MOTIVOS QUE PERMITE PARAR Y LUEGO REANUDAR EL PARO EN ESPAÑA

  • hace 2 meses
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
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Transcripción
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00:31En España la prestación es un derecho que se pone en pausa no solo cuando encontramos trabajo.
00:36Existen situaciones que nos permiten parar el paro y reanudarlo más tarde.
00:40Y hoy las vamos a conocer. A ver, primera situación. Cobramos paro y comenzamos a trabajar.
00:45Necesario y urgente. Avisamos a nuestra oficina de empleo de que hemos encontrado trabajo.
00:50La prestación se parará y podremos reanudarla cuando el contrato termine.
00:54Si no avisamos, el SEP nos seguirá pagando la prestación y, en cuanto los datos se crucen, tendremos que devolver el dinero.
01:00Hasta el último euro. Todo por no avisar y porque trabajar y cobrar el paro a la vez, por norma general, está prohibido.
01:07Bueno, pues vamos a repetirlo por si acaso. El SEP permite poner en pausa el cobro del paro al encontrar trabajo
01:13y volver a darle al PLEI si nos volvemos a quedar desempleados.
01:16Eso lo sabemos casi todos. Vamos con el segundo caso. Cobramos paro y somos padres o madres.
01:21Bueno, pues el paro se congela para dar paso a la prestación por nacimiento de hijo.
01:24Y cuando la prestación termina, pues vuelta al paro por cobrar.
01:27Tercera posibilidad legal de congelar el paro.
01:30Si te condenan a ir a la cárcel, la ley contempla que se paralice la prestación durante todo el tiempo de prisión.
01:35Cuarto. El paro también se pone en pausa y no lo perdemos cuando nos marchamos al extranjero por motivos laborales.
01:41Siempre que se lo contemos a nuestra oficina de empleo y estemos fuera del país como mucho un año.
01:47Bueno, pues en estos cuatro supuestos nos guardarán el paro. Cuando termine la pausa, podremos reanudarlo.
01:52Y tendremos 15 días de plazo a partir de que termine la situación que abrió el paréntesis.
01:57La solicitud se puede hacer de tres formas. De manera presencial, acudiendo a nuestra oficina de empleo, por supuesto con cita previa.
02:04A través de Internet, en la sede electrónica del SEP, haciendo una presolicitud o con certificado digital de ene electrónico o usuario y contraseña.
02:12Y también se puede hacer por teléfono. Que nadie se olvide de darse de alta antes como demandante de empleo.
02:17Una vez tramitada la reanudación, cobraremos el paro, el tiempo de paro que nos quedaba y la misma cantidad.

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