En una entrevista para el programa Agenda Abierta, el abogado Félix Roque resalta su opinión sobre la actuación del Tribunal Supremo de Justicia en la minuciosa investigación del peritaje electoral y las decisiones en su pronunciamiento.teleSUR
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NoticiasTranscripción
00:00El ex José Roque nos espera, ese analista político magíster en relaciones internacionales.
00:14Profe, ¿cómo anda?
00:15Buen día.
00:16Buen día, Marcela.
00:17¿Cómo está usted?
00:18Un placer saludarte.
00:19Muy bien.
00:20Esperando su pronunciamiento, su opinión, una vez que transcurre la jornada de ayer
00:25y el TSJ certifica el resultado que le da la reelección al presidente Maduro.
00:29Sí, bien, nosotros en la Escuela de Leyes en la Universidad Central de Venezuela aprendimos
00:36un adagio que dice los jueces hablan a través de sus sentencias y eso fue lo que ocurrió
00:44ayer cuando la presidenta de la sala electoral, acompañada de sus dos colegas, secretario
00:49de sala y demás personas presentes allí, leyó el resumen del fallo que ustedes han
00:57reseñado sabiamente.
01:01Con esa lectura del resumen del fallo se evidencian muchas cosas, Marcela.
01:05Uno, que Venezuela rige una estructura jurídico-normativa que nos dimos en 1999, encabezada por nuestro
01:13texto constitucional, que en el artículo 297 establece que la sala electoral del TSJ
01:21es la competente de manera exclusiva para dirimir todo lo referente a los recursos contenciosos
01:27electorales que se presenten en el país.
01:31La acción que presentó el señor presidente de la República, que por cierto, vale decir,
01:36es la segunda jugada estratégica y audaz que realiza, recordemos cuando en el 2017
01:42el país ardía en llamas, como lo reseña Juan Rulfo en su famoso cuento, el llano
01:47en llamas, y a Maduro se le ocurrió la brillante idea de llamar y de convocar a una asamblea
01:52nacional constituyente, lo cual se hizo, y vino la paz.
01:57Todo se reacomodó en el país.
02:00Esta segunda acción que toma el presidente Maduro de, ante las dudas, ante la intentona
02:05golpista, ante los actos terroristas, ante el desconocimiento interno y externo, apela
02:11al texto constitucional y se presenta, acompañado del señor Procurador General de la República,
02:19ante el TSJ y consigna un recurso contencioso electoral, recurso que fue debidamente admitido.
02:26Cuando ayer la presidenta leía el fallo, nosotros podemos desgranarlo, lo leímos anoche
02:31e inclusive ahora a tardes horas de la noche, y en esa sentencia hay una parte narrativa
02:37que resume los hechos argumentados por el presidente de la República y sus asesores.
02:42Es decir, lo que se decía, lo que ocurría, la sarta de señalamientos que desde la oposición
02:49y responsables se formulaban.
02:51En segundo lugar, esa sentencia tiene una serie de motivaciones y quiero destacar el
02:55elemento del derecho comparativo.
02:57Cuando se apela a señalar y decir lo que en el año 2000, cuando en Estados Unidos
03:02hubo controversias en torno a si había ganado Al Gore o si había ganado George Bush, hijo,
03:08pues la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó que había ganado este último
03:12y por tanto, santa palabra como se dice, Bush fue presidente de los Estados Unidos.
03:18El segundo caso en el derecho comparativo que argumenta la sentencia es el ocurrido
03:22en el año 2022 cuando gana el presidente Lula en el Brasil.
03:28Bolsonaro intentó desconocer el resultado, incluso asaltar la sede del gobierno y el
03:33Tribunal Constitucional Brasileño ratificó el triunfo de Lula.
03:39Y el tercer caso ocurrido este año en México fue el triunfo de Claudia Schomburg cuando
03:43la que llegó de segunda intentando llamar a fraude y desconocer el triunfo de esta señora
03:47por más de 30 puntos, es la Corte Suprema de México la que ratifica que el triunfo
03:54había sido de la señora Claudia Schomburg y que el proceso había sido transparente,
03:59había sido cristalino y que la voluntad del pueblo mexicano se había transfigurado en
04:03los votos.
04:04Bueno, lo mismo ha ocurrido en este país, mutatis mutatis, es decir, Maduro fue al PSJ
04:10en sala constitucional, introdujo un recurso que fue admitido, las partes fueron notificadas
04:15y citadas, consignaron las pruebas que tenían que consignar a excepción del señor Edmundo
04:19González Urrutia que no se presentó, al igual también de Enrique Márquez y el señor Del
04:23Lápiz que no consignaron pruebas algunas, pero todos los demás de esos nueve candidatos
04:29y todos los demás de los 38 compartidos, 33, reseña la sentencia, consignaron su recaudo,
04:38su prueba, su recibo, sus actas de escrutinio, etc.
04:42Bueno, ante todo eso, la sala, haciendo uso de los medios de prueba legales admitidos
04:48en nuestro país, en particular la prueba de peritaje, acompañada de técnicos del
04:53más alto nivel que en el país existen, incluso algunos internacionales, produjo la prueba
04:59de cotejo.
05:00¿Y qué pasó?
05:01Que en el dispositivo de fallos se dice que el resultado de esa prueba de cotejo demuestra
05:07el carácter incontrovertible de los resultados anunciados por el CNE en la tarde-noche del
05:1428 de julio próximo pasado, que el proceso electoral fue transparente, fue genuino, que
05:21el acta de escrutinio y totalización también lo fue y que el acta de proclamación está
05:25cónsulo con esos resultados.
05:27Yo creo que es fulminante y determinante desde lo técnico, desde lo jurídico, desde lo
05:32argumentativo, el hecho de que con esta prueba de peritaje que estuvo allí y que, por cierto,
05:37Marcela, vale decir, muchas de las actuaciones del TSJ fueron transmitidas en directo, en
05:43vivo.
05:44Pudimos ver desde la sala electoral cómo las partes se pronunciaban, cómo argumentaban,
05:50incluso algunos que rechazaron, como el caso del señor Enrique Márquez, que rechazó
05:56la instancia, que rechazó las competencias de la sala, incluso ejerció un recurso de
06:01recusación contra la magistrada presidenta, que entiendo fue declarada sin lugar.
06:06La sentencia es exhaustiva también en cuanto a determinar que, en el caso del señor Urrutia,
06:13al no comparecer, al no acatar la orden y la citación hecha por la sala, pues ha incluido
06:18el desacato.
06:19Y en Venezuela ya es reiterado, desde el año 2000 en adelante, sentencias muy profusas,
06:25muy consolidadas, muy pacíficas, como decimos los abogados, que han sancionado el desacato
06:31bien con pruebas civiles, es decir, con inhabilitaciones, con pagos de multas, etcétera, que son las
06:37llamadas pruebas de carácter pecuniario, pero también hay pruebas otras, como por
06:40ejemplo prohibición de enajenar y gradar o prohibición de salida del país, etcétera.
06:46Y la prueba más dura, más drástica, que es la de carácter penal, que es la que se
06:50refiere a la libertad individual de la persona que ha incurrido en el desacato.
06:56La sala ya, y las salas del PSJ tienen experiencia en esta materia, por tanto, no nos asombremos
07:02si en las próximas horas, en los próximos minutos, la propia sala dictamina que las
07:09sanciones por desacato al señor González Urrutia son de tal o cual naturaleza.
07:15Lo demás es una sentencia exhaustiva que abarca también el intento de golpe de Estado
07:21con el cyberataque que se presentó, es decir, era inaudito que a las seis de la tarde el
07:26sector de oposición ya tuviera, dicen ellos, el 80% de las actas, cuando aún había prácticamente
07:32todavía gente votando en los centros de elección del país, cuando no se había producido por
07:38el ente controlador nacional como el CNE ningún boletín oficial que autorizara a nadie a
07:45emitir pronunciamientos, extraño y raro. Bueno, cuando se hacen las experticias, se evidencia que
07:50muchas de esas actas habían sido pre constituidas, estaban prefechadas, estaban
07:57relaboradas, no tenían firmas, no tenían sellos, no tenían nomenclatura alfanumérica del CNE, por
08:02tanto, eran a todas luces inadmisibles, improponibles, invalorables a los fines de lo que
08:10significaba el recurso contencioso electoral introducido por el señor presidente de la
08:14república. En síntesis, la sentencia es una estructura jurídico-normativa que amparada en
08:21el derecho electoral venezolano, que amparada en el derecho comparado electoral y que amparada en
08:29las jurisprudencias que la propia sala ha mantenido a lo largo de todos estos años de democracia
08:35participativa y protagónica, le sirven de peso, de fundamento. Toca ahora en el plano interno
08:40acatarla, respetarla y en el plano interno, a través de los organismos internacionales, de nuestras
08:45embajadas, nuestros consulados, darle el reconocimiento y el respeto. Bueno, porque Venezuela es un país
08:50libre, soberano, autónomo, que no se inmiscuye en los asuntos internos de otros países, por tanto,
08:57si algo pide nuestro país es respeto y reconocimiento. La actitud que han tomado algunos
09:02mandatarios latinoamericanos, en particular el de Chile, con un tuit de ayer que me pareció
09:07mochornoso y aberrante, obviamente que hay que rechazarlo, hay que combatirlo, como lo ha hecho
09:15el canciller Iván Gil, en cuanto a que es un irrespeto para nuestro gobierno, para nuestro pueblo,
09:21para nuestro país y de modo alguno Venezuela está dispuesta a aceptar eso. La sentencia de ayer es
09:26un instrumento jurídico legal que, al ser publicado en la Gaceta Electoral y en la
09:33Gaceta Oficial de República de Venezuela, adquiere lo que los abogados llamamos carácter
09:38erga on, es decir, válida y de aplicación para todos los habitantes de este país. Por tanto,
09:44cualquier desacato que se produzca en lo adelante, cualquier proclamación que se quiera inventar en
09:50alguna plaza pública, tendrá que ser repelida por la fuerza pública, tendrá que ser rechazada
09:56y desconocida por el pueblo y, obviamente, tendrá que ser deslegitimada en cuanto a que,
10:00no respondiendo a lo dispuesto en la legislación nacional, no puede ser permisible.