• hace 4 meses
En una entrevista para el programa Agenda Abierta, el abogado Félix Roque resalta su opinión sobre la actuación del Tribunal Supremo de Justicia en la minuciosa investigación del peritaje electoral y las decisiones en su pronunciamiento.teleSUR

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Transcripción
00:00El ex José Roque nos espera, ese analista político magíster en relaciones internacionales.
00:14Profe, ¿cómo anda?
00:15Buen día.
00:16Buen día, Marcela.
00:17¿Cómo está usted?
00:18Un placer saludarte.
00:19Muy bien.
00:20Esperando su pronunciamiento, su opinión, una vez que transcurre la jornada de ayer
00:25y el TSJ certifica el resultado que le da la reelección al presidente Maduro.
00:29Sí, bien, nosotros en la Escuela de Leyes en la Universidad Central de Venezuela aprendimos
00:36un adagio que dice los jueces hablan a través de sus sentencias y eso fue lo que ocurrió
00:44ayer cuando la presidenta de la sala electoral, acompañada de sus dos colegas, secretario
00:49de sala y demás personas presentes allí, leyó el resumen del fallo que ustedes han
00:57reseñado sabiamente.
01:01Con esa lectura del resumen del fallo se evidencian muchas cosas, Marcela.
01:05Uno, que Venezuela rige una estructura jurídico-normativa que nos dimos en 1999, encabezada por nuestro
01:13texto constitucional, que en el artículo 297 establece que la sala electoral del TSJ
01:21es la competente de manera exclusiva para dirimir todo lo referente a los recursos contenciosos
01:27electorales que se presenten en el país.
01:31La acción que presentó el señor presidente de la República, que por cierto, vale decir,
01:36es la segunda jugada estratégica y audaz que realiza, recordemos cuando en el 2017
01:42el país ardía en llamas, como lo reseña Juan Rulfo en su famoso cuento, el llano
01:47en llamas, y a Maduro se le ocurrió la brillante idea de llamar y de convocar a una asamblea
01:52nacional constituyente, lo cual se hizo, y vino la paz.
01:57Todo se reacomodó en el país.
02:00Esta segunda acción que toma el presidente Maduro de, ante las dudas, ante la intentona
02:05golpista, ante los actos terroristas, ante el desconocimiento interno y externo, apela
02:11al texto constitucional y se presenta, acompañado del señor Procurador General de la República,
02:19ante el TSJ y consigna un recurso contencioso electoral, recurso que fue debidamente admitido.
02:26Cuando ayer la presidenta leía el fallo, nosotros podemos desgranarlo, lo leímos anoche
02:31e inclusive ahora a tardes horas de la noche, y en esa sentencia hay una parte narrativa
02:37que resume los hechos argumentados por el presidente de la República y sus asesores.
02:42Es decir, lo que se decía, lo que ocurría, la sarta de señalamientos que desde la oposición
02:49y responsables se formulaban.
02:51En segundo lugar, esa sentencia tiene una serie de motivaciones y quiero destacar el
02:55elemento del derecho comparativo.
02:57Cuando se apela a señalar y decir lo que en el año 2000, cuando en Estados Unidos
03:02hubo controversias en torno a si había ganado Al Gore o si había ganado George Bush, hijo,
03:08pues la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó que había ganado este último
03:12y por tanto, santa palabra como se dice, Bush fue presidente de los Estados Unidos.
03:18El segundo caso en el derecho comparativo que argumenta la sentencia es el ocurrido
03:22en el año 2022 cuando gana el presidente Lula en el Brasil.
03:28Bolsonaro intentó desconocer el resultado, incluso asaltar la sede del gobierno y el
03:33Tribunal Constitucional Brasileño ratificó el triunfo de Lula.
03:39Y el tercer caso ocurrido este año en México fue el triunfo de Claudia Schomburg cuando
03:43la que llegó de segunda intentando llamar a fraude y desconocer el triunfo de esta señora
03:47por más de 30 puntos, es la Corte Suprema de México la que ratifica que el triunfo
03:54había sido de la señora Claudia Schomburg y que el proceso había sido transparente,
03:59había sido cristalino y que la voluntad del pueblo mexicano se había transfigurado en
04:03los votos.
04:04Bueno, lo mismo ha ocurrido en este país, mutatis mutatis, es decir, Maduro fue al PSJ
04:10en sala constitucional, introdujo un recurso que fue admitido, las partes fueron notificadas
04:15y citadas, consignaron las pruebas que tenían que consignar a excepción del señor Edmundo
04:19González Urrutia que no se presentó, al igual también de Enrique Márquez y el señor Del
04:23Lápiz que no consignaron pruebas algunas, pero todos los demás de esos nueve candidatos
04:29y todos los demás de los 38 compartidos, 33, reseña la sentencia, consignaron su recaudo,
04:38su prueba, su recibo, sus actas de escrutinio, etc.
04:42Bueno, ante todo eso, la sala, haciendo uso de los medios de prueba legales admitidos
04:48en nuestro país, en particular la prueba de peritaje, acompañada de técnicos del
04:53más alto nivel que en el país existen, incluso algunos internacionales, produjo la prueba
04:59de cotejo.
05:00¿Y qué pasó?
05:01Que en el dispositivo de fallos se dice que el resultado de esa prueba de cotejo demuestra
05:07el carácter incontrovertible de los resultados anunciados por el CNE en la tarde-noche del
05:1428 de julio próximo pasado, que el proceso electoral fue transparente, fue genuino, que
05:21el acta de escrutinio y totalización también lo fue y que el acta de proclamación está
05:25cónsulo con esos resultados.
05:27Yo creo que es fulminante y determinante desde lo técnico, desde lo jurídico, desde lo
05:32argumentativo, el hecho de que con esta prueba de peritaje que estuvo allí y que, por cierto,
05:37Marcela, vale decir, muchas de las actuaciones del TSJ fueron transmitidas en directo, en
05:43vivo.
05:44Pudimos ver desde la sala electoral cómo las partes se pronunciaban, cómo argumentaban,
05:50incluso algunos que rechazaron, como el caso del señor Enrique Márquez, que rechazó
05:56la instancia, que rechazó las competencias de la sala, incluso ejerció un recurso de
06:01recusación contra la magistrada presidenta, que entiendo fue declarada sin lugar.
06:06La sentencia es exhaustiva también en cuanto a determinar que, en el caso del señor Urrutia,
06:13al no comparecer, al no acatar la orden y la citación hecha por la sala, pues ha incluido
06:18el desacato.
06:19Y en Venezuela ya es reiterado, desde el año 2000 en adelante, sentencias muy profusas,
06:25muy consolidadas, muy pacíficas, como decimos los abogados, que han sancionado el desacato
06:31bien con pruebas civiles, es decir, con inhabilitaciones, con pagos de multas, etcétera, que son las
06:37llamadas pruebas de carácter pecuniario, pero también hay pruebas otras, como por
06:40ejemplo prohibición de enajenar y gradar o prohibición de salida del país, etcétera.
06:46Y la prueba más dura, más drástica, que es la de carácter penal, que es la que se
06:50refiere a la libertad individual de la persona que ha incurrido en el desacato.
06:56La sala ya, y las salas del PSJ tienen experiencia en esta materia, por tanto, no nos asombremos
07:02si en las próximas horas, en los próximos minutos, la propia sala dictamina que las
07:09sanciones por desacato al señor González Urrutia son de tal o cual naturaleza.
07:15Lo demás es una sentencia exhaustiva que abarca también el intento de golpe de Estado
07:21con el cyberataque que se presentó, es decir, era inaudito que a las seis de la tarde el
07:26sector de oposición ya tuviera, dicen ellos, el 80% de las actas, cuando aún había prácticamente
07:32todavía gente votando en los centros de elección del país, cuando no se había producido por
07:38el ente controlador nacional como el CNE ningún boletín oficial que autorizara a nadie a
07:45emitir pronunciamientos, extraño y raro. Bueno, cuando se hacen las experticias, se evidencia que
07:50muchas de esas actas habían sido pre constituidas, estaban prefechadas, estaban
07:57relaboradas, no tenían firmas, no tenían sellos, no tenían nomenclatura alfanumérica del CNE, por
08:02tanto, eran a todas luces inadmisibles, improponibles, invalorables a los fines de lo que
08:10significaba el recurso contencioso electoral introducido por el señor presidente de la
08:14república. En síntesis, la sentencia es una estructura jurídico-normativa que amparada en
08:21el derecho electoral venezolano, que amparada en el derecho comparado electoral y que amparada en
08:29las jurisprudencias que la propia sala ha mantenido a lo largo de todos estos años de democracia
08:35participativa y protagónica, le sirven de peso, de fundamento. Toca ahora en el plano interno
08:40acatarla, respetarla y en el plano interno, a través de los organismos internacionales, de nuestras
08:45embajadas, nuestros consulados, darle el reconocimiento y el respeto. Bueno, porque Venezuela es un país
08:50libre, soberano, autónomo, que no se inmiscuye en los asuntos internos de otros países, por tanto,
08:57si algo pide nuestro país es respeto y reconocimiento. La actitud que han tomado algunos
09:02mandatarios latinoamericanos, en particular el de Chile, con un tuit de ayer que me pareció
09:07mochornoso y aberrante, obviamente que hay que rechazarlo, hay que combatirlo, como lo ha hecho
09:15el canciller Iván Gil, en cuanto a que es un irrespeto para nuestro gobierno, para nuestro pueblo,
09:21para nuestro país y de modo alguno Venezuela está dispuesta a aceptar eso. La sentencia de ayer es
09:26un instrumento jurídico legal que, al ser publicado en la Gaceta Electoral y en la
09:33Gaceta Oficial de República de Venezuela, adquiere lo que los abogados llamamos carácter
09:38erga on, es decir, válida y de aplicación para todos los habitantes de este país. Por tanto,
09:44cualquier desacato que se produzca en lo adelante, cualquier proclamación que se quiera inventar en
09:50alguna plaza pública, tendrá que ser repelida por la fuerza pública, tendrá que ser rechazada
09:56y desconocida por el pueblo y, obviamente, tendrá que ser deslegitimada en cuanto a que,
10:00no respondiendo a lo dispuesto en la legislación nacional, no puede ser permisible.

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