Nueva ley fija topes a tributos estadales y municipales: Ramón Lobo

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00:00Salud amigas y amigos de La Iguana Televisión, les habla el periodista Clodobaldo Hernández.
00:13Este es el programa de entrevistas cara a cara que hacemos con gran gusto para todas
00:17y todos ustedes, persiguiendo nuestro compromiso de informar y formar políticamente también,
00:24informarnos nosotros. Hoy vamos a hablar acerca de la ley orgánica de coordinación
00:31y armonización de potestades tributarias de los estados y municipios. Esta ley que ha
00:37sido recientemente aprobada por la Asamblea Nacional y también promulgada por el Presidente
00:44de la República Nicolás Maduro Moros y que está ya parcialmente en vigencia. Hay algunos
00:50artículos que van a tardar algunos meses en entrar en vigencia. Para hablar sobre este
00:54tema tengo conmigo como invitado al Diputado Ramón Lobo, él es miembro de la Comisión
01:01de Economía, Finanzas y Desarrollo Nacional del Parlamento Venezolano. También él fue
01:09Ministro de Finanzas y fue Presidente del Banco Central de Venezuela. Bienvenido diputado,
01:16a grandes rasgos, ¿qué se pretende lograr con esta ley?
01:20Bueno, en primera instancia permítame saludar a todos los amigos y amigas que nos puedan
01:24estar observando, escuchando, darte las gracias a Clodo Baldo por esta oportunidad que nos
01:29brinda que es fundamental para generar la información que corresponde con esta ley
01:34sancionada, promulgada y publicada ya en Gaceta Oficial extraordinaria número 6.755. De igual
01:43manera saludar a todo el equipo de La Iguana TV. Esta ley tiene por objetivo ordenar la
01:52funcionabilidad del sistema tributario venezolano buscando una mayor eficacia, eficiencia en
02:00la recaudación de los tributos, evitar la sobreimposición, las sobrecargas fiscales
02:06que pueda afectar el desenvolvimiento de la economía. Porque al fin y al cabo un Estado,
02:11un municipio, al igual que el gobierno nacional, su recaudación puede aumentar o disminuir
02:16en función del mismo desenvolvimiento del hecho productivo que te puede generar más
02:20ingresos y en función de esos ingresos por lo general se establecen las alícuotas dependiendo
02:25del tipo de impuesto que se pueda establecer. Esta ley surge a raíz de una serie de inquietudes
02:31que se presentan a nivel nacional. Como todos ustedes muy bien saben, nosotros hemos sido
02:35víctimas en los últimos años de un bloqueo económico que ha limitado los ingresos fiscales
02:43del Tesoro Nacional, pero que también ha afectado la actividad económica de todos,
02:48tanto los naturales como los jurídicos. Y en esa afectación de los ingresos fiscales,
02:53pues los Estados y los municipios tienen que cumplir con sus funciones, tienen que buscar
02:58las maneras de cubrir los requerimientos que presentan las comunidades. Entonces se generó
03:01una situación de cobros de cada quien aplicar lo que está establecido en la ley, que es
03:08la potestad tributaria a los tres niveles de gobierno. Aquí rápidamente, en el artículo
03:12136 se habla de lo que es el poder público. El poder público verticalmente se distribuye
03:18en nacional, estadal y municipal. Y cada uno de esos niveles del poder público tiene una
03:24facultad o una potestad tributaria o un poder tributario, es decir, la posibilidad que mediante
03:30leyes usted pueda establecer una prestación pecuniaria a la colectividad natural o jurídica,
03:36y es propio del funcionamiento de los sistemas democráticos. La mayor parte de los gobiernos
03:43se financian en función de los tributos. Entonces eso generó una situación un poco
03:49medio complicada, porque como lo dije anteriormente, pues tenía que generar algún tipo de resultado.
03:56En función de eso, el Ejecutivo Nacional presentó a la Asamblea Nacional la ley orgánica
04:04de coordinación y armonización de la potestad tributaria a los estados y municipios. El
04:08artículo 156, numeral 13 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
04:15establece que el poder público nacional debe crear una ley que pueda coordinar y armonizar
04:21los sistemas tributarios. Y precisamente esta ley, y aquí es importante indicarlo en primer
04:25instante, está marcando un hito histórico. En la legislación venezolana no se había
04:30generado una ley con esta característica, donde se coordina y armoniza los tributos
04:38de los estados y los municipios, a través de un ente de consulta y participación como
04:44es el Consejo Superior de Armonización Tributaria, que luego se conecta con el Ministerio de
04:48Economía y Finanza, que es parte de la institucionalidad. Yo creo que en primera instancia debemos de
04:54nosotros aclarar, y es el objeto de la ley, su fundamentación legal y el por qué se
04:59desarrolló en este momento. Ahora no, el Ejecutivo Nacional, digamos, no está poniendo
05:05en discusión ninguno de sus propios tributos. Es decir, los tributos nacionales siguen siendo
05:10los mismos, no van a cambiar por esta ley. Lo que van a cambiar son los tributos de nivel
05:16estatal y de nivel municipal. No, la ley, el artículo 156, numeral 13, establece que
05:24a través de una ley, el Poder Público Nacional puede establecer los principios, parámetros
05:31y limitaciones de los tributos que se generan a nivel estadal y municipal. Anteriormente
05:37dije que el artículo 136 distribuía en tres niveles el gobierno. Cada uno tiene una aposentad
05:44tributaria. Entonces, sobre esa aposentad tributaria, esta ley establece unos límites,
05:48unos techos. Nosotros no estamos creando impuestos más allá de la Casa de Mantenimiento de las
05:54Comunidades. Simplemente lo que estamos diciendo, hay un techo. Por ejemplo, los tributos municipales
05:59se rigen por la ley orgánica del Poder Público Municipal. Título 5, del capítulo 5, ahí
06:05habla de ocho tipos de tributos. De esos ocho tipos de tributos, nosotros estamos estableciendo
06:10límites para tres tipos de tributos. El de actividades económicas, el impuesto sobre
06:15vehículos y el impuesto sobre los inmuebles urbanos. Por ejemplo, en la actividad económica,
06:20establecemos que no se puede cobrar más del 3% como alícuota sobre los ingresos brutos
06:27que obtengan las unidades económicas. Sobre ese 3%, luego el Consejo Superior de Administración
06:35Tributaria va a generar una opinión al Ministerio de Economía y Finanzas para establecer dentro
06:41de ese 3% cuánto le corresponde a cada uno de los sectores de las áreas. Es decir, puede
06:46ser que es 3%, 2,5, 2. No puede pasar del 3%. Hay cinco áreas, como licores, cigarrillos,
06:56todo lo que tiene que ver con bienes superfluos, joyas, que se establece hasta un 6,5% de la
07:03alícuota sobre los ingresos brutos para lo que corresponde al impuesto a la actividad
07:08económica. Eso es lo que establece la ley. No es que estamos creando nuevos tributos,
07:13entonces lo que estamos es tratando de coordenar, porque antes de esta ley no existía un espacio
07:18donde nosotros pudiésemos generar un punto de encuentro de los impuestos municipales,
07:22los impuestos estadales y, por supuesto, eso le da una visión al Estado Central, que es
07:27el que tiene la perspectiva de todo el territorio, para también revisar los tributos que se
07:34puedan generar desde la potestad tributaria nacional. Entonces, no estamos creando tributos
07:39simplemente lo que estamos estableciendo son principios, parámetros y limitaciones,
07:43tanto para los estados como para los municipios. Y eso se desarrolla, y vuelvo a destacarlo,
07:50con la institucionalidad que se está creando, donde tenemos el Consejo de Harmonización
07:54Tributaria, opinión, participación de todos los sectores. Ese espacio está integrado
08:03por tres gobernadores, tres alcaldes o alcaldesas o gobernadoras, de acuerdo a lo que tiene
08:10establecido la Secretaría Ejecutiva del Consejo Federal de Gobierno, pero también la máxima
08:14autoridad de la Administración Tributaria Nacional, que en este caso es el SENA, y el
08:17ministro o ministra con competencia en Economía y Finanza, que es el que lleva la dirección
08:23de ese espacio, pero ahí se puede convocar a los sectores productivos, a los sectores
08:28económicos, a las unidades de producción para escuchar sus opiniones sobre el sistema
08:33tributario. Yo creo que este es un paso importante para generar toda una armonización lo más
08:38eficaz posible, porque hasta ahora nosotros hablábamos de armonizaciones, pero a nivel
08:42internacional, usted lo puede escuchar, se estableció un convenio tributario con determinado
08:48país, se hacía de manera bilateral, para evitar la doble imposición, que eso va a
08:52encarecer la mercancía, pero también cuando estamos en esquemas de integración económico,
08:57como la Comunidad Andina de Naciones, aunque no estamos ahorita nosotros integrados, Mercosur,
09:01pero eso tiene también ya mecanismo de armonización tributaria, pero a nivel internacional, interno
09:07este es un avance importante, importante y va a ser nuestro primer paso.
09:12Poniéndonos en el otro lado del espectro, en el lado de los gobernadores y de los alcaldes,
09:19cómo queda la viabilidad económica de estos gobiernos, en vista de que, como usted bien
09:24lo decía, han mermado mucho el aporte del gobierno nacional por toda la situación fiscal
09:29que existe, a raíz de las medidas coercitivas unilaterales, del bloqueo, de la crisis económica
09:35en general, cómo queda la viabilidad económica de estos gobiernos regionales y locales?
09:41Mira, como lo dije anteriormente, nosotros lo que estamos colocando son techos, para
09:45buscar también la racionalidad del sistema, tiene que haber justicia tributaria, eso es
09:51importante que nosotros lo entendamos, y así están también las autoridades, en ningún
09:55momento nosotros estamos afectando la autonomía ni municipal ni estadal, lo que se quiere
10:00sencillamente es garantizar que las cargas tributarias sean lo justo, y que por supuesto
10:09también propicie el hecho productivo, porque no solamente hablamos de los techos, las limitaciones,
10:17también proponemos la posibilidad de las accionaraciones, la posibilidad de las rebajas
10:21y todo lo que corresponde a incentivos fiscales, como usted muy bien lo ha señalado, ante
10:27la situación del bloqueo económico, pues han mermado los ingresos fiscales, el gobierno
10:31sigue entregando de acuerdo a lo que está establecido en la constitución, lo que llaman
10:35el situado constitucional, sigue entregando recursos por el Fondo de Compensación Interterritorial,
10:39pero ese extra que siempre estamos entregando a las regiones, pues se ha visto perjudicado,
10:44y por eso las regiones han recorrido a utilizar con mayor fuerza lo que corresponde a su poder
10:52tributario, nosotros consideramos que en ningún momento eso va a afectar, por el contrario,
10:58en función de un mediano plazo vamos a tener una situación positiva, porque como lo dije,
11:03si nosotros permitimos la funcionabilidad de las unidades productivas, pues van a generar
11:07sus ingresos a la parte que han generado bien el servicio y por consiguiente lo que se está
11:12establecido para cobrar, puede generar mayor ingreso.
11:17Usted tiene una visión ahí de los dos lados, porque usted es alcalde, ¿no?
11:21Sí, yo tuve la posibilidad de ser alcalde de mi pueblo, La Zulita, durante el periodo
11:262000-2008, entonces particularmente tenemos esa visión municipal, pero también el estudio
11:31nos ha llevado a conocer el hecho estadal, que es la que tiene una menor potestad tributaria,
11:39prácticamente es de carácter residual, y por supuesto también el ejercicio de la
11:43actividad legislativa nos ha conllevado a conocer todo lo que es el funcionamiento del
11:48sistema tributario nacional, creo que es bastante oportuno, nosotros hemos tenido encuentros
11:54con distintos sectores después de haberse aprobado la ley, hicimos una consulta en los
12:0023 estados, en todos los rincones, y ha sido recibida con muy buena empatía, y yo vuelvo
12:06a destacarlo, es un primer paso en una avanzada importante, ahí es necesario también resaltar
12:12algunos elementos fundamentales de la ley, uno, nosotros establecemos la supletoriedad
12:19del código orgánico tributario para todo lo que tiene que ver con los municipios y
12:22los estados, de igual manera validamos, ratificamos que los tributos se tienen que cobrar en bolívares,
12:32se establece como unidad de cuenta la tasa de cambio de mayor denominación que publica
12:38el Banco Central de Venezuela, pero expresada en bolívares, lo utilizamos como unidad de
12:45cuenta, vamos a llamarlo dinámica, para establecer cuánto es el monto, pero tienes que pagarlos
12:51en bolívares, y eso lo tuvimos que destacar, porque a nivel de los municipios fronterizos,
12:55y ya se estaba presentando en otros espacios, estaban cobrando en divisas, y eso no está
13:00establecido en la normativa, aquí se genera toda una transibilidad de recursos a nivel
13:08de la actividad comercial en divisas, y eso es aceptado, porque el bolívar es moneda
13:12de curso legal, más no forzoso, pero los tributos tienen que ser cobrados en bolívares,
13:18es un elemento importante, algo que también fue muy bien acogido, es el hecho que las
13:22licencias de la actividad económica se van a renovar cada tres años, actualmente, o
13:28antes de la ley, era anualmente, entonces se nos presentaba a veces muchos trámites
13:32burocráticos y llegaba hasta seis meses y todavía no se le había renovado la licencia
13:36a un agente económico que va a generar después dividendos a la alcaldía a través de los
13:41tributos, entonces se estableció tres años, pero para no afectar los recursos de los municipios,
13:46porque es un tributo a nivel municipal, se paga una tasa de mantenimiento anual, de igual
13:56forma, todo lo que tiene que ver con trámites administrativos, bueno, se exhorta, se establece
14:05pauta para minimizarlo, es posible que a veces en una misma alcaldía alguien se iba a inscribir
14:11en la superintendencia municipal, o iba a pagar un tributo, o va a hacer cualquier trámite,
14:16entonces lo comienzan a pedir solvencia de otras oficinas que están dentro de la misma
14:20alcaldía, entonces el agente económico se la pasaba de puerta en puerta, y eso le generaba
14:25retraso, y en algunos casos otras situaciones no deseadas, ya corresponde a la municipalidad
14:31de manera interna ver cómo viabiliza toda esa documentación. Diputado, una queja que se oye
14:36mucho de parte del sector empresarial, y sobre todo también de los emprendedores, es que cuando
14:44se va a tramitar una licencia, un permiso, lo que sea, surgen este tipo de situaciones,
14:55pero también hay otras quejas que es relativa a algo que no son impuestos, pero que también
15:00viene por la vía municipal, que son los pagos de los servicios públicos, sobre todo de la
15:05recolección de desperdicios, que prácticamente está desangrando a muchas empresas, ¿hay
15:13alguna posibilidad de incidir sobre eso desde la Asamblea Nacional? Sí, fíjate, permítame
15:18hacer una aclaratoria allí para todos los amigos, hablamos de tributos, y los tributos
15:22se clasifican en impuestos, en tasas y en contribuciones, el impuesto es el pechaje
15:29que se hace sobre un determinado ingreso con un porcentaje, la tasa es la contraprestación
15:38en Bolívares que exige, bien sea una alcaldía, una gobernación o el Estado Nacional por
15:43prestar un servicio, que en el caso por ejemplo del aseo del agua, y particularmente el primero
15:49que nombré que es el aseo, que es donde hemos conseguido mayor inquietud por parte
15:55no solamente de las empresas, sino también de las personas naturales, entonces la ley
16:00establece que en el caso del manejo integral de los desechos y residuos, los residuos sólidos,
16:10se va a generar un punto de encuentro con la ley que rige la materia, que es la ley
16:15de gestión integral de la basura, y allí se van a fijar, bien sea las tasas, que es
16:20cuando la tasa es el cobro que se hace, cuando el servicio lo presta la alcaldía por decir
16:25algo, pero las tarifas es el cobro que se establece cuando el servicio lo presta un
16:31tercero, es lo que se llama los bienes públicos, un poquito para diferenciar allí, entonces
16:35tenemos que hablar de tasas y tarifas, ahí se van a establecer unos límites, actualmente
16:39como salió la ley, no está establecido cuál es el monto, por ejemplo yo le hablé de la
16:43actividad económica, que es hasta 3%, las excepciones que están con el 6,5%, pero cuando
16:49hablamos a los timbres fiscales que corresponde a ingresos del estado, para las personas naturales
16:54lo máximo que se puede cobrar son 10 unidades, pero son 10 veces la tasa de cambio, y personas
16:59jurídicas 500 veces la tasa de cambio, pero en el caso del aseo, no establecimos las alícuotas
17:07o las tasas, principios y parámetros establecimos, nos da la facultad de la ley, y luego remitimos
17:13a la ley que lleva a la materia o que tiene competencia, lo mismo pasa con todo este tema
17:18de las vialidades nacionales, que son con los peajes, se comporta de la misma manera,
17:24por cierto en los últimos días el ministerio ajustó el cobre de los peajes, y tiene que
17:29ser así, entonces ahora los peajes, es un solo precio en todos los peajes a nivel nacional,
17:35usted hace 4 meses estaba viajando y se conseguía diferentes montos en un peaje inclusive que
17:41no distanciaba más de 10 kilómetros, y tenía una diferencia hasta superior al 100%, ese
17:48mismo esquema lo vamos a trabajar con el servicio del aseo, ya que estamos hablando de temas
17:53tributarios, se ha comentado mucho a lo largo de los últimos meses, la posibilidad de reformar
18:00o inclusive derogar el impuesto a las grandes transacciones financieras, se está considerando
18:05esto en la asamblea? No, no, yo he visto algunas personas dando esas opiniones, nosotros
18:12hasta ahora no tenemos ningún tipo de información en torno a eso. Ya para finalizar, quiero
18:17hacerle una pregunta que tiene que ver más con otra de sus actividades en el pasado que
18:23fue la presidencia del banco central de Venezuela, acaba de triunfar en Argentina en las elecciones
18:30primarias el candidato de la derecha extrema, Javier Milei, y una de sus promesas es dinamitar
18:38el banco central, acabar con el banco central, y aquí en Venezuela uno de los candidatos
18:43a las primarias también, no creo que sea el que va a ganar, pero el señor Roberto Enrique
18:49ha dicho que suscribe esa tesis, me gustaría que explicara un poco a la audiencia porque
18:56está siendo promovida esa tesis por sectores de la derecha y de la ultraderecha en diferentes
19:01partes del mundo y cuáles podrían ser las consecuencias de algo como eso. Mira, no sé
19:07su fundamentación, vamos a llamarla teórica sobre esta propuesta, es un hecho más propagandístico,
19:16lo que buscan sencillamente es ganar a determinados sectores o vender una visión de una total
19:21libertad absoluta económica, que nunca existe, porque están presentes los monopolios, y
19:27eso es una realidad, entonces pues los monopolios te imponen, te imponen los hechos, los precios,
19:34que vender, que no vender, etc. A mi particularmente considero que es una idea totalmente descabellada,
19:42con fines particularmente electorales. El banco central es el ente que regula la circulación
19:51del dinero en la economía, es el encargado de desarrollar la política monetaria, es
19:56el que imprime el signo monetario local, eso se mantiene vigente. Claro, ha surgido todo
20:04el esquema de las criptomonedas, que pareciera que va, choca con toda la concepción de lo
20:10que es un banco central, pero bueno, son las nuevas realidades, como lo que estábamos hablando
20:14con las redes sociales y el periodismo tradicional, o lo romántico que era tal vez un domingo
20:20leer un periódico, o una revista en papel, que ahora sencillamente todo es a nivel digital.
20:27Son circunstancias y hay que irse adecuando, pero para mi entender, eso sencillamente son
20:32propuestas con fines electorales. Bueno, le doy las gracias entonces al diputado Ramón
20:37Lobo, miembro de la Comisión de Finanzas, Economía y Desarrollo Nacional del Parlamento,
20:44ex ministro de Finanzas, ex presidente del Banco Central de Venezuela, por haber estado
20:49con nosotros, hablando aquí acerca de esta ley recién salida del horno, que es la ley
20:55orgánica para la coordinación y para la armonización de las facultades tributarias
21:01de los estados y los municipios, y también pues esta especie de bonus track al final
21:07sobre el tema de los bancos centrales y de estas propuestas que están haciendo en algunos
21:13sectores de Latinoamérica y de diversos sectores del mundo en realidad. Si a ustedes
21:20les pareció interesante esta conversación, por favor manifiéstenlo con la señal de
21:25costumbre, compartan este video con personas que también puedan estar interesadas en conocer
21:30sobre esta ley y en discutir sobre esta ley, en incorporarse a las discusiones que hay
21:37al respecto y que van a surgir en cada uno de los municipios y de los estados, y si todavía
21:43no se han suscrito a nuestro canal YouTube de La Iguana Televisión, que ya tiene 234.000
21:48seguidores pues les sugiero que lo hagan y que activen el icono de la campanita para
21:53que tengan los avisos de estas entrevistas y de los demás programas de La Iguana Televisión.
21:58Le doy las gracias a Gabriela Rosales, a Jonathan López por la asistencia en la parte técnica
22:03y también al equipo del entorno del diputado Ramón Lobo por los contactos para hacerla
22:09posible y a ustedes amigos y amigas será hasta la próxima vez.

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