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NoticiasTranscripción
00:00LaIguana.tv. 10 años de verdad.
00:15La sala hace un análisis extenso de toda esa denuncia y dice en algún momento que
00:23esa denuncia no invalida lo que ocurrió en el juicio, las pruebas que se llevaron
00:29al juicio, que son una multitud de pruebas cuando ocurre un hecho de esta
00:34naturaleza. Y la sala constitucional ordena que la Inspectoría General de
00:39Tribunales abra una investigación al juez que no firmó la sentencia, la
00:48decisión de la privativa de libertad en su momento. Pero por eso los magistrados
00:53dicen por eso no vamos a invalidar lo que ocurrió en el juicio. Y aprovechando
01:01esta circunstancia, la sala constitucional emite una serie de
01:07criterios que deben tomarse en cuenta en todo el poder judicial a la hora de
01:14procesar a personas incursas en este tipo de delito. Y dice, voy a leer algunos
01:20párrafos de este comentario que hace la sala, porque precisamente en
01:26este momento tienen vigencia. Esta sentencia no ha sido anulada, sigue
01:31vigente. Tienen vigencia a la luz de lo que estamos viendo. No vaya a ser que
01:37algún operador del sistema de justicia se le ocurra darle un beneficio a
01:42algunas de estas personas procesadas. Ok, aquí voy con algunos párrafos de la
01:47sentencia que comentó, que refrescó en estos días la diputada Tania D'Amelio.
01:53Dice, cabe destacar que esas conductas delictivas atroces de graves violaciones
01:59a los derechos humanos alcanzan un nivel elevado de reproche dentro del mundo
02:03jurídico internacional, lo cual ha permitido que la República Bolivariana
02:08de Venezuela suscriba en aras de velar cabalmente por la protección de las
02:12víctimas diversos tratados o convenios internacionales para erradicar la
02:18comisión de esos hechos punibles. Se están refiriendo a los delitos de
02:24violencia sexual. Tal es el caso del Convenio Internacional para la
02:29Represión de la Trata de Mujeres y Niños, el Código Penal Internacional, la
02:33Convención sobre el Derecho de los Niños y la Ley Aprobatoria del Protocolo
02:38Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la Venta,
02:44Prostitución Infantil y Utilización de Niños en Pornografía y Ley Orgánica
02:50contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Los
02:55magistrados están diciendo que, como son unos delitos atroces, Venezuela ha
03:02suscrito una serie de convenios para castigar, convenios internacionales para
03:07castigar, para sancionar ese tipo de delitos. De otra parte, sigue la sentencia
03:13de la Sala Constitucional, en el sentido de sancionar integralmente los delitos
03:19atroces, el Estado venezolano cumpliendo con el compromiso adoptado en la Ley
03:23Aprobatoria de los Cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, se
03:29obliga en tiempo de guerra a tomar todas las medidas necesarias que permitan
03:34determinar las sanciones penales para quienes cometan infracciones graves
03:39contra el derecho internacional humanitario. Y en efecto, ha tipificado en
03:45la legislación interna aquellas conductas prohibidas en el referido
03:51campo del derecho internacional. Y particularmente, a raíz de la vigencia
03:57de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha incorporado
04:03dentro de su ordenamiento jurídico aquellos delitos de alto impacto social
04:08en materia de violencia de género. Y aquí dan un ejemplo. Tal es el sentido
04:14con el fin con el cual el legislador incorporó el delito de femicidio en su
04:20artículo 57 en la Reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres
04:26a una vida libre de violencia 2014 interparente.