:58de la Sala Constitucional. No los voy a interpretar y por ello leeré el párrafo tal cual donde dejan
27:09plasmada o plasmado su diferencia con la Sala Penal en relación al punto comentado. Abre comillas.
27:18No obstante, esta Sala constata que el escrito recursivo cumplió cabalmente con los requisitos
27:27establecidos por la Ley Adjetiva Penal y la Jurisprudencia de la Sala de Casación Penal en
27:32cuanto a indicar al momento de su presentación en forma concisa y clara los preceptos legales
27:40que se consideren violados. Bueno, como ven, los magistrados de la Sala Constitucional consideran
27:47que los abogados de estos militares condenados expresaron en forma clara y precisa las denuncias.
27:55Una cosa distinta es lo que piensan en la Sala Penal. Tanto así que desestimaron esas denuncias
28:02porque no estaban expresadas de forma clara. Como consecuencia de haberse anulado la sentencia 96 de
28:09la Sala Penal, los magistrados de la Constitucional reenviaron el expediente a la mencionada Sala para
28:17que redactaran un nuevo fallo, prescindiendo de los vicios delatados. Y como ese expediente fue
28:26reingresado a la Sala Penal, los magistrados analizaron todo lo ocurrido y se dispusieron
28:35a revisar nuevamente el recurso de casación. Interpuesto por los argentos va Andrés Piñango
28:45y Camacaro, donde ellos denuncian irregularidades en su procesamiento penal. Recuérdense que estos
28:52sargentos fueron condenados entre 7 y 15 años de prisión. Sus abogados apelaron y la Sala Penal
28:59les dijo que no estaba claro lo que ellos estaban denunciando. Bueno, incluso en esta nueva sentencia
29:09los magistrados de la Sala Penal esplanaron las denuncias nuevamente de estos militares, pero se
29:17detienen y dicen antes de entrar a conocer esas denuncias vertidas en el recurso de casación,
29:25antes de analizar esas denuncias, los magistrados de la penal hicieron un alto que está explicado
29:34en un capítulo de la sentencia 190 del pasado 25 de abril. Ese capítulo se titula punto previo
29:43y nulidad de oficio. En ese capítulo, los magistrados dicen que van a proceder a revisar
29:49las actuaciones cumplidas en el proceso seguido a los militares amotinados, vamos a llamarlo así
29:58porque les imputaron el delito de motín, y en esa revisión de entrada los magistrados de la Sala
30:05Penal constatan vicios, estoy utilizando las palabras de ellos, que repercuten directamente
30:12en aspectos de orden constitucional y a criterios judiciales de la sala de casación penal y de la
30:19Sala Constitucional, que fueron inadvertidos, pasados por alto, durante el desarrollo de la
30:28causa, vinculados ante todo a valores, principios, normas, derechos y garantías constitucionales como
30:34el derecho de los ciudadanos a ser juzgado por su juez natural, artículo 49 de la constitución y el
30:467 del código orgánico procesal penal, un poco lo mismo que dicen los magistrados de la Sala
30:51Constitucional para anular esa sentencia de la de la penal, que se violaron principios y normas y
30:58jurisprudencia establecidas por ellos. Ojo, ellos están observando, los de la Sala Penal, ahorita,
31:06están observando algo que no vieron cuando analizaron el recurso interpuesto por Bandres,
31:13Piñango y Camacaro. Ahora los magistrados observan, los magistrados de la Sala Penal,
31:20después de haber hecho una primera decisión que se las anuló la Constitucional, ellos están
31:26observando que se quebrantó el principio del juez natural, porque en el proceso de los 21 militares
31:34habían tres civiles. Los magistrados trajeron del pasado una sentencia donde ellos mismos
31:40establecieron que el juez militar no es el juez natural para el procesamiento de civiles. También
31:47recordaron que el 17 de septiembre del año 2021 se publicó en Gaceta Oficial, la Gaceta Oficial
31:54Extraordinaria 6.646, la ley de reforma parcial del código orgánico de justicia militar, en cuyo
32:01artículo 6, respecto de la competencia de los tribunales de la jurisdicción penal militar,
32:06expresamente dispone que los procesos penales militares seguidos contra civiles que se encuentren
32:14en curso para la fecha de entrada en vigencia de este código serán remitidos a los tribunales
32:18penales ordinarios, manteniéndose la validez de los actos procesales realizados hasta la oportunidad.
32:25Bueno, los magistrados de la Sala Penal detectaron quien cometió el error ese de procesar a los
32:34civiles en tribunales militares, tres civiles junto a 21 militares. Escuche cómo lo dejaron
32:42reflejado en la sentencia, abre comillas. En este mismo hilo motivacional resulta evidente el error
32:49cometido tanto por la representación de la Fiscalía Militar, el juez del Tribunal Tercero en Funciones
32:55de Control del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Caracas, así como Corte Marcial del
33:00Circuito Judicial Penal Militar Nacional y sede en Caracas, al no ponderar la situación sobrevenida
33:06respecto a la presunta participación delictiva de personas civiles en relación a los hechos que
33:12fueron objeto de su consideración en desatención de los criterios jurisprudenciales ya advertido,
33:20derivando en el quebrantamiento de principios procesales referente a la celeridad, juez
33:25natural, inmediación, concentración y debido proceso. Bueno, la sala penal se acerca más al
33:33problema y dice que tal situación debió resolverla el Tribunal Militar en su oportunidad. Escuchen
33:41cómo lo escribieron, en virtud de ello resulta evidente que de acuerdo con las disposiciones
33:46normativas antes transcritas, dada la participación de diversas personas en la comisión de hechos,
33:51cuyo conocimiento correspondía a diferentes tribunales, debió el órgano jurisdiccional
33:57militar plantear, a los fines de asegurar la unidad del proceso y evitar decisiones contradictorias,
34:03declarar la declinatoria de la competencia conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del
34:10Código Orgánico Procesal Penal, donde se establece que si alguno de los delitos con exo corresponde
34:17a la competencia del juez ordinario o jueza ordinaria y otros a los de jueces especiales,
34:23el conocimiento de la causa corresponderá a la jurisdicción penal ordinaria. Donde estén mezclados
34:31civiles y militares, la norma establece que prevalece su procesamiento por los tribunales
34:39ordinarios o vamos a decirlo así los tribunales civiles en contraste con los militares, no es
34:45propiamente el nombre. Hecha toda esta argumentación vienen entonces las decisiones de
34:51la sala penal que a continuación les leo con base en las consideraciones precedentemente expuesta
34:58esta sala de casación penal del tribunal supremo de justicia en aras de garantizar el correcto
35:04cumplimiento del derecho en lo concerniente a las normas y garantías constitucionales y
35:09procesales que resguardan el debido proceso considera ajustado a derecho a decretar de
35:15oficio la nulidad absoluta de todas las actuaciones judiciales cumplidas en el presente proceso desde
35:20el 23 de abril de 2019, oportunidad en la cual se celebró ante el tribunal tercero de control
35:27del circuito judicial penal con sede en caracas el acto de la audiencia preliminar correspondiente
35:33en la causa seguida contra los 21 militares y tres civiles, es decir que este grupo de militares
35:41debe ser presentado ante un tribunal no militar o tribunal correspondiente a la justicia ordinaria
35:49presentado nuevamente para que decidan si ordenan o no un juicio contra ellos, ellos están ordenando
35:57repetir la audiencia preliminar pero repetir en un tribunal ordinario no en un tribunal militar
36:04como se hizo en la vez pasada, en esa decisión de la sala penal de anular la audiencia preliminar
36:13del 23 de abril del año 2019 no están incluidos pandres piñango y camacaro, la decisión se refiere
36:23a 21 militares cuyas identidades vemos allí en pantalla, hay que acotar que aún la sala penal
36:32no ha revisado el recurso de casación interpuesto por estos tres militares, recuérdese que ellos
36:40dijeron por allá que antes de entrar a revisar el recurso de casación de bandres piñango y camacaro
36:45realizarían un análisis general del procesamiento penal a estos militares, estoy pendiente de este
36:55caso, hasta aquí nuestro programa dominical si fue de su agrado denle me gusta suscríbase y active
37:03la campanita para que le llegue la notificación de este espacio y los demás que se transmiten
37:08por la iguana punto tv que dios me los bendiga
37:13la iguana punto tv la verdad hecha tendencia

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