La reforma de vacaciones no viola los principios de certeza jurídica, de no retroactividad y cuenta con fundamentos y motivación, determino la Corte.
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NoticiasTranscripción
00:00La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la legalidad de la reforma de
00:05vacaciones al negar un amparo que argumentaba la inconstitucionalidad de los cambios realizados
00:09a la Ley Federal del Trabajo para elevar el piso mínimo de días de descanso de los trabajadores.
00:14La reforma no viole el principio de irretroactividad de la ley porque no se
00:18desconoce algún derecho adquirido ni se modifican consecuencias jurídicas
00:21determinadas conforme a la legislación anterior que no puedan ser alteradas,
00:25informó la Suprema Corte de Justicia de la Nación en un comunicado.
00:29La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación también determinó que la reforma
00:33de vacaciones cumple con los requisitos de fundamentación y motivación ya que
00:37el Congreso de la Unión tiene competencia para modificar la Ley Federal del Trabajo
00:40y la modificación persigue la finalidad de avanzar en la protección del derecho
00:44de las personas trabajadoras al descanso. De esta manera, el máximo tribunal del
00:48país negó el amparo promovido por un empleador que reclamaba la inconstitucionalidad de la reforma.
00:52La reforma de vacaciones se entremigó en enero del 2023. Este cambio a la Ley Federal del
00:57Trabajo incrementó de seis a 12 días el periodo mínimo de descanso al que
01:02tiene derecho un trabajador al cumplir el primer año de servicio.