María Luisa Alcalde explica el criterio de sobrerrepresentación en la Constitución

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Luisa María Alcalde explicó en la Mañanera si Morena viola las reglas establecidas en la Constitución en torno a la representación en el Poder Legislativo de México.

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00:00El día de hoy queremos hablar, queremos tocar el tema de la sobre representación
00:08para conocimiento de todo el pueblo de México. Este tema, como sabemos, en las
00:14últimas semanas ha empezado a surgir en los medios de comunicación, en diferentes
00:20foros. Sabemos que próximamente, en las próximas semanas, se va a definir cuál es
00:25la integración del Congreso de la Unión, de la Cámara de Diputados y de la
00:29Cámara de Senadores. Y así inician varias voces y articulistas que hablan
00:36sobre la sobre representación. Entonces, vamos a hablar sobre este tema, si me
00:43prestan el...
00:49La famosa cláusula de gobernabilidad. Adelante.
00:54Primero que nada, conocer que en 1996 hubo una reforma constitucional, se
01:01modificó la Carta Magna a la Constitución y fue una reforma que hasta
01:05el día de hoy está vigente. El artículo 54 de nuestra Constitución regula cuál
01:15va a ser la distribución de los plurinominales. Y con esta distribución
01:23regula también lo que se ha llamado la sobre representación. Y hay dos reglas
01:28muy importantes que establece nuestra Constitución que, como aquí podemos ver
01:33en el texto, dice, primera regla, ningún partido político podrá
01:42contar con más de 300 diputados, ya sea por la vía de mayoría o plurinominal.
01:51Cualquiera de las dos, ningún partido político puede tener más de 300
01:56diputados. Es la primera regla que establece nuestra Constitución sobre la
02:01sobre representación. Y la segunda regla que establece, en ningún caso un partido
02:09político podrá contar con un número de diputados por ambos principios, por
02:16mayoría o plurinominales, que representen un porcentaje del total de la Cámara que
02:23exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional. Es decir, que la
02:30votación total emitida por un partido más ocho puntos porcentuales va a ser el
02:37límite máximo que podrá tener el partido político respecto a la
02:43asignación de curules de diputados. Estas dos reglas que se introdujeron en
02:49la Constitución en el 96, hoy están vigentes en nuestra Constitución. Un par
02:55de meses después, igual en el 96, se reformó también el COFIPE, es decir, el
03:03Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Y en aquel
03:08momento se introduce una regla específica que habla sobre las
03:15coaliciones, precisamente para poder distribuir a los diputados plurinominales.
03:22¿Y qué dice ese artículo 59A del entonces COFIPE? Dice, a la coalición les
03:31serán asignados el número de senadores y diputados por el
03:35principio de representación proporcional, que le correspondan como si
03:40se tratara de un solo partido. Entonces, en el 96 se establecía esta regla
03:48específica que se decía, tratándose de coaliciones, se va a contemplar como si se
03:55tratara de un solo partido político. Este artículo, reformado en 2008, adelante,
04:05se eliminó por completo. En el 2008, el PAN, el PRI y el Verde Ecologista, por
04:12mayoría, eliminaron este párrafo cuarto del artículo 59A, que era la regla sobre
04:21las coaliciones. A partir de entonces, eliminándose esta regla específica,
04:28la asignación ha sido por partidos políticos y no así por coaliciones. Y lo
04:36podemos ver en todas las elecciones que siguieron después de 2008, vamos a verlo.
04:402009, por ejemplo, hubo coalición PRI-Verde Ecologista, también PT y lo que era
04:48Convergencia o Movimiento Ciudadano. ¿Cuál fue la distribución de los diputados
04:53plurinominales? Por partido, no por coalición, por partido, como dice la
04:58Constitución. En la elección de 2012, hubo coalición del PRI, del Verde, de Nueva
05:05Alianza, también del PRD, PT y Movimiento Ciudadano. ¿Y cómo se distribuyeron los
05:11diputados? Por partido. En 2015, hubo coalición del PRI-Verde Ecologista, del
05:19PRD y del PT. ¿Y cómo se distribuyeron los diputados? Por partido. En 2018, PRI-Verde
05:27y Nueva Alianza, Morena, ya este como partido político, con Encuentro Social y
05:34PT, PAN-PRD, Movimiento Ciudadano y nuevamente, de acuerdo a la Constitución,
05:40la distribución fue por partido, no por coalición. Finalmente, en 2021, que fue la
05:49coalición de PRI, PAN-PRD, Morena, PT y Verde, nuevamente, de acuerdo a nuestra
05:56Constitución, la distribución fue por partido. Es decir, desde que se reforma en
06:022008 el Cofipe y se elimina la regla específica que decía que las coaliciones
06:09se contarían como partidos políticos, empieza esta distribución de
06:15plurinominales tomando en cuenta los partidos políticos. ¿Qué pasa en esta
06:21legislatura? Ahora con la reciente elección, como podemos ver aquí y lo
06:27hemos presentado en anteriores ocasiones, estos son los diputados por mayoría que
06:34se han obtenido por parte de los partidos. En el caso de Morena, por ejemplo, 161
06:41diputados por mayoría, distritos ganados. El cálculo, de acuerdo a el criterio por
06:49partido político, sería que obtendría 87 diputados por representación
06:56proporcional, es decir, plurinominales, dando un total de 248. Primera regla de la
07:04Constitución que regula la sobrerepresentación, no más de 300
07:09diputados, 248, no son más de 248 diputados, es la primera regla. Y segunda
07:17regla que establece la Constitución es el total de la votación emitida más 8
07:25puntos porcentuales no puede exceder. ¿Cuál fue la votación emitida por Morena?
07:3246.54 por ciento. Si le incluye uno a los diputados plurinominales, te da una
07:40representación de 49.6 por ciento, no excede la segunda regla establecida por
07:48nuestra Constitución. Y así lo podemos ver en el caso del PT, 38 diputados por
07:54mayoría, 12 sería la asignación de representación proporcional, dando un
08:01total de 50, el PT obtuvo 5.8 por ciento de la votación, obtendría el
08:0810 por ciento de representación en la Cámara. En el caso del Verde Ecologista, del
08:14PAN, del PRI, del PRD, de Movimiento Ciudadano, lo mismo. En ningún caso
08:20se transgreden estas dos reglas básicas de nuestra Constitución, que no excedan
08:25300 y que no excedan la votación total más el 8 por ciento. Aquí está la
08:32distribución que hemos señalado. ¿Qué sucede o por qué esta discusión? Porque,
08:38como sabemos, de acuerdo a las reglas hoy establecidas en nuestra Constitución, la
08:44coalición Morena, PT y Verde Ecologista obtendría 373 diputadas y diputados, es
08:54decir, una mayoría calificada. Y la mayoría calificada te da la posibilidad
08:59de modificar la Constitución, no solamente las leyes. ¿Por qué esta
09:05discusión y por qué no quieren que se siga con el mismo criterio que establece
09:12nuestra Constitución y que se ha mantenido desde 2008? ¿Por qué ahora dicen
09:16no, que no sea por partido, que sea por coalición? ¿Por qué no quieren que se
09:21obtenga la mayoría calificada y se tenga la posibilidad de reformar la
09:27Constitución y así llevar a cabo la reforma al poder judicial y con ello que
09:34la gente pueda votar por jueces, magistrados y ministros? En el fondo eso
09:41es lo que está sucediendo y por eso hoy ya no les gustó el criterio que se ha
09:47mantenido siempre. Ahora dicen que no sea por partido, que sea por coalición.
09:53Entonces esto, presidente, era importante mencionarlo. Sería bueno también
09:58escuchar pues a la academia, qué dicen los constitucionalistas respecto a qué
10:05dice nuestro texto constitucional y cómo debería ser interpretado ahora que en
10:11unas semanas vamos a conocer ya cuál será la distribución definitiva de
10:16la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores. Es cuanto, presidente.

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