Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría de Gobernación, informa de la resolución de validez de la elección presidencial que dio triunfo a Sheinbaum.
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NoticiasTranscripción
00:00Comunicación. Con su permiso
00:05presidente, buenos días a
00:06todas, a todos, míos de
00:07comunicación, y los que nos
00:10escuchan el día de hoy,
00:13queremos informarle al pueblo
00:15de México, ¿Cuál fue la
00:18decisión tomada en la sesión de
00:20ayer, doce de agosto, de la
00:22sala superior del Tribunal
00:24Electoral del Poder Judicial de
00:26la Federación, que como sabemos
00:27fue la última instancia. Por
00:32eso es tan importante esta
00:34decisión, ayer se declaró por
00:37unanimidad la validez de la
00:39elección presidencial de la
00:41jornada electoral celebrada el
00:43dos de junio de dos mil
00:46veinticuatro, se resolvieron
00:49los juicios promovidos por la
00:51excandidata presidencial,
00:53Xochitl Gálvez, y los juicios
00:56promovidos por la Constitución
00:59Nacional, del Partido
01:01Revolucionario Institucional, y
01:03del Partido de la Revolución
01:05Democrática, que en todos los
01:07casos impugnaron la elección
01:10presidencial. Al aprobarse el
01:12proyecto presentado por la
01:14comisión integrada por los
01:16magistrados Felipe de la Mata,
01:18y Felipe Fuentes, se resolvió
01:21en síntesis lo siguiente dentro
01:23de un documento que ya hace
01:25tiempo publicó. Primero, por
01:28mayoría, con los votos en
01:31contra de dos magistrados de
01:33Yanín Otalora y Reyes Rodríguez,
01:36se desechó la demanda de Xochitl
01:38Gálvez por carecer de interés
01:41jurídico, en virtud de que la
01:43excandidata no solicitó de forma
01:45expresa la nulidad de la
01:47elección, sino que su pretensión
01:49se centró en obtener una
01:52resolución declarativa de
01:54interés jurídico, por tanto,
01:56el tribunal estimó que la misma
02:00no corresponde a la naturaleza
02:02del recurso promovido, y por
02:04tanto, fue desechada. Número
02:07dos, respecto a los agravios
02:10expresados por los partidos
02:12políticos, se calificaron como
02:14infundados, en virtud de que no
02:17acreditaron de forma alguna sus
02:20pretensiones, ya que las pruebas
02:22del tribunal fueron insuficientes
02:24para poder acreditar la nulidad
02:26de la elección, puesto que
02:29mayormente se ofrecieron
02:31vínculos electrónicos de
02:33documentos privados que
02:35consistieron principalmente en
02:37notas periodísticas, en
02:39reportajes, y en videos. También
02:42se decidió sobre la supuesta
02:45existencia de violencia
02:47generalizada, o la incidencia
02:49del crimen organizado en la
02:51región, que se consideró que se
02:54trató de situaciones de
02:56violencia aislada o focalizada
02:59en lo municipal o local, que no
03:02incidieron en los resultados de
03:04la elección presidencial. Por el
03:07otro lado, resolvieron como
03:09infundado el alegato consistente
03:12en la supuesta intervención
03:14sistemática e indebida de
03:17diversos sindicatos en favor de
03:20la candidata Claudia Sheinbaum
03:23al tratarse de un argumento
03:25genérico donde no se ha portado
03:27en las circunstancias, ni de
03:29modo, ni de tiempo, ni de lugar.
03:32Por el otro lado, fueron
03:34inoperantes los agravios sobre
03:37la supuesta intervención
03:39indebida de personas servidoras
03:42públicas, en especial del
03:44titular del Ejecutivo Federal,
03:46es decir, del presidente de la
03:48República, a través de las
03:50conferencias matutinas, ya que
03:52si bien en 34 de ellas existieron
03:56expresiones relacionadas con el
03:58proceso electoral, ello no es
04:01suficiente para tener por
04:02acreditada una intervención
04:05sistemática y reiterada al
04:08referirse a acontecimientos
04:10aislados que de acuerdo con la
04:12magnitud de la participación
04:15no afectaron en la elección.
04:18Por el otro lado, los magistrados
04:20establecieron que los quejosos
04:22no acreditaron la existencia del
04:25uso indebido de programas
04:27sociales, ni la coacción y
04:29compra de votos, puesto que el
04:31material probatorio consistente
04:34en notas periodísticas y
04:36publicaciones de redes sociales
04:38no fueron, en ningún caso, medios
04:42que generaran convicción.
04:44Por el otro lado, se declaró
04:47infundada la supuesta indebida
04:50integración de la sala superior,
04:53debido que al momento de
04:55calificar la elección, la sala
04:57superior contaba con seis
04:59magistrados, conforme lo
05:02establece la norma aplicable.
05:05Y finalmente, sobre la
05:07pretensión de nulidad de la
05:09votación recibida en casillas,
05:11la misma fue inoperante, ya que
05:14no ofrecieron pruebas para su
05:16acreditación. Siendo así, con
05:18todos estos argumentos que
05:20fueron los que se expusieron en
05:23las diferentes impugnaciones, es
05:25que el tribunal decide por
05:27unanimidad de votos validar la
05:29elección presidencial. Así que
05:32una vez que concluyó la sesión
05:35del día de ayer, donde se
05:37declara la validez de la elección,
05:39se tiene previsto para mañana,
05:42jueves quince de agosto, se haga
05:44la entrega de la constancia de
05:46mayoría por la elección a la
05:48presidencia de la república, a
05:51Claudia Sheinbaum Pardo. Así
05:54que, presidente, como bien usted
05:56lo estableció, una transición
05:58pacífica, democrática, en paz,
06:00que es finalmente resuelta por
06:02el máximo órgano en materia
06:04electoral, y sin lugar a dudas,
06:07pues, un momento histórico para
06:09nuestra democracia. Es cuanto,
06:11presidente.